Common use of PAGO DE LA INDEMNIZACION Clause in Contracts

PAGO DE LA INDEMNIZACION. Para calcular la indemnización a pagar en caso de pérdida parcial, se disminuirán del valor de la pérdida lo siguiente: los deducibles y/o coaseguros expresamente establecidos en las Condiciones Particulares, las sumas de dinero pagadas por los siniestros anteriores y que afecten la misma cobertura, salvo caso de reinstalación de la Suma Asegurada, conforme con lo estipulado en la Cláusula 28a. - Reducción de la Suma Asegurada por Siniestros de estas Condiciones Generales. Para calcular la indemnización en caso de Pérdida Total y Robo Total, se disminuirán del valor de la pérdida lo siguiente: el porcentaje de depreciación mensual estipulado en las Condiciones Particulares por cada mes o fracción transcurrido desde la fecha de inicio de la Póliza, hasta la fecha del siniestro, el coaseguro expresamente pactado en las Condiciones Particulares y las sumas pagadas por siniestros anteriores, salvo el caso de reinstalación de la Suma Asegurada antes referida. Tanto en las pérdidas parciales como en las totales, se deducirán de la indemnización las primas pendientes de pago conforme se establece en la Cláusula 11a. - Pago de la Prima. La Compañía se compromete a cumplir con su obligación de indemnizar usando una de las siguientes opciones: a) pagar el importe de la indemnización en su oficina principal dentro de un plazo no mayor de treinta días siguientes a la aceptación definitiva de la pérdida por parte de la Compañía y previa presentación de los documentos exigidos por las leyes de la República de Nicaragua, siempre que no exista ninguna acción judicial o investigación oficial con relación al siniestro ocurrido o a la Responsabilidad Civil o Penal del Asegurado; o b) reparar, reconstruir o reemplazar el vehículo asegurado.

Appears in 1 contract

Samples: www.bdfnet.com

PAGO DE LA INDEMNIZACION. Para calcular En caso de siniestro que pueda dar lugar a reclamación, el Tomador, Asegurado o los Beneficiarios, según el caso, deberá dar aviso del siniestro a LIBERTY dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en que haya conocido o debido conocer su ocurrencia. En caso de pérdida de la vida, el término del aviso se extenderá a (10) días comunes siguientes a aquel en que haya conocido o debido conocer su ocurrencia. XXXXXXX pagará la indemnización a pagar que esté obligada en el mes siguiente a la fecha en que se acredite la ocurrencia del siniestro y la cuantía si fuere el caso, de conformidad con lo establecido en el Artículo 1077 del Código de Comercio. Son documentos que pueden servir para formalizar un reclamo bajo esta póliza los siguientes:  Informe del Accidente.  Registro Civil de Nacimiento del Asegurado.  Registro Civil de Defunción.  Documento de identidad del asegurado fallecido.  Acta de Levantamiento del Cadáver.  Historia clínica del Asegurado si existió atención en un establecimiento clínico u hospitalario.  Certificado de Necropsia.  Original de la póliza o certificación expedida por autoridad competente.  Documento de identidad del (de los) beneficiario(s).  Los documentos que legalmente sean necesarios para acreditar la condición o legitimidad del (de los) beneficiario (s) de la póliza.  Si la reclamación afecta los amparos adicionales de la póliza se requiere la presentación del Informe del Médico tratante en caso de pérdida parcialIncapacidad Total y Permanente, la Incapacidad emitida por la EPS o la ARP en caso de Incapacidad Temporal, y las facturas originales canceladas de los gastos cuando se disminuirán reclame por el amparo de Xxxxxx Médicos por Accidente.  Cualquier otro documento que pruebe la ocurrencia del valor siniestro y su cuantía. Queda entendido que si con los anteriores comprobantes no se acreditan los requisitos del Artículo 1077 del Código de Comercio, el Asegurado o los Beneficiarios, según el caso, deberá aportar las pruebas que conforme con la pérdida lo siguiente: los deducibles ley sean procedentes e idóneas para demostrar la ocurrencia del siniestro y/o coaseguros expresamente establecidos en las Condiciones Particulares, las sumas de dinero pagadas por los siniestros anteriores y que afecten la misma cobertura, salvo caso de reinstalación cuantía de la Suma Asegurada, conforme con lo estipulado en la Cláusula 28a. - Reducción de la Suma Asegurada por Siniestros de estas Condiciones Generales. Para calcular la indemnización en caso de Pérdida Total y Robo Total, se disminuirán del valor de la pérdida lo siguiente: el porcentaje de depreciación mensual estipulado en las Condiciones Particulares por cada mes o fracción transcurrido desde la fecha de inicio de la Póliza, hasta la fecha del siniestro, el coaseguro expresamente pactado en las Condiciones Particulares y las sumas pagadas por siniestros anteriores, salvo el caso de reinstalación de la Suma Asegurada antes referida. Tanto en las pérdidas parciales como en las totales, se deducirán de la indemnización las primas pendientes de pago conforme se establece en la Cláusula 11a. - Pago de la Prima. La Compañía se compromete a cumplir con su obligación de indemnizar usando una de las siguientes opciones: a) pagar el importe de la indemnización en su oficina principal dentro de un plazo no mayor de treinta días siguientes a la aceptación definitiva de la pérdida por parte de la Compañía y previa presentación de los documentos exigidos por las leyes de la República de Nicaragua, siempre que no exista ninguna acción judicial o investigación oficial con relación al siniestro ocurrido o a la Responsabilidad Civil o Penal del Asegurado; o b) reparar, reconstruir o reemplazar el vehículo aseguradopérdida.

