Common use of REEMBOLSOS Clause in Contracts

REEMBOLSOS. Liberty a través de EL TERCERO podrá reembolsar al asegurado, el valor que éste hubiese pagado por la ocurrencia de cualquiera de los eventos cubiertos mencionados en el presente anexo y hasta por los límites indicados, siempre y cuando se cumpla con las siguientes obligaciones: El asegurado deberá solicitar antes de contratar un servicio cubierto, una autorización de , la cual deberá pedirse por teléfono, a cualquiera de los números indicados para prestar la asistencia, informando el nombre del asegurado, el número de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, el lugar donde se encuentra, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Una vez reciba la solicitud previa, le dará al titular un código de autorización con el cual deberá remitir las facturas originales de los desembolsos realizados, a la dirección que le sea informada en el momento de recibir dicha autorización. En ningún caso realizará un reembolso sin que se hayan remitido las facturas originales correspondientes y éstas siempre deberán cumplir con los requisitos exigidos por la ley. De cualquier manera se reserva el derecho de prestar directamente la Asistencia objeto del presente Anexo en aquellas ciudades donde no hay disponibilidad de proveedores. 01/03/2016-1333-A-03-CAU-039 ANEXO COBERTURA LIFE STYLE El presente anexo, hace parte integrante de la póliza de seguro de automóviles, siempre y cuando se haya incluido en el “cuadro de amparos” de la carátula de la póliza, previo el pago de la prima adicional respectiva y en un todo de acuerdo con las condiciones generales de la póliza y siguientes condiciones particulares. Antes de entrar a definir el amparo otorgado mediante la presente cobertura adicional, es importante anotar, que teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 1110 del Código Comercio, en cuanto hace el cumplimiento de la obligación de pagar, Liberty Seguros S.A. en desarrollo de dicho precepto, realizará el pago por reposición y lo hará a través de un “tercero”, que para efectos del presente contrato en adelante se llamará simplemente EL TERCERO, el cual asume la obligación en todo caso, de suministrar y prestar el servicio que más adelante se define.

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REEMBOLSOS. Liberty En aquellos casos en que EL ASEGURADO decida recibir los servicios profesionales previstos en la CLÁUSULA 3: COBERTURA del presente Anexo, en centros, clínicas o dermatólogos que no pertenezcan al Sistema Coordinado de Proveedores, EL ASEGURADOR deberá reembolsar directamente a través EL ASEGURADO, los gastos razonables, según lo definido en la CLÁUSULA 2: DEFINICIONES, del presente Anexo. A los fines de la tramitación del reembolso, EL TERCERO podrá reembolsar al asegurado, el valor que éste hubiese pagado por la ocurrencia de cualquiera ASEGURADO deberá presentar dentro de los eventos cubiertos mencionados treinta (30) días hábiles siguientes a la realización del tratamiento o consulta, de acuerdo a la presente cobertura, la factura original emitida por el dermatólogo o centro dermatológico y el informe dermatológico correspondiente. EL ASEGURADOR podrá solicitar documentos adicionales a los descritos anteriormente, en una sola oportunidad. La solicitud debe efectuarse como máximo dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha en que se entregó el último de los documentos requeridos en el presente anexo y hasta por los límites indicadospárrafo anterior. En este caso, siempre y cuando se cumpla con las siguientes obligaciones: El asegurado deberá solicitar antes establece un plazo de contratar un servicio cubierto, una autorización de , treinta (30) días continuos para la cual deberá pedirse por teléfono, a cualquiera presentación de los números indicados para prestar la asistenciarecaudos solicitados por EL ASEGURADOR, informando el nombre del asegurado, el número contados a partir de la cédula fecha de ciudadanía, o cédula de extranjería, el lugar donde se encuentra, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Una vez reciba la solicitud previa, le dará al titular un código de autorización con el cual deberá remitir las facturas originales de los desembolsos realizados, mismos. EL ASEGURADO tiene derecho a recibir la dirección indemnización que le sea informada corresponda en el momento un lapso que no exceda de recibir dicha autorización. En ningún caso realizará un reembolso sin treinta (30) días continuos siguientes, contados a partir de la fecha en que se hayan remitido las facturas originales correspondientes y éstas siempre deberán cumplir con los requisitos exigidos por haya entregado el último recaudo. EL ASEGURADO deberá firmar la ley. De cualquier manera se reserva constancia de haber recibido el derecho de prestar directamente la Asistencia objeto del presente Anexo en aquellas ciudades donde no hay disponibilidad de proveedores. 01/03/2016-1333-A-03-CAU-039 ANEXO COBERTURA LIFE STYLE El presente anexo, hace parte integrante de la póliza de seguro de automóviles, siempre y cuando se haya incluido en el “cuadro de amparos” de la carátula de la póliza, previo el pago de la prima adicional respectiva y en un todo de acuerdo con las condiciones generales de la póliza y siguientes condiciones particulares. Antes de entrar a definir el amparo otorgado mediante la presente cobertura adicional, es importante anotar, que teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 1110 del Código Comercio, en cuanto hace el cumplimiento de la obligación de pagar, Liberty Seguros S.A. en desarrollo de dicho precepto, realizará el pago por reposición y lo hará a través de un “tercero”, que para efectos del presente contrato en adelante se llamará simplemente EL TERCERO, el cual asume la obligación en todo caso, de suministrar y prestar el servicio que más adelante se definetratamiento.

