Exención de obligaciones Cláusulas de Ejemplo

Exención de obligaciones. El incumplimiento por cualquiera de las Partes de insistir en una o más instancias sobre el estricto cumplimiento de cualquiera de las disposiciones del presente Convenio no constituirá una exoneración o renuncia del derecho a aplicar las disposiciones del presente Convenio en futuras instancias, más bien este derecho continuará y seguirá siendo plenamente válido y efectivo.
Exención de obligaciones. El hecho de que ninguna de las Partes insista en una o más instancias sobre el estricto cumplimiento de cualquiera de las disposiciones del presente Contrato no constituirá una exoneración o renuncia del derecho a aplicar las disposiciones del presente Contrato en futuras instancias, por ende este derecho continuará y seguirá estando en vigor y siendo plenamente efectivo.
Exención de obligaciones. El incumplimiento por cualquiera de las Partes de insistir en una o más instancias sobre el estricto cumplimiento de cualquiera de las disposiciones del presente Convenio no constituirá una exoneración o renuncia del derecho a aplicar las disposiciones del presente Convenio en futuras instancias, más bien este derecho continuará y seguirá siendo plenamente válido y efectivo. Salvaguardia Si cualquier parte del presente Xxxxxxxx fuese inválida o inaplicable, dicha parte será extraída del presente Convenio, siendo el resto del Acuerdo plenamente válido. 35.Totalidad El presente Xxxxxxxx encarna la totalidad del acuerdo entre las Partes y reemplaza cualquier acuerdo o arreglo anterior que hubiere con relación al tema de que es objeto este Acuerdo. Terminación
Exención de obligaciones. El hecho de que la OIM no insista sobre el estricto cumplimiento de cualquiera de las disposiciones del presente Contrato no constituirá una renuncia de los derechos de que pudiera gozar la OIM, ni de cualquier medida que esta pudiera aplicar; del mismo modo, ello no constituirá una exención de las obligaciones del Contratista, en caso de que este incumpla subsiguientemente el presente Contrato, por ende, este derecho continuará y seguirá estando en vigor y siendo plenamente efectivo. No se considerará que la OIM renuncia a ninguno de los derechos conferidos en virtud del presente Contrato a menos que así lo disponga y firme por escrito.

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  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.