Common use of Muy graves Clause in Contracts

Muy graves. Se considerarán como faltas muy graves las siguientes: 1. Más ▇▇ ▇▇▇▇ faltas de puntualidad no justificadas, cometidas en el período de tres meses o de veinte, durante seis meses. 2. Faltar al trabajo más de dos días al mes, sin causa o motivo que lo justifique. 3. El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros/as como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro de trabajo o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboral. 4. Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos en cualquier material, herramientas, máqui- nas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos de la empresa o del centro de trabajo. 5. Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los superiores, compañeros o subordinados. 6. El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresa. 7. La disminución voluntaria y reiterada o continuada, en el rendimiento normal del trabajo. 8. La desobediencia continuada o persistente. 9. Los actos desarrollados en el centro de trabajo o fuera de él, con motivo u ocasión del trabajo encomendado, que puedan ser constitutivos de delito. 10. La emisión maliciosa, o por negligencia inexcusable, de noticias o información falsa referente a la empresa o centro de trabajo. 11. El abandono del puesto de trabajo sin justificación, especialmente en puestos de mando o responsabilidad, o cuando ello ocasione evidente perjuicio para la empresa o pueda llegar a ser causa de accidente para el trabajador/a o sus compañeros o terceros. 12. La imprudencia o negligencia en el desempeño del trabajo encomendado, o cuando la forma de realizarlo impli- que riesgo de accidente o peligro grave de avería para las instalaciones o maquinaria de la empresa. 13. La reincidencia en falta grave, aunque sea de distinta naturaleza, dentro del mismo semestre, que haya sido objeto de sanción por escrito. 14. El acoso sexual y por razón de sexo, siempre que concurran alguna de las siguientes circunstancias: a) El chantaje sexual, es decir, el condicionamiento del acceso al empleo, de una condición de empleo o del mantenimiento del empleo, a la aceptación por la víctima de un favor de contenido sexual, aunque la ame- naza explícita o implícita en ese condicionamiento no se llegue a cumplir de forma efectiva.

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Sources: Convenio Colectivo

Muy graves. Se considerarán como faltas muy graves las siguientescve: BOE-A-2021-20792 Verificable en ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇ 1. Más ▇▇ ▇▇▇▇ faltas de puntualidad no justificadas, cometidas La reiteración en el falta grave dentro del período de tres meses o de veinteun mes, durante seis mesessiempre que aquélla haya sido sancionada. 2. Faltar al trabajo más La falta de dos seis días al mestrabajo, sin causa o motivo que lo justifiquedurante un período de cuatro meses. 3. El Más de doce faltas de puntualidad en un período de seis meses, o de veinticinco en un período de un año. 4. La falsedad, la deslealtad, el fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajoconfianza, gestión o actividad encomendados; la competencia ilícita para con la empresa y el hurto y el o robo, tanto a sus los compañeros/as de trabajo como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro terceros dentro de trabajo las dependencias de la misma o fuera del mismo, durante el desarrollo desempeño de su actividad laboraltrabajos o servicios por cuenta de la empresa. 45. Hacer El hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos o modificaciones maliciosas en cualquier materialprimeras materias, productos, útiles, herramientas, máqui- nasmáquinas, aparatos, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros enseres y documentos de la empresa. 6. La indisciplina o vehículos desobediencia al Reglamento de Régimen interior de la empresa o del centro a las órdenes de trabajo. 5. Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los superioresmandos, compañeros o subordinados. 6. El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves así como también la inducción a la empresamisma cuando revista especial gravedad. 7. La disminución voluntaria y reiterada participación directa o continuada, indirecta en la comisión de delito calificado como tal en el rendimiento normal del trabajoCódigo Penal. 8. La desobediencia continuada falsedad en las circunstancias de accidentes de trabajo, la simulación de enfermedad o persistenteaccidente y la prolongación maliciosa o fingida en su curación. 9. Los actos desarrollados La embriaguez habitual si repercute negativamente en el centro de trabajo o fuera de él, con motivo u ocasión del trabajo encomendado, que puedan ser constitutivos de delitotrabajo. 10. La emisión maliciosa, o por negligencia inexcusable, El abandono del trabajo en puestos de noticias o información falsa referente a la empresa o centro de trabajoresponsabilidad. 11. El abandono del puesto abuso de trabajo sin justificación, especialmente en puestos de mando o responsabilidad, o cuando ello ocasione evidente perjuicio para la empresa o pueda llegar a ser causa de accidente para el trabajador/a o sus compañeros o tercerosautoridad. 12. La imprudencia o negligencia en el desempeño del trabajo encomendado, o cuando la forma disminución voluntaria y continuada de realizarlo impli- que riesgo de accidente o peligro grave de avería para las instalaciones o maquinaria de la empresarendimiento. 13. La reincidencia comisión de actos inmorales en falta grave, aunque sea los locales y dependencias de distinta naturalezala empresa, dentro del mismo semestre, que haya sido objeto y fuera de sanción por escritola jornada de trabajo. 14. El acoso sexual y definido en el artículo 99 15. El acoso por razón de sexoorigen racial o étnico, siempre que concurran alguna religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual del empresario o de las siguientes circunstancias:personas que trabajan en la empresa. a) El chantaje sexual16. Todas las consignadas en el artículo 54.2 del ET, es decir, el condicionamiento del acceso al empleo, consideradas como causas justas de una condición de empleo o del mantenimiento del empleo, a la aceptación por la víctima de un favor de contenido sexual, aunque la ame- naza explícita o implícita en ese condicionamiento no se llegue a cumplir de forma efectivadespido.

