Mes Cláusulas de Ejemplo

Mes. Se requiere muestra del equipo. Descripción Computadora de escritorio (DESKTOP) Cantidad Procesador Memoria Ram Form Factor Disco Multimedia Video Red Sistema operativo (SO) Monitor Teclado Mouse Garantía Marca Tiempo de Entrega Muestra 10 Intel Core i7 – 7ma. Generación 16GB DDR4 1600Mhz o superior SFF 1 TB SATA o superior Unidad lectora DVD y CD, Bocinas internas 1 GB tarjeta de video o superior, con HDMI Port RJ45 10/100/1000 Windows 10 x64 Professional en español de fábrica.
Mes. Se requiere muestra del equipo. Descripción Computadora portátil (LAPTOP) Cantidad Procesador Memoria Ram Disco Multimedia Tarjeta Video Red WiFi Puertos Ranura Expansión Sistema Operativo Pantalla Form Factor Teclado Batería Garantía Cargador Marca Bulto Tiempo de Entrega Muestra 95 Intel Core i7 – 7ta. Generación. 8GB DDR4 1600Mhz o superior 1 TB SATA o superior Unidad DVD +/-RW. Bocinas, micrófono, cámara frontal. Intel HD Graphic o superior RJ45 10/100/1000 B/G/N/AC con bluetooth Debe incluir USB3, HDMI SD, SDHC Windows 10 x64 Profesional en español de fábrica.
Mes. El pago se efectuará contra la conformidad de la entrega del producto y presentación de recibo por honorarios. El servicio debe ser desarrollado por una persona natural que cumpla con el siguiente perfil: - Ingeniero colegiado y habilitado en la carrera profesional de Ingeniería Agrónoma y afines. - Capacitación y/o curso sobre procedimientos normativos, catastrales y registrales, orientados a titulación de Comunidades Nativas y/o predios rurales. - Cursos y/o Capacitaciones en Cartografía Catastral, GIS - Conocimiento sobre los procesos de reconocimiento y titulación de tierras de las Comunidades Nativas, en la gestión pública peruana y/o disposición para fortalecer su conocimiento sobre la normatividad y marco procedimental relacionado a este tipo de procesos. - Conocimiento sobre infraestructura de Datos Espaciales. - Conocimiento básico sobre la realidad social y cultural de la Amazonía peruana y de los pueblos indígenas amazónicos, en particular. - Conocimiento avanzado de Autocad - Manejo intermedio de programas de computación de oficina. - Deseable, manejo intermedio de programas sobre sistemas de información geográfica. - Deseable experiencia como dibujante CAD. - Deseable experiencia en trabajos de Sistema de Posicionamiento Global - SIG - Mínimo, 02 años de experiencia laboral general. - Con 01 año de experiencia específica en labores de pre calificador y/o analista a nivel catastral en SUNARP, para titulación de Comunidades Nativas o predios rurales, así como en proyectos similares u otros de desarrollo sostenible en la Amazonía peruana y regional en especial. - Proactividad y sinergia para trabajar en equipo y bajo presión.

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  • Costas De conformidad con lo previsto en la Ley 446 de 1998, en este asunto no hay lugar a la imposición xx xxxxxx, por cuanto no se evidencia en el subexamine que alguna de las partes hubiere actuado temerariamente. En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, en Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, F A L L A

  • GRAVÁMENES Estará exclusivamente a cargo del Contratista el pago de todas las contribuciones, tasas e impuestos directos o indirectos, sean éstos nacionales, provinciales y/o municipales, al igual que los aportes laborales y previsionales, vigentes a la fecha del acto licitatorio y que graven tanto la instrumentación del Contrato como cualquier otra actividad o hecho imponible derivado del mismo y/o de su ejecución, incluyendo tanto los que gravan directamente los ingresos como las utilidades y activos, no asumiendo el Comitente ninguna obligación fiscal al respecto, por lo que se considerará que tales gravámenes se hallan incluidos en el precio de la Oferta. Sólo se reconocerán al Contratista las variaciones que puedan producirse en el Impuesto al Valor Agregado y, en su caso, en el impuesto sobre los Ingresos Brutos en el ámbito de la Jurisdicción y respecto de actividad objeto de la Licitación. Este reconocimiento se efectuará en la medida de la efectiva incidencia de las variaciones en el precio de los trabajos contratados y a partir de su entrada en vigencia. En caso de que la variación impositiva aludida precedentemente fuese de sentido negativo, el Comitente procederá a detraer del referido precio la suma de dinero correspondiente a dicha modificación tributaria.