Appears in 1 contract

Samples: www.libertyseguros.co

PAGO DE LA INDEMNIZACION. Para calcular Si la indemnización a pagar Compañía aceptare una reclamación en caso de un siniestro amparado por esta Póliza, tendrá la obliga- ción de pagar al Asegurado o beneficiarios, según corresponda, la indemnización correspondiente a la pérdida parcialdebidamente comprobada, dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a aquel en que le presenten por escrito la correspondiente reclamación aparejada de los documentos que, según este contrato sean indispensa- bles. En caso que el reclamo fuere rechazado por la Compañía, se disminuirán del valor de la pérdida estará a lo siguiente: los deducibles y/o coaseguros expresamente establecidos en las Condiciones Particulares, las sumas de dinero pagadas por los siniestros anteriores y que afecten la misma cobertura, salvo caso de reinstalación de la Suma Asegurada, conforme con lo estipulado dispuesto en la Cláusula 28aLey de Seguros. - Reducción de la Suma Asegurada por Siniestros de estas Condiciones Generales. Para calcular La Compañía pagará la indemnización en dinero o mediante la reposición, reparación o reconstrucción de los bienes asegurados o cualquier parte de ellos, a su elección, dentro de los límites de la suma asegurada, menos el deducible pactado para la cobertura afectada y aplicando la regla proporcional si hubiese lugar a ella. De acuerdo con las normas que regulan el contrato de seguro, la indemnización no excederá del valor real del perjuicio patrimonial sufrido por el Asegurado. Sin exceder las sumas aseguradas, la Compañía habrá cumplido válidamente sus obligaciones indemnizatorias al restablecer en forma razonablemente equivalente, los bienes asegurados, al estado en que se encontraban en el momento del siniestro. Cuando a consecuencia de alguna norma que rija sobre alineación de calles, construcción de edificios u otros hechos análogos, la Compañía se hallare en la imposibilidad de hacer reedificar los bienes asegurados por esta Póliza, ella no estará obligada en ningún caso a pagar por dichos bienes una indemnización mayor a la que hubiere bastado en los casos normales. En caso de Pérdida Total y Robo Total, se disminuirán del valor destrucción completa de la pérdida lo siguiente: edificación asegurada, o cuando el porcentaje costo de depreciación mensual estipulado en las Condiciones Particulares por cada mes o fracción transcurrido desde reparación exceda la fecha de inicio de la Pólizasuma asegurada, hasta la fecha del siniestro, a menos que el coaseguro expresamente pactado en las Condiciones Particulares y las sumas pagadas por siniestros anteriores, salvo acreedor hipotecario autorice el caso de reinstalación de la Suma Asegurada antes referida. Tanto en las pérdidas parciales como en las totales, se deducirán pago de la indemnización al Asegurado, en forma escrita, esta se destinará en primer lugar, a cubrir al Acreedor Beneficiario, en caso de que en las primas pendientes condiciones particulares, se nombre a uno; a los acreedores hipotecarios en las pólizas en donde se haya establecido esta obligaciòn en las condiciones particulares y que se refiera a los créditos con garantía hipotecaria sobre el inmueble asegurado y el excedente, si lo hubiere se pagará al Asegurado. En los casos en que el bien asegurado no se encuentre en el mercado para lograr su indemnización, la Compa- ñía habrá cumplido con su obligación satisfactoriamente, indemnizando el valor del bien, de pago conforme acuerdo a la última cotización xxx xxxxxxx cuando este existía. En los casos de pérdidas parciales, si para el arreglo del bien siniestrado no se establece encuentran las partes en el mercado, no se considerará pérdida total y la Cláusula 11a. - Pago Compañía habrá cumplido su obligación satisfactoriamente, indemnizando el costo de la Primareparación y de las piezas inexistentes, a la última cotización xxx xxxxxxx, cuando estas partes existían. Si la pieza siniestrada de un bien asegurado hace parte de un par o juego, la Compañía indemnizará sólo el valor correspondiente al daño de la pieza que hace parte del par o juego y no se considerará pérdida total a menos que se contrate con el pago de la prima adicional el correspondiente amparo de par y juego, lo cual constará en las condiciones particulares de esta Póliza. Si para la reparación de un bien siniestrado, es indispensable su remisión al extranjero, el Asegurado deberá correr con el costo del envío y traída del mismo del extranjero, más todos los demás gastos que este envío implique. La Compañía se compromete a cumplir con su obligación de indemnizar usando una en estos casos solo responderá por el costo de las siguientes opciones: a) pagar piezas y la mano de obra de su reparación, hasta el importe límite de la indemnización en su oficina principal dentro de un plazo no mayor de treinta días siguientes a suma asegurada, previa la aceptación definitiva aplicación del deducible y de la pérdida por parte regla proporcional, si a ella hubiere lugar. Si el Asegurado contrata las coberturas adicionales xx xxxxx aéreo o flete expreso, estos gastos se encontrarán cubiertos de la Compañía y previa presentación de los documentos exigidos por las leyes de la República de Nicaragua, siempre que no exista ninguna acción judicial o investigación oficial con relación al siniestro ocurrido o acuerdo a la Responsabilidad Civil o Penal del Asegurado; o b) reparar, reconstruir o reemplazar el vehículo asegurado.dicha cobertura

