Pago de Obligaciones Cláusulas de Ejemplo

Pago de Obligaciones. G: Moneda Extranjera • H: Pago Servicio Pub. Y Priv.
Pago de Obligaciones. 14.1 Cuando el CLIENTE se acoja a la financiación por cuotas que ofrece el BANCO, debe cancelar por lo menos el pago mínimo que se le indique en el estado de cuenta.
Pago de Obligaciones. Los Centros establecerán en el ejercicio 2001 un único registro de facturas diferenciado del Registro General. Durante el periodo 2001 a 2004 los centros mantendrán un estricto control sobre los pro- cesos de tramitación de facturas optimizándolos al máximo reduciendo los periodos medios de tramitación de facturas, teniendo una especial atención en el control y segui- miento puntual de las conformidades de albaranes y facturas que se realizan por respon- sables de Unidades y Servicios. En el periodo 2001 a 2004 se establecerán medidas y se realizarán gestiones con los pro- veedores para conseguir unificar los procedimientos, criterios y plazos de facturación.
Pago de Obligaciones. El contratista asumirá los costos y demás gastos ocasionados en la prestación de los servicios necesarios para la realización del evento que lo requiere y los productos de cafetería y restaurante utilizados para cumplir con los servicios requeridos dentro de las especificaciones técnicas descritas con anterioridad en el presente plan de necesidades. Al término de cada evento o actividad debe emitir paz y salvo por parte de cada asociado con quien suscribió el convenio, por tanto MDN-EJERCITO NACIONAL – APOYO LOGÍSTICO no se hará responsable por cobros externos que contraiga el futuro contratista. 21 ENVASES Y EMPAQUES: Se compromete a suministrar los productos de cafetería y restaurante, con su correspondiente empaque donde figure caracteres fácilmente legibles que mencione: - Nombre del producto - Nombre o razón social del fabricante o responsable de la comercialización del producto en Colombia. - Instrucciones de uso, precauciones y advertencias que sean necesarias, de acuerdo a la categoría del producto. - Número de registro sanitario, contenido nominal, número de lote y sustancia y sustancias que impliquen riesgos sanitarios, fecha de expedición y fecha de vencimiento. NOTA: El contratista garantizará el cumplimiento de dichos requisitos mediante carta de compromiso en donde se compromete a entregar bajo dichos parámetros todos los productos bajo las condiciones técnicas y de empaque descritas en el anexo técnico y serán objeto de evaluación por el comité técnico y será asumible mediante carta de garantía suscrita por el asociado que tenga relación directa con ésta o éstas actividades permaneciendo como responsable principal por cualquier defecto, daño o vencimiento de los productos suministrados. 22
Pago de Obligaciones. El Cliente acuerda pagar requerimientos y deudas que contraiga con Metro Asset Management, S.A., incluyendo las derivadas de saldos negativos en la cuenta de Inversión no podrá ser terminada mientras que Metro Asset Management, S.A. no reciba todos los Activos Financieros o fondos suficientes para pagar todas las obligaciones incurridas con Metro Asset Management, S.A. o terceras personas. El Cliente pagará a Metro Asset Management, S.A. todos los costos de cobro en que este incurra, incluyendo costos de abogados.
Pago de Obligaciones. Cada Parte del Crédito deberá pagar, liberar o de cualquier manera satisfacer al vencimiento o antes de estar en xxxx, de acuerdo al caso, todas sus obligaciones y responsabilidades de cualquier naturaleza, excepto por (i) aquellas cuyo monto o validez estén siendo Objetadas, (ii) obligaciones en xxxx que no tengan un Efecto Material Adverso, (iii) facturas comerciales y otras cuentas por pagar en el curso ordinario del negocio que no hayan vencido por un período superior a 30 días o, si tienen más de 30 días de vencimiento, en relación con las cuales exista una disputa y se hayan hecho las reservas adecuadas en los libros de dicha Parte del Crédito, conforme a lo establecido por las NIIF.

