RETIRO DE OFERTAS Cláusulas de Ejemplo

RETIRO DE OFERTAS. (Reformado como aparece en el texto, por el artículo 15 del Acuerdo Gubernativo 162-2005). Las ofertas podrán ser retiradas en cualquier momento previo a la suscripción del respectivo contrato pero en tal caso:
RETIRO DE OFERTAS. 13.1 El Oferente podrá, sin perjuicio, retirar su Oferta en cualquier momento antes de la Fecha de Presentación de Ofertas.
RETIRO DE OFERTAS. 21.1 Los Oferentes podrán retirar sus Ofertas antes que venza el plazo de
RETIRO DE OFERTAS. Si algún oferente retira su oferta antes de vencido el plazo de mantenimiento fijado, perderá el depósito de garantía de oferta, pudiendo el Banco gestionar su cobro.
RETIRO DE OFERTAS. Las ofertas pueden ser retiradas personalmente por el representante autorizado del licitante o por solicitud escrita, siempre que tal comunicación sea recibida de parte de los licitadores, antes de la hora fijada para la apertura de las mismas. La negligencia o errores por parte del licitante al preparar la oferta no le confiere el derecho de retirar su propuesta después de haber sido abierta.
RETIRO DE OFERTAS. Una vez presentada la OFERTA, los OFERENTES podrán desistir de su participación en el CONCURSO PÚBLICO, pero no podrán retirar su OFERTA. La AUTORIDAD CONVOCANTE ejecutará la GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA de todo aquel que desista de participar en el CONCURSO PÚBLICO en forma posterior a la fecha y hora límite para la presentación de OFERTAS.
RETIRO DE OFERTAS. Los oferentes podrán retirar sus ofertas antes de que venza el plazo de presentación sin perder por ello su garantía, caso en el cual se devolverá el sobre o sobres sin abrirlos, dejándose constancia de su entrega; si las retiraran posteriormente se ejecutará la citada garantía de oferta salvo el caso a que se refiere el párrafo primero del artículo anterior.El licitador que retire el sobre o paquete cerrado que contiene su oferta podrá presentar una nueva propuesta, siempre y cuando se reciba dentro del plazo de presentación.
RETIRO DE OFERTAS. Resultará de aplicación las disposiciones del Art. Nº 119 y cctes. del Decreto Provincial 2980/00, sin perjuicio de las demás disposiciones que fija el pliego de bases y condiciones.
RETIRO DE OFERTAS. Municipalidad de San Xxxxx Xxxx y de los Oferentes que estaban sujetos al plazo original quedarán sujetos al nuevo plazo para presentación de Ofertas.
RETIRO DE OFERTAS. Si antes de resolverse la adjudicación, dentro del plazo de mantenimiento de las ofertas, alguna presentación fuera retirada, o si el adjudicatario, invitado a firmar el contrato no se presentase en forma y tiempo, perderá la garantía en beneficio del Poder Judicial. Dicha situación será puesta en conocimiento del Registro Provincial de Constructores de Obras Públicas.