TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES Cláusulas de Ejemplo

TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. Las o los “licitantes” deberán manifestar por escrito en papel membretado y firmado por la persona física o por el representante legal, que en caso de resultar adjudicado, no podrá transferir total o parcialmente, a favor de cualquier otra persona física o moral, los derechos y obligaciones derivadas del contrato a celebrarse, salvo lo relacionado con los derechos de cobro.
TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. En términos del último
TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. “EL ARRENDADOR” (“LA ARRENDADORA”) no podrá transferir total o parcialmente, a favor de cualquier otra persona física o moral, distinta a aquella(s) a la que se le hubiere adjudicado el contrato, los derechos y obligaciones derivados del mismo.
TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. “EL PROVEEDOR” no podrá
TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. Queda prohibida la transferencia total o parcial de los derechos y obligaciones emergentes de la adjudicación y del contrato sin el previo y expreso consentimiento del Municipio, efectuado por medio fehaciente. Asimismo y a los efectos de la presente licitación pública el Contratista no podrá asociarse con persona Física o Jurídica alguna sin el consentimiento previo y expreso de la Municipalidad xx Xxxxx. Caso contrario, podrá ser sancionada con la rescisión del Contrato u orden de compra y pérdida de garantía respectiva.
TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. “EL (LA) PROVEEDOR(A)” no podrá
TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. 10.1 El Cliente no tiene derecho a transferir sus derechos u obligaciones derivados del acuerdo, en su totalidad o en parte, a un tercero sin el permiso previo por escrito del Mr. Xxxxx.
TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. En términos del último párrafo del artículo 46 de “Ley” el “Proveedor”, no podrá en forma alguna ceder ni transferir total o parcialmente los derechos y obligaciones derivadas de este contrato, salvo los derechos de cobro, en cuyo caso deberá contar con la conformidad previa y por escrito del “SAE”.
TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 46, ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, “LA ASEGURADORA” NO PODRÁ TRANSFERIR TOTAL O PARCIALMENTE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE CONTRATO EN FAVOR DE CUALESQUIERA OTRA PERSONA FÍSICA O MORAL, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO, EN CUYO CASO SE DEBERÁ CONTAR CON LA CONFORMIDAD PREVIA Y POR ESCRITO DE “LA SECRETARÍA”, DESLINDANDO DE TODA RESPONSABILIDAD A LA MISMA.
TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. 14.1 El Arrendador tiene derecho a transferir, pignorar o gravar de otro modo todos los derechos y obligaciones derivados total o parcialmente del Acuerdo en caso de transferencia de su empresa o a una empresa filial.