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  • Derechos y Obligaciones Acuerdan las partes que los derechos y obligaciones del presente contrato, no podrán cederse o traspasarse total, ni parcialmente bajo ninguna modalidad en favor de persona alguna. La contravención a esto traerá como consecuencia la rescisión del mismo, sin responsabilidad alguna para “La Secretaría”. Queda entendido y aceptado expresamente por “La Secretaría” y “El Prestador de Servicios” que el pago por resarcimiento de daños y perjuicios como consecuencia de la rescisión del contrato, no podrá exceder del monto total del valor del presente contrato.

  • CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES Los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, no podrán ser cedidos, enajenados, gravados o traspasados por parte de “EL PROVEEDOR” a terceros por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia, salvo los derechos de cobro a que se refiere el último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

  • CADUCIDAD POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Y CARGAS CLÁUSULA 17 - El incumplimiento de las obligaciones y cargas impuestas al Asegurado por el Código Civil (salvo que se haya previsto otro efecto en el mismo para el incumplimiento) y por el presente contrato, produce la caducidad de los derechos del Asegurado si el incumplimiento obedece a su culpa o negligencia, de acuerdo con el régimen previsto en el Artículo 1579 del Código Civil.

  • OBLIGACIONES “LAS PARTES” CONVIENEN EN QUE EN EL SUPUESTO DE QUE CUALQUIERA DE ELLAS QUE SE DECLARE EN QUIEBRA O EN SUSPENSIÓN DE PAGOS, NO LAS LIBERA DE CUMPLIR CON SUS OBLIGACIONES, POR LO QUE CUALQUIERA DE ELLAS QUE SUBSISTA, ACEPTA Y SE OBLIGA EXPRESAMENTE A RESPONDER SOLIDARIAMENTE DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES A QUE HUBIERE LUGAR. “LAS PARTES” ACEPTAN Y SE OBLIGAN A PROTOCOLIZAR ANTE NOTARIO PÚBLICO EL PRESENTE CONVENIO, EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADOS DEL CONTRATO QUE SE DERIVE DEL FALLO EMITIDO EN LA LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL NÚMERO _________ EN QUE PARTICIPAN Y, QUE EL PRESENTE INSTRUMENTO, DEBIDAMENTE PROTOCOLIZADO, FORMARÁ PARTE INTEGRANTEDEL CONTRATO QUE SUSCRIBAN LOS REPRESENTANTES LEGALES DE CADA INTEGRANTE Y EL IMSS. LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONVENIO POR “LAS PARTES” Y ENTERADOS DE SU ALCANCE Y EFECTOS LEGALES, ACEPTANDO QUE NO EXISTIÓ ERROR, DOLO, VIOLENCIA O MALA FE, LO RATIFICAN Y FIRMAN, DE CONFORMIDAD EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, EL DÍA ___________ DE _________ DE 20___. (__________NOMBRE________) EN MI CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA (__________NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA________), Y EN TÉRMINOS DEL NUMERAL 6, REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES,INCISOS B) Y G), DE LAS CONVOCATORIA DE LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL NO.______________________________, MANIFIESTO LO SIGUIENTE: BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE MI REPRESENTADA SE ABSTENDRÁ POR SI MISMA O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPOSICIONES, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO, U OTROS ASPECTOS QUE LE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS PARTICIPANTES. QUE MI REPRESENTADA NO SE ENCUENTRA SANCIONADA COMO EMPRESA O PRODUCTO POR LA SECRETARIA DE SALUD. LUGAR Y FECHA ________(2)____________ PRESENTE. ME REFIERO AL PROCEDIMIENTO DE_______(3)___________ NO. __(4)____ EN EL QUE MI REPRESENTADA, LA EMPRESA _______________(5)___________________ PARTICIPA A TRAVÉS DE LA PRESENTE PROPUESTA. SOBRE EL PARTICULAR, Y EN LOS TÉRMINOS DE LO PREVISTO POR LAS "REGLAS PARA LA DETERMINACIÓN, ACREDITACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES QUE SE OFERTAN Y ENTREGAN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN, ASÍ COMO PARA LA APLICACIÓN DEL REQUISITO DE CONTENIDO NACIONAL EN LA CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, QUE CELEBREN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL", EL QUE SUSCRIBE, MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE, EN EL SUPUESTO DE QUE ME SEA ADJUDICADO EL CONTRATO RESPECTIVO, LA TOTALIDAD DE LOS BIENES QUE OFERTO EN DICHA PROPUESTA Y SUMINISTRARÉ, BAJO LA PARTIDA ____(6)______, SERÁ(N) PRODUCIDO(S) EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y CONTARÁ(N) CON UN PORCENTAJE DE CONTENIDO NACIONAL DE CUANDO MENOS EL 65%*, O __(7)___% COMO CASO DE EXCEPCIÓN RECONOCIDO EN LA REGLA 11 O 12 DE LAS CITADAS REGLAS. DE IGUAL FORMA MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE TENGO CONOCIMIENTO DE LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 57 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO; EN ESTE SENTIDO, ME COMPROMETO, EN CASO DE SER REQUERIDO, A ACEPTAR UNA VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS SOBRE EL CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES AQUÍ OFERTADOS, A TRAVÉS DE LA EXHIBICIÓN DE LA INFORMACIÓN DOCUMENTAL CORRESPONDIENTE Y/O A TRAVÉS DE UNA INSPECCIÓN FÍSICA DE LA PLANTA INDUSTRIAL EN LA QUE SE PRODUCEN LOS BIENES, CONSERVANDO DICHA INFORMACIÓN POR TRES AÑOS A PARTIR DE LA ENTREGA DE LOS BIENES A LA CONVOCANTE. * ESTE PORCENTAJE DEBERÁ ADECUARSE CONFORME A LOS INCREMENTOS PREVISTOS EN LA REGLA 5 DE LAS PRESENTES REGLAS: 1 SEÑALAR LA FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO. 2 ANOTAR EL NOMBRE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD QUE CONVOCA O INVITA.

  • OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD “LA ENTIDAD” se obliga y compromete a:

  • OBLIGACIONES DE LA EMPRESA Las empresas beneficiarias estarán obligadas a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres años y, en caso de despido pro- cedente, deberán sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad. • Xxxxxxse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES EL PROVEEDOR" no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de "EL CENACE" deslindando a ésta de toda responsabilidad.

  • OBLIGACIONES ESPECÍFICAS En el Anexo I, apartado décimo cuarto, se indica si en este contrato se recogen obligaciones específicas del contratista o no.

  • Penalidades por incumplimiento de obligaciones contractuales Si los trabajos sufriesen un retraso en su ejecución y siempre que el mismo no fuere imputable al contratista, si éste ofreciera cumplir sus compromisos se concederá por el órgano de contratación un plazo que será por lo menos igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor, regulándose su petición por lo establecido en el artículo 100 del RGLCAP. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total o de los plazos parciales, si éstos se hubiesen previsto, para lo que se estará al apartado 14 de la cláusula 1, la Administración podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 212 del TRLCSP. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades .En este último supuesto, el órgano de contratación concederá la ampliación del plazo que estime necesaria para la terminación del contrato. Asimismo, la Administración tendrá las mismas prerrogativas cuando la demora en el cumplimiento de los plazos parciales haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. La Administración, en caso de incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato o por las penalidades que se determinan en el apartado 15 de la cláusula 1. Hasta tanto tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de los servicios contratados y de los defectos que en ellos hubiera, sin que sea eximente ni dé derecho alguno la circunstancia de que el responsable del contrato o los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. En caso de cumplimiento defectuoso de la ejecución del contrato o, en su caso, incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, la Administración podrá imponer al contratista las penalidades indicadas en el apartado 15 de la cláusula 1, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.1 del TRLCSP. La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista. La infracción de las condiciones para la subcontratación establecidas en el artículo 227.3 del TRLCSP podrá dar lugar a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 por ciento del importe del subcontrato. Asimismo, el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 228.bis del TRLCSP, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se especifican en el apartado 15 de la cláusula 1.

  • OTRAS OBLIGACIONES Serán por cuenta del contratista todos los gastos necesarios para la ejecución del contrato y cualesquiera impuestos o tasas que puedan gravar la operación y que no se encuentren expresamente excluidos en el presente pliego.