Definición de Apropiación presupuestal

Apropiación presupuestal. Se adiciona el CDP No. 692 del 16 xx xxxxx de 2018 por valor de MIL NOVECIENTOS MILLONES DE PESOS M/L ($1.900.000.000.oo).
Apropiación presupuestal. El pago de las sumas de dinero que el INSTITUTO queda obligado en razón de éste contrato, se subordina a la apropiación presupuestal que de ellas se haga en el respectivo presupuesto.
Apropiación presupuestal. Es la autorización máxima de gastos asignada a una entidad en la ley, ordenanzas o acuerdos de presupuesto. Esta autorización, vence el 31 de diciembre de cada año. BUENA FE Este precepto de obligatorio cumplimiento tanto para la UAECD y sus contratistas se presume en el actuar de aquella y de éstos e implica un comportamiento ético de los mismos, quienes deberán motivar sus actos en forma honesta, xxxx y diligentemente, sin ninguna intención dolosa o culposa, sin que puedan desconocer sus propios actos o mantenerlos ocultos. CADUCIDAD Es una sanción resolutoria, en virtud de la cual, si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a la paralización, faculta a la entidad para que por medio de acto administrativo lo de por terminado y ordene su liquidación, con las consecuencias que se deriven de tal hecho a cargo del contratista incumplido.

Examples of Apropiación presupuestal in a sentence

  • Se imputará a la Apropiación Presupuestal No. 2.1.01.02.03 Según certificado de disponibilidad presupuestal (CDP) No 0000 del 23 de enero de 2019, por valor de $3.400.000.oo, el CONTRATANTE efectuará las retenciones que surjan del presente contrato, cuando a ello haya lugar, las cuales estarán a cargo del CONTRATISTA.

  • INFIVALLE se obliga a reservar el valor del presente contrato, el cual se imputará a la Apropiación Presupuestal y certificado de disponibilidad presupuestal relacionado al inicio de este contrato.

  • DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL No. *No. C.D.P.: 18814 - Valor C.D.P.: $5.398.128,00 - Fecha C.D.P.: 00 xx Xxxxx xx 2014 - Valor a afectar de este C.D.P.: $3.766.000,00 - Apropiación Presupuestal: A-2-0-4-1-25 COMPRA DE EQUIPOS - Objeto del Gasto: ADQUISICIÓN DE 7 CÁMARAS Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO AL SISTEMA DE SEGURIDAD CCTV DE LA AGENCIA LOGÍSTICA, REGIONAL ATLÁNTICO, expedido por el jefe del departamento presupuesto.

  • El pago de los valores que se compromete y obliga LA CONTRALORÍA mediante el presente contrato, se imputará con cargo al presupuesto de gastos de la presente vigencia fiscal, Código de Apropiación Presupuestal 212207, Comunicaciones y Transporte, según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. XXXX de XXXX de 2008.

  • Se imputará a la Apropiación Presupuestal No 2.1.02.02.98.03, según certificado de disponibilidad presupuestal (CDP) No. 000040 del 21de Junio de 2019, por valor de DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS MCTE ($12.500.000), para la vigencia fiscal 2019.

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  • Salud – Calidad – Humanización En caso que el Consorcio o Unión Temporal sea adjudicatario de la contratación, debe proceder a abrir una única cuenta a nombre del Consorcio o Unión Temporal y presentar la certificación de la misma como requisito previo a la suscripción del contrato.  FOTOCOPIA REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT). El oferente nacional indicará su identificación tributaria e información sobre el régimen de impuestos al que pertenece, para lo cual aportará con la oferta copia del Registro Único Tributario RUT actualizado en su actividad mercantil; las personas jurídicas y/o naturales integrantes de un consorcio o unión temporal acreditarán individualmente éste requisito, cuando intervengan como responsables del impuesto sobre las ventas, por realizar directamente la prestación de servicios gravados con dicho impuesto. Lo anterior conforme el Artículo 368 del Estatuto Tributario, en concordancia con el Artículo 66 de la Ley 488 de 1998 que adicionó el Artículo 437 del mismo Estatuto.  FOTOCOPIA RESOLUCIÓN DE LA DIAN PARA FACTURAR VIGENTE. En caso que el Consorcio o Unión Temporal sea adjudicatario de la contratación, éste deberá presentarse a nombre de la Unión Temporal o Consorcio.  CERTIFICACION BANCARIA. Certificación bancaria expedida por la Entidad Bancaria con fecha de expedición no mayor a 30 días. Este aspecto no otorgará puntaje pero habilitará o inhabilitará la propuesta. Se evaluará con CUMPLE o NO CUMPLE. El Hospital Militar Central hará una evaluación de la información financiera registrada en el RUP, la cual deberá corresponder al corte 31 de diciembre de 2015. Los proponentes deberán acreditar su capacidad financiera y de su organización demostrando que la proponente cuenta con los indicadores de capacidad financiera contenidos en el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015 y que en consecuencia, deben estar contenidos en el RUP a partir de 2015. Se tomaron como muestra siete (07) empresas registradas en el SIREM, y se halló el promedio de los indicadores financieros: RAZON SOCIAL TOTAL ACTIVO CORRIENT E TOTAL ACTIVO TOTAL PASIVO CORRIENT E TOTAL PASIVO TOTAL PATRIMONIO UTILIDAD OPERACI ONAL GASTOS DE INTERES LIQUIDEZ (Veces) ENDEUDA MIENTO (%) RAZON COBERTU RA INTERES (Veces) RENTABI LIDAD PATRIMO NIO (%) RENTABI LIDAD ACTIVO (%) EMPRESA 1 6.467.066 6.870.738 1.455.600 3.065.190 3.805.548 886.529 245.814 4,44 44,61 3,61 23,30 12,90 EMPRESA 2 355.525 479.680 86.339 86.339 393.341 120.425 0 4,12 18,00 #¡DIV/0! 30,62 25,11 EMPRESA 3 6.957.598 9.330.039 2.474.255 2.474.255 6.855.784 1.886.699 0 2,81 26,52 #¡DIV/0! 27,52 20,22 EMPRESA 4 9.409.042 11.599.610 3.931.078 9.450.604 2.149.006 1.236.267 10.695 2,39 81,47 115,59 57,53 10,66 EMPRESA 5 1.317.952 1.425.741 791.547 1.095.123 330.618 51.653 21.310 1,67 76,81 2,42 15,62 3,62 EMPRESA 6 475.801 537.465 88.080 95.125 442.340 28.357 1.240 5,40 17,70 22,87 6,41 5,28 EMPRESA 7 1.288.597 2.141.459 524.579 1.033.118 1.108.341 172.156 86.691 2,46 48,24 1,99 15,53 8,04 El comité económico establece los siguientes indicadores financieros para el presente proceso de contratación:

