INDEMNIZACIÓN POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR. El Contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdida o perjuicios ocasionados por su propia culpa, falta de medios o errores en las operaciones que le sean imputables. Cuando esas pérdidas, averías o perjuicios provengan de culpa de los empleados de la administración, o de fuerza mayor o caso fortuito, serán soportados por la Administración Pública. Para los efectos de la aplicación del párrafo anterior se considerarán casos fortuitos o de fuerza mayor:
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INDEMNIZACIÓN POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR. El Contratista contratista no tendrá derecho a indemnización por causa causas de pérdida pérdidas, averías o perjuicios ocasionados por su propia culpa, falta de medios o errores en las operaciones que le sean imputables. Cuando esas pérdidas, averías o perjuicios provengan de culpa de los empleados de la administración, o de fuerza mayor o caso fortuito, serán soportados por la Administración Públicaadministración pública. Para los efectos de la aplicación del párrafo anterior se considerarán casos fortuitos o de fuerza mayor:
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INDEMNIZACIÓN POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR. El Contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdida o perjuicios ocasionados por su propia culpa, falta de medios o errores en las operaciones que le sean imputables. Cuando esas pérdidas, averías o perjuicios provengan de culpa de los empleados de la administración, o de fuerza mayor o caso fortuito, serán soportados por la Administración Pública. Para los efectos de la aplicación del párrafo anterior se considerarán casos fortuitos o de fuerza mayor:: PLIEG-2017-17197195- -DGOINFU
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INDEMNIZACIÓN POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR. El Contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdida o perjuicios ocasionados por su propia culpa, falta de medios o errores en las operaciones que le sean imputables. Cuando esas pérdidas, averías o perjuicios provengan de culpa de los empleados de la administración, o de fuerza mayor o caso fortuito, serán soportados por la Administración Públicaadministración pública. Para los efectos de la aplicación del párrafo anterior se considerarán casos fortuitos o de fuerza mayor:
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Samples: Pliego De Condiciones Generales
INDEMNIZACIÓN POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR. El Contratista contratista no tendrá derecho a indemnización por causa causas de pérdida pérdidas, averías o perjuicios ocasionados por su propia culpa, falta de medios o errores en las operaciones que le sean imputables. Cuando esas pérdidas, averías o perjuicios provengan de culpa de los empleados de la administración, o de fuerza mayor o caso fortuito, serán soportados por la Administración Públicaadministración pública, previa comprobación fehaciente de las causales. Para los efectos de la aplicación del párrafo anterior se considerarán casos fortuitos o de fuerza mayor:
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Samples: Pliego De Condiciones Particulares
INDEMNIZACIÓN POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR. El Contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdida o perjuicios ocasionados por su propia culpa, falta de medios o errores en las operaciones que le sean imputables. Cuando esas pérdidas, averías o perjuicios provengan de culpa de los empleados de la administracióndel GCBA, o de fuerza mayor o caso fortuito, serán soportados por la Administración Públicael GCBA. Para los efectos de la aplicación del párrafo anterior se considerarán casos fortuitos o de fuerza mayor:
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