  • Destino El arrendatario manifiesta bajo protesta de decir verdad, que destinará la bodega para almacenaje, tanto por lo que respecta al Espacio de Bodega Asignada, única y exclusivamente para almacenar bienes de su propiedad y posesión, los que serán siempre de procedencia lícita, y que no proceden ni representan el producto de actividades ilícitas, sin que exista responsabilidad alguna para el Arrendador o para quien tenga título o la propiedad del inmueble, derivado de la condición física o jurídica, del estado, calidad, origen, titularidad, posesión, guarda, custodia, propiedad, procedencia o destino de los bienes que se almacenen en dicho Espacio para Almacenaje. Asimismo, el Arrendatario reconoce que el uso de la clave de acceso al inmueble dónde se encuentra el Espacio para Almacenaje arrendado, así como todos los bienes que el propio Xxxxxxxxxxxx o las Personas Autorizadas qué accedan al Espacio para Almacenaje arrendado, transporten hacia o desde el mismo, se guarden, ingresen y/o almacenen en el Espacio para Almacenaje, así como todos los actos u omisiones relacionados con dichos bienes y al uso de la clave de acceso al inmueble, y el acceso mismo al Espacio para Almacenaje, todo ello será única y exclusivamente responsabilidad del Arrendatario, quedando el Arrendador, el propietario o quien tenga legítimo derecho de propiedad del inmueble, deslindados de toda responsabilidad por cualquier razón derivado de lo anterior, así como de cualquier pérdida, robo, manejo, daño o similar, incluso la dación en pago pactada en el presente Contrato, reconociendo que el Arrendador, propietario o quien tenga derecho legítimo sobre el inmueble, no tienen ni tendrán participación en forma alguna en el uso que el Arrendatario le dé al Espacio para Almacenaje arrendado y el almacenaje de bienes que se lleve a cabo en el mismo.

  • MEDIOS HUMANOS La empresa adjudicataria deberá facilitar al MUSEO la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en el edificio. La empresa adjudicataria deberá designar una persona responsable, que debe poseer un título de ingeniero/a técnico/a o superior y con experiencia en mantenimiento y en gestión de instalaciones térmicas y eléctricas en edificios. Actuará como responsable del servicio frente al MUSEO y su nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por este. Será la persona encargada de la relación con las/os responsables del MUSEO, emitiendo, además, informes trimestrales que recojan todas las incidencias habidas en las instalaciones, así como la situación de las mismas, los trabajos necesarios a realizar, etc. La empresa adjudicataria se asegurará de que todos/as los/as miembros de su equipo conozcan los términos del contrato. La empresa adjudicataria no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados debiendo en todo momento disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato. Durante los períodos vacacionales xx xxxxxxx, semana santa y verano, la empresa adjudicataria no paralizará su coordinación con el MUSEO, por lo que deberá tener el personal suficiente en activo. La empresa adjudicataria se compromete a que, en los supuestos de vacaciones, bajas del personal u otras circunstancias análogas, dichas plazas quedarán cubiertas con personal sustituto de igual titulación o capacidades. Todas las altas, bajas, situaciones análogas, y cambios en las actividades desarrolladas por el personal adscrito al contrato serán puestas en conocimiento del MUSEO. Todo el personal que preste los servicios objeto del presente contrato pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos/as trabajadores/as y el MUSEO, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior. Todos/as los/as trabajadores/as deberán estar debidamente asegurados/as en la Seguridad Social por cuenta exclusiva de la empresa adjudicataria, relevando de toda responsabilidad al MUSEO, y debiendo la empresa adjudicataria poner a disposición del MUSEO, de forma trimestral, las documentaciones mensuales que lo certifiquen. El MUSEO deberá ser consultado sobre cualquier cambio de cualificación que afecte a trabajadoras/es adscritas/os al contrato. Todo el personal de la empresa adjudicataria que vaya a participar en actividades bajo el objeto del presente pliego, podrá recibir formación por parte del MUSEO sobre cuestiones que se consideren de vital importancia para el desarrollo de los trabajos con las más altas cotas de excelencia. La formación impartida por el MUSEO o por terceras personas facilitadas por el MUSEO se considera obligatoria, y no supondrá gasto para la empresa adjudicataria, exceptuando la liberación del tiempo necesario para la misma a su personal.

