ENFERMEDADES REPENTINAS Y AGUDAS Cláusulas de Ejemplo

ENFERMEDADES REPENTINAS Y AGUDAS. Los servicios médicos y responsabilidades económicas expresados en estas Condiciones Generales de los Servicios ASSIST CARD sólo regirán para accidentes y/o enfermedades repentinas y agudas contraídas con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la tarjeta ASSIST CARD o a la fecha de inicio del viaje de su Titular, la que sea posterior. ASSIST CARD se reserva el derecho de investigar la veracidad de la declaración del Titular en este sentido.
ENFERMEDADES REPENTINAS Y AGUDAS. Los servicios médicos y responsabilidades económicas expresados en estas Condiciones Generales de los Servicios ASSIST CARD sólo regirán para accidentes y/o enfermedades repentinas y agudas contraídas con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la tarjeta ASSIST CARD o a la fecha de inicio del viaje de su Titular, la que sea posterior. ASSIST CARD se reserva el derecho de investigar la veracidad de la declaración del Titular en este sentido. En todos aquellos casos en que ASSIST CARD lo requiera, el Titular deberá otorgar las autorizaciones para revelar su historia clínica completando el RECORD RELEASE FORM inserto al final de este cuadernillo y enviándolo por fax a la Central ASSIST CARD interviniente en su caso. El Titular autoriza en forma absoluta e irrevocable a ASSIST CARD a requerir en su nombre cualquier información médica a profesionales tanto del exterior como del país de su residencia, con el objetivo de evaluar y eventualmente decidir sobre la aplicabilidad de las restricciones en casos de dolencias crónicas o preexistentes o de la afección que haya dado origen a su asistencia. Quedan expresamente excluidos del sistema de asistencia ASSIST CARD los siguientes eventos: Entre las enfermedades crónicas y /o preexistentes definidas en la presente cláusula cabe mencionar, a título ilustrativo y sin que la siguiente mención tenga ningún carácter limitativo respecto a otras enfermedades crónicas y/o preexistentes igualmente excluidas: litiasis renal, litiasis vesicular, diabetes, flebitis, trombosis venosa profunda, y úlceras de cualquier etiología. Cuando se trate de enfermedades excluidas según la presente cláusula, ASSIST CARD sólo tomará a su cargo gastos hasta el tope indicado en su voucher y Condiciones Particulares en concepto de “Primera atención médica por enfermedades preexistentes”. ASSIST CARD no tomará a su cargo exámenes o internaciones tendientes a evaluar la condición médica de las enfermedades preexistentes y/o para descartar su relación con la afección que motiva la asistencia. Se deja expresa constancia que la limitación indicada en el párrafo precedente se refiere única y exclusivamente a la responsabilidad económica de ASSIST CARD y no a la atención médica por emergencia que resulte necesaria. directa o indirectamente de riña (salvo que se tratase de legítima defensa), huelga, actos de vandalismo o tumulto popular en que el Titular hubiese participado como elemento activo. El intento de o la comisión de un acto ilegal, i...
ENFERMEDADES REPENTINAS Y AGUDAS. Los Servicios Médicos y Responsabilidades Económicas expresados en estas Condiciones Generales de WORLDWIDE TRAVELLERS ASSISTANCE sólo regirán para Accidentes y/o Enfermedades repentinas y agudas contraídas con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la tarjeta WORLDWIDE TRAVELLERS ASSISTANCE o a la fecha de inicio del viaje de su Titular, la que sea posterior. WORLDWIDE TRAVELLERS ASSISTANCE se reserva el derecho de investigar la veracidad de la declaración del Titular en este sentido.
ENFERMEDADES REPENTINAS Y AGUDAS. Los servicios médicos y responsabilidades económicas expresados en estas Condiciones Generales de los Servicios MAPFRE ASISTENCIA sólo regirán para accidentes y/o enfermedades repentinas y agudas contraídas con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia del voucher MAPFRE ASISTENCIA y que no tengan conflicto con las exclusiones del presente contrato.
ENFERMEDADES REPENTINAS Y AGUDAS. Los servicios mé dicos y responsabilidades econó micas expresados en estas Condiciones Generales de los Servicios ASSIST CARD só lo regirá n para accidentes y/o enfermedades repentinas y agudas contraídas con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la tarjeta ASSIST CARD o a la fecha de inicio del viaje de su Titular, la que sea posterior. ASSIST CARD se reserva el derecho de investigar la veracidad de la declaració n del Titular en este sentido.
ENFERMEDADES REPENTINAS Y AGUDAS. Los servicios médicos y responsabilidades económicas expresados en estas Condiciones Generales de los Servicios SEGURVIAJE sólo regirán para accidentes y/o enfermedades repentinas y agudas contraídas con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la tarjeta SEGURVIAJE y que no tengan conflicto con exclusiones del presente.

