Common use of Finiquito Clause in Contracts

Finiquito. Cuantificacion del importe de lo reclamado Unicamente, en el caso de que en terminos de lo dispuesto por el articulo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, el fiado proporcione a la institucion de fianzas oportunamente elementos y documentos relacionados con la obligacion principal garantizada, que afecten la cuantificacion de la reclamacion, o bien, su improcedencia total o parcial, incluyéndose en este caso las excepciones que la institucion de fianzas pueda oponer al beneficiario de la poliza de fianza, la institucion de fianzas tendrá el derecho de solicitar algún documento adicional a los que se señalan en los incisos que anteceden. La institución de fianzas se comprmete a pagar hasta el 100% del importe garantizado mas, en su caso, la indemnización por xxxx que derive del articulo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. La institución de fianzas acepta expresamente pagar al beneficiario hasta el 100% del importe garantizado mas, en su caso, la indemnización por xxxx que derive del articulo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en reclamaciones originadas por incumplimiento a obligaciones establecidas a cargo del fiado, para el caso en que el contrato haya sido adjudicado en propuesta conjunta, sin importar si se constituyó una sociedad o sociedad distinta, ya que cualquiera que sea el numero de integrantes, la institución de fianzas reconoce que frente al beneficiario asume una responsabilidad unica, independientemente de los terminos en que aquellos se hubieran obligado, entre si y/o con la institución de fianzas, atendiendo a lo previsto por el Articulo 20 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. Esta institución de fianzas tendrá un plazo hasta de 30 días naturales contados a partir de la fecha en que se integre la reclamación para proceder a su pago, o en su caso, para comunicar por escrito al beneficiario las razones, causas o motivos de su improcedencia. La institución de fianzas enterará el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado mas, en su caso, la indemnizacion por xxxx que derive del Articulo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre subjúdice en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrtivo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la institución de fianzas la cantidad pagada en un plazo maximo de 90 dias habiles contados a partir de que la resolucion favorable al fiado haya causado ejecutoria. Esta fianza estará vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva que haya causado ejecutoria por autoridad o tribunal competente. la institución de fianzas se obliga a abstenerse de oponer como excepción para efectos de pago de esta fianza, la de compensación del credito que tenga su fiado contra el beneficiario para lo cual hace expresa renuncia de la opcion que le otroga el articulo 2813 del Codigo Civil Federal, en la inteligencia de que su fiado ha realizado en el contrato garantizado la renuncia expresa al beneficio de compensación en terminos de lo que disponen los Articulos 2197, en relacion con el 2192 fraccion I del citado Codigo. Esta fianza no es excluyente de la exigibilidad que el beneficiario haga valer en contra de nuestro fiado por cualquier incumplimiento derivado del contrato que pueda exceder del valor consignado en esta poliza. Las obligaciones derivadas de esta fianza se extinguirán automáticamente una vez transcurridos diez meses contados a partir de la fecha de notificación al proveedor de la rescision decretada por incumplimiento, o a partir de la fecha de terminacion del contrato, lo que ocurra primero. Esta institución de fianzas quedará xxxxxxxxx de su obligación fiadora siempre y cuando el beneficiario solicite expresamente y por escrito la cancelacion de la presente garantia. Esta institución de fianzas se obliga a atender las reclamaciones firmadas por el beneficiario, mismas que deberán contener los siguientes datos: fecha de la reclamación; número de póliza de fianza relacionado con la reclamación recibida; fecha de expedición de la fianza; monto de la fianza; nombre o denominación del fiado; nombre o denominación del beneficiario y de su representante legal debidamente acreditado; domicilio del beneficiario para oír y recibir notificaciones; descripción de la obligación garantizada; referencia del contrato fuente (fechas, número de contrato, etc.); descripción