Definición de DECRETO REGLAMENTARIO PPP

DECRETO REGLAMENTARIO PPP. Significa el Decreto Reglamentario N° 118/2017 de la LEY PPP, modificado por el Decreto N° 936/2017; y cualquiera que lo complemente o modifique en el futuro.
DECRETO REGLAMENTARIO PPP. Significa el Decreto N° 118 de fecha 17 de febrero de 2017, reglamentario de la LEY PPP, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 936 de fecha 14 de noviembre de 2017, o cualquier norma que en el futuro lo modifique o complemente.

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  • Significa el listado de profesionales provisorio que, de conformidad con el ARTÍCULO 9°, apartado 13, inciso s) del DECRETO REGLAMENTARIO PPP, confeccionará la SPPP junto con la AUTORIDAD CONVOCANTE y que mantendrá su vigencia hasta su reemplazo por el listado que surja de los concursos públicos de antecedentes previstos en el inciso c) del referido apartado 13, sin que ello implique modificación de los Paneles Técnicos ya constituidos.

  • Realizar la supervisión y control del cumplimiento del CONTRATO PPP por parte del CONTRATISTA PPP de conformidad a lo previsto en el Capítulo XVII del CONTRATO PPP, en la LEY PPP y en el DECRETO REGLAMENTARIO PPP.

  • Significa el Contrato de Participación Público-Privada sujeto al régimen de la LEY PPP y su DECRETO REGLAMENTARIO PPP y modificatorio, que suscribirán el ENTE CONTRATANTE y el CONTRATISTA PPP, para el Proyecto “Etapa 1 RER Roca - Contrato Nº1: Estación Central Roca y túneles desde Calle Estados Unidos hasta Avenida Del Libertador”.

  • Para el caso en que la COMISIÓN EVALUADORA haga uso de la facultad de requerir la intervención de peritos técnicos o solicitar informes a instituciones estatales o privadas que cuenten con tales conocimientos específicos, conforme lo establece el inciso 24 del artículo 12 del DECRETO REGLAMENTARIO PPP, se suspenderá el plazo para expedirse, hasta tanto éstos emitan sus informes.

  • El presente procedimiento de selección se realizará mediante LICITACIÓN y será llevado a cabo de acuerdo con las disposiciones contenidas en los PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES y, en lo no previsto, será de aplicación la LEY PPP y su DECRETO REGLAMENTARIO PPP, así como sus normas complementarias, reglamentarias y modificatorias.

  • Significa, conjuntamente, (i) la LEY PPP, (ii) el DECRETO REGLAMENTARIO PPP, (iii) la Ley N° 27.431 y su Decreto Reglamentario N° [ ], (iv) el Decreto Nº 1.288/2016 modificado por el Decreto N° 902/2017, (v) el CONTRATO PPP, (vi) el ACUERDO Y REGLAMENTO DEL FIDEICOMISO PPP LEY 27.431; (vi) CONTRATO DE FIDEICOMISO PPP RARS y (vi) el CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE FIDEICOMISO PPP RARS.

  • El marco normativo se encuentra integrado por la LEY PPP, el DECRETO REGLAMENTARIO PPP, el Decreto N° 944 de fecha 17 de noviembre de 2017, la Disposición E 1/2017 de la SSPPP, y la Resolución de CONVOCATORIA a la presente LICITACIÓN.

  • Los integrantes del PANEL TÉCNICO deberán presentar una declaración jurada sobre su independencia e imparcialidad; y cumplir con los requisitos previstos en el artículo 9°, punto 13, incisos b) y c) del ANEXO I del DECRETO REGLAMENTARIO PPP.

  • Significa la COMISIÓN EVALUADORA contemplada en los puntos 23 a 32 del artículo 12 del DECRETO REGLAMENTARIO PPP, conformada a los efectos de evaluar la documentación presentada por los OFERENTES, de acuerdo a lo dispuesto en los PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES.

