DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA Cláusulas de Ejemplo

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. La presente ordenanza comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2010 y permanecerá vigente, sin interrupción, en tanto no se acuerde su modificación o derogación. Quedan derogadas todas las ordenanzas que se opongan o contra- digan a lo establecido en la presente. Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso- administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Ma- drid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio. En Cobeña, a 18 de enero de 2010.—El alcalde, Xxxxxxx Xxxxx- lez Xxxx. Con fecha 21 de enero de 2010 ha tenido entrada en este Ayun- tamiento (número de registro de entrada 13.546), escrito de recusa- ción formulado por el aspirante xxx Xxxxx Xxxxxxxx, contra los vo- cales del tribunal de selección de siete puestos de profesores de la Escuela de Música, xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx y xxxx Xxxxx Isa- bel Xxxx Xxxxxx. Recibido el escrito de recusación y a los efectos previstos en el artículo 9 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju- rídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi- nistrativo Común, se dio traslado del mismo, con carácter inmedia- to, a las personas recusadas a fin de que manifestaran por escrito si concurría la causa alegada. Paralelamente se solicitó a la Dirección de la Escuela de Música que informara sobre el grado de cono- cimiento que tenía de los hechos contenidos en el escrito de recu- sación. Visto el informe de la Dirección de la Escuela de Música, el in- forme del Técnico de Administración General del Área de Personal y, en virtud de las competencias que al efecto tengo delegadas