TIPO Y MODELO DE CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

TIPO Y MODELO DE CONTRATO. Para efectos de esta licitación se entenderá que el tipo y modelo de contrato son todas y cada una de las pólizas que deberá entregar el licitante ganador a cada una de las API, por cada uno de los xxxxx. México es signatario de la Convención contra el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales y el Desarrollo Económico (OCDE) y por ello se ha comprometido a difundir sus lineamientos y asegurar que tanto el sector público como el privado, conozcan los lineamientos de la Convención. En concordancia con dichos lineamientos, el gobierno mexicano analizó las leyes mexicanas y encontró que era menester modificar el artículo 22 del Código Penal federal para contemplar el cohecho de servidores públicos extranjeros, por lo cual en noviembre de 1999 el Ejecutivo Federal propuso adicionar al Código el Artículo 222 bis. Con fundamento en lo señalado anteriormente, la SFP instruyó a las entidades de la Administración Pública Federal a incorporar en las bases de licitación el ANEXO 12, al cual deben dar lectura los licitantes.
TIPO Y MODELO DE CONTRATO. Los compromisos que se deriven de la presente licitación, se formalizarán mediante la suscripción de un contrato, que se elaborará de conformidad con La Ley, El Reglamento, la presente convocatoria, la junta de aclaraciones y las demás disposiciones legales aplicables, cuyo modelo se anexa a la presente convocatoria como parte xxxxxxxxxx xx xx xxxxx. Xxxxx 00.
TIPO Y MODELO DE CONTRATO. Para efectos de esta licitación se entenderá que el tipo y modelo de contrato son todas y cada una de las pólizas que deberá entregar el licitante ganador a cada una de las API, por cada uno de los xxxxx y el contrato que se celebre con cada una de las API en términos de la LAASSP. (Anexo 20)
TIPO Y MODELO DE CONTRATO. EL CONTRATO SERÁ ABIERTO DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 47 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y EL ARTÍCULO 39 FRACCIÓN II, INCISO F DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, CUYO MODELO SE ANEXA A LAS PRESENTES BASES DE LA CONVOCATORIA COMO PARTE INTEGRANTE DE LAS MISMAS (ANEXO 11). SE PROCEDERÁ A LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO INTEGRAL Y ADECUACIONES DE LOS INMUEBLES DE LA DELEGACIÓN ESTATAL EN CHIAPAS, CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL O CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS BIENES, ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS ORIGINALMENTE CONTRATADOS O SE TERMINE LA NULIDAD TOTAL O PARCIAL DE LOS ACTOS QUE DIERON ORIGEN AL CONTRTATO, DE CONFORMIDAD A LOS ARTICULOS NÚMEROS 54 BIS, 55 BIS DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, 102 DE SU REGLAMENTO Y EL NÚMERAL
TIPO Y MODELO DE CONTRATO. Los compromisos que se deriven de la presente licitación, se formalizarán mediante la suscripción de un contrato abierto, de conformidad con los artículos 45 y 47 de La Ley, 39 fracción II inciso f), 81 y 85 del RLey, que se elaborará de conformidad con La Ley y el RLey, la presente convocatoria, la o las junta(s) de aclaraciones y las demás disposiciones legales aplicables, cuyo modelo se anexa a la presente convocatoria como parte integrante de la misma. Anexo 15. El licitante adjudicado, no podrá por ningún motivo subrogar, subcontratar o transferir total o parcialmente a terceros los derechos y obligaciones derivados del contrato objeto de la presente licitación, de conformidad con lo señalado en el artículo 46 último párrafo de La Ley, salvo los derechos de cobro, previo consentimiento expreso y por escrito de la Convocante.
TIPO Y MODELO DE CONTRATO. 31. NOTA INFORMATIVA PARA LICITANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓNPARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO Y FIRMANTES DE LA CONVENCIÓN PARA COMBATIR EL COHECHO DE SERVIDORES PÚBLICOS EXTRANJEROS EN TRANSACCIONES COMERCIALES INTERNACIONALES.
TIPO Y MODELO DE CONTRATO. VI.1 Documentación previa que se deberá entregar para formalizar el contrato VII.
TIPO Y MODELO DE CONTRATO. El LICITANTE encontrará en el ANEXO 15 el tipo y modelo de CONTRATO objeto de la presente CONVOCATORIA, sobre el cual se aclara que el mismo sólo es un formato y que el instrumento que se formalice puede tener cambios con respecto al documento anexo, en el entendido que el CONTRATO que se formalice no tendrá contravenciones a la CONVOCATORIA y lo asentado en las actas de la junta de aclaraciones.

Related to TIPO Y MODELO DE CONTRATO

  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.