del incumplimiento de la obligación garantizada que motiva la presentación de la reclamación, acompañando la documentación que sirva como soporte para comprobar lo declarado y el importe de lo reclamado, que nunca podrá ser superior al monto de la fianza. Fin del texto. LICITACION PÚBLICA NACIONAL No. 18572052-005-09 POR SEGUNDA CONVOCATORIA. LICITACION PÚBLICA NACIONAL No. 18572052-005-09 POR SEGUNDA CONVOCATORIA. El gobierno federal se ha comprometido a impulsar acciones para que su actuación obedezca a una conducta ética y de transparencia. Que es de su interés contar con el apoyo, participación, vigilancia y compromiso de todos los integrantes de la sociedad. Que la falta de transparencia es una situación que daña a todos y se puede constituir en fuente de conductas irregulares. Es objeto de este instrumento mantener el compromiso de las partes en no tratar de influir en el proceso de contratación mediante conductas irregulares. Se requiere la participación de las partes involucradas, para fortalecer la transparencia en el proceso de contratación. Representa un compromiso moral, el cual se deriva de la buena voluntad de las partes. La suscripción voluntaria de este documento de “compromisos con la transparencia”, no sustituye a la declaración de integridad que debe presentarse en términos de lo dispuesto en el artículo 30 fracción vii de la del reglamento de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público. DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES: COMPROMISOS DEL LICITANTE Inducir a sus empleados que intervengan en el proceso de contratación para que actúen con ética en todas las actividades en que intervengan y cumplan con los compromisos aquí pactados. Aceptar la responsabilidad de su actividad para con la sociedad y el gobierno federal. Elaborar su propuesta a efecto de coadyuvar en la eficiente, oportuna y eficaz utilización de los recursos públicos destinados al objeto de la contratación. Actuar siempre con honradez, transparencia y lealtad y mantener confidencialidad sobre la información que haya obtenido en el proceso de contratación. Desempeñar con honestidad las actividades que conforman el proceso de contratación y en su caso, el cumplimiento de los derechos y obligaciones que adquiera con la formalización del contrato. Actuar con integridad profesional cuidando que no se perjudiquen intereses de la sociedad o la nación. Omitir actitudes y realización de actos que puedan dañar la reputación de las instituciones gubernamentales o de terceros.

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Samples: Contrato Abierto De Adquisición De Bienes Muebles Sujeto a Ajuste De Precios

Finiquito. Cuantificacion En los casos de baja en la empresa el trabajador/a podrá exigir copia del importe finiquito con 48 horas de lo reclamado Unicamenteantelación al cese. Una vez firmado por el trabajador, el recibo de finiquito surtirá efectos liberatorios que le son propios a los 5 días laborables. Faltas y sanciones Principios ordenadores El presente Acuerdo sobre Código de Conducta Laboral tiene por objeto el mantenimiento de un ambiente laboral respetuoso con la normal convivencia, ordenación técnica y organi- zación de la empresa, así como la garantía y defensa de los derechos y legítimos intereses de trabajadores y trabajadoras y empresarios. La Dirección de la empresa podrá sancionar las acciones u omisiones culpables de los trabajadores/as que supongan un incumplimiento contractual de sus deberes laborales, de acuerdo con la graduación de las faltas que se establece en los artículos siguientes. Corresponde a la empresa en uso de la facultad de Dirección, imponer sanciones en los términos estipulados en el caso de que en terminos de lo dispuesto por el articulo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, el fiado proporcione a la institucion de fianzas oportunamente elementos y documentos relacionados con la obligacion principal garantizada, que afecten la cuantificacion de la reclamacion, o bien, su improcedencia total o parcial, incluyéndose en este caso las excepciones que la institucion de fianzas pueda oponer al beneficiario de la poliza de fianza, la institucion de fianzas tendrá el derecho de solicitar algún documento adicional a los que se señalan en los incisos que antecedenpresente Acuerdo. La institución sanción de fianzas se comprmete a pagar hasta el 100% del importe garantizado mas, en su caso, la indemnización por