Programa de Evaluación Cláusulas de Ejemplo

Programa de Evaluación. El Programa de Evaluación presentado conforme a lo previsto en la Cláusula 5.1 y la Normatividad Aplicable deberá establecer el contenido de las actividades de Evaluación que llevará a cabo durante el Período de Evaluación. El Programa de Evaluación del Descubrimiento deberá cubrir el Área de Evaluación, y elaborarse conforme a la Normatividad Aplicable, con un alcance suficiente para determinar si el Descubrimiento puede ser considerado un Descubrimiento Comercial. Cualquier Programa de Evaluación podrá contemplar la reevaluación de cualquier Descubrimiento dentro del Área Contractual que no haya sido declarado como Descubrimiento Comercial. El Contratista podrá solicitar a la CNH, mediante notificación por escrito realizada cuando menos sesenta (60) Días previos a la terminación del Período de Evaluación, la prórroga de este período a fin de concluir actividades en proceso contempladas en el Programa de Evaluación que por razones no imputables al Contratista sean de imposible conclusión dentro del período a que se refiere esta Cláusula 5.2. La CNH aprobará la prórroga en términos de la Normatividad Aplicable. La CNH resolverá sobre la propuesta del Programa de Evaluación en un plazo que no excederá los sesenta (60) Días a partir de que reciba la información necesaria en los términos de la Normatividad Aplicable. En caso que la CNH niegue la aprobación del Programa de Evaluación propuesto, la CNH fundará y motivará su resolución.
Programa de Evaluación. El Programa de Evaluación presentado conforme a lo previsto en la Cláusula 5.1 y la Normatividad Aplicable deberá establecer el contenido de las actividades de Evaluación con una duración de hasta veinticuatro (24) Meses contados a partir de la aprobación de dicho programa (el “Período de Evaluación”), salvo en el caso de un Descubrimiento de Gas Natural No Asociado, cuya duración estará sujeta a lo previsto en la Cláusula 5.3. El Programa de Evaluación del Descubrimiento deberá cubrir la extensión completa de la estructura en la que se realizó el Descubrimiento (el “Área de Evaluación”), y elaborarse conforme a la Normatividad Aplicable, con un alcance suficiente para determinar si el Descubrimiento puede ser considerado un Descubrimiento Comercial. El Programa de Evaluación podrá contemplar la reevaluación de cualquier Descubrimiento dentro del Área Contractual que no haya sido declarado como Descubrimiento Comercial. El Contratista podrá solicitar a la CNH, mediante notificación por escrito realizada cuando menos sesenta (60) Días previos a la terminación del Período de Evaluación, la prórroga de este período a fin de concluir actividades en proceso contempladas en el Programa de Evaluación que por razones no imputables al Contratista sean de imposible conclusión dentro del período a que se refiere esta Cláusula 5.2. La CNH aprobará la prórroga en términos de la Normatividad Aplicable. La CNH resolverá sobre la propuesta del Programa de Evaluación en un plazo que no excederá los sesenta (60) Días a partir de que reciba la información necesaria en los términos de la Normatividad Aplicable. En caso que la CNH niegue la aprobación del Programa de Evaluación propuesto, la CNH fundará y motivará su resolución.
Programa de Evaluación. Si EL CONTRATISTAconsideraqueun Descubrimiento tiene potencial comercial, presentará y ejecutará un Programa de Evaluación de dicho Descubrimiento, de acuerdo con lo establecido en esta cláusula. Si el Descubrimiento tiene lugar en el Período de Exploración, EL CONTRATISTA presentará el Programa de Evaluación dentro de los seis (6) meses siguientes a la finalización de la perforación ▇▇▇ ▇▇▇▇ Exploratorio descubridor o de la finalización del Período de Exploración, lo que ocurra primero. Si el Descubrimiento es resultado de la ejecución del Programa Explora- ▇▇▇▇▇ Posterior, EL CONTRATISTA presentará el Programa de Evaluación dentro de los seis 14.1. Contenido del Programa de Evaluación: El Programa de Evaluación debe contener, como mínimo: a) El mapa geológico con coordenadas del Área de Evaluación en el tope de la for- mación objetivo.