Appears in 1 contract

Samples: www.zurichseguros.com.ec

PAGO DE LA INDEMNIZACION. Para calcular Si la indemnización a pagar Compañía acepta una reclamación en caso de pérdida parcialun siniestro amparado por esta póliza, tendrá la obligación de p agar al Asegurado la indemnización correspondiente a la pér dida debidamente comprobada, dentro de los cuarenta y ci nco (45) días siguientes a aquel en que el Asegurado o su representante le presente por escrito la correspond iente reclamación aparejada de los documentos que, según este contrato, xxxx xxxxxxxxxxxxxx. En caso que el recla mo sea rechazado por la Compañía, se disminuirán del valor de la pérdida estará a lo siguiente: los deducibles y/o coaseguros expresamente establecidos en las Condiciones Particulares, las sumas de dinero pagadas por los siniestros anteriores y que afecten la misma cobertura, salvo caso de reinstalación de la Suma Asegurada, conforme con lo estipulado dispuesto en la Cláusula 28a. - Reducción Ley General de la Suma Asegurada por Siniestros de estas Condiciones Generales. Para calcular la indemnización en caso de Pérdida Total y Robo Total, se disminuirán del valor de la pérdida lo siguiente: el porcentaje de depreciación mensual estipulado en las Condiciones Particulares por cada mes o fracción transcurrido desde la fecha de inicio de la Póliza, hasta la fecha del siniestro, el coaseguro expresamente pactado en las Condiciones Particulares y las sumas pagadas por siniestros anteriores, salvo el caso de reinstalación de la Suma Asegurada antes referida. Tanto en las pérdidas parciales como en las totales, se deducirán de la indemnización las primas pendientes de pago conforme se establece en la Cláusula 11a. - Pago de la PrimaSeguros. La Compañía no estará obligada a pagar, en ningún c aso intereses, daños ni perjuicios por los valores que adeude al Asegurado, como resultado de un siniestro, y cuyo p ago fuera diferido con motivo de cualquier acción judicial e ntre el Asegurado y la Compañía o con motivo de retención, embargo o cualquier otra medida precautelatoria solicitada po r terceros y ordenada por autoridad competente. En caso de siniestro, la Compañía se compromete reserva el der echo de hacer reconstruir o reparar los edificios destruido s o averiados y de reparar o reemplazar los objetos dañ ados o destruidos. No se podrá exigir a cumplir con su la Compañía que lo s edificios que haya mandado reparar o reconstruir, n i los objetos que hubieren sido reparados o reemplazados, sean idénticos a los que existían antes del siniestro. Esta cumplirá válidamente sus obligaciones, al restablec er en lo posible y en forma racionalmente equivalente, el es tado de cosas que existían antes del siniestro. En ningún caso la Compañía estará obligada a gastar en la reedificaci ón, reparación o reemplazo, una cantidad mayor que la g arantizada en esta póliza sobre ese mismo objeto. Si la Compañía decide hacer reedificar o reparar o reponer, total o parcialmente los edificios o bienes destrui dos o averiados, el Asegurado, por cuenta de él tendrá la obligación de indemnizar usando una de las siguientes opciones: a) pagar el importe de la indemnización en su oficina principal dentro de un plazo no mayor de treinta días siguientes a la aceptación definitiva de la pérdida por parte de entregarle los planos, dibujos, presu puestos, medidas y cantidades que procedan, así como cuantos otros datos la Compañía y previa presentación juzgue necesarios. Cualquier acto que la Compañía pudiera ejecutar o m andar ejecutar, relativo a lo que precede, no podrá ser interpretado válidamente como compromiso firme de r eparar, reedificar o reponer los documentos exigidos por las leyes edificios u objetos averia dos o destruidos. Cuando a consecuencia de alguna regulación municipa l o de otra autoridad competente o reglamento que rigiere sobre alineación de calles, construcción de edificios u o tros análogos, la República Compañía se hallare en la imposibilida d de Nicaragua, siempre que no exista ninguna acción judicial o investigación oficial con relación al siniestro ocurrido o a la Responsabilidad Civil o Penal del Asegurado; o b) hacer reparar, reconstruir reponer o reemplazar el vehículo asegurado.reedificar lo asegurado por la p resente póliza, no estará obligada en ningún caso a pagar, por dichos