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Sources: Convenio Colectivo General De Trabajo

Muy graves. Se considerarán como faltas muy graves grabes las siguientes: 1. Más ▇▇ ▇▇▇▇ faltas no justificadas de puntualidad no justificadas, cometidas en el un período de tres meses cuatro meses, o de veinte, durante seis veinte en ocho meses. 2. Faltar Las faltas injustificadas al trabajo más durante tres días consecutivos o cinco alternos en un período de dos días al un mes, sin causa o motivo que lo justifique. 3. La merma voluntaria y continuada en el rendimiento normal del trabajo. 4. La reincidencia en faltas de insubordinación o disciplina en el cumplimiento del servicio, considerándose cómo tal la negativa a efectuar el trabajo ordenado. 5. Causar accidentes graves por descuido o imprudencia inexcusable. 6. La continuada y habitual falta de aseo y limpieza, de tal índole que produzca quejas justificadas de los/las suyos/sudas compañeros/las de trabajo. 7. La embriaguez y el estado derivado del consumo de drogas durante lo trabajo. 8. Violar el secreto de la correspondencia o documentos reservados de la empresa o de los/las suyos/sudas compañeros/las de trabajo, así como revelar, a elementos extraños a la empresa, datos de reserva obligada. 9. El descuido, el fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; las gestiones encomendadas y el hurto y el o robo, tanto a sus los/a las suyos/sudas compañeros/as las de trabajo como a la empresa o a cualquier cualquiera otra persona que se halle dentro de las dependencias de la empresa o durante lo trabajo en el centro de trabajo o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboralcualquiera otro lugar. 410. Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar estropear o causar desperfectos en cualquier materialmateriales y útiles, herramientas, máqui- nas, instalaciones, edificiosmaquinaria, aparatos, enserespesca que se almacene, documentos, libros o vehículos instrumentos y documentos de la empresa o del centro de trabajoempresa. 511. La ocultación maliciosa de errores propios que causen perjuicios a la empresa, así como la ocultación al jefe respectivo de los incidentes o demoras producidos en el trabajo, causante de daños graves. 12. No dar cuenta inmediata al/a la jefe/la de cualquier avería o accidente que ocurra en la maquinaria de frío, cámaras de congelación o instalaciones. 13. Los malos tratos maltratos de palabra u obra obra, abuso de autoridad o faltas graves falta grave de respeto y consideración a los superioreslos/a las suyos/sudas jefes/las o a sus familiares, compañeros o así como a los/a las suyos/sudas compañeros/las y subordinados/las. 614. El incumplimiento Lo acoso laboral, incluido el sexual o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresapor razón del sexo. 7. La disminución voluntaria y reiterada o continuada, en el rendimiento normal del trabajo. 8. La desobediencia continuada o persistente. 9. Los actos desarrollados en el centro de trabajo o fuera de él, con motivo u ocasión del trabajo encomendado, que puedan ser constitutivos de delito. 10. La emisión maliciosa, o por negligencia inexcusable, de noticias o información falsa referente a la empresa o centro de trabajo. 11. El abandono del puesto de trabajo sin justificación, especialmente en puestos de mando o responsabilidad, o cuando ello ocasione evidente perjuicio para la empresa o pueda llegar a ser causa de accidente para el trabajador/a o sus compañeros o terceros. 12. La imprudencia o negligencia en el desempeño del trabajo encomendado, o cuando la forma de realizarlo impli- que riesgo de accidente o peligro grave de avería para las instalaciones o maquinaria de la empresa. 1315. La reincidencia en falta grave, aunque sea de distinta naturaleza, dentro del mismo semestre, que haya sido objeto de sanción por escrito. 14. El acoso sexual y por razón de sexo, siempre que concurran alguna se cometan en el período de un semestre y fueran sancionadas. Le corresponde a la empresa a facultad de imponer sanciones nos tener del estipulado en el presente convenio. La sanción ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ graves y muy graves requerirá comunicación por escrito tanto la persona trabajadora como a los/a las representantes de las siguientes circunstancias: a) El chantaje sexualpersonas trabajadoras, es decirhaciendo constar la fecha y los hechos que la motivaron. Impuesta la sanción, el condicionamiento del acceso al empleo, su cumplimiento se podrá dilatar hasta seis meses después de una condición la fecha de empleo o del mantenimiento del empleo, a la aceptación por la víctima de un favor de contenido sexual, aunque la ame- naza explícita o implícita en ese condicionamiento no se llegue a cumplir de forma efectivaimposición.

