P.C. Cláusulas de Ejemplo
P.C.. Aprobado el contrato por la autoridad competente, la Repartición im- partirá de inmediato la orden de ejecución de los trabajos, salvo impedimentos por causas justificadas que imposibiliten realmente di- cha iniciación, en cuyo caso la orden de ejecución se dará al desa- parecer dicho impedimento o causa que la motiva. El Contratista que- da obligado a comenzar los trabajos dentro de los 15 (QUINCE) días a partir de la fecha de esa orden, en cuya oportunidad se labrará un acta.- De no dar comienzo dentro de este lapso y si la Repartición no ejer- ce el derecho que le acuerda el Art. 50º de la Ley 13.064, el "plazo de ejecución de obra" se computará a partir del vencimiento de los 15 días acordados.-
P.C.. Queda entendido que el sitio de los trabajos a cargo del Contratista, debe quedar limpio en forma diaria.- En el caso de existir varios Contratistas, se responsabilizará de la limpieza al que la haya alterado.- La limpieza final de la obra, incluirá todo lo que haya quedado sucio como consecuencia de la ejecución de los trabajos (▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, encerado final de pisos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, repaso de los revestimientos, escaleras, pisos, etc., limpieza de artefactos eléctricos, sanitarios, instalaciones especiales, etc.).- Para cada infracción a esta norma, el Contratista incurrirá en una multa de 0,1%o (cero uno por mil), del monto contractual.-
P.C.. La forma de presentación de las ofertas, para obras cuyo presupuesto oficial dividido por el plazo de ejecución expresado en años, resultare mayor que el monto a que hace referencia el artículo 5º C.G., exigirá la observancia de las Normas del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas que dicen: Las empresas proponentes deberán presentar en el acto de apertura, un sobre exterior cerrado, perfectamente identificable (con indicación de número de licitación, fecha y hora de apertura), que contenga:
P.C.. La forma de presentación de las ofertas, para obras cuyo presupuesto oficial dividido por el plazo de ejecución expresado en años, re- sultare mayor que el monto a que hace referencia el artículo 5º C.G., exigirá la observancia de las Normas del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas que dicen: Las empresas proponentes deberán presentar en el acto de apertura, un sobre exterior cerrado, perfectamente identificable (con indicación de número de licitación, fecha y hora de apertura), que contenga:
a) La constancia actualizada del Registro, que certifique que la Em- presa está inscripta, indicando la capacidad de contratación anual, garantía de propuesta y demás elementos que no sean específicamente la propuesta.-