Appears in 1 contract

Samples: www.vazseguros.com

PAGO DE LA INDEMNIZACION. Para calcular Recibida la indemnización notificación de la ocurrencia, la Compañía tramitará el caso una vez que el Asegurado o Beneficiario formalice su solicitud presentando todos los documentos previstos en la póliza y pertinentes al siniestro que demuestren su ocurrencia y la cuantía del daño sufridos. De ser necesario, la Compañía podrá contar con un ajuste a cargo de un perito ajustador debidamente autorizado y con credencial emitida por la autoridad competente. Una vez concluido el análisis, la Compañía podrá aceptar o negar la cobertura motivando su decisión, de conformidad con la ley, en el plazo de treinta (30) días, contados a partir de la presentación de la formalización de la solicitud de pago del siniestro. A falta de respuesta en este lapso, se entenderá aceptada. El asegurador deberá proceder al pago dentro del plazo de los diez (10) días posteriores a la aceptación. La Compañía no estará obligada a pagar en ningún caso de pérdida parcialintereses, se disminuirán del valor de la pérdida lo siguiente: los deducibles daños y/o coaseguros expresamente establecidos en las Condiciones Particulares, las sumas de dinero pagadas perjuicios por los siniestros anteriores valores que adeude al Asegurado, como resultado de un siniestro, cuyo pago fuere diferido con motivo de cualquier acción judicial entre el Asegurado y que afecten la misma coberturaCompañía o con motivo de retención, salvo caso embargo o cualquier otra medida precautelaría solicitada por terceros y ordenada por autoridad competente. Las medidas tomadas por la Compañía con el objeto de reinstalación inspeccionar, disminuir o evitar pérdidas o daños, o de preservar o reforzar cualquier derecho de recuperación no constituye una admisión de responsabilidad. Con la Suma Aseguradanegativa u objeción, conforme con lo estipulado en la Cláusula 28a. - Reducción de la Suma Asegurada por Siniestros de estas Condiciones Generales. Para calcular la indemnización en caso de Pérdida Total y Robo Total, se disminuirán del valor de la pérdida lo siguiente: el porcentaje de depreciación mensual estipulado en las Condiciones Particulares por cada mes total o fracción transcurrido desde la fecha de inicio de la Póliza, hasta la fecha parcial del siniestro, el coaseguro expresamente pactado en Asegurado podrá iniciar las Condiciones Particulares y las sumas pagadas por siniestros anteriores, salvo el caso de reinstalación de la Suma Asegurada antes referida. Tanto en las pérdidas parciales como en las totales, se deducirán de la indemnización las primas pendientes de pago conforme se establece acciones señaladas en la Cláusula 11a. - Pago Ley General de la Prima. La Compañía se compromete a cumplir con su obligación de indemnizar usando una de las siguientes opciones: a) pagar el importe de la indemnización en su oficina principal dentro de un plazo no mayor de treinta días siguientes a la aceptación definitiva de la pérdida por parte de la Compañía y previa presentación de los documentos exigidos por las leyes de la República de Nicaragua, siempre que no exista ninguna acción judicial o investigación oficial con relación al siniestro ocurrido o a la Responsabilidad Civil o Penal del Asegurado; o b) reparar, reconstruir o reemplazar el vehículo aseguradoXxxxxxx.

