Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, serán las siguientes: a) Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días. b) Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días. c) Por faltas muy graves: Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximo.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, faltas serán las siguientes:
a) 1. Por faltas leves: – Amonestación verbal, amonestación . – Amonestación por escrito, suspensión . – Suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) 2. Por faltas graves: – Traslado de puesto dentro de la misma fábrica. – Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
c) 3. Por faltas muy graves: – Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximodías. – Despido.
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Sources: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo Del Sector De Conservas, Semiconservas Y Salazones De Pescado Y Marisco, Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse imponerse, en cada caso, atendiendo ala gravedad función de la falta cometidacalificación de las faltas, serán las siguientes:
a) : Por faltas leves: • Amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión . • Suspensión de empleo y sueldo hasta dos 3 días.
b) . Por faltas graves: • Suspensión de empleo y sueldo de tres 4 a quince 29 días.
c) . Por faltas muy graves: • Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis 30 a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximo90 días. • Despido.
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Sources: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, procede imponer serán las siguientes:
a) a. Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos díasverbal o escrita.
b) b. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres 7 a quince 15 días.
c) c. Por faltas muy graves: Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis 30 a sesenta 60 días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximoy despido.
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Sources: V Convenio Colectivo De Trabajo Para Los Empleados De Fincas Urbanas De Cataluña, V Convenio Colectivo De Trabajo Para Los Empleados De Fincas Urbanas De Cataluña, Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
a) Por faltas leves: Amonestación amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
c) Por faltas muy graves: Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximo.
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Sources: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, faltas serán las siguientes:
a) Por faltas leves: :
1. Amonestación verbal, amonestación .
2. Amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) Por faltas graves: :
1. Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
c) Por faltas falta muy graves: :
1. Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo días.
2. Despido disciplinario en los supuestos casos previstos en que la falta fuera calificada el Estatuto de un grado máximolos Trabajadores.
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Sources: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Sanciones. Artículo 83. Las sanciones máximas que podrán pueden imponerse en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, serán son las siguientes:
a) : Por faltas levesfalta leve: Amonestación verbal, ; amonestación por escrito, ; suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) . Por faltas gravesfalta grave: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
c) ; inhabilitación para el ascenso durante el período de un año. Por faltas falta muy gravesgrave: Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis quince a sesenta días días; inhabilitación para el ascenso por un período de hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximocinco años; despido.
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Sources: Convenio Colectivo General De Trabajo, Convenio Colectivo General De Trabajo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán pueden imponerse en cada caso, atendiendo ala a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
aA) Por faltas leves: – Amonestación verbal, amonestación . – Amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) Por faltas graves: . – Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince hasta 2 días.
cB) Por faltas graves: – Amonestación por escrito. – Suspensión de empleo y sueldo de 3 a 15 días.
C) Por faltas muy graves: – Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis 16 a sesenta días 60 días. – Inhabilitación temporal para el ascenso por un período de hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximotres años. – Despido disciplinario.
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Sources: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad alguna falta de la falta cometida, serán las enumeradas anteriormente son las siguientes:
aA) Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación verbal o amonestación por escrito, .
B) Por faltas graves: suspensión de empleo y sueldo hasta dos de uno a veinte días.
b) Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
cC) Por faltas muy graves: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de dieciséis veintiún a sesenta cuarenta y cinco días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximoo despido.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
a) : — Por faltas leves: • Amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión . • Suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) . — Por faltas graves: • Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
c) . — Por faltas muy graves: • Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta días. • Inhabilitación para la rescisión del contrato promoción de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada nivel económico por un período máximo de un grado máximodoce meses. • Despido.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones que se pueden imponer pueden ser leves, graves o muy graves. Las sanciones máximas que podrán imponerse por la comisión de las faltas enumeradas en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, serán el artículo anterior son las siguientes:
a) : Por faltas leves: Amonestación , amonestación verbal, amonestación por escrito, y suspensión de empleo y sueldo de hasta dos tres días.
b) . Por faltas graves: Suspensión , suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días hasta treinta días.
c) . Por faltas muy graves: Suspensión , suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días treinta y un día hasta la noventa días, y rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un en su grado máximo.