xxxx que derive del articulo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. La institución de fianzas acepta expresamente pagar al beneficiario hasta el 100% del importe garantizado mas, en su caso, la indemnización por xxxx que derive del articulo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en reclamaciones originadas por incumplimiento a obligaciones establecidas a cargo del fiado, para el caso en que el contrato haya sido adjudicado en propuesta conjunta, sin importar si se constituyó una sociedad o sociedad distinta, ya que cualquiera que sea el numero de integrantes, la institución de fianzas reconoce que frente al beneficiario asume una responsabilidad unica, independientemente de los terminos en que aquellos se hubieran obligado, entre si y/o con la institución de fianzas, atendiendo a lo previsto por el Articulo 20 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. Esta institución de fianzas tendrá un plazo hasta de 30 días naturales contados a partir de la fecha en que se integre la reclamación para proceder a su pago, o en su caso, para comunicar las faltas requerirá comunicación por escrito al beneficiario las razonestrabajador, causas o motivos de su improcedenciahaciendo constar la fecha y los hechos que la motivaron. La institución empresa dará cuenta a los representantes legales de fianzas enterará el pago los trabajadores y trabajadoras de toda sanción por falta grave y muy grave que se imponga. Esta notificación se efectuará con una antelación mínima de veinticuatro horas de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado mas, en su caso, la indemnizacion por xxxx que derive del Articulo 95 bis adopción de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun medida disciplinaria cuando la obligación misma se encuentre subjúdice en virtud aplique a un delegado de procedimiento ante autoridad judicial personal o tribunal arbitralmiembro del comité de empresa. Asimismo, salvo se notificará la medida disciplinaria por faltas graves con la citada antelación de veinticuatro horas al sindicato local o provincial al que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga pertenezca cuando las sanciones se apliquen al delegado de la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrtivo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondientesección sindical debidamente constituida con los requisitos anteriormente expresados. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y Impuesta la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamadasanción, el beneficiario devolverá a la institución de fianzas la cantidad pagada en un plazo maximo de 90 dias habiles contados a partir de que la resolucion favorable al fiado haya causado ejecutoria. Esta fianza estará vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva que haya causado ejecutoria por autoridad o tribunal competente. la institución de fianzas se obliga a abstenerse de oponer como excepción para efectos de pago de esta fianza, la de compensación del credito que tenga su fiado contra el beneficiario para lo cual hace expresa renuncia cumplimiento temporal de la opcion que le otroga el articulo 2813 del Codigo Civil Federal, en la inteligencia de que su fiado ha realizado en el contrato garantizado la renuncia expresa al beneficio de compensación en terminos de lo que disponen los Articulos 2197, en relacion con el 2192 fraccion I del citado Codigo. Esta fianza no es excluyente de la exigibilidad que el beneficiario haga valer en contra de nuestro fiado por cualquier incumplimiento derivado del contrato que pueda exceder del valor consignado en esta poliza. Las obligaciones derivadas de esta fianza misma se extinguirán automáticamente una vez transcurridos diez meses contados a partir podrá dilatar hasta 60 días después de la fecha de notificación al proveedor de la rescision decretada por incumplimiento, o a partir de la fecha de terminacion del contrato, lo que ocurra primero. Esta institución de fianzas quedará xxxxxxxxx de su obligación fiadora siempre y cuando el beneficiario solicite expresamente y por escrito la cancelacion de la presente garantia. Esta institución de fianzas se obliga a atender las reclamaciones firmadas por el beneficiario, mismas que deberán contener los siguientes datos: fecha de la reclamación; número de póliza de fianza relacionado con la reclamación recibida; fecha de expedición de la fianza; monto de la fianza; nombre o denominación