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  • Obligaciones laborales, sociales y económicas del contratista El personal adscrito al suministro dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. El contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes. En cualquier caso, el contratista indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa. Corresponderá y será de cargo del contratista:

  • INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO Identificación Respuesta Información general Respuesta

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b).

  • Ofertas anormalmente bajas (Cláusula 19)

  • TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 9.1 La CONTRATANTE efectuará al CONSULTOR las retenciones que dispongan las leyes tributarias, actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado, al efecto procederá conforme la legislación tributaria vigente.

  • Solvencia económica, financiera y técnica La justificación de la solvencia económica, financiera y técnica del empresario o persona física se acreditará de acuerdo con lo establecido en el apartado 9 del cuadro de características. Declaración responsable de suscribir la póliza del seguro de responsabilidad civil en la forma y en el plazo indicado por la cláusula 45.9 del presente PCAP, y de contratar una póliza de seguro de todo riesgo en la construcción por razón de la obra objeto del presente contrato, en el caso de ser el adjudicatario del contrato. Declaración responsable, de acuerdo con el Anexo 4 bis de este PCAP, firmada de forma manuscrita por el representante de la empresa o la persona física, conforme no se está incurso en prohibición para contratar con la administración, no se ha estado sujeto a reclamación de vicios ocultos o a resolución de contrato público por causa culpable, y de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la Administración estatal, autonómica y local) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito se exija antes de la adjudicación respecto al adjudicatario del contrato. Declaración responsable firmada por el representante de la persona jurídica, o en su caso, por la persona física, de sumisión a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas aquellas incidencias que, de manera directa o indirecta, puedan derivarse del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero de acuerdo con lo establecido en el artículo 146.1, apartado e) del TRLCSP y el Anexo 5 de este PCAP. Cuando así se indique en el apartado 20 del cuadro de características, los licitadores deberán incluir, en el sobre A, los Anexos 17 y 18 de este PCAP relativos a la prevención de riesgos laborales, debidamente cumplimentados. Tanto las personas jurídicas como las personas físicas, deberán presentar el Anexo 3 de este PCAP debidamente completado y firmado por quien en cada caso corresponda.

  • Inspecciones y Pruebas 26.1 El Proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes y Servicios Conexos según se dispone en las CEC, por su cuenta y sin costo alguno para el Comprador.

