OBJETO DEL CONVENIO. El presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ tiene por objeto establecer las bases generales para la colaboración entre el Ayuntamiento de Mairena del Alcor y EMASESA, al objeto de llevar a cabo, de forma coordinada, y conjunta las actuaciones necesarias para la contratación en su caso, de la redacción de los Proyectos, la realización e íntegra ejecución de las obras y el servicio de la Dirección Facultativa de las Obras, Coordinación en materia de Seguridad y Salud, y Control de Calidad; todo ello sin perjuicio de las especialidades que se recojan en las distintas Adendas ejecutivas. En los términos que se expondrán, los proyectos de las obras se verán integrado por dos (2) Separatas que ostentarán, a los efectos del presente Acuerdo Marco y las distintas Adendas, carácter diferenciado respecto a su financiación, pero que serán denominadas conjuntamente como Proyecto Técnico de Obras Ayuntamiento de Mairena del Alcor-EMASESA. Las obras contempladas en ese Proyecto conjunto serán licitadas por el Ayuntamiento de Mairena del Alcor en coordinación con EMASESA, sin perjuicio de las obligaciones inherentes a cada una de las partes a estos efectos en los términos recogidos en la Cláusula Segunda y Tercera del presente Acuerdo Marco. Las actuaciones generales a ejecutar en el marco de este Acuerdo de Colaboración podrán ser las indicadas a continuación, debiendo desarrollarse en cada Adenda Ejecutiva: 1.1 Contratación, en su caso, de la redacción de los Proyectos Técnicos de las obras a ejecutar, los cuales se verán integrados por las siguientes Separatas: i Separata relativa a las obras municipales de repavimentación, reasfaltado, remodelación del espacio urbano, las cuales serán responsabilidad del Ayuntamiento de Mairena del Alcor. ii Separata referente a las obras del ciclo integral del agua, que serán responsabilidad final de EMASESA. 1.2 Contratación de la ejecución de las obras comprendidas en el Proyecto Técnico de obras, que incluirá las dos (2) Separatas que formarán parte del mismo. 1.3 Contratación de la dirección facultativa de la ejecución de las obras. 1.4 Contratación de la Coordinación de Seguridad y Salud de las obras. 1.5 Contratación del Control de Calidad de las obras 1.6 Financiación económica de las actuaciones anteriores.
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Sources: Marco De Colaboración
OBJETO DEL CONVENIO. El objeto del presente convenio es establecer los términos de la colaboración entre la Administración General del Estado, a través del MINHFP, y ATA, para la identificación y planteamiento de propuestas concretas de reducción de cargas administrativas en los siguientes ámbitos: – reducción de cargas administrativas y simplificación de trámites en el ámbito de la economía verde: especial mención a trámites para la instalación de infraestructuras de energías renovables, de eficiencia energética y de rehabilitación de edificios. – medidas de simplificación referidas a los procedimientos de subvenciones y licitaciones financiadas por fondos NextGeneration y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. – impulso de mejoras mediante la identificación de buenas prácticas en entornos administrativos, para su réplica o implementación en otros centros directivos y niveles administrativos. – supresión ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ tiene por objeto establecer las bases generales administrativas para la unidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, impulso de la simplificación de cargas a los operadores y de la colaboración entre en los procedimientos con contenido común en distintas instancias sectoriales y territoriales. – fomento de la inversión mediante la simplificación administrativa en todos los niveles de las Administraciones Públicas. – refuerzo para la aplicación efectiva del principio ‘solo una vez’, por el Ayuntamiento cual los interesados no tengan que presentar, en sus trámites, datos y documentos que ya se encuentren en poder de Mairena del Alcor y EMASESAlas Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por éstas. – cualquier otra temática que, al relacionada con la materia objeto de llevar a caboeste convenio, de forma coordinadaestablezcan las partes, y conjunta las actuaciones necesarias para la