Common use of Funciones de la Comisión Paritaria Clause in Contracts

Funciones de la Comisión Paritaria. Interpretación de la totalidad de las cláusulas de este Convenio. Aplicación de lo pactado y vigilancia de su cumplimiento. Seguimiento de aquellos acuerdos cuyo desarrollo debe producirse en el tiempo y durante la totalidad de la vigencia de los mismos. Mediación, arbitraje y conciliación, en caso de conflicto entre empresa y trabajador, en el supuesto de conflicto colectivo, a instancia de uno de sus órganos podrá solicitarse la inmediata reunión de esta Comisión a los efectos de interponer su mediación, interpretar lo acordado y ofrecer su arbitraje. Elaborar y proponer a la Administración Pública las modificaciones y actualizaciones que sean convenientes al Reglamento del Juego del Bingo para su mejor aplicación y más exacta concordancia con la realidad social de cada momento. Será depositaria de una copia de la póliza de seguro prevista en el presente Convenio. A la firma del Convenio y posteriormente con carácter anual conocerá la actualización económica de la póliza y de las modificaciones en sus condiciones, si las hubiere. Cuando en la aplicación de lo pactado surjan discrepancias insolubles por la Comisión Paritaria, ésta podrá remitir los conflictos colectivos e individuales, si así lo determinase a la mediación o arbitraje del ASAC. En el caso de desacuerdo durante el periodo de consultas para la inaplicación de lo dispuesto en el presente Convenio, en las condiciones previstas en el artículo 82.3 del ET ( RCL 2015, 1654 ) , deberán someterse la discrepancia a esta comisión paritaria que dispondrá de un plazo máximo de siete días para pronunciarse. En el caso de persistir la controversia las partes deberán someterse la misma al proceso de mediación, y en su caso de arbitraje voluntario ante el servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA). Mediante acuerdos pertinentes, esta Comisión podrá delegar funciones de aplicación, arbitraje y vigilancia en Comisiones Territoriales de ámbito inferior que pueda crear.

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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De

Funciones de la Comisión Paritaria. Interpretación de la totalidad de las cláusulas de este Convenio. Aplicación de lo pactado y vigilancia de su cumplimiento. Seguimiento de aquellos acuerdos cuyo desarrollo debe producirse en el tiempo y durante la totalidad de la vigencia de los mismos. Mediación, arbitraje y conciliación, en caso de conflicto entre empresa y trabajador, en el supuesto de conflicto colectivo, a instancia de uno de sus órganos podrá solicitarse la inmediata reunión de esta Comisión a los efectos de interponer su mediación, interpretar lo acordado y ofrecer su arbitraje. Elaborar y proponer a la Administración Pública las modificaciones y actualizaciones que sean convenientes al Reglamento del Juego del Bingo para su mejor aplicación y más exacta concordancia con la realidad social de cada momento. Será depositaria de una copia de la póliza de seguro Seguro prevista en el presente Convenioconvenio. A la firma del Convenio convenio y posteriormente con carácter anual conocerá la actualización económica de la póliza y de las modificaciones en sus condiciones, si las hubiere. hubiere – Cuando en la aplicación de lo pactado surjan discrepancias insolubles por la Comisión Paritaria, ésta podrá remitir los conflictos colectivos e individuales, si así lo determinase a la mediación o arbitraje del ASAC. cve: BOE-A-2022-16494 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx En el caso de desacuerdo durante el periodo de consultas para la inaplicación de lo dispuesto en el presente Convenioconvenio, en las condiciones previstas en el artículo 82.3 del ET ( RCL 2015, 1654 ) ET, deberán someterse la discrepancia a esta comisión paritaria que dispondrá de un plazo máximo de siete días para pronunciarse. En el caso de persistir la controversia las partes deberán someterse la misma al proceso de mediación, y en su caso de arbitraje voluntario ante el servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA). Mediante acuerdos pertinentes, esta Comisión podrá delegar funciones de aplicación, arbitraje y vigilancia en Comisiones Territoriales de ámbito inferior que pueda crear.

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Samples: www.ccoo-servicios.es