Appears in 1 contract

Samples: www.libertyseguros.ec

PAGO DE LA INDEMNIZACION. Para calcular La Compañía pagará la indemnización en dinero o mediante la reposición, reparación o reconstrucción de los bienes asegurados o cualquier parte de ellos, a pagar su elección, dentro de los límites de la suma asegurada, menos el deducible pactado para la cobertura afectada y aplicando la regla proporcional si hubiese lugar a ella, dentro de los treinta (30) días siguientes a aquel en que se presenta la reclamación por escrito acompañada de los documentos exigidos por esta Póliza para perfeccionar la reclamación. De acuerdo con las normas que regulan el contrato de seguro, la indemnización no excederá del valor real del perjuicio patrimonial sufrido por el Asegurado. Sin exceder las sumas aseguradas, la Compañía habrá cumplido válidamente sus obligaciones indemnizatorias al restablecer en forma razonablemente equivalente, los bienes asegurados, al estado en que se encontraban en el momento del siniestro. En los casos en que el bien asegurado no se encuentre en el mercado para lograr su indemnización, la Compañía habrá cumplido con su obligación satisfactoriamente, indemnizando el valor del bien, de acuerdo a la última cotización xxx xxxxxxx cuando este existía. En los casos de pérdidas parciales, si para el arreglo del bien siniestrado no se encuentran las partes en el mercado, no se considerará pérdida total y la Compañía habrá cumplido su obligación satisfactoriamente, indemnizando el costo de la reparación y de las piezas inexistentes, a la última cotización xxx xxxxxxx, cuando estas partes existían. En el mismo caso de pérdida parcial, se disminuirán del si la pieza siniestrada de un bien asegurado hace parte de un par o juego, la Compañía indemnizará sólo el valor correspondiente al daño de la pieza que hace parte del par o juego y no se considerará pérdida total a menos que se contrate con el pago de la prima adicional el correspondiente amparo de par y juego, lo siguiente: los deducibles y/o coaseguros expresamente establecidos cual constará en las Condiciones Particularescondiciones particulares de esta Póliza. Si para la reparación de un bien siniestrado, las sumas de dinero pagadas por los siniestros anteriores y que afecten la misma cobertura, salvo caso de reinstalación de la Suma Asegurada, conforme con lo estipulado en la Cláusula 28a. - Reducción de la Suma Asegurada por Siniestros de estas Condiciones Generales. Para calcular la indemnización en caso de Pérdida Total y Robo Total, se disminuirán del valor de la pérdida lo siguiente: el porcentaje de depreciación mensual estipulado en las Condiciones Particulares por cada mes o fracción transcurrido desde la fecha de inicio de la Póliza, hasta la fecha del siniestroes indispensable su remisión al extranjero, el coaseguro expresamente pactado en las Condiciones Particulares Asegurado deberá correr con el costo del envío y las sumas pagadas por siniestros anteriorestraída del mismo del extranjero, salvo el caso de reinstalación de la Suma Asegurada antes referida. Tanto en las pérdidas parciales como en las totales, se deducirán de la indemnización las primas pendientes de pago conforme se establece en la Cláusula 11a. - Pago de la Primamás todos los demás gastos que este envío implique. La Compañía se compromete a cumplir con su obligación de indemnizar usando una en estos casos solo responderá por el costo de las siguientes opciones: a) pagar piezas y la mano de obra de su reparación, hasta el importe límite de la indemnización en su oficina principal dentro de un plazo no mayor de treinta días siguientes a suma asegurada, previa la aceptación definitiva aplicación del deducible y de la pérdida por parte de la Compañía y previa presentación de los documentos exigidos por las leyes de la República de Nicaraguaregla proporcional, siempre que no exista ninguna acción judicial o investigación oficial con relación al siniestro ocurrido o si a la Responsabilidad Civil o Penal del Asegurado; o b) reparar, reconstruir o reemplazar el vehículo aseguradoella hubiere lugar.