del fiado; nombre o denominación del beneficiario y de su representante legal debidamente acreditado; domicilio del beneficiario para oír y recibir notificaciones; descripción de la obligación garantizada; referencia del contrato fuente (fechas, número de contrato, etcimposición.); descripción del incumplimiento de la obligación garantizada que motiva la presentación de la reclamación, acompañando la documentación que sirva como soporte para comprobar lo declarado y el importe de lo reclamado, que nunca podrá ser superior al monto de la fianza. Fin del texto. LICITACION PÚBLICA NACIONAL No. 18572052-005-09 POR SEGUNDA CONVOCATORIA. LICITACION PÚBLICA NACIONAL No. 18572052-005-09 POR SEGUNDA CONVOCATORIA. El gobierno federal se ha comprometido a impulsar acciones para que su actuación obedezca a una conducta ética y de transparencia. Que es de su interés contar con el apoyo, participación, vigilancia y compromiso de todos los integrantes de la sociedad. Que la falta de transparencia es una situación que daña a todos y se puede constituir en fuente de conductas irregulares. Es objeto de este instrumento mantener el compromiso de las partes en no tratar de influir en el proceso de contratación mediante conductas irregulares. Se requiere la participación de las partes involucradas, para fortalecer la transparencia en el proceso de contratación. Representa un compromiso moral, el cual se deriva de la buena voluntad de las partes. La suscripción voluntaria de este documento de “compromisos con la transparencia”, no sustituye a la declaración de integridad que debe presentarse en términos de lo dispuesto en el artículo 30 fracción vii de la del reglamento de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público. DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES: COMPROMISOS DEL LICITANTE Inducir a sus empleados que intervengan en el proceso de contratación para que actúen con ética en todas las actividades en que intervengan y cumplan con los compromisos aquí pactados. Aceptar la responsabilidad de su actividad para con la sociedad y el gobierno federal. Elaborar su propuesta a efecto de coadyuvar en la eficiente, oportuna y eficaz utilización de los recursos públicos destinados al objeto de la contratación. Actuar siempre con honradez, transparencia y lealtad y mantener confidencialidad sobre la información que haya obtenido en el proceso de contratación. Desempeñar con honestidad las actividades que conforman el proceso de contratación y en su caso, el cumplimiento de los derechos y obligaciones que adquiera con la formalización del contrato. Actuar con integridad profesional cuidando que no se perjudiquen intereses de la sociedad o la nación. Omitir actitudes y realización de actos que puedan dañar la reputación de las instituciones gubernamentales o de terceros.

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Samples: www.araba.eus

Finiquito. Cuantificacion del importe de lo reclamado UnicamentePemex Refinación deberá notificar al Contratista la fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo el Finiquito en el que se harán constar los créditos a favor y en contra que resulten para cada uno de ellos describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante. Dicho Finiquito deberá llevarse a cabo dentro de los 90 Días siguientes a que se levante el Acta de Recepción. Si el Contratista no acude con Pemex Refinación para la elaboración del Finiquito, Pemex Refinación procederá a elaborarlo y comunicará al Contratista el resultado del mismo dentro de un plazo de 10 Días contados a partir de su emisión. En caso de que exista desacuerdo entre las partes en terminos relación con el Finiquito, una vez notificado el resultado del Finiquito al Contratista, en caso de lo dispuesto por el articulo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, el fiado proporcione que éste no hubiere acudido a la institucion de fianzas oportunamente elementos y documentos relacionados con la obligacion principal garantizada, que afecten la cuantificacion de la reclamacionsu elaboración, o bien, su improcedencia total o parcial, incluyéndose en este caso las excepciones que la institucion a partir de fianzas pueda oponer al beneficiario de la poliza de fianza, la institucion de fianzas tendrá el derecho de solicitar algún documento adicional a los que se señalan en los incisos que anteceden. La institución de fianzas se comprmete a pagar hasta el 100% del