Funciones de la Comisión Paritaria. Interpretación La Comisión Paritaria cumplirá con las siguientes funciones: BOCM-20180616-1 SÁBADO 00 XX XXXXX XX 2018 B.O.C.M. Núm. 143 La Comisión Negociadora se reunirá semestralmente para analizar el impacto laboral y el seguimiento del Bingo Dinámico y poder acordar y solucionar los desajustes que se pudieran producir, en su caso, aportando resultados económicos y de evolución, tanto del empleo, como de la totalidad retribución voluntaria de los clientes (volumen de ventas, número de trabajadores, cantidad recaudada en retribución voluntaria de los clientes). En el caso de que ninguna de las cláusulas de este Convenio. Aplicación de lo pactado y vigilancia de su cumplimiento. Seguimiento de aquellos acuerdos cuyo desarrollo debe producirse partes detectara algún desajuste o problema, podrán no llevarse a cabo las reuniones posponiéndose a la siguiente; en el tiempo caso contrario, si hubiera un problema grave detectado por alguna de las partes, excepcionalmente, podrá reunirse la Comisión Negociadora antes del semestre referenciado. El plazo para la elaboración de la resolución de la Comisión Paritaria será de 7 días desde la recepción de la consulta. Los acuerdos de la Comisión Paritaria tendrán el valor establecido en el artículo 91.4 del Estatuto de los Trabajadores. En cualquier caso los afectados/as por la resolución podrán recurrir ante la jurisdicción competente en defensa de sus intereses. Dentro de las funciones de la Comisión Paritaria, y en aras a buscar la agilidad y dinamismo del Convenio Colectivo sectorial del Bingo de la Comunidad de Madrid, se dota a la Comisión Paritaria, como órgano interpretativo del convenio, y con la vista puesta en la ayuda a este subsector de juego que más trabajadores emplea con las iniciativas que correspondan en cada línea de negocio de los Establecimientos de Juegos Colectivos de Dinero y Azar, para que pueda si así lo considera durante la totalidad vigencia del mismo, analizar el contenido de la vigencia de los mismos. Mediaciónsus materias, arbitraje y conciliación, en caso de conflicto entre empresa acuerdo, proponer actualizaciones de la norma convencional y trabajadorfiscalización de su cumplimiento durante el tramo temporal de vigencia del mismo, en el supuesto de conflicto colectivo, a instancia de uno de sus órganos podrá solicitarse la inmediata reunión de esta Comisión a los efectos de interponer su mediación, interpretar lo acordado y ofrecer su arbitraje. Elaborar y proponer modificaciones y/o actualizaciones que deberán ser trasladadas a la Administración Pública las modificaciones mesa negociadora del sector legitimada para ello en virtud de los artículos 87 y actualizaciones que sean convenientes al Reglamento 88 del Juego del Bingo E.T. para su mejor aplicación deliberación y más exacta concordancia con ratificación si procede. Lo expuesto supone, la realidad social de cada momento. Será depositaria de una copia creación de la póliza de seguro prevista en el presente Convenio. A Comisión Paritaria Permanente, cuya composición quedará reseñada y concretada, tras la firma del Convenio y posteriormente con carácter anual conocerá la actualización económica posterior composición de la póliza y de las modificaciones en sus condiciones, si las hubiere. Cuando en la aplicación de lo pactado surjan discrepancias insolubles por la Comisión Paritaria, ésta podrá remitir los conflictos colectivos e individuales, si así lo determinase . Los miembros que representen a la mediación parte social en esta comisión dispondrán el crédito horario necesario para atender los asuntos de esta comisión. La citada Comisión tendrá un normal funcionamiento en iguales condiciones a las actuales de la comisión paritaria, por lo que la participación en esta Comisión permanente con las facultades expuestas, y como herramienta de observación del sector. Los temas expuestos ante la Comisión Paritaria y/o arbitraje Permanente, relativas a las propuestas de actualizaciones de la norma convencional, podrán ser presentados únicamente por las partes firmantes del ASAC. En el caso de desacuerdo durante el periodo de consultas para la inaplicación de lo dispuesto en el presente Convenio, mediante petición inicial, en las condiciones previstas en el artículo 82.3 del ET ( RCL 2015, 1654 ) , deberán someterse la discrepancia a esta comisión paritaria que dispondrá sede de un plazo máximo de siete días para pronunciarse. En el caso de persistir la controversia las partes deberán someterse la misma al proceso de mediación, y en su caso de arbitraje voluntario ante el servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA). Mediante acuerdos pertinentes, esta Comisión podrá delegar funciones de aplicación, arbitraje y vigilancia en Comisiones Territoriales de ámbito inferior que pueda crearParitaria.

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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Empresas Comercializadoras De Juegos Colectivos De Dinero Y Azar De La Comunidad De Madrid

Funciones de la Comisión Paritaria. Interpretación de la totalidad de las cláusulas de este Convenio. Aplicación de lo pactado y vigilancia de su cumplimiento. Seguimiento de aquellos acuerdos cuyo desarrollo debe producirse en el tiempo y durante la totalidad de la vigencia de los mismos. Mediación, arbitraje y conciliación, en caso de conflicto entre empresa y trabajador, en el supuesto de conflicto colectivo, a instancia de uno de sus órganos podrá solicitarse la inmediata reunión de esta Comisión a los efectos de interponer su mediación, interpretar lo acordado y ofrecer su arbitraje. Elaborar y proponer a la Administración Pública las modificaciones y actualizaciones que sean convenientes al Reglamento del Juego del Bingo para su mejor aplicación y más exacta concordancia con la realidad social de cada momento. Será depositaria de una copia de la póliza de seguro Seguro prevista en el presente Convenioconvenio. A la firma del Convenio convenio y posteriormente con carácter anual conocerá la actualización económica de la póliza y de las modificaciones en sus condiciones, si las hubiere. hubiere – Cuando en la aplicación de lo pactado surjan discrepancias insolubles por la Comisión Paritaria, ésta podrá remitir los conflictos colectivos e individuales, si así lo determinase a la mediación o arbitraje del ASAC. En el caso de desacuerdo durante el periodo de consultas para la inaplicación de lo dispuesto en el presente Convenioconvenio, en las condiciones previstas en el artículo 82.3 del ET ( RCL 2015, 1654 ) ET, deberán someterse la discrepancia a esta comisión paritaria que dispondrá de un plazo máximo de siete días para pronunciarse. En el caso de persistir la controversia las partes deberán someterse la misma al proceso de mediación, y en su caso de arbitraje voluntario ante el servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA). Mediante acuerdos pertinentes, esta Comisión podrá delegar funciones de aplicación, arbitraje y vigilancia en Comisiones Territoriales de ámbito inferior que pueda crear.

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Samples: Convenio Marco Estatal