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Sources: Convenio Colectivo

Muy graves. Se considerarán como Son faltas muy graves las siguientesgraves: 1. Más ▇▇ ▇▇▇▇ faltas de puntualidad no justificadas, cometidas La reiteración en el falta grave dentro del período de tres meses o de veinteun mes, durante seis mesessiempre que aquéllas hayan sido sancionadas. 2. Faltar La falta al trabajo más de dos seis días al mesdurante el período de cuatro meses, sin causa o motivo que lo justifiquejustificada. 3. El Más de 12 faltas de puntualidad en un período de seis meses o de 25 en un período de un año. 4. La falsedad, la deslealtad, el fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajoconfianza, gestión o actividad encomendados; la competencia ilícita para con la empresa y el hurto y o el robo, tanto a sus los compañeros/as de trabajo como a la empresa o a cualquier persona que se halle en terceros, dentro de las dependencias de la misma, o durante el centro desempeño de trabajo o fuera del mismo, durante el desarrollo servicios por cuenta de su actividad laboralla empresa. 45. Hacer El hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos o modificaciones maliciosas en cualquier materiallas primeras materias, productos, útiles, herramientas, máqui- nasmáquinas, aparatos, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos enseres y documentos de la empresa empresa. 6. La indisciplina o del centro desobediencia a las órdenes, así como también la inducción a la misma, cuando revista una especial gravedad. 7. La participación directa o indirecta en la comisión de delito calificado como tal en el Código Penal. 8. La falsedad en las circunstancias de accidentes de trabajo, la simulación de enfermedades y la prolongación maliciosa, fingida, en su curación. 9. La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo. 510. El abandono del trabajo que implique grave perjuicio económico para la empresa. 11. La disminución voluntaria y continuada en el rendimiento. 12. Los malos tratos de palabra u obra obra, abuso de autoridad o faltas graves la falta grave de respeto y consideración a los superiores, compañeros las personas en jefaturas o subordinados. 6. El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a tercerosfamiliares, o daños graves a la empresa. 7. La disminución voluntaria y reiterada o continuada, así como al resto que trabajen en el rendimiento normal del trabajo. 8. La desobediencia continuada o persistente. 9. Los actos desarrollados en el centro de trabajo o fuera de él, con motivo u ocasión del trabajo encomendado, que puedan ser constitutivos de delito. 10. La emisión maliciosa, o por negligencia inexcusable, de noticias o información falsa referente a la empresa o centro de trabajo. 11. El abandono del puesto de trabajo sin justificación, especialmente en puestos de mando o responsabilidad, o cuando ello ocasione evidente perjuicio para la empresa o pueda llegar a ser causa de accidente para el trabajador/a o sus compañeros o terceros. 12. La imprudencia o negligencia en el desempeño del trabajo encomendado, o cuando la forma de realizarlo impli- que riesgo de accidente o peligro grave de avería para las instalaciones o maquinaria de la empresa. 13. La reincidencia Todas las consignadas como tales en falta graveel artículo 54 del R.D. Ley de 24 ▇▇ ▇▇▇▇▇ por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del E. T, aunque sea consideradas como causas justas de distinta naturaleza, dentro del mismo semestre, que haya sido objeto de sanción por escritodespido. 14. El acoso sexual y por razón Pasar a prestar servicios a otra competidora, no estando autorizado el revelar secretos o datos de sexoobligada reserva, siempre que concurran alguna de las siguientes circunstancias: a) El chantaje sexual, es decirfalsificar o tergiversar datos o documentos, el condicionamiento del acceso al empleo, de una condición de empleo o del mantenimiento del empleoofender grave y públicamente a la empresa, a la aceptación Dirección o a las personas de su entorno. 15. El abuso de autoridad por parte de la jefaturas de la empresa, sea quien sea el que lo practique. 16. Las infracciones del presente convenio cometidas por las empresas serán sancionadas por la víctima de un favor de contenido sexual, aunque la ame- naza explícita o implícita en ese condicionamiento no se llegue a cumplir de forma efectivaautoridad laboral competente.