importe garantizado mas, en su caso, la indemnización por xxxx que derive del articulo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. La institución de fianzas acepta expresamente pagar al beneficiario hasta el 100% del importe garantizado mas, en su caso, la indemnización por xxxx que derive del articulo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en reclamaciones originadas por incumplimiento a obligaciones establecidas a cargo del fiado, para el caso en que el contrato haya Finiquito hubiere sido adjudicado en propuesta conjunta, sin importar si se constituyó una sociedad o sociedad distinta, ya que cualquiera que sea el numero de integrantes, la institución de fianzas reconoce que frente al beneficiario asume una responsabilidad unica, independientemente de los terminos en que aquellos se hubieran obligado, entre si y/o elaborado con la institución de fianzasparticipación del Contratista, atendiendo a lo previsto por el Articulo 20 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. Esta institución de fianzas éste tendrá un plazo hasta de 30 días naturales 15 Días para alegar lo que a su derecho corresponda. Si transcurrido este plazo el Contratista no realiza gestión alguna, se dará por aceptado el Finiquito por parte del Contratista. Determinado el saldo total, Pemex Refinación pondrá a disposición del Contratista el pago correspondiente, en un plazo no mayor de 20 Días contados a partir de la fecha en que se integre la reclamación para proceder a su pagoelaboración del finiquito, o en su caso, para comunicar por escrito al beneficiario las razones, causas o motivos bien de su improcedencia. La institución de fianzas enterará el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado mas, en su caso, la indemnizacion por xxxx que derive del Articulo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre subjúdice en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea transcurran los plazos señalados en el recurso administrtivopárrafo anterior, en mediante su ofrecimiento o la consignación respectiva, o bien, si existieran saldos a favor de Pemex Refinación, el juicio contencioso o ante importe de los mismos se deducirá de las cantidades pendientes por cubrir por concepto de trabajos ejecutados, y si no fueran suficientes solicitará al Contratista el tribunal arbitral correspondientereintegro de los importes resultantes. En caso de que no obtenerse el procedimiento administrativoreintegro, Pemex Refinación podrá proceder conforme a lo establecido en la Cláusula 8.3 o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la institución de fianzas la cantidad pagada en un plazo maximo de 90 dias habiles contados a partir de que la resolucion favorable al fiado haya causado ejecutoria. Esta fianza estará vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales hacer efectiva las garantías que se interponganencuentren vigentes. En forma simultánea, con origen en la obligación garantizada hasta se levantará el acta administrativa que se pronuncie resolución definitiva que haya causado ejecutoria de por autoridad o tribunal competente. la institución de fianzas se obliga a abstenerse de oponer como excepción para efectos de pago de esta fianza, la de compensación del credito que tenga su fiado contra el beneficiario para lo cual hace expresa renuncia de la opcion que le otroga el articulo 2813 del Codigo Civil Federal, en la inteligencia de que su fiado ha realizado en el contrato garantizado la renuncia expresa al beneficio de compensación en terminos de lo que disponen los Articulos 2197, en relacion con el 2192 fraccion I del citado Codigo. Esta fianza no es excluyente de la exigibilidad que el beneficiario haga valer en contra de nuestro fiado por cualquier incumplimiento derivado del contrato que pueda exceder del valor consignado en esta poliza. Las obligaciones derivadas de esta fianza se extinguirán automáticamente una vez transcurridos diez meses contados a partir de la fecha de notificación al proveedor de la rescision decretada por incumplimiento, o a partir de la fecha de terminacion del contrato, lo que ocurra primero. Esta institución de fianzas quedará xxxxxxxxx de su obligación fiadora siempre y cuando el beneficiario solicite expresamente y por escrito la cancelacion de la presente garantia. Esta institución de fianzas se obliga a atender las reclamaciones firmadas por el beneficiario, mismas que deberán contener los siguientes datos: fecha de la reclamación; número de póliza de fianza relacionado con la reclamación recibida; fecha de expedición de la fianza; monto de la fianza; nombre o denominación del fiado; nombre o denominación del beneficiario y de su representante legal debidamente acreditado; domicilio del beneficiario para oír y recibir notificaciones; descripción de la obligación garantizada; referencia del contrato fuente (fechas, número de contrato, etc.); descripción del incumplimiento de la obligación garantizada que motiva la presentación de la reclamación, acompañando la documentación que sirva como soporte para comprobar lo declarado y el importe de lo reclamado, que nunca podrá ser superior al monto de la fianza. Fin del texto. LICITACION PÚBLICA NACIONAL No. 18572052-005-09 POR SEGUNDA CONVOCATORIA. LICITACION PÚBLICA NACIONAL No. 18572052-005-09 POR SEGUNDA CONVOCATORIA. El gobierno federal se ha comprometido a impulsar acciones para que su actuación obedezca a una conducta ética y de transparencia. Que es de su interés contar con el apoyo, participación, vigilancia y compromiso de todos los integrantes de la sociedad. Que la falta de transparencia es una situación que daña a todos y se puede constituir en fuente de conductas irregulares. Es objeto de este instrumento mantener el compromiso de las partes en no tratar de influir en el proceso de contratación mediante conductas irregulares. Se requiere la participación de las partes involucradas, para fortalecer la transparencia en el proceso de contratación. Representa un compromiso moral, el cual se deriva de la buena voluntad de las partes. La suscripción voluntaria de este documento de “compromisos con la transparencia”, no sustituye a la declaración de integridad que debe presentarse en términos de lo dispuesto en el artículo 30 fracción vii de la del reglamento de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público. DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES: COMPROMISOS DEL LICITANTE Inducir a sus empleados que intervengan en el proceso de contratación para que actúen con ética en todas las actividades en que intervengan y cumplan con los compromisos aquí pactados. Aceptar la responsabilidad de su actividad para con la sociedad y el gobierno federal. Elaborar su propuesta a efecto de coadyuvar en la eficiente, oportuna y eficaz utilización de los recursos públicos destinados al objeto de la contratación. Actuar siempre con honradez, transparencia y lealtad y mantener confidencialidad sobre la información que haya obtenido en el proceso de contratación. Desempeñar con honestidad las actividades que conforman el proceso de contratación y en su caso, el cumplimiento de extinguidos los derechos y obligaciones que adquiera con la formalización del contrato. Actuar con integridad profesional cuidando que no se perjudiquen intereses de la sociedad o la nación. Omitir actitudes y realización de actos que puedan dañar la reputación de las instituciones gubernamentales o de tercerosasumidos por ambas partes en el presente Contrato.

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Samples: Contrato Número

Finiquito. Cuantificacion del importe Recibidos físicamente los Servicios, PEMEX REFINACIÓN y el GEP elaborarán el finiquito de lo reclamado Unicamentelos Servicios, anexando el Acta de Recepción de los Servicios, en el caso que se harán constar los créditos a favor y en contra que resulten para cada uno de ellos, describiendo el concepto general que en terminos les dio origen y el saldo resultante. A efecto de lo dispuesto por el articulo 118 bis anterior, dentro de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, el fiado proporcione los cinco Días siguientes a la institucion recepción física de fianzas oportunamente elementos y documentos relacionados con la obligacion principal garantizadalos Servicios, que afecten la cuantificacion PEMEX REFINACIÓN notificará al GEP, a través de la reclamacion, su representante legal o bien, su improcedencia total o parcial, incluyéndose en este caso las excepciones que la institucion de fianzas pueda oponer al beneficiario de la poliza de fianzadel Representante General del GEP, la institucion de fianzas tendrá el derecho de solicitar algún documento adicional a los que se señalan en los incisos que anteceden. La institución de fianzas se comprmete a pagar hasta el 100% del importe garantizado masfecha, en su caso, la indemnización por xxxx que derive del