contratación en su caso, mediante el oportuno acuerdo de la redacción Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula sexta de este convenio. Para la elaboración de propuestas concretas de reducción de cargas y simplificación administrativa, las partes signatarias acuerdan que serán documentos de referencia, los Proyectossiguientes: – Estrategia España Nación Emprendedora. – Estrategia España 2050. – Plan de Recuperación, la realización e íntegra ejecución Transformación y Resiliencia. cve: BOE-A-2023-14456 Verificable en ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇ – Estrategia Nacional de las obras y el servicio Impulso del Trabajo Autónomo. – Estrategia Española de la Dirección Facultativa de las Obras, Coordinación en materia de Seguridad y Salud, y Control de Calidad; todo ello sin perjuicio de las especialidades que se recojan en las distintas Adendas ejecutivas. En los términos que se expondrán, los proyectos de las obras se verán integrado por dos (2) Separatas que ostentarán, a los efectos del presente Acuerdo Marco y las distintas Adendas, carácter diferenciado respecto a su financiación, pero que serán denominadas conjuntamente como Proyecto Técnico de Obras Ayuntamiento de Mairena del Alcor-EMASESA. Las obras contempladas en ese Proyecto conjunto serán licitadas por el Ayuntamiento de Mairena del Alcor en coordinación con EMASESA, sin perjuicio de las obligaciones inherentes a cada una de las partes a estos efectos en los términos recogidos en la Cláusula Segunda y Tercera del presente Acuerdo Marco. Las actuaciones generales a ejecutar en el marco de este Acuerdo de Colaboración podrán ser las indicadas a continuación, debiendo desarrollarse en cada Adenda Ejecutiva:
1.1 Contratación, en su caso, de la redacción de los Proyectos Técnicos de las obras a ejecutar, los cuales se verán integrados por las siguientes Separatas:
i Separata relativa a las obras municipales de repavimentación, reasfaltado, remodelación del espacio urbano, las cuales serán responsabilidad del Ayuntamiento de Mairena del AlcorEconomía Social.
ii Separata referente a las obras del ciclo integral del agua, que serán responsabilidad final de EMASESA.
1.2 Contratación de la ejecución de las obras comprendidas en el Proyecto Técnico de obras, que incluirá las dos (2) Separatas que formarán parte del mismo.
1.3 Contratación de la dirección facultativa de la ejecución de las obras.
1.4 Contratación de la Coordinación de Seguridad y Salud de las obras.
1.5 Contratación del Control de Calidad de las obras
1.6 Financiación económica de las actuaciones anteriores.
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Sources: Convenio
OBJETO DEL CONVENIO. El objeto del presente convenio es el establecimiento de los términos de colaboración entre el Servicio Madrileño de Salud, sus centros adscritos y vinculados y las empresas pri- vadas suscriptoras con la finalidad de establecer de forma regulada los procedimientos de relación exigidos en la normativa vigente entre los centros sanitarios autorizados para la ex- tracción de sangre de cordón umbilical adscritos y vinculados del Servicio Madrileño de Salud y las empresas suscriptoras del presente convenio encargadas del transporte, proce- samiento, almacenamiento y eventual distribución de las unidades de sangre de cordón um- bilical obtenidas en virtud de dicho convenio, según petición expresa de las mujeres ges- tantes que tengan previsto efectuar su parto en los centros sanitarios adscritos y vinculados del Servicio Madrileño de Salud. JUEVES 2 DE JULIO DE 2020 B.O.C.M. Núm. 159 Segunda Serán obligaciones del Servicio Madrileño de Salud y del Hospital Universitario de Fuenlabrada y Hospital Universitario Fundación de Alcorcón, cumplimentadas a través de sus centros sanitarios adscritos y vinculados firmantes: — Facilitar la coordinación con el equipo sanitario responsable de la asistencia al parto. — Realizar la recogida de la sangre del cordón umbilical y materna, cuando dicha de- cisión así se hubiera formalizado y fuera expresada al equipo sanitario que va a atender al parto, siguiendo el protocolo expresado en el anexo III y una vez firma- das dos copias del consentimiento informado de la mujer gestante, recogido en el anexo II del presente convenio, con arreglo a lo establecido