  • Entrega significa la transferencia de los bienes del Proveedor al Contratante de acuerdo con los términos y condiciones dispuestos en el Contrato.----------------------

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Pedido Orden de compra puntual remitida al proveedor donde se fijan precios, plazos y condiciones para el aprovisionamiento de un bien o prestación de un servicio previamente adjudicado.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Respuesta La carta de presentación no es sujeto de modificación por parte de los proponentes. RESPUESTA: El anexo No. 1 en formato Word será publicado en la página web. RESPUESTA: Las principales cláusulas del contrato se encuentran en el capítulo 6 de la solicitud pública de ofertas, en todo caso, harán parte del contrato las condiciones estipuladas en la solicitud pública de ofertas, incluidos sus diferentes anexos y las adendas. Sin embargo, se procederá a publicar la minuta del contrato mediante adenda. RESPUESTA: El clausulado del contrato lo conforman las condiciones estipuladas en la solicitud pública de oferta, anexos y adendas, así como las indicadas en la minuta del contrato, por lo tanto no se aceptan sugerencias de modificaciones. RESPUESTA: Los tiempos de respuesta a las solicitudes de Colvatel que se hayan establecido en la solicitud publica de ofertas por Colvatel no son objeto de modificación RESPUESTA: Sí, estos tres días son para contratar. Dado el bajo nivel de complejidad de los cargos tipo A, la EST debe mantener continuamente disponibilidad de los candidatos. RESPUESTA: No se pueden fijar los ANS entre las partes. Los tiempos de respuesta ya han sido medidos, corresponden a la dinámica de la compañía y las EST logran mantener la estrategia para dar cumplimiento, prueba de ello en los dos últimos años no se ha aplicado ningún descuento por incumplimiento de ANS. RESPUESTA: Ver respuesta a pregunta No. 22 RESPUESTA: No hay restricción. RESPUESTA: Si participará en una evaluación de conocimiento técnico, dependiendo de los cargos la cual se realizará a los candidatos antes de ser contratados, por el área técnica. Para los cargos de terreno (Auxiliares y Técnicos) se dará un entrenamiento de dos horas y con base en ese entrenamiento se realizará una prueba de apropiación del conocimiento. RESPUESTA: Ver respuesta a pregunta No. 25 RESPUESTA Ver respuesta a pregunta No. 25 RESPUESTA: La verificación de referencias debe corresponder al procedimiento establecido por la EST, el cual debe proteger los intereses de la empresa usuaria. En caso que Colvatel requiera un estudio de seguridad adicional al proceso establecido, este será facturado a Colvatel. RESPUESTA: Si es posible que se presente dupla de candidatos. RESPUESTA: Si. En la medida que cumpla con lo descrito en el numeral 5 anexo técnico. RESPUESTA: Ver respuesta a la pregunta N° 3 RESPUESTA: El cobro de los exámenes médicos especializados para alturas debe realizarse en un documento aparte de la facturación normal de los servicios prestados de acuerdo con las condiciones estipuladas en la solicitud pública de ofertas numeral 9, pág.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Proyecto significa el Programa o Proyecto para el cual se otorga el Financiamiento.

  • Asegurado Persona física o jurídica que en sí misma o en sus bienes está expuesta al riesgo. Es titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador, asume los derechos y las obligaciones derivadas del contrato.

  • Contenido significa el contenido suministrado por Verizon o por quienes le otorgan licencias o por sus proveedores externos y a los cuales se puede tener acceso con el Servicio, entre ellos, sin limitaciones, imágenes, fotografías, animaciones, videos, audio, música y texto en cualquier formato.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Disponibilidad Se entiende como tener acceso al servicio contratado en el momento en que el usuario lo demande.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.