Appears in 1 contract

Samples: s3-us-west-2.amazonaws.com

PAGO DE LA INDEMNIZACION. Para calcular Si la indemnización a pagar Compañía aceptare una reclamación en caso de siniestro amparado bajo esta Póliza, tendrá la obligación de pagar al Asegurado la indemnización correspondiente a la pérdida parcialdebidamente comprobada, dentro de los treinta (30) días siguientes a aquel en que el Asegurado o sus representantes presenten por escrito la reclamación, aparejada de los documentos estipulados en el presente contrato. En caso de que el reclamo fuese rechazado por la Compañía, se disminuirán estará a lo establecido en la Ley General de Seguros y su Reglamentación. La Compañía pagará la indemnización en dinero o mediante la reposición, reparación o reconstrucción de los bienes asegurados o cualquier parte de ellos, a su elección, dentro de los límites de la suma asegurada, menos el deducible pactado para la cobertura afectada, si se optó por este, aplicando la regla proporcional si hubiese lugar a ella. De acuerdo con las normas que regulan el contrato de seguro, la indemnización no excederá del valor real y comprobable del perjuicio patrimonial sufrido por el Asegurado. Sin exceder la suma asegurada, la Compañía habrá cumplido válidamente sus obligaciones indemnizatorias al restablecer en forma razonablemente equivalente, los bienes asegurados al estado en que se encontraban en el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro. En los casos de daños a la maquinaria y demás mercadería de naturaleza frágil, susceptible de abolladuras, torceduras o roturas, formados de dos o más partes o piezas, la Compañía indemnizará únicamente el valor de la pérdida lo siguiente: los deducibles y/pieza o coaseguros expresamente establecidos piezas rotas, abolladas o torcidas, considerándolas aisladamente y no en las Condiciones Particularesrelación al total que hacen parte, las sumas de dinero pagadas por los siniestros anteriores y que afecten la misma cobertura, salvo caso de reinstalación bien haciéndolas reparar x xxxxx de la Suma AseguradaCompañía pagando el demérito, conforme con lo estipulado en la Cláusula 28a. - Reducción de la Suma Asegurada por Siniestros de estas Condiciones Generales. Para calcular la indemnización en caso de Pérdida Total y Robo Totalsi hay lugar a ello, se disminuirán del o pagando el valor de la pérdida lo siguiente: el porcentaje de depreciación mensual estipulado pieza averiada con base al seguro contratado; pero en las Condiciones Particulares por cada mes o fracción transcurrido desde la fecha de inicio de la Pólizaningún caso, hasta la fecha del siniestro, el coaseguro expresamente pactado en las Condiciones Particulares y las sumas pagadas por siniestros anteriores, salvo el caso de reinstalación de la Suma Asegurada antes referida. Tanto en las pérdidas parciales como en las totales, se deducirán de la indemnización las primas pendientes de pago conforme se establece en la Cláusula 11a. - Pago de la Prima. La Compañía se compromete a cumplir con su obligación de indemnizar usando una de las siguientes opciones: a) pagar el importe de la indemnización en su oficina principal dentro de un plazo no mayor de treinta días siguientes a la aceptación definitiva de la pérdida por parte de la Compañía y previa presentación reconocerá ni pagará demérito alguno sobre la parte o partes que hayan llegado sanas, ni indemnizará por concepto de los documentos exigidos lucro cesante sobre la pieza o piezas reparadas o sustituidas. Las medidas tomadas por las leyes la Compañía o el comisario de la República averías con el objeto de Nicaraguainspeccionar, siempre que disminuir o evitar pérdidas o daños, o de preservar o reforzar cualquier derecho de recuperación no exista ninguna acción judicial o investigación oficial con relación al siniestro ocurrido o a la Responsabilidad Civil o Penal del Asegurado; o b) reparar, reconstruir o reemplazar el vehículo aseguradoconstituye una admisión de responsabilidad.