en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. — Propiciar que se den las condiciones ambientales y materiales que permitan la re- cogida de la unidad de sangre de cordón umbilical. — Realizar la recogida de las unidades de sangre de cordón umbilical usando los ma- teriales y siguiendo los protocolos establecidos en anexo III del presente conve- nio, así como las muestras de sangre maternas. — Realizar el etiquetado, custodia y conservación de las unidades en los términos ex- presados en el anexo IV del presente convenio. — Garantizar la formación de su personal en las materias propias relacionadas con la aplicación de este convenio. — Realizar los procedimientos documentales determinados por el Real Decreto- Ley 9/2014, de 4 de julio, para los centros de extracción de tejidos y células, in- cluida la inclusión en los ficheros de donantes del centro de extracción, bien espe- cíficos para este grupo celular o generales, ficheros donde consten todos los datos de las muestras recogidas en los centros sanitarios y que sean requeridos de acuer- do con la normativa vigente para garantizar la trazabilidad y seguridad de los te- jidos extraídos y conservados o desechados. De acuerdo, al artículo 30 del Regla- mento (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ tiene de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por objeto establecer el que se deroga la Directi- va 95/46/CE, se mantendrá un registro de todas las bases generales para categorías de actividades de tratamiento, en los servicios de extracción de los Hospitales asistenciales adscri- tos y vinculados del Servicio Madrileño de Salud, que estará a disposición de la colaboración entre el Ayuntamiento Autoridad de Mairena del Alcor Control que lo solicite, a la vez que se cumplirá con las medidas de seguridad y EMASESA, al objeto de llevar a cabodemás requisitos establecidos en la Ley Orgánica 3/2018, de forma coordinada5 de di- ciembre, de Protección de Datos Personales y conjunta Garantía de los Derechos Digitales. Al margen de las especificaciones y procedimientos previstos y recogidos en los anexos citados, se entiende que la base de funcionamiento en las operaciones inherentes a las actuaciones necesarias para la contratación en su casoque deben efectuar los centros de extracción del Servicio Madrileño de Sa- lud, adscritos y vinculados firmantes, vendrán avaladas y corroboradas por los servicios co- rrespondientes del Banco de Cordón del Centro de Transfusión de la redacción Comunidad de Madrid y sus protocolos de trabajo, así como los Proyectos, la realización e íntegra ejecución derivados del Plan Nacional de las obras y el servicio Sangre de la Dirección Facultativa de las Obras, Coordinación en materia de Seguridad y Salud, y Control de Calidad; todo ello sin perjuicio de las especialidades que se recojan en las distintas Adendas ejecutivas. En los términos que se expondrán, los proyectos de las obras se verán integrado por dos (2) Separatas que ostentarán, a los efectos del presente Acuerdo Marco y las distintas Adendas, carácter diferenciado respecto a su financiación, pero que serán denominadas conjuntamente como Proyecto Técnico de Obras Ayuntamiento de Mairena del Alcor-EMASESA. Las obras contempladas en ese Proyecto conjunto serán licitadas por el Ayuntamiento de Mairena del Alcor en coordinación con EMASESA, sin perjuicio de las obligaciones inherentes a cada una de las partes a estos efectos en los términos recogidos en la Cláusula Segunda y Tercera del presente Acuerdo Marco. Las actuaciones generales a ejecutar en el marco de este Acuerdo de Colaboración podrán ser las indicadas a continuación, debiendo desarrollarse en cada Adenda Ejecutiva:
1.1 Contratación, en su caso, de la redacción de los Proyectos Técnicos de las obras a ejecutar, los cuales se verán integrados por las siguientes Separatas:
i Separata relativa a las obras municipales de repavimentación, reasfaltado, remodelación del espacio urbano, las cuales serán responsabilidad del Ayuntamiento de Mairena del AlcorCordón Umbilical.
ii Separata referente a las obras del ciclo integral del agua, que serán responsabilidad final de EMASESA.
1.2 Contratación de la ejecución de las obras comprendidas en el Proyecto Técnico de obras, que incluirá las dos (2) Separatas que formarán parte del mismo.