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  • Reglamento Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

  • Objetivos OBJETIVO GENERAL

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Primer Orden de Elegibilidad Es la posición que ocupa el Proponente que una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • ACTA De todo lo ocurrido durante el "acto de Licitación" se labrará acta al finalizar el mismo, la que, previa lectura, será firmada por los funcionarios actuantes y los asistentes que quisieran hacerlo. En este acta se dejará constancia de las observaciones que se formulen.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Impuestos significa todos y cada uno de los impuestos, ya sean federales, estatales, locales u otros impuestos relacionados con la Transacción o con el Importe de la Transacción, y los costos incurridos en relación con dichos impuestos, incluidos, sin limitación, los honorarios y gastos de abogados y contables especializados en impuestos.

  • Entrega significa la transferencia de los bienes del Proveedor al Contratante de acuerdo con los términos y condiciones dispuestos en el Contrato.----------------------

  • Disponibilidad Se entiende como tener acceso al servicio contratado en el momento en que el usuario lo demande.

  • Ley Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Convocatoria El documento que contiene los requisitos de carácter legal, técnico y económico respecto de los servicios objeto de la contratación y de las personas interesadas en otorgarlos, así como los términos a que se sujetará el procedimiento de contratación respectivo y los derechos y obligaciones de las partes.

  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

  • Autoridad Gubernamental significa cualquier gobierno, funcionario, departamento, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal o estatal, con jurisdicción sobre el presente Contrato o cualquier Documento del Financiamiento.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Tasa de Referencia significa la TIIE o, en su caso, la tasa sustitutiva que se establezca conforme a lo señalado en el presente Pagaré.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Indicador de desempeño Porcentaje de Avance Físico financiero de las obras y/o servicios. En general, al cierre del ejercicio 2016 el monto total contratado fue de 214 millones de pesos, de los cuales se facturaron, 109 millones de pesos, lo cual representa un avance del 16 por ciento de la meta modificada. El comportamiento del avance físico financiero de los contratos celebrados de obras y servicios con terceros, se incrementara sustancialmente en el primer trimestre de 2017, lo anterior, debido a que los contratos de servicios de mantenimiento se facturan a mes vencido por lo que falta facturar los trabajos realizados en el mes de diciembre. Ejercicio 2017 Indicador de Desempeño: Porcentaje de ingresos de obra y/o servicios. El monto de ingresos por concepto de obra y/o servicios al cierre del ejercicio 2017, ascendieron a 102.2 millones de pesos, cabe señalar que este monto corresponde a los trabajos facturados de los contratos que estuvieron en proceso de ejecución por obra y servicios, el ingreso con respecto a la meta anula proyectada en el PEF 2017, representa el 27.5 por ciento. Es importante señalar que esto obedece a los acuerdos del Comité Técnico de Fonatur y del Consejo de Administración de Fonatur Constructora, S.A. de C.V., en los que se estableció la terminación anticipada de todos los contratos a más tardar al 15 de septiembre de 2017.

  • Sistema unidad de medida. Consulta y retiro de pliegos: sin cargo, desde el 16/9/2020 hasta 22/9/2020. Los interesados deberán descargar los pliegos y registrarse para participar de la licitación accediendo al sitio web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, sección “CONTRATACIONES”.- Fecha límite para la recepción de ofertas: hasta el 9/10/2020 a las 14.30, en Xx. Xxxxx Xxxxx 1302, planta baja - Mesa General de Entradas, Salidas y Archivos de SOFSE-, CABA.- Acto de apertura de ofertas: el 9/10/2020 a las 15.00, en Xx. Xxxxx Xxxxx 1302, 1º piso – Sala Mitre - CABA.- Para mayor información ingresar a xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx Consultas y aclaraciones a los pliegos: deberán dirigirse a xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, conforme a lo establecido en los pliegos y/o documentación que rija al llamado o convocatoria correspondiente.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.