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REEMBOLSOS. Liberty a través de EL TERCERO podrá reembolsar al asegurado, el valor que éste hubiese pagado por la ocurrencia de cualquiera de los eventos cubiertos mencionados en el presente anexo y hasta por los límites indicados, siempre y cuando se cumpla con las siguientes obligaciones: El asegurado deberá solicitar antes de contratar un servicio cubierto, una autorización de , la cual deberá pedirse por teléfono, a cualquiera de los números indicados para prestar la asistencia, informando el nombre del asegurado, el número de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, el lugar donde se encuentra, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Una vez reciba la solicitud previa, le dará al titular un código de autorización con el cual deberá remitir las facturas originales de los desembolsos realizados, a la dirección que le sea informada en el momento de recibir dicha autorización. En ningún caso realizará un reembolso sin que se hayan remitido las facturas originales correspondientes y éstas siempre deberán cumplir con los requisitos exigidos por la ley. De cualquier manera se reserva el derecho de prestar directamente la Asistencia objeto del presente Anexo en aquellas ciudades donde no hay disponibilidad de proveedores. 01/03/2016-1333-A-03-CAU-039 CAU-038 01/03/2016-1333-P-03-CAU-030 01/03/2016-1333-A-03-CAU-037 01/03/2016-1333-A-03-CAU-038 01/03/2016-1333-NT-P-03-3-AU-AUTOSTOT-P 01/03/2016-1333-NT-A-03-3-AU-AUTOSTOT-P 47Condicionado General Póliza Seguro de Automóviles ANEXO COBERTURA LIFE STYLE GRUA O CONDUCTOR PARA REVISIONES El presente anexo, hace parte integrante de la póliza de seguro de automóviles, siempre y cuando se haya incluido en el “cuadro de amparos” de la carátula de la póliza, previo el pago de la prima adicional respectiva y en un todo de acuerdo con las condiciones generales de la póliza y siguientes condiciones particulares. Antes de entrar a definir el amparo otorgado mediante la presente cobertura adicional, es importante anotar, que teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 1110 del Código Comercio, en cuanto hace el cumplimiento de la obligación de pagar, Liberty Seguros S.A. en desarrollo de dicho precepto, realizará el pago por reposición y lo hará a través de un “tercero”, que para efectos del presente contrato en adelante se llamará simplemente EL TERCERO, TERCERO el cual asume la obligación en todo caso, de suministrar y prestar el servicio que más adelante se define.