1.3 Contratación de la dirección facultativa de la ejecución de las obras.
1.4 Contratación de la Coordinación de Seguridad y Salud de las obras.
1.5 Contratación del Control de Calidad de las obras
1.6 Financiación económica de las actuaciones anteriores.
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Sources: Convenio
OBJETO DEL CONVENIO. El presente Convenio tiene por objeto instrumentar la presentación telemática de declaracio- nes y autoliquidaciones correspondientes a los impuestos gestionados por la Comunidad Au- tónoma de Extremadura, así como la tramitación telemática del pago de las deudas tributarias que de ellas puedan resultar, todo ello en representación de terceras personas, por parte de los profesionales integrantes de la Asociación de Asesores Excelentes Fiscales y Laborales. La Junta de Extremadura, a través de la Consejera competente en materia de Hacienda, sus- cribe el presente Convenio de colaboración con la Asociación de Asesores Excelentes Fiscales y Laborales que manifiesta su deseo de participar en la presentación y pago telemático. A partir de la firma del presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ tiene y disponiendo de la información sobre su contenido, los asociados, podrán presentar una solicitud de adhesión al mismo a través del modelo 778, aceptando con su firma su contenido íntegro. ASOCIAE remitirá dicha solicitud a la Consejería competente en materia de Hacienda a través ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ de Atención del portal tributario. Los miembros de la Asociación de Asesores Excelentes Fiscales y Laborales, quedarán autori- zados a presentar por objeto establecer vía telemática, en representación de terceras personas, las bases generales para declaracio- nes o autoliquidaciones exigidas por la colaboración entre el Ayuntamiento norma tributaria correspondientes a impuestos gestio- nados por la Comunidad Autónoma de Mairena del Alcor y EMASESAExtremadura, al objeto a través de llevar a cabolos modelos aprobados por la Orden de 2 de diciembre de 2010- modificada según Orden de 13 de enero de 2021 DOE n.º 16, de forma coordinada26 de enero de 2021-, y conjunta las actuaciones necesarias para la contratación en su caso, de la redacción así como a través de los Proyectos, la realización modelos que posteriormente puedan aprobarse e íntegra ejecución de las obras y el servicio incorporarse por resolución de la Dirección Facultativa de las Obras, Coordinación General competente en materia de Seguridad y Saludhacienda, y Control de Calidad; todo ello sin perjuicio conformidad con la Disposición Adicional primera de la citada Orden. De igual modo, quedarán autorizados a pagar, mediante tramitación telemática, las deudas tributarias que en su caso puedan resultar de la presentación de las especialidades que se recojan declaraciones o autoliqui- daciones antes indicadas en las distintas Adendas ejecutivas. En los términos que se expondrán, los proyectos de las obras se verán integrado por dos (2) Separatas que ostentarán, a los efectos del presente Acuerdo Marco y las distintas Adendas, carácter diferenciado respecto a su financiación, pero que serán denominadas conjuntamente como Proyecto Técnico de Obras Ayuntamiento de Mairena del Alcor-EMASESA. Las obras contempladas en ese Proyecto conjunto serán licitadas por el Ayuntamiento de Mairena del Alcor en coordinación con EMASESA, sin perjuicio de las obligaciones inherentes a cada una de las partes a estos efectos en los términos recogidos en la Cláusula Segunda y Tercera del presente Acuerdo Marco. Las actuaciones generales a ejecutar en el marco de este Acuerdo de Colaboración podrán ser las indicadas a continuación, debiendo desarrollarse en cada Adenda Ejecutiva:
1.1 Contratación, en su caso, de la redacción representación de los Proyectos Técnicos de las obras a ejecutar, los cuales se verán integrados por las siguientes Separatas:
i Separata relativa a las obras municipales de repavimentación, reasfaltado, remodelación del espacio urbano, las cuales serán responsabilidad del Ayuntamiento de Mairena del Alcorobligados tributarios.
ii Separata referente a las obras del ciclo integral del agua, que serán responsabilidad final de EMASESA.
1.2 Contratación de la ejecución de las obras comprendidas en el Proyecto Técnico de obras, que incluirá las dos (2) Separatas que formarán parte del mismo.