articulo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. La institución de fianzas acepta expresamente pagar al beneficiario hasta el 100% del importe garantizado mas, en su caso, la indemnización por xxxx que derive del articulo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en reclamaciones originadas por incumplimiento a obligaciones establecidas a cargo del fiado, para el caso en que el contrato haya sido adjudicado en propuesta conjunta, sin importar si se constituyó una sociedad o sociedad distinta, ya que cualquiera que sea el numero de integrantes, la institución de fianzas reconoce que frente al beneficiario asume una responsabilidad unica, independientemente de los terminos en que aquellos se hubieran obligado, entre si y/o con la institución de fianzas, atendiendo a lo previsto por el Articulo 20 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. Esta institución de fianzas tendrá un plazo hasta de 30 días naturales contados a partir de la fecha lugar y hora en que se integre la reclamación para proceder llevará a su pago, o en su caso, para comunicar por escrito al beneficiario las razones, causas o motivos de su improcedencia. La institución de fianzas enterará cabo el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado mas, en su caso, la indemnizacion por xxxx que derive del Articulo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre subjúdice en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrtivo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la institución de fianzas la cantidad pagada en un plazo maximo de 90 dias habiles contados a partir de que la resolucion favorable al fiado haya causado ejecutoria. Esta fianza estará vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva que haya causado ejecutoria por autoridad o tribunal competente. la institución de fianzas se obliga a abstenerse de oponer como excepción para efectos de pago de esta fianza, la de compensación del credito que tenga su fiado contra el beneficiario para lo cual hace expresa renuncia de la opcion que le otroga el articulo 2813 del Codigo Civil Federalfiniquito, en la inteligencia de que dicha fecha deberá quedar comprendida dentro de los 120 Días siguientes a la fecha de recepción física de los Servicios. De existir desacuerdo entre las partes respecto al finiquito, o bien, si el GEP no acude con PEMEX REFINACIÓN para su fiado ha realizado elaboración en la fecha señalada en el contrato garantizado la renuncia expresa párrafo que antecede, PEMEX REFINACIÓN procederá a elaborarlo, comunicando su resultado al beneficio GEP dentro de compensación en terminos un plazo de lo que disponen los Articulos 219710 Días, en relacion con el 2192 fraccion I del citado Codigo. Esta fianza no es excluyente de la exigibilidad que el beneficiario haga valer en contra de nuestro fiado por cualquier incumplimiento derivado del contrato que pueda exceder del valor consignado en esta poliza. Las obligaciones derivadas de esta fianza se extinguirán automáticamente una vez transcurridos diez meses contados contado a partir de su emisión; una vez notificado el resultado de dicho finiquito al GEP, éste tendrá un plazo de 15 Días para alegar lo que a su derecho corresponda; si transcurrido este plazo no realiza alguna gestión, el finiquito se dará por aceptado. Una vez elaborado el finiquito de los Servicios, PEMEX REFINACIÓN dará por terminado el Contrato, dejando únicamente subsistentes las acciones que deriven del propio finiquito, así como la fecha Garantía de notificación al proveedor Calidad, por lo que no será factible que el GEP presente reclamación alguna de pago con posterioridad a su formalización. Si del finiquito resulta que existen saldos a favor del GEP, PEMEX REFINACIÓN los liquidará conforme a lo establecido en la cláusula 10.1 (g) y demás incisos de la rescision decretada por incumplimientopropia cláusula, o a partir de la fecha de terminacion del contrato, en lo que ocurra primeroresulte aplicable. Esta institución Si del finiquito resulta que existen saldos a favor de fianzas quedará xxxxxxxxx de su obligación fiadora siempre y cuando el beneficiario solicite expresamente y por escrito la cancelacion de la presente garantia. Esta institución de fianzas se obliga a atender las reclamaciones firmadas por el beneficiarioPEMEX REFINACIÓN, mismas que deberán contener los siguientes datos: fecha de la reclamación; número de póliza de fianza relacionado con la reclamación