INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES FONDO ADAPTACIÓN - RPFA Cláusulas de Ejemplo

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES FONDO ADAPTACIÓN - RPFA. El Oferente individual, persona natural o jurídica, nacional o extranjera, y todos los integrantes de la Estructura Plural debe(n) estar inscrito(s) y activo(s), a la fecha de presentación de la propuesta, en el REGISTRO DE PROVEEDORES DEL FONDO ADAPTACIÓN (RPFA), para lo cual deben cumplir el proceso de nominación, evaluación, calificación, registro y seguimiento ante el Consorcio 5INKO el cual fue seleccionado mediante convocatoria abierta, para administrar y operar el registro de proveedores y contratistas del FONDO. Dicho proceso debe realizarse en el siguiente link: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx(pestaña contrataciones – Teléfonos en Medellín (57+4) 5132983 / 5132402). La propuesta debe adjuntar la constancia de inscripción emitida por el Consorcio 5INKO en donde conste que el oferente está inscrito en el RPFA. Los oferentes deben tener en cuenta que el trámite de INSCRIPCIÓN en el RPFA tarda entre 5 a 7 días, por tanto es el primer trámite que debe iniciar al empezar a elaborar su oferta. El oferente autoriza al Consorcio 5INKO para que realice la verificación de la información aportada y para que adelante auditorías de campo, en caso que EL FONDO las solicite para confirmar información puntual. La información aportada por los oferentes ganadores de las convocatorias será actualizada trimestralmente a solicitud de EL FONDO, o anualmente por procedimiento establecido al Consorcio 5INKO. El sistema de puntaje asignado al proveedor, consultor o constructor será actualizado cada vez que se ejecute un contrato o cuando se modifique alguna de las variables de la fórmula, con base en el informe presentado por los Gerentes de Proyecto, Interventores y si existen informes de la Auditoría Técnica Integral Preventiva (ATIP). Todos los actos desarrollados por EL FONDO están sujetos a los mecanismos de control ejercidos por los entes de control del estado y por las auditorías internas del Fondo (ACIP y ATIP). El oferente seleccionado entiende, acepta y se obliga a utilizar los sistemas de información en las versiones que éste defina, las prácticas de seguridad, calidad, oportunidad e integridad de información, y las guías de interoperabilidad, continuidad, documentales y las métricas que señale el FONDO ADAPTACIÓN, con base en los instructivos de operación que se le impartan. Cuando el FONDO ADAPTACIÓN requiera confirmar información adicional de los Proponentes, podrá solicitar los documentos que considere necesarios para el esclarecimiento de la información, cualqui...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.