  • Solvencia técnica Los licitadores acreditarán su solvencia técnica mediante la presentación de una relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avaladas por los certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras, y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. (LCSP art. 65 apartado a). Para las obras de presupuesto base de licitación inferior a 350.000 euros (IVA excluido) los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica en los términos y por los medios que se especifiquen en el apartado anterior. Los licitadores podrán acreditar su solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios. No obstante, la falta o insuficiencia de la clasificación no podrá suplirse mediante la integración de la solvencia con medios externos. La justificación acreditativa de tal requisito deberá presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a la Administración deberán presentar, todos y cada uno de los concursantes, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión, antes de la formalización del contrato. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción. Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. En caso de exigirse clasificación, el régimen de acumulación de las mismas será el establecido en el artículo 52 del RGLCAP. Para los casos en los que, exigiéndose clasificación, concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación y estos últimos su solvencia económica y financiera y técnica. Los concursantes extranjeros deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles. El certificado de inscripción en el Registro de Licitadores del Ayuntamiento xx Xxxxxxx eximirá a los licitadores inscritos de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación relativa a la personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, y clasificación, así como de las declaraciones de no encontrarse incurso en prohibiciones para contratar con la Administración, de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no tener deudas en período ejecutivo con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx. Esta certificación deberá acompañarse de una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato. Los licitadores deberán aportar, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre, una declaración responsable en la que se haga constar que, en el caso de resultar adjudicatario del contrato, se compromete a que el nuevo personal que el contratista necesite emplear para la ejecución de las obras se encuentre en situación legal de desempleo, entendiéndose que se encuentran en tal situación aquellos que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 208 de la Ley General de Seguridad Social. Con el fin de cumplir con lo dispuesto en el art. 4 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la Subcontratación en el sector de la construcción, los licitadores deberán aportar certificado de estar inscrito en el Registro de Empresas Acreditadas dependiente de la autoridad laboral donde está ubicado el domicilio social de la empresa. En este sobre se incluirá la documentación relativa a aquellos criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor que impida su valoración en cifras o porcentajes. En relación con los criterios de adjudicación los licitadores deberán presentar la siguiente documentación: La Memoria descriptiva servirá para explicitar las bases en que se fundamenta el Programa de Trabajo e, incluso, para la completa explicación de éste. Describirá los procesos de ejecución de las actividades importantes de la obra y reflejará un enfoque y un planteamiento correctos y realistas del conjunto de la obra, tanto en su planificación territorial como temporal, todo ello analizado en coherencia con los medios propuestos y las prescripciones establecidas. De las unidades complejas, (estructuras, etc.), la memoria contendrá un análisis completo del proceso de realización. La memoria deberá contener, al menos: - La concepción global de la obra (evitando copiar la Memoria del Proyecto). - La descripción de todas las actividades importantes o complejas de los procesos constructivos propuestos. - El análisis en esos procesos de las operaciones simples que forman parte de cada actividad. - La relación de las fuentes de suministro de materiales y validación de las mismas, en su caso. - El estudio de los medios de transporte y de las plantas de producción de materiales. - El análisis de los condicionantes externos y de los climatológicos. - Desvíos provisionales y reposiciones de servicios con sus medidas de señalización y seguridad previstas. - Las zonas previstas para préstamos y vertederos, en su caso. - Relación de las unidades o partes de la obra que realizará mediante subcontratación. A los efectos establecidos en el artículo 210.2 de la LCSP, el subcontratista no está obligado a concretar el nombre o perfil empresarial del subcontratista o subcontratistas propuestos. Esta documentación podrá se completada con la información gráfica que el licitador considere oportuna, y su extensión no será mayor de [20] folios. La extensión podrá ajustarse en función del tipo de obra. El programa de trabajo, se redactará de acuerdo con las siguientes instrucciones: El programa de trabajo deberá redactarse de modo que el plazo total de la obra sea, como máximo, el reseñado en el apartado 4 de este Anexo I y de modo que contenga las inversiones previstas, referidas al presupuesto de ejecución por contrata correspondientes a las obras a ejecutar en cada mes. Como consecuencia de la planificación realizada, el licitador facilitará la información siguiente: - Lista de actividades, suficientemente representativa, que permita analizar el desarrollo de las obras. - Red de precedencias múltiples entre actividades. - Duración estimada de cada actividad. - Comienzo y finalización más temprana y más tardía, de cada actividad, referidos al inicio de la obra. - Holgura total de cada actividad y cualquier otro tipo de holgura que el licitador considere oportuno aportar, definiendo previamente su concepto. - Las inversiones mensuales previstas. - Los medios humanos puestos a disposición para la realización de las distintas unidades de obra, de forma que sea posible valorar los apartados correspondientes al volumen de mano de obra, nuevas contrataciones y contrataciones de parados de larga duración. Este apartado será coherente con la Declaración responsable referente a la mano de obra (Xxxxx XX). Esta documentación podrá se completada con la información gráfica que el licitador considere oportuna, y su extensión no será mayor de [20] folios. En este sobre referido a los “Criterios valorables en cifras o porcentajes” se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo II al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. En este mismo sobre, se incluirá declaración de las empresas sobre el número de personas a ocupar con ocasión de la ejecución del contrato, debiéndose indicar tanto el número de personas integradas en su plantilla como el número de personas de nueva contratación. La declaración deberá ajustarse al modelo establecido en el Anexo VI.

  • Solvencia económica, financiera y técnica o profesional El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos y por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y que se relacionan en el apartado 12 del Anexo I al presente pliego. Igualmente podrá acreditar su solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.