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Sources: Iii Convenio Colectivo Del Sector Clínicas Y Consultas De Odontología Y Estomatología
Sanciones. –Las sanciones máximas que podrán imponerse podrá imponer la dirección, atendiendo a la gravedad de la falta y según las circunstancias que concurran en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
a) : Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación . Amonestación por escrito, suspensión . Suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) por tiempo de un día. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres por tiempo no superior a quince días.
c) . Por faltas muy graves: Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis por tiempo no superior a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo días. Despido disciplinario, en los supuestos en que la falta fuera calificada de un se califique en grado máximo.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala gravedad por la comisión de la falta cometidalas faltas enumeradas anteriormente, serán las siguientes:
a) Por faltas levesfalta leve: Amonestación verbalamonestación escrita, amonestación por escrito, o suspensión de empleo y sueldo hasta dos siete días.
b) Por faltas gravesfalta grave: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de tres ocho a quince ciento ochenta días.
c) Por faltas falta muy gravesgrave: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de dieciséis ciento ochenta y un días a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximodos años, o despido disciplinario.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometidafaltas, serán las siguientes:
a) : Por faltas leves: Amonestación amonestación verbal, amonestación por escrito, escrito o suspensión de empleo y sueldo hasta dos 2 días.
b) . Por faltas graves: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de tres 3 a quince 10 días.
c) . Por faltas muy graves: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de dieciséis 11 a sesenta 50 días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximoo despido.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
a) : Por faltas leves: – Amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión . – Suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) . Por faltas graves: – Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
c) . Por faltas muy graves: – Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta días. – Inhabilitación para la rescisión del contrato promoción de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada nivel económico por un periodo máximo de un grado máximodoce meses. – Despido.
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Sources: Ii Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala gravedad aludiendo a la calificación de la falta cometidalas faltas, serán las siguientes:
a1) Por por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación :
▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) Por faltas graves: B. Suspensión de empleo y sueldo de tres un día.
2) por faltas graves:
A. Suspensión de empleo y sueldo de dos a quince días.
cB. Inhabilitación de ascenso por espacio de hasta un año.
3) Por por faltas muy graves: :
A. Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximodías.
B. Despido.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, caso atendiendo ala a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
a) Por faltas leves: Amonestación amonestación verbal, amonestación por escrito, escrito y suspensión de empleo y sueldo de hasta dos días.
b) Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
c) Por faltas muy graves: Suspensión Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días días, hasta la rescisión extinción del contrato de trabajo por despido disciplinario en los supuestos en el supuesto de que la falta fuera calificada de un grado máximo. La imposición de sanciones por faltas muy graves requerirá la tramitación de un expediente en el que se dará audiencia al trabajador afectado.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, faltas serán las siguientes:
a) Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.:
b) Por faltas graves: :
1. Suspensión de empleo y sueldo de tres uno a quince días.
2. Traslado de destino dentro de la misma localidad.
c) Por faltas muy graves: :
1. Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta días.
2. Traslado del servicio a distinta localidad.
3. Despido con pérdida de todos los derechos de la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximoEmpresa.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala gravedad aludiendo a la calificación de la falta cometidalas faltas, serán las siguientes:
a1) Por por faltas leves: :
A. Amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) Por faltas graves: B. Suspensión de empleo y sueldo de tres un día.
2) por faltas graves:
A. Suspensión de empleo y sueldo de dos a quince días.
cB. Inhabilitación de ascenso por espacio de hasta un año.
3) Por por faltas muy graves: :
A. Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximodías.
B. Despido.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometidafaltas, serán las siguientes:
a) Por : -Por faltas leves: Amonestación amonestación verbal, amonestación por escrito, escrito o suspensión de empleo y sueldo hasta dos 2 días.
b) Por . -Por faltas graves: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de tres 3 a quince 10 días.
c) Por . -Por faltas muy graves: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de dieciséis 11 a sesenta 50 días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximoo despido.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán pueden imponerse en cada caso, atendiendo ala a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
aA) Por faltas leves: – Amonestación verbal, amonestación . – Amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) Por faltas graves: . – Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince hasta 2 días.
c) Por faltas muy graves: Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximo.
