Definición de Asegurado Dependiente

Asegurado Dependiente. Es el (la) cónyuge o el (la) conviviente y/o los hijos del asegurado titular, cuya incorporación ha sido solicitada por este último y aceptada expresamente por la Compañía Aseguradora y se encuentre individualizado(a) en las Condiciones Particulares de la Póliza. Cuando en esta Póliza se utilice el término "asegurado", sin indicar si se trata de asegurado titular o dependiente, se deberá entender que dicho término abarca y comprende tanto al asegurado titular como al asegurado dependiente.
Asegurado Dependiente. Son los dependientes del Asegurado Titular especificados en las Condiciones Particulares, Solicitud-Certificado y/o Certificado. Los Asegurados Dependientes serán considerados Asegurados hasta alcanzar el límite de edad establecido en las Condiciones Particulares, Solicitud-Certificado y/o Certificado y mantendrán su condición de tales mientras el Asegurado Titular lo sea.
Asegurado Dependiente. Se considera dependiente del Asegurado y asegurables las siguientes personas:

Examples of Asegurado Dependiente in a sentence

  • Si se comprueba que a la Fecha Efectiva de Vigencia de la Póliza la edad real del Asegurado Dependiente Hijo se encontrara fuera de los límites de admisión, de conformidad con las estipulaciones de ésta póliza, el contrato quedará rescindido de inmediato para el Asegurado Dependiente Hijo sin responsabilidad alguna para la Compañía.

  • Dicho Asegurado Dependiente estará sujeto a las mismas condiciones generales de la póliza anterior y deberá entregar a la Aseguradora la Solicitud de Seguro antes del vencimiento del Período xx Xxxxxx de la renovación de la póliza que sigue al evento correspondiente.

  • Si durante la vigencia de la póliza, ocurre el fallecimiento del Asegurado Dependiente, la Aseguradora pagará al Beneficiario la suma asegurada contratada para esta cobertura, de conformidad a lo estipulado en este contrato.

  • En caso de ser aceptada la solicitud, la Compañía cubrirá el riesgo a partir de la fecha de inicio de vigencia de la cobertura para el nuevo Asegurado Dependiente y notificará dicha circunstancia al Asegurado Titular.

  • Este Anexo terminará para el Asegurado Titular y/o Asegurado Dependiente:  Cuando no se pague la prima de seguro correspondiente a la Póliza de la cual forma parte este Anexo, en la fecha, forma y frecuencia convenida.


More Definitions of Asegurado Dependiente

Asegurado Dependiente. Madre, padre, cónyuge o conviviente, nietos(as), hermanos(as), tíos(as), sobrinos(as), suegros(as), xxxxxx, nueras, padrastro, madrastra, del Asegurado Principal, que residan de forma permanente en la República de Panamá, así como los(as) hijos(as) o hijastros(as) que dependa económicamente del Titular, y que residan de forma permanente en la República de Panamá. ASESORÍA EN TRÁMITES LEGALES: Comprende la asesoría en los trámites legales para la obtención del permiso de Inhumación o Cremación, la coordinación en los trámites del Registro ante la entidad correspondiente, la asesoría en la solución de destino final para los restos, según la disponibilidad de los cementerios del lugar de residencia habitual del Asegurado o la asesoría para la ubicación del fallecido en un Cementerio público de la misma localidad.
Asegurado Dependiente. El cónyuge y los hijos del asegurado titular identificados como tales en las condiciones particulares de esta póliza.
Asegurado Dependiente. El cónyuge del Asegurado titular y hasta las 24 horas del día que cumpla los sesenta y seis (66) años de edad. - Los hijos del Asegurado titular, solteros, mayores de catorce (14) días y hasta las 24 horas del día que cumplan los veinticuatro (24) años de edad, que habiendo solicitado su incorporación, hayan sido expresamente aceptados por la Compañía y se encuentren individualizados en las Condiciones Particulares de la póliza. Cuando en esta póliza se utilice el término "Asegurado", sin indicar si se trata del Asegurado titular, se deberá entender que dicho término abarca y comprende tanto al Asegurado titular como a los demás asegurados.
Asegurado Dependiente. Adulto Mayor que depende de los cuidados del Asegurado Titular.
Asegurado Dependiente. Son los dependientes del Asegurado Titular especificados en las Condiciones Particulares y/o Solicitud de Seguro. Los Asegurados Dependientes serán considerados Asegurados hasta alcanzar el límite de edad establecido en las Condiciones Particulares y/o Solicitud de Seguro y mantendrán su condición de tales mientras el Asegurado Titular lo sea.
Asegurado Dependiente. Miembro del núcleo familiar del ASEGURADO Principal que, habiendo cumplido con todos los requisitos de elegibilidad establecidos en la Cláusula 3ra. (Elegibilidad), haya sido incluido y asegurado bajo esta Póliza. • Asistencia quirúrgica o asistente de cirujano: Es un médico legalmente autorizado que asiste activamente al cirujano principal durante un procedimiento o intervención quirúrgica elegible bajo la Póliza. El uso de un cirujano asistente está estrictamente limitado a aquellas intervenciones quirúrgicas designadas con autorización previa de LA COMPAÑIA. • Cancelación: Anulación de todos los compromisos y obligaciones asumidos por LA COMPAÑÍA, EL CONTRATANTE y el ASEGURADO en virtud del presente Contrato de Seguro, lo cual podrá ocurrir al presentarse cualquiera de las situaciones planteadas en la Cláusula No. 30 (Terminación del Seguro). • Centros de cirugía ambulatoria: Centro o establecimiento especializado en la realización de procedimientos ambulatorios que reúna como mínimo las siguientes condiciones:
Asegurado Dependiente. Se entenderá como Asegurado Dependiente aquél descrito en las Condiciones Particulares de la Póliza. Cuando en esta Póliza se utilice el término "Asegurado", sin indicar si se trata de Asegurado Titular o Dependiente, se deberá entender que dicho término abarca y comprende tanto al Asegurado Titular como al Asegurado Dependiente.