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Sources: Convenio Colectivo

Muy graves. Se considerarán como Son faltas muy graves las siguientesgraves: 1. Más ▇▇ ▇▇▇▇ faltas de puntualidad no justificadas, cometidas La reiteración en el falta grave dentro del período de tres meses o de veinteun mes, durante seis mesessiempre que aquélla haya sido sancionada. 2. Faltar al trabajo más La falta de dos seis días al mestrabajo, sin causa o motivo que lo justifiquedurante un período de cuatro meses. 3. El Más de doce faltas de puntualidad en un período de seis meses, o de veinticinco en un período de un año. 4. La falsedad, la deslealtad, el fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajoconfianza, gestión o actividad encomendados; la competencia ilícita para con la empresa y el hurto y el o robo, tanto a sus los compañeros/as de trabajo como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro terceros dentro de trabajo las dependencias de la misma o fuera del mismo, durante el desarrollo desempeño de su actividad laboraltrabajos o servicios por cuenta de la empresa. 45. Hacer El hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos o modificaciones maliciosas en cualquier materialprimeras materias, productos, útiles, herramientas, máqui- nasmáquinas, aparatos, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros enseres y documentos de la empresa. 6. La indisciplina o vehículos desobediencia al Reglamento de Régimen interior de la empresa o del centro a las órdenes de trabajo. 5. Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los superioresmandos, compañeros o subordinados. 6. El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves así como también la inducción a la empresamisma cuando revista especial gravedad. 7. La disminución voluntaria y reiterada participación directa o continuada, indirecta en la comisión de delito calificado como tal en el rendimiento normal del trabajoCódigo Penal. 8. La desobediencia continuada falsedad en las circunstancias de accidentes de trabajo, la simulación de enfermedad o persistenteaccidente y la prolongación maliciosa o fingida en su curación. 9. Los actos desarrollados La embriaguez habitual si repercute negativamente en el centro de trabajo o fuera de él, con motivo u ocasión del trabajo encomendado, que puedan ser constitutivos de delitotrabajo. 10. La emisión maliciosa, o por negligencia inexcusable, El abandono del trabajo en puestos de noticias o información falsa referente a la empresa o centro de trabajoresponsabilidad. 11. El abandono del puesto abuso de trabajo sin justificación, especialmente en puestos de mando o responsabilidad, o cuando ello ocasione evidente perjuicio para la empresa o pueda llegar a ser causa de accidente para el trabajador/a o sus compañeros o tercerosautoridad. 12. La imprudencia o negligencia en el desempeño del trabajo encomendado, o cuando la forma disminución voluntaria y continuada de realizarlo impli- que riesgo de accidente o peligro grave de avería para las instalaciones o maquinaria de la empresa.rendimiento. cve: BOE-A-2014-5483 13. La reincidencia comisión de actos inmorales en falta grave, aunque sea los locales y dependencias de distinta naturalezala empresa, dentro del mismo semestre, que haya sido objeto y fuera de sanción por escritola jornada de trabajo. 14. El acoso sexual y por razón Todas las consignadas en el artículo 54.2 del ET, consideradas como causas justas de sexo, siempre que concurran alguna de las siguientes circunstancias: a) El chantaje sexual, es decir, el condicionamiento del acceso al empleo, de una condición de empleo o del mantenimiento del empleo, a la aceptación por la víctima de un favor de contenido sexual, aunque la ame- naza explícita o implícita en ese condicionamiento no se llegue a cumplir de forma efectivadespido.