  • Propósito 1.1 Las Directrices Contra la Corrupción del Banco y este anexo se aplican a las adquisiciones realizadas en el marco de las operaciones de financiamiento para proyectos de inversión de dicho organismo.

  • Clasificación profesional 27.1 La estructura de encuadramiento profesional del Convenio Colectivo para la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Barcelona, basada en Grupos Profesionales, consta de 7 grupos, que se dividen funcionalmente cada uno de ellos en Personal Técnico, Empleado y Operario, por lo tanto cada trabajador y trabajadora, deberá ser adscrito a un Grupo Profesional, y a una determinada División Funcional, debiéndose asignar el salario de Grupo establecido para el mismo. La movilidad funcional para la realización de funciones correspondientes a otro Grupo Profesional donde esté encuadrado el trabajador o trabajadora sólo será posible, si existiesen razones técnicas u organizativas que la justificasen y por el tiempo imprescindible para su atención, garantizándose, en cualquier caso, por parte de la Dirección de empresa, el período de tiempo necesario de formación y adaptación a dichas funciones. La Dirección deberá comunicar fehacientemente con carácter previo a esta situación a la Representación de los Trabajadores/as, según establece el Art. 39.2 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores. En el supuesto de que haya una modificación legal o convencional que afecte a lo dispuesto en el presente párrafo se estará a lo que se establezca. El encuadramiento de los trabajadores y trabajadoras en el respectivo Grupo Profesional y División Funcional, se realizará teniendo presente los criterios de conocimientos, iniciativa, autonomía, responsabilidad, mando y complejidad que aparecen como factores condicionantes para la pertenencia a un grupo determinado, así como la formación requerida para cada uno de ellos.

  • Ofertas Alternativas

  • RECURSOS HUMANOS 6.1 Proporcionar el organigrama de la empresa 6.1 Comprobar documentalmente que proporcionan el organigrama de la empresa.

  • Jornada Personal de los Grupos I y II. La jornada a tiempo completo es de 1.472 horas efectivas de trabajo en cómputo anual, descontados los festivos y vacaciones, lo que equivale a un promedio semanal en cómputo anual de 34 horas semanales. El Director, Subdirector y Jefe de Estudios o Tutor, realizarán cinco horas semanales más. Personal de los Grupos III, IV y V. La jornada a tiempo completo es de 1.688 horas efectivas de trabajo en cómputo anual, descontados los festivos y vacaciones, lo que equivale a un promedio semanal en cómputo anual de 39 horas semanales. El personal administrativo desarrollará su jornada preferentemente de lunes a viernes, estableciéndose, de acuerdo con las necesidades de la empresa, un régimen de turnos rotativos para los sábados. La jornada de todo el personal durante los meses de julio y agosto se desarrollará de forma continuada en aquellas empresas que no realicen actividad alguna en dicho periodo o se vea ésta reducida muy considerablemente, estableciéndose los turnos que sean precisos para el mantenimiento de los servicios, en el marco de la capacidad organizativa de la empresa. Cuando la jornada continuada sea superior a seis horas diarias, se establecerá un periodo de descanso, de al menos quince minutos, que será considerado como de trabajo efectivo. La jornada del personal no incluido en el párrafo anterior no sufrirá variación en su desarrollo en los meses de julio y agosto durante la vigencia de este convenio salvo pacto en contrario. El empresario establecerá el oportuno régimen de turnos de manera que el personal pueda disfrutar de cuarenta y ocho horas consecutivas de descanso durante dos fines de semana (sábado y domingo) al mes, siempre que la capacidad organizativa del centro y el número de personas asignadas al mismo puesto de trabajo lo permitan. Lo dispuesto en los dos párrafos anteriores no afectará al personal contratado para prestar sus servicios durante los fines de semana. Las horas de mera presencia en la empresa no serán consideradas como de trabajo. En la realización de la mencionada jornada, el Colegio tendrá en cuenta las limitaciones legales establecidas al efecto.

  • Destinatarios Los contratos de trabajo en prácticas irán destinados a jóvenes desempleados inscritos como beneficiarios en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que cumplan los requisitos establecidos en las bases 4ª y 5ª.