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REEMBOLSOS. Liberty a través de EL TERCERO podrá reembolsar al asegurado, el valor que éste hubiese pagado por la ocurrencia de cualquiera de los eventos cubiertos mencionados en el presente anexo y hasta por los límites indicados, siempre y cuando se cumpla con las siguientes obligaciones: El asegurado deberá solicitar antes de contratar un servicio cubierto, una autorización de , la cual deberá pedirse por teléfono, a cualquiera de los números indicados para prestar la asistencia, informando el nombre del asegurado, el número de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, el lugar donde se encuentra, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Una vez reciba la solicitud previa, le dará al titular un código de autorización con el cual deberá remitir las facturas originales de los desembolsos realizados, a la dirección que le sea informada en el momento de recibir dicha autorización. En ningún caso realizará un reembolso sin que se hayan remitido las facturas originales correspondientes y éstas siempre deberán cumplir con los requisitos exigidos por la ley. De cualquier manera se reserva el derecho de prestar directamente la Asistencia objeto del presente Anexo en aquellas ciudades donde no hay disponibilidad de proveedores. 01/03/2016-1333-A-03-CAU-039 CAU-037 ANEXO COBERTURA LIFE STYLE PÉRDIDA DE LLAVES El presente anexo, hace parte integrante de la póliza de seguro de automóviles, siempre y cuando se haya incluido en el “cuadro de amparos” de la carátula de la póliza, previo el pago de la prima adicional respectiva y en un todo de acuerdo con las condiciones generales de la póliza y siguientes condiciones particulares. Antes de entrar a definir el amparo otorgado mediante la presente cobertura adicional, es importante anotar, que teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 1110 del Código Comercio, en cuanto hace el cumplimiento de la obligación de pagar, Liberty Seguros S.A. en desarrollo de dicho precepto, realizará el pago por reposición y lo hará a través de un “tercero”, que para efectos del presente contrato en adelante se llamará simplemente EL TERCERO, el cual asume la obligación en todo caso, de suministrar y prestar el servicio que más adelante se define.

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REEMBOLSOS. Liberty Los reembolsos no suponen la inmediata amortización del capital. Importe total --- euros * * El importe total depende del saldo utilizado y de la modalidad de pago elegida, pudiendo modificarse en caso de realizar más disposiciones o en caso de modificaciones en las condiciones, términos e intereses aplicables a través la misma. - Contado: El importe total lo compone la suma de EL TERCERO podrá reembolsar al aseguradolos importes de las operaciones efectuadas. - Crédito: El importe total lo compone la suma de las cuotas mensuales (compuestas por capital, intereses devengados y, opcionalmente, la prima del seguro) hasta la cancelación de la deuda. - Préstamo Mercantil Simplificado: En cada operación, el valor importe total lo compone la suma de las cuotas, que éste hubiese pagado por incluyen el importe de la ocurrencia de cualquiera de los eventos cubiertos mencionados operación y la comisión aplicable a la misma. Adicionalmente, se podrán aplicar las comisiones o gastos acordados mutuamente en el presente anexo y hasta por los límites indicadoscontrato o en Tarifas. En el caso xx Xxxxxxxx Mercantil Simplificado, siempre y cuando se cumpla con las siguientes obligaciones: El asegurado deberá solicitar antes de contratar un servicio cubierto, una autorización de , la cual deberá pedirse por teléfono, a cualquiera de los números indicados para prestar la asistencia, informando el nombre del aseguradoproducto o servicio y el precio al contado figurarán en el Justificante xxx Xxxxxxxx, dicho documento, en función del canal de contratación, le será facilitado por el número establecimiento (Ticket de Compra), o será generado a través del comercio electrónico o será remitido a su domicilio en caso de contratación a distancia. El pago de la cédula mensualidad, en las modalidades de ciudadaníacontado y crédito, o cédula reconstituye el importe disponible de extranjería, el lugar donde se encuentra, el número las líneas de teléfono contado y tipo de asistencia que precisa. Una vez reciba la solicitud previa, le dará al titular un código de autorización con el cual deberá remitir las facturas originales de los desembolsos realizados, a la dirección que le sea informada crédito (en el momento de recibir dicha autorizaciónla facturación) para nuevas utilizaciones conforme a las condiciones establecidas en el contrato. En ningún el caso realizará un reembolso sin que se hayan remitido las facturas originales correspondientes y éstas siempre deberán cumplir con los requisitos exigidos por la ley. De cualquier manera se reserva el derecho de prestar directamente la Asistencia objeto del presente Anexo en aquellas ciudades donde no hay disponibilidad de proveedores. 01/03/2016-1333-A-03-CAU-039 ANEXO COBERTURA LIFE STYLE El presente anexo, hace parte integrante de la póliza de seguro de automóvilestarjeta PASS, siempre los reembolsos no amortizan el capital, sino que reconstituyen el importe máximo permitiendo nuevas disposiciones. En el caso xx Xxxxxxxx Mercantil Simplificado, los reembolsos amortizan y cuando se haya incluido en cancelan el “cuadro de amparos” de la carátula de la póliza, previo el pago de la prima adicional respectiva y en un todo de acuerdo con las condiciones generales de la póliza y siguientes condiciones particulares. Antes de entrar a definir el amparo otorgado mediante la presente cobertura adicional, es importante anotar, que teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 1110 importe del Código Comercio, en cuanto hace el cumplimiento de la obligación de pagar, Liberty Seguros S.A. en desarrollo de dicho precepto, realizará el pago por reposición y lo hará a través de un “tercero”, que para efectos del presente contrato en adelante se llamará simplemente EL TERCERO, el cual asume la obligación en todo caso, de suministrar y prestar el servicio que más adelante se definecapital correspondiente al reembolso.

