Protesto. El deudor libera desde ya al tenedor del presente pagaré, de la obligación de protesto del mismo, pero si éste optare por efectuarlo, podrá realizar dicha diligencia a través ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. En todo caso, en el evento de protesto los gastos e impuestos que se devenguen con este motivo serán de cargo del deudor.
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Sources: Contrato De Mutuo De Dinero, Contrato De Mutuo De Dinero