1.3 Contratación de la dirección facultativa de la ejecución de las obras.
1.4 Contratación de la Coordinación de Seguridad y Salud de las obras.
1.5 Contratación del Control de Calidad de las obras
1.6 Financiación económica de las actuaciones anteriores.
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Sources: Convenio De Colaboración
OBJETO DEL CONVENIO. El objeto del presente convenio es establecer los términos de la colaboración entre la Administración General del Estado, a través del MINHFP, y la Cámara de Comercio de España, para la identificación y planteamiento de propuestas concretas de reducción de cargas administrativas en los siguientes ámbitos: – Reducción de cargas administrativas y simplificación de trámites en el ámbito de la economía verde: especial mención a trámites para la instalación de infraestructuras de energías renovables, de eficiencia energética y de rehabilitación de edificios. – Medidas de simplificación referidas a los procedimientos de subvenciones y licitaciones financiadas por fondos NextGeneration y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. – Impulso de mejoras mediante la identificación de buenas prácticas en entornos administrativos, para su réplica o implementación en otros centros directivos y niveles administrativos. – Supresión ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ tiene por objeto establecer las bases generales administrativas para la unidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, impulso de la simplificación de cargas a los operadores y de la colaboración entre en los procedimientos con contenido común en distintas instancias sectoriales y territoriales. – Fomento de la inversión mediante la simplificación administrativa en todos los niveles de las Administraciones Públicas. – Refuerzo para la aplicación efectiva del principio ‘solo una vez’, por el Ayuntamiento cual los interesados no tengan que presentar, en sus trámites, datos y documentos que ya se encuentren en poder de Mairena del Alcor y EMASESAlas Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por éstas. – Cualquier otra temática que, al relacionada con la materia objeto de llevar a caboeste convenio, de forma coordinadaestablezcan las partes, y conjunta las actuaciones necesarias para la contratación en su caso, mediante el oportuno acuerdo de la redacción Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula sexta de este convenio. cve: BOE-A-2023-14455 Verificable en ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇ Para la elaboración de propuestas concretas de reducción de cargas y simplificación administrativa, las partes signatarias acuerdan que serán documentos de referencia, los Proyectossiguientes: – Estrategia España Nación Emprendedora. – Estrategia España 2050. – Plan de Recuperación, la realización e íntegra ejecución Transformación y Resiliencia. – Estrategia Nacional de las obras y el servicio Impulso del Trabajo Autónomo. – Estrategia Española de la Dirección Facultativa de las Obras, Coordinación en materia de Seguridad y Salud, y Control de Calidad; todo ello sin perjuicio de las especialidades que se recojan en las distintas Adendas ejecutivas. En los términos que se expondrán, los proyectos de las obras se verán integrado por dos (2) Separatas que ostentarán, a los efectos del presente Acuerdo Marco y las distintas Adendas, carácter diferenciado respecto a su financiación, pero que serán denominadas conjuntamente como Proyecto Técnico de Obras Ayuntamiento de Mairena del Alcor-EMASESA. Las obras contempladas en ese Proyecto conjunto serán licitadas por el Ayuntamiento de Mairena del Alcor en coordinación con EMASESA, sin perjuicio de las obligaciones inherentes a cada una de las partes a estos efectos en los términos recogidos en la Cláusula Segunda y Tercera del presente Acuerdo Marco. Las actuaciones generales a ejecutar en el marco de este Acuerdo de Colaboración podrán ser las indicadas a continuación, debiendo desarrollarse en cada Adenda Ejecutiva:
1.1 Contratación, en su caso, de la redacción de los Proyectos Técnicos de las obras a ejecutar, los cuales se verán integrados por las siguientes Separatas:
i Separata relativa a las obras municipales de repavimentación, reasfaltado, remodelación del espacio urbano, las cuales serán responsabilidad del Ayuntamiento de Mairena del AlcorEconomía Social.
ii Separata referente a las obras del ciclo integral del agua, que serán responsabilidad final de EMASESA.
1.2 Contratación de la ejecución de las obras comprendidas en el Proyecto Técnico de obras, que incluirá las dos (2) Separatas que formarán parte del mismo.
1.3 Contratación de la dirección facultativa de la ejecución de las obras.
1.4 Contratación de la Coordinación de Seguridad y Salud de las obras.
1.5 Contratación del Control de Calidad de las obras
1.6 Financiación económica de las actuaciones anteriores.
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