recibida; fecha de expedición de la fianza; monto de la fianza; nombre o denominación del fiado; nombre o denominación del beneficiario y de su representante legal debidamente acreditado; domicilio del beneficiario para oír y recibir notificaciones; descripción de la obligación garantizada; referencia del contrato fuente (fechas, número de contrato, etc.); descripción del incumplimiento de la obligación garantizada que motiva la presentación de la reclamación, acompañando la documentación que sirva como soporte para comprobar lo declarado y el importe de lo reclamadolos mismos se deducirá de las cantidades pendientes por cubrir por concepto de Servicios ejecutados y si éstos no fueran suficientes, PEMEX REFINACIÓN exigirá al GEP su reintegro. En caso de no obtenerse el reintegro, PEMEX REFINACIÓN podrá hacer efectivas las garantías que nunca podrá ser superior al monto de la fianza. Fin del texto. LICITACION PÚBLICA NACIONAL No. 18572052-005-09 POR SEGUNDA CONVOCATORIA. LICITACION PÚBLICA NACIONAL No. 18572052-005-09 POR SEGUNDA CONVOCATORIAse encuentren vigentes. El gobierno federal documento donde conste el finiquito de los Servicios, formará parte del Contrato y contendrá, como mínimo, lo establecido en el artículo 141 del Reglamento. Cuando la liquidación de los saldos se ha comprometido realice dentro de los 15 Días siguientes a impulsar acciones para la firma del finiquito, el documento donde conste el finiquito se utilizará como el acta administrativa que su actuación obedezca a una conducta ética da por extinguidos los derechos y de transparencia. Que es de su interés contar con el apoyo, participación, vigilancia y compromiso de todos los integrantes de la sociedad. Que la falta de transparencia es una situación que daña a todos y se puede constituir en fuente de conductas irregulares. Es objeto de este instrumento mantener el compromiso obligaciones de las partes en no tratar de influir en el proceso de contratación mediante conductas irregulares. Se requiere la participación Contrato, agregándose únicamente una manifestación de las partes involucradas, para fortalecer la transparencia en el proceso de contratación. Representa un compromiso moral, el cual que no existen otros adeudos y por lo tanto se deriva de la buena voluntad de las partes. La suscripción voluntaria de este documento de “compromisos con la transparencia”, no sustituye a la declaración de integridad que debe presentarse en términos de lo dispuesto en el artículo 30 fracción vii de la del reglamento de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público. DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES: COMPROMISOS DEL LICITANTE Inducir a sus empleados que intervengan en el proceso de contratación para que actúen con ética en todas las actividades en que intervengan y cumplan con los compromisos aquí pactados. Aceptar la responsabilidad de su actividad para con la sociedad y el gobierno federal. Elaborar su propuesta a efecto de coadyuvar en la eficiente, oportuna y eficaz utilización de los recursos públicos destinados al objeto de la contratación. Actuar siempre con honradez, transparencia y lealtad y mantener confidencialidad sobre la información que haya obtenido en el proceso de contratación. Desempeñar con honestidad las actividades que conforman el proceso de contratación y en su caso, el cumplimiento de darán por terminados los derechos y obligaciones que adquiera genera el Contrato respectivo, sin derecho a ulterior reclamación, con excepción de aquellas que deriven de la formalización Garantía de Calidad que hubiere constituido el GEP. Al no ser factible el pago indicado, se procederá a elaborar el acta administrativa prevista en la cláusula 12.4. En caso de que la liquidación de los saldos resultantes del contrato. Actuar con integridad profesional cuidando que finiquito no se perjudiquen intereses realice dentro de los 15 Días siguientes a la sociedad o la naciónfirma del mismo, se levantará acta administrativa que dé por extinguidos los derechos y obligaciones asumidos por las partes en el Contrato. Omitir actitudes Dicha Acta Administrativa formará parte del Contrato y realización de actos que puedan dañar la reputación de las instituciones gubernamentales o de terceroscontendrá, como mínimo, lo establecido en el artículo 143 del Reglamento.

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Samples: Contrato De Servicios Relacionados Con Obra Pública a Precios