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Sources: Convenio Colectivo General De Trabajo

Muy graves. Se considerarán como Son faltas muy graves las siguientesgraves: 1. Más ▇▇ ▇▇▇▇ faltas de puntualidad no justificadas, cometidas La reiteración en el falta grave dentro del período de tres meses o de veinteun mes, durante seis mesessiempre que aquélla haya sido sancionada. 2. Faltar al trabajo más La falta de dos seis días al mestrabajo, sin causa o motivo que lo justifiquedurante un período de cuatro meses. 3. El Más de doce faltas de puntualidad en un período de seis meses, o de veinticinco en un período de un año. 4. La falsedad, la deslealtad, el fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajoconfianza, gestión o actividad encomendados; la competencia ilícita para con la empresa y el hurto y el o robo, tanto a sus los compañeros/as de trabajo como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro terceros dentro de trabajo las dependencias de la misma o fuera del mismo, durante el desarrollo desempeño de su actividad laboraltrabajos o servicios por cuenta de la empresa. 45. Hacer El hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos o modificaciones maliciosas en cualquier materialprimeras materias, productos, útiles, herramientas, máqui- nasmáquinas, aparatos, instalaciones, edificiosedificios, aparatos, enseres, documentos, libros enseres y documentos de la empresa. 6. La indisciplina o vehículos desobediencia al Reglamento de Régimen interior de la empresa o del centro a las órdenes de trabajo. 5. Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los superioresmandos, compañeros o subordinados. 6. El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves así como también la inducción a la empresamisma cuando revista especial gravedad. 7. La disminución voluntaria y reiterada participación directa o continuada, indirecta en la comisión de delito calificado como tal en el rendimiento normal del trabajoCódigo Penal. 8. La desobediencia continuada falsedad en las circunstancias de accidentes de trabajo, la simulación de enfermedad o persistenteaccidente y la prolongación maliciosa o fingida en su curación. 9. Los actos desarrollados La embriaguez habitual si repercute negativamente en el centro de trabajo o fuera de él, con motivo u ocasión del trabajo encomendado, que puedan ser constitutivos de delitotrabajo. 10. La emisión maliciosa, o por negligencia inexcusable, El abandono del trabajo en puestos de noticias o información falsa referente a la empresa o centro de trabajoresponsabilidad. 11. El abandono del puesto abuso de trabajo sin justificación, especialmente en puestos de mando o responsabilidad, o cuando ello ocasione evidente perjuicio para la empresa o pueda llegar a ser causa de accidente para el trabajador/a o sus compañeros o tercerosautoridad. 12. La imprudencia o negligencia en el desempeño del trabajo encomendado, o cuando la forma disminución voluntaria y continuada de realizarlo impli- que riesgo de accidente o peligro grave de avería para las instalaciones o maquinaria de la empresarendimiento. 13. La reincidencia en falta grave, aunque sea de distinta naturaleza, dentro del mismo semestre, que haya sido objeto de sanción por escrito. 14. El acoso sexual y por razón de sexo, siempre que concurran alguna de las siguientes circunstancias: a) El chantaje sexual, es decir, el condicionamiento del acceso al empleo, de una condición de empleo o del mantenimiento del empleo, a la aceptación por la víctima de un favor de contenido sexual, aunque la ame- naza explícita o implícita en ese condicionamiento no se llegue a cumplir de forma efectiva.