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REEMBOLSOS. Liberty Si EL TERCERO no puede prestar el servicio a través de EL TERCERO podrá reembolsar su red de proveedores, le reembolsará al asegurado, el valor que éste hubiese pagado por la ocurrencia de cualquiera de los eventos cubiertos mencionados en el presente anexo y cubiertos, hasta por los límites indicadosindicados en cada uno de ellos, siempre y cuando se cumpla con las siguientes obligaciones: El asegurado deberá solicitar antes la autorización a través de contratar un servicio cubierto, una autorización la línea de , la cual deberá pedirse por teléfono, a cualquiera de los números indicados para prestar la asistencia, informando el nombre del aseguradodestinatario de la prestación, el número de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, el número de la póliza, el lugar donde se encuentra, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Una vez reciba la solicitud previa, le EL TERCERO dará al titular beneficiario un código de autorización con el cual deberá remitir las facturas originales de los desembolsos realizados, a la dirección que le sea informada en el momento de recibir dicha autorización. En ningún caso caso, EL TERCERO realizará un reembolso sin que se hayan el asegurado haya remitido las facturas originales correspondientes y éstas siempre deberán cumplir con que cumplan los requisitos exigidos xx xxx en original correspondientes al servicio autorizado. En aquellos casos excepcionales donde el proveedor no le entregue factura al asegurado, se procederá a realizar el reembolso con una cuenta de cobro enviada por la leyel asegurado. De cualquier manera manera, EL TERCERO se reserva el derecho de prestar directamente la Asistencia asistencia objeto del presente Anexo anexo en aquellas ciudades donde no hay disponibilidad a su propio juicio lo estime conveniente. EL TERCERO velará por mantener una red de proveedores. proveedores idónea, la cual será evaluada y monitoreada permanentemente a fin de garantizar la calidad del servicio conforme a lo establecido en el manual de calidad, el cual hace parte del sistema de gestión de calidad ISO 9001 versión 2008 certificado por BBQI 01/03/2016-1333-A-03-CAU-039 CAU-032 ANEXO COBERTURA LIFE STYLE El presente anexoDE ASISTENCIA EN VIAJE - ASISTENCIA PLUS Esta Asistencia Plus, hace parte integrante de la póliza de seguro de automóvilessi se contrata, y siempre y cuando se haya incluido en el “cuadro de amparos” de la carátula de la póliza, previo el pago de la prima adicional respectiva respectiva, asegura el suministro de los servicios definidos en ANEXO DE ASISTENCIA EN VIAJE VEHICULOS LIVIANOS y ANEXO DE ASISTENCIA AL HOGAR de estas condiciones, y los servicios de Garantía Mecánica definidos en un todo de acuerdo con las condiciones generales de la póliza y siguientes condiciones particulares. Antes de entrar a definir el amparo otorgado mediante la presente cobertura adicional, es importante anotar, que teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 1110 del Código Comercio, en cuanto hace el cumplimiento de la obligación de pagar, Liberty Seguros S.A. en desarrollo de dicho precepto, realizará el pago por reposición y lo hará a través de un “tercero”, que para efectos del presente contrato en adelante se llamará simplemente EL TERCERO, el cual asume la obligación en todo caso, de suministrar y prestar el servicio que más adelante se define.cláusulas:

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REEMBOLSOS. Liberty Los reembolsos por servicios no utilizados sólo se harán por intermedio de la agencia de viajes minorista. Para todo reclamo que pudiera formular el pasajero, la agencia y el ORGANIZADOR, se someten a través los Tribunales Ordinarios de EL TERCERO podrá reembolsar la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción. Las anulaciones se ajustarán al aseguradoartículo 21 del Decreto Nº 2.182/72 que se transcribe a continuación: "Cuando se trate de desistimientos que afecten a servicios contratados en firme por la agencia, el valor que éste hubiese pagado por la ocurrencia de cualquiera reembolso de los eventos cubiertos mencionados mismos estará sujeto a las condiciones contractuales bajo las cuales presten servicios las empresas respectivas. En caso de que los reembolsos sean efectuados, las agencias tendrán derecho a deducir para sí hasta un diez (10) por ciento de los mismos. Cuando se trate de reembolsos por servicios no utilizados y en caso de no hacerse efectiva la devolución de inmediato, las agencias deberán cursar a las empresas prestatarias de servicios, dentro de los cinco (5) días de recibido el presente anexo reclamo, el pedido de confi rmación de los importes solicitados por el viajero. Deberán asimismo, reintegrar las sumas que correspondieren dentro de los diez (10) días siguientes al recibo de la liquidación respectiva". Los establecimientos hoteleros y hasta las aerolíneas disponen sus propias políticas de cancelación, las que se informarán en cada caso, a fin del conocimiento de la agencia para su debida información al pasajero. En caso de salidas grupales, estas condiciones podrán ser variadas debiendo los pasajeros tomar conocimiento de las mismas por los límites indicados, siempre y cuando se cumpla con las siguientes obligaciones: El asegurado deberá solicitar antes intermedio del agente vendedor. Los plazos para anulaciones comenzarán a contarse a partir del momento en que el ORGANIZADOR reciba por medio fehaciente en sus oficinas de contratar un servicio cubierto, una autorización de Buenos Aires, la cual deberá pedirse por teléfono, a cualquiera comunicación de los números indicados para prestar la asistencia, informando el nombre anulación del asegurado, el número viaje. Las sumas que resulten de la cédula aplicación de ciudadaníapenalidades por anulaciones en cualquier circunstancia o las señas, o cédula no serán reembolsables y no se compensarán ni aplicarán a ulteriores contrataciones. Para el caso de extranjeríaventa de pasajes aéreos, rigen las normas del Contrato de Transporte aéreo y, especialmente las condiciones establecidas por las líneas aéreas en la base tarifaria adquirida por el lugar donde se encuentrapasajero, todo lo cual le ha sido debidamente explicitado. Para el número caso de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Una vez reciba la solicitud previa, le dará al titular un código de autorización con el cual deberá remitir las facturas originales de viajes en los desembolsos realizados, a la dirección que le sea informada en el momento de recibir dicha autorización. En ningún caso realizará un reembolso sin que se hayan remitido las facturas originales correspondientes y éstas siempre deberán cumplir con los requisitos exigidos por la ley. De cualquier manera se reserva el derecho de prestar directamente la Asistencia objeto del presente Anexo en aquellas ciudades donde no hay disponibilidad de proveedores. 01/03/2016-1333-A-03-CAU-039 ANEXO COBERTURA LIFE STYLE El presente anexocontraten servicios marítimos, hace parte integrante de la póliza de seguro de automóvilesrigen además, siempre y cuando se haya incluido en el “cuadro de amparos” de la carátula de la póliza, previo el pago de la prima adicional respectiva y en un todo de acuerdo con las condiciones generales de la póliza y siguientes condiciones particulares. Antes de entrar a definir establecidas por el amparo otorgado mediante la presente cobertura adicional, es importante anotar, que teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 1110 Agente Armador y/o explotador del Código Comerciobuque, en cuanto hace el cumplimiento todo lo relativo a las condiciones de la obligación de pagar, Liberty Seguros S.A. en desarrollo de dicho precepto, realizará el pago por reposición y lo hará a través de un “tercero”, que para efectos del presente contrato en adelante se llamará simplemente EL TERCERO, el cual asume la obligación en todo caso, de suministrar y prestar el servicio que más adelante se defineviaje.

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