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Sources: Convenio Colectivo General
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
a) 1. Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación . Amonestación por escrito, suspensión . Suspensión de empleo y sueldo hasta dos tres días.
b) 2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
c) 3. Por faltas muy graves: Suspensión Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un en su grado máximo.
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Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
a) : — Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) . — Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
c) . — Por faltas muy graves: Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta días, inhabilitación durante un máximo de tres años para la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximoprogresión a primer piloto, despido.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
a) Por faltas 1. Faltas leves: Amonestación amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de empleo trabajo y sueldo de hasta dos 1 día.
2. Faltas graves: suspensión de trabajo y sueldo de 2 a 10 días.
b) Por faltas 3. Faltas muy graves: Suspensión desde la suspensión de empleo trabajo y sueldo de tres 11 a quince días.
c) Por faltas muy graves: Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta 60 días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera sea calificada de un en su grado máximo.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala la gravedad de la falta cometida, cometida serán las siguientes:
a) : Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) . Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres dos a quince diez días.
c) . Requerirá comunicación motivada al trabajador. Por faltas muy graves: Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis once a sesenta días hasta la rescisión del contrato treinta días. Traslado forzoso. Despido. Requerirá tramitación de trabajo expediente, en los supuestos en el que la falta fuera calificada de un grado máximoserá oído el trabajador afectado.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los/las que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, las faltas serán las siguientes:
a) Por faltas leves: Amonestación verbalverbal en presencia de los representantes sindicales, amonestación y si fueran reiteradas, por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a entre uno y quince días, con constatación en el expediente personal.
c) Por faltas muy graves: - Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis días a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximo.dos meses. - Despido
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
aA) Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
bB) Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres 2 a quince 14 días.
cC) Por faltas muy graves: Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis 15 a sesenta 60 días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximoo despido.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometidafaltas, serán las siguientes:
a) Por : - por faltas leves: Amonestación amonestación verbal, amonestación por escrito, escrito o suspensión de empleo y sueldo hasta dos 2 días.
b) Por . - por faltas graves: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de tres 3 a quince 10 días.
c) Por . - por faltas muy graves: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de dieciséis 11 a sesenta 50 días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximoo despido.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
a) Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres dos a quince diez días.
c) Por faltas muy graves: Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis once a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximotreinta días. Despido.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, caso serán las siguientes:
a) Por faltas levesFalta leve: Amonestación amonestación verbal, amonestación por escrito, escrita y/o suspensión de empleo y sueldo de hasta dos días.
b) Por faltas gravesFalta grave: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de tres 3 a quince 15 días.
c) Por faltas Falta muy gravesgrave: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de dieciséis 16 a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de 30 días. Inhabilitación para el ascenso por un grado máximoperíodo no superior a 2 años. Traslado forzoso a otra localidad. Despido disciplinario.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, faltas serán las siguientes:
a) 1. Por faltas leves: ▪ Amonestación verbal, amonestación . ▪ Amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) 2. Por faltas falta graves: ▪ Suspensión de empleo y sueldo de tres dos a quince veinte días. ▪ Traslado de puesto dentro de la misma fábrica.
c) 3. Por faltas muy graves: ▪ Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis veinticuatro a sesenta días hasta la rescisión del contrato días. ▪ Inhabilitación por un período no superior a cinco años para ascender de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximocategoría. ▪ Despido.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad alguna falta de la falta cometida, serán las enumeradas anteriormente son las siguientes:
a) Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación verbal o amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) Por faltas graves: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de tres uno a quince veinte días.
c) Por faltas muy graves: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de dieciséis veintiún a sesenta cuarenta y cinco días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximoo despido.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, faltas serán las siguientes:
a) Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) Por faltas graves: :
1. Suspensión de empleo y sueldo de tres uno a quince días.
2. Traslado de destino dentro de la misma localidad.
c) Por faltas muy graves: :
1. Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta días.