Appears in 1 contract

Samples: www.zurichseguros.com.ec

PAGO DE LA INDEMNIZACION. Para calcular La Compañía pagará la indemnización en dinero o mediante la reposición, reparación o reconstrucción de los bienes asegurados o cualquier parte de ellos, a pagar su elección, dentro de los límites de la suma asegurada, menos el deducible pactado para la cobertura afectada y aplicando la regla proporcional si hubiese lugar a ella. De acuerdo con las normas que regulan el contrato de seguro, la indemnización no excederá del valor real del perjuicio patrimonial sufrido por el Asegurado. Sin exceder las sumas aseguradas, la Compañía habrá cumplido válidamente sus obligaciones indemnizatorias al restablecer en forma razonablemente equivalente, los bienes asegurados, al estado en que se encontraban en el momento del siniestro. En los casos en que el bien asegurado no se encuentre en el mercado para lograr su indemnización, la Compañía habrá cumplido con su obligación satisfactoriamente, indemnizando el valor del bien, de acuerdo a la última cotización xxx xxxxxxx cuando este existía. En los casos de pérdidas parciales, si para el arreglo del bien siniestrado no se encuentran las partes en el mercado, no se considerará pérdida total y la Compañía habrá cumplido su obligación satisfactoriamente, indemnizando el costo de la reparación y de las piezas inexistentes, a la última cotización xxx xxxxxxx, cuando estas partes existían. En el mismo caso de pérdida parcial, se disminuirán del si la pieza siniestrada de un bien asegurado hace parte de un par o juego, la Compañía indemnizará sólo el valor correspondiente al daño de la pieza que hace parte del par o juego y no se considerará pérdida total a menos que se contrate con el pago de la prima adicional el correspondiente amparo de par y juego, lo siguiente: cual constará en las condiciones particulares de esta Póliza. Si para la reparación de un bien siniestrado, es indispensable su remisión al extranjero, el Asegurado deberá correr con el costo del envío y traída del mismo del extranjero, más todos los deducibles demás gastos que este envío implique. La Compañía en estos casos solo responderá por el costo de las piezas y la mano de obra de su reparación, hasta el límite de la suma asegurada, previa la aplicación del deducible y de la regla proporcional, si a ella hubiere lugar. Los pagos los efectuará la Compañía en base a facturas válidas y a los documentos justificantes que el caso requiera, para comprobar que la pérdida o el daño se encuentra bajo la cobertura de la Póliza. Salvo convenio en contrario en la Póliza, no se pagarán los gastos adicionales de horas extras, trabajos en la noche o en días de fiesta, flete expreso o aéreo, incurridos para la reparación de un daño cubierto bajo esta Póliza. Los gastos de cualquier reparación provisional, los pagará la Compañía siempre que tales reparaciones sean parte de las reparaciones definitivas y no aumenten el costo total de reparaciones. Los gastos de cualquier modificación, adicción y/o coaseguros expresamente establecidos en las Condiciones Particulares, las sumas de dinero pagadas por los siniestros anteriores y mejora que afecten la misma cobertura, salvo caso de reinstalación de la Suma Asegurada, conforme con lo estipulado en la Cláusula 28a. - Reducción de la Suma Asegurada por Siniestros de estas Condiciones Generales. Para calcular la indemnización en caso de Pérdida Total y Robo Total, se disminuirán del valor de la pérdida lo siguiente: el porcentaje de depreciación mensual estipulado en las Condiciones Particulares por cada mes o fracción transcurrido desde la fecha de inicio de la Póliza, hasta la fecha del siniestro, el coaseguro expresamente pactado en las Condiciones Particulares y las sumas pagadas por siniestros anteriores, salvo el caso de reinstalación de la Suma Asegurada antes referida. Tanto en las pérdidas parciales como en las totales, se deducirán de la indemnización las primas pendientes de pago conforme se establece en la Cláusula 11a. - Pago de la Prima. La Compañía se compromete introduzca a cumplir con su obligación de indemnizar usando una de las siguientes opciones: a) pagar el importe de la indemnización en su oficina principal dentro raíz de un plazo siniestro no mayor son indemnizables bajo esta Póliza. En cualquier evento de treinta días siguientes a pérdida o daño la aceptación definitiva base de la pérdida por parte de la Compañía y previa presentación de los documentos exigidos por las leyes de la República de Nicaragua, siempre que no exista ninguna acción judicial o investigación oficial con relación al siniestro ocurrido o a la Responsabilidad Civil o Penal del Asegurado; o b) reparar, reconstruir o reemplazar el vehículo asegurado.liquidación será:

Appears in 1 contract

Samples: www.ambseguros.com

PAGO DE LA INDEMNIZACION. Para calcular la indemnización a pagar en Las indemnizaciones garantizadas están pagaderas: - En caso de pérdida parcial, se disminuirán del valor de fallecimiento e invalidez permanente: en el mes siguiente la pérdida lo siguiente: los deducibles y/o coaseguros expresamente establecidos en las Condiciones Particulares, las sumas de dinero pagadas por los siniestros anteriores y que afecten la misma cobertura, salvo caso de reinstalación de la Suma Asegurada, conforme con lo estipulado en la Cláusula 28a. - Reducción de la Suma Asegurada por Siniestros de estas Condiciones Generales. Para calcular la indemnización en caso de Pérdida Total y Robo Total, se disminuirán del valor de la pérdida lo siguiente: el porcentaje de depreciación mensual estipulado en las Condiciones Particulares por cada mes o fracción transcurrido desde la fecha de inicio de la Póliza, hasta la fecha del siniestro, el coaseguro expresamente pactado en las Condiciones Particulares y las sumas pagadas por siniestros anteriores, salvo el caso de reinstalación de la Suma Asegurada antes referida. Tanto en las pérdidas parciales como en las totales, se deducirán de la indemnización las primas pendientes de pago conforme se establece en la Cláusula 11a. - Pago de la Prima. La Compañía se compromete a cumplir con su obligación de indemnizar usando una de las siguientes opciones: a) pagar el importe de la indemnización en su oficina principal dentro de un plazo no mayor de treinta días siguientes a la aceptación definitiva de la pérdida por parte de la Compañía y previa presentación entrega de los documentos exigidos por las leyes justificativos del fallecimiento accidental del asegurado y de su cualidad de beneficiario, o de un acuerdo de los partes sobre el grado de la República invalidez. NIVM 160301 - A falta de Nicaraguaun acuerdo entre los partes, el reglamento de las indemnizaciones tendrá lugar en un periodo de quince días a cuenta de la decisión judicial convertida en ejecutoria Está enfermo, herido o fallece durante su viaje. Intervinimos en las condiciones siguientes: Está enfermo o herido durante su viaje. Organizamos y hacemos cargo de su repatriación al domicilio del asegurado o al centro hospitalario cerca de su domicilio. La fecha elegida para la repatriación, el medio de transporte o el lugar de hospitalización debe estar basada únicamente en exigencias de orden medical La decisión de reparación está tomada por el médico de nuestra compañía, previo dictamen del médico tratante ocasional y eventualmente del médico de la familia. Durante su repatriación, y en relación con la prescripción del médico de nuestra compañía, organizamos y hacemos en cargo del transporte de 2 (dos) acompañantes con usted. Cualquier rechazo a la solución propuesto por nuestro equipo medical produce la anulación de la garantía de asistencia. Está repatriado medicamente o fallece durante su viaje. Organizamos en hacemos en cargo, siempre que no exista ninguna acción judicial puedan llegar por los medios inicialmente previstos, el transporte hasta el domicilio de 2 acompañantes asegurados cuando ocurra el siniestro, sobre la base de un billete de tren en 1ª clase o investigación oficial de avión en clase turista. Está hospitalizado in situ por decisión del equipo medical, ante de su repatriación sanitario, para un periodo igual o superior a 5 días consecutivas. Organizamos y se encargamos el transporte ida y vuelta en avión en clase turista o en tren en 1ª clase, para una persona residente en el mismo país que usted así que sus gastos de estancia (camera, desayuno) para que permanezca a su lado. Encarguemos de su alojamiento hasta los importes indicados del cuadro de garantías. Los gastos de restauración u otros gastos no están incluido en el marco de esta garantía. Esta persona podrá beneficiar durante su estancia de las garantías “repatriación o transporte sanitario” y “gastos medicales y hospitalarios” al título de este contrato, para una duración de máximo 8 días y a concurrencia del importe en el cuadro de las garantías La garantía «Presencia con relación al siniestro ocurrido o a el asegurado» no se puede combinar con la Responsabilidad Civil o Penal del Asegurado; o b) reparar, reconstruir o reemplazar el vehículo aseguradogarantía “repatriación de los acompañantes”.

Appears in 1 contract

Samples: www.kinousassur.com