Programa de Evaluación. Si EL CONTRATISTA considera que un Descubrimiento tiene potencial comercial, sobre el mismo podrá adelantar un Programa de Evaluación que debe presentar a la ANH dentro de los cuatro (4) Meses siguientes a la fecha de radicación del respectivo Aviso de Descubrimiento. La ejecución del Programa de Evaluación y la consiguiente presentación del Informe de Resultados a la ANH son requisitos para la correspondiente Declaración de Comercialidad. La demora o la omisión no justificada en presentar el referido Programa de Evaluación dentro del plazo y en los términos estipulados en la presente cláusula, o la exclusión del mismo de conformidad con lo señalado en el numeral 8.6 de la misma cláusula, comporta la pérdida de todos los derechos sobre el o los respectivos Yacimientos, contenidos en la estructura o trampa geológica correspondiente al Descubrimiento. 8.1. Contenido del Programa de Evaluación: El Programa de Evaluación debe contener, como mínimo: 8.1.1. El mapa geológico con coordenadas del Área en Evaluación en el tope de la formación objetivo. 8.1.2. La descripción y los objetivos de cada una de las Operaciones de Evaluación y la información que se propone obtener para determinar si el Descubrimiento puede ser declarado como Campo Comercial. 8.1.3. El plazo total del Programa de Evaluación, que no podrá exceder de dos (2) Años cuando incluya la perforación ▇▇ ▇▇▇▇▇ Exploratorios o de un (1) Año en los demás casos, plazo que se contará a partir de la fecha de la presentación del Programa de Evaluación a la ANH y que debe contemplar los tiempos estimados necesarios para la obtención de permisos que corresponde otorgar a otras autoridades 8.1.4. El cronograma para la realización de las Operaciones de Evaluación dentro del plazo mencionado en el numeral anterior. 8.1.5. La información sobre la destinación de los Hidrocarburos y demás fluidos que EL CONTRATISTA espera recuperar como resultado de las Operaciones de Evaluación. 8.1.6. El Punto de Entrega que EL CONTRATISTA haya sometido a la ANH de conformidad con el marco regulatorio previsto en la Resoluciones 181495 del 2009, modificada por la distinguida como 40048 de 2015, modificada por la identificada como 41251 de 2016, todas del Ministerio de Minas y Energía, o a las normas que las sustituyan, adicionen o modifiquen. 8.1.7. Adicionalmente, debe acompañarse la Garantía respecto a la realización y cumplimiento del Programa de Evaluación, conforme a lo dispuesto en este contrato. 8.2. Prórroga del plazo del...
Programa de Evaluación. Si EL CONTRATISTA considera que un Descubrimiento tiene potencial comercial, presentará un Programa de Evaluación de dicho Descubrimiento dentro de los dos (2) Meses siguientes al Aviso de Descubrimiento. Parágrafo: Ante la omisión de la presentación del Programa de Evaluación por parte de EL CONTRATISTA, dentro del plazo y en los términos establecidos en esta Cláusula, LA ANH le requerirá por escrito para que en un término ▇▇ ▇▇▇▇ {10) Días calendario de las explicaciones del caso. Si EL CONTRATISTA no presenta una justificación de orden legal o contractual, y previo cumplimiento del procedimiento previsto en la Cláusula 61, habrá lugar a la pérdida de todos los derechos de producción sobre los respectivos yacimientos contenidos en la estructura o trampa geológica que contiene el Descubrimiento correspondiente.
Programa de Evaluación. 12.1 Si el Contratista (Individual o Plural) estima que un determinado Descubrimiento tiene potencial comercial, debe someter a la ANH Programa de Evaluación del mismo, dentro de los dos (2) Meses siguientes a la fecha de radicación del respectivo Aviso de Descubrimiento, o a la fecha en que se considere negada la solicitud de autorización para prescindir de dicho Programa, de acuerdo con el Numeral 12.8 posterior. La Entidad dispone de sesenta (60) Días Calendario para pronunciarse sobre aquel. La demora o la omisión no justificada en presentar el referido Programa de Evaluación, dentro del plazo y en los términos estipulados en la presente Cláusula, da lugar a que la ANH requiera por escrito que el Contratista (Individual o Plural) rinda las explicaciones a que haya lugar, en término improrrogable ▇▇ ▇▇▇▇