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Muy graves. Se considerarán como Son faltas muy graves las siguientesgraves: 1. Más ▇▇ ▇▇▇▇ faltas de puntualidad no justificadas, cometidas La reiteración en el falta grave dentro del período de tres meses o de veinteun mes, durante seis mesessiempre que aqué- lla haya sido sancionada. 2. Faltar al trabajo más La falta de dos seis días al mestrabajo, sin causa o motivo que lo justifiquedurante un período de cuatro meses. 3. El Más de doce faltas de puntualidad en un período de seis meses, o de veinti- cinco en un período de un año. 4. La falsedad, la deslealtad, el fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajoconfianza, gestión o actividad encomendados; la competencia ilí- cita para con la empresa y el hurto y el o robo, tanto a sus los compañeros/as de tra- bajo como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro terceros dentro de trabajo las dependencias de la misma o fuera del mismo, durante el desarrollo desempeño de su actividad laboraltrabajos o servicios por cuenta de la empresa. 45. Hacer El hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos o modificaciones malicio- sas en cualquier materialprimeras materias, productos, útiles, herramientas, máqui- nasmáquinas, apara- tos, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos enseres y documentos de la empresa o del centro de trabajo. 5. Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los superiores, compañeros o subordinadosempresa. 6. El incumplimiento La indisciplina o inobservancia desobediencia al Reglamento de las normas Régimen Interior de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros la Empresa o a terceroslas órdenes de los mandos, o daños graves así como también la inducción a la empresamisma cuando revista especial gravedad. 7. La disminución voluntaria y reiterada participación directa o continuada, indirecta en la comisión de delito calificado como tal en el rendimiento normal del trabajoCódigo Penal. 8. La desobediencia continuada falsedad en las circunstancias de accidentes de trabajo, la simulación de enfermedad o persistenteaccidente y la prolongación maliciosa o fingida en su curación. 9. Los actos desarrollados en La embriaguez habitual durante el centro de trabajo o fuera de él, con motivo u ocasión del trabajo encomendado, que puedan ser constitutivos de delitotrabajo. 10. La emisión maliciosa, o por negligencia inexcusable, El abandono del trabajo en puestos de noticias o información falsa referente a la empresa o centro de trabajoresponsabilidad. 11. El abandono del puesto abuso de trabajo sin justificación, especialmente en puestos de mando o responsabilidad, o cuando ello ocasione evidente perjuicio para la empresa o pueda llegar a ser causa de accidente para el trabajador/a o sus compañeros o tercerosautoridad. 12. La imprudencia o negligencia en el desempeño del trabajo encomendado, o cuando la forma disminución voluntaria y continuada de realizarlo impli- que riesgo de accidente o peligro grave de avería para las instalaciones o maquinaria de la empresarendimiento. 13. La reincidencia comisión de actos inmorales en falta grave, aunque sea los locales y dependencias de distinta naturalezala empresa, dentro del mismo semestre, que haya sido objeto y fuera de sanción por escritola jornada de trabajo. 14. El acoso sexual y por razón Todas las consignadas en el artículo 54.2 del E.T., consideradas como causas justas de sexo, siempre que concurran alguna de las siguientes circunstancias: a) El chantaje sexual, es decir, el condicionamiento del acceso al empleo, de una condición de empleo o del mantenimiento del empleo, a la aceptación por la víctima de un favor de contenido sexual, aunque la ame- naza explícita o implícita en ese condicionamiento no se llegue a cumplir de forma efectivadespido.