2. Traslado del servicio a distinta localidad.
3. Despido con pérdida de todos los derechos de la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximoEmpresa.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala gravedad en fun- ción de la graduación de la falta cometida, serán las siguientes:
a) 1. Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación por escrito, o suspensión de empleo y sueldo hasta dos de uno a tres días.
b) 2. Por faltas graves: Suspensión Amonestación o suspensión de empleo y sueldo de tres cuatro a quince días.
c) 3. Por faltas muy graves: Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta noventa días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximoo despido disciplinario.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, caso atendiendo ala a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
a) Por faltas leves: Amonestación amonestación verbal, amonestación por escrito, escrito y suspensión de empleo y sueldo de hasta dos días.
b) Por faltas graves: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
c) Por faltas muy graves: Suspensión desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días días, hasta la rescisión extinción del contrato de trabajo por despido disciplinario en los supuestos en el supuesto de que la falta fuera calificada de un grado máximo. La imposición de sanciones por faltas muy graves requerirá la tramitación de un expediente en el que se dará audiencia a la persona trabajadora afectada.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometidafaltas, serán las siguientes:
a) : - Por faltas leves: Amonestación amonestación verbal, amonestación por escrito, escrito o suspensión de empleo y sueldo hasta dos 2 días.
b) . - Por faltas graves: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de tres 3 a quince 10 días.
c) . - Por faltas muy graves: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de dieciséis 11 a sesenta 50 días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximoo despido.
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Sources: Collective Bargaining Agreement
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala gravedad aludiendo a la calificación de la falta cometidalas faltas, serán las siguientes:
a) 1. Por faltas leves: Amonestación . . Advertencia verbal, amonestación . . Advertencia por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) 2. Por faltas graves: grave. . Suspensión de empleo y sueldo de tres uno a quince días.
c) 3. Por faltas muy graves: graves . Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximodías. . Despido disciplinario.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala gravedad por la comi- sión de la falta cometidalas faltas enumeradas anteriormente, serán las siguientes:
a) Por faltas levesfalta leve: Amonestación verbalamonestación escrita, amonestación por escrito, o suspensión de empleo y sueldo hasta dos siete días.
b) Por faltas gravesfalta grave: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de tres ocho a quince ciento ochenta días.
c) Por faltas falta muy gravesgrave: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de dieciséis cien- to ochenta y un días a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximodos años, o despido disciplinario.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, caso serán las siguientes:.
aA) Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación por ; apercibimiento escrito, ; suspensión de empleo y sueldo hasta de uno a dos días.
bB) Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince veinte días.
cC) Por faltas muy graves: Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis veintiún días a sesenta días hasta seis meses; Traslado forzoso, sin indemnización alguna de las contempladas en la rescisión del contrato legislación aplicable; Inhabilitación, por un período no superior a cinco años, para ascender de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximocategoría; Despido.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometidalas faltas, serán las siguientes:
a) Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación . Amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres dos a quince veinte días. Traslado de puesto de trabajo dentro de la misma localidad.
c) Por faltas muy graves: Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis veinte a sesenta días hasta días. Traslado forzoso a otro centro de la rescisión del contrato misma empresa que no implique cambio de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximodomicilio. Despido.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo ala a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
a) 1. Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) 2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
c) 3. Por faltas muy graves: Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximodías, despido.
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Sources: Ii Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, caso atendiendo ala a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
a) Por faltas leves: Amonestación amonestación verbal, amonestación por escrito, escrito y suspensión de empleo y sueldo de hasta dos días.
b) Por faltas graves: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
c) Por faltas muy graves: Suspensión desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días días, hasta la rescisión extinción del contrato de trabajo por despido disciplinario en los supuestos en el supuesto de que la falta fuera calificada de un grado máximo. La imposición de sanciones por faltas muy graves requerirá la tramitación de un expediente en el que se dará audiencia al trabajador afectado.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, faltas serán las siguientes:
a) Por faltas leves, sin perjuicio de que se argumente unas sanciones inferiores a las establecidas: • Amonestación verbal, amonestación . • Amonestación por escrito, suspensión . • Suspensión de empleo y sueldo hasta dos cuatro días.
b) Por faltas graves: . • Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince desde 5 hasta 20 días.
c) Por faltas muy graves: . • Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días desde 21 hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximo60 días. • Despido.
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Sources: Convenio Colectivo
Sanciones. Las sanciones máximas que podrán imponerse a los que incurran en cada caso, atendiendo ala gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
a) : Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.
b) . Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres dos a quince catorce días.
c) . Por faltas muy graves: Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis quince a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada de un grado máximotreinta días. Despido.
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Sources: Convenio Colectivo