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Muy graves. Se considerarán como Son faltas muy graves las siguientesgraves: 1. Más ▇▇ ▇▇▇▇ faltas de puntualidad no justificadas, cometidas La reiteración en el falta grave dentro del período de tres meses o de veinteun mes, durante seis mesessiempre que aquélla haya sido sancionada. 2. Faltar al trabajo más La falta de dos seis días al mestrabajo, sin causa o motivo que lo justifiquedurante un período de cuatro meses. 3. El Más de doce faltas de puntualidad en un período de seis meses, o de veinticinco en un período de un año. 4. La falsedad, la deslealtad, el fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajoconfianza, gestión o actividad encomendados; la competencia ilícita para con la empresa y el hurto y el o robo, tanto a sus los compañeros/as de trabajo como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro terceros dentro de trabajo las dependencias de la misma o fuera del mismo, durante el desarrollo desempeño de su actividad laboraltrabajos o servicios por cuenta de la empresa. 45. Hacer El hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos o modificaciones maliciosas en cualquier materialprimeras materias, productos, útiles, herramientas, máqui- nasmáquinas, aparatos, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros enseres y documentos de la empresa. 6. La indisciplina o vehículos desobediencia al Reglamento de Régimen interior de la empresa o del centro a las órdenes de trabajo. 5. Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los superioresmandos, compañeros o subordinados. 6. El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves así como también la inducción a la empresamisma cuando revista especial gravedad. 7. La disminución voluntaria y reiterada participación directa o continuada, indirecta en la comisión de delito calificado como tal en el rendimiento normal del trabajoCódigo Penal. 8. La desobediencia continuada falsedad en las circunstancias de accidentes de trabajo, la simulación de enfermedad o persistenteaccidente y la prolongación maliciosa o fingida en su curación. 9. Los actos desarrollados La embriaguez habitual si repercute negativamente en el centro de trabajo o fuera de él, con motivo u ocasión del trabajo encomendado, que puedan ser constitutivos de delitotrabajo. 10. La emisión maliciosa, o por negligencia inexcusable, El abandono del trabajo en puestos de noticias o información falsa referente a la empresa o centro de trabajoresponsabilidad. 11. El abandono del puesto abuso de trabajo sin justificación, especialmente en puestos de mando o responsabilidad, o cuando ello ocasione evidente perjuicio para la empresa o pueda llegar a ser causa de accidente para el trabajador/a o sus compañeros o tercerosautoridad. 12. La imprudencia o negligencia en el desempeño del trabajo encomendado, o cuando la forma disminución voluntaria y continuada de realizarlo impli- que riesgo de accidente o peligro grave de avería para las instalaciones o maquinaria de la empresarendimiento. 13. La reincidencia comisión de actos inmorales en falta grave, aunque sea los locales y dependencias de distinta naturalezala empresa, dentro del mismo semestre, que haya sido objeto y fuera de sanción por escritola jornada de trabajo. 14. El acoso sexual y definido en el artículo 99 15.El acoso por razón de sexoorigen racial o étnico, siempre que concurran alguna religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual del empresario o de las siguientes circunstancias: a) El chantaje sexual, es decir, el condicionamiento del acceso al empleo, de una condición de empleo o del mantenimiento del empleo, a personas que trabajan en la aceptación por la víctima de un favor de contenido sexual, aunque la ame- naza explícita o implícita en ese condicionamiento no se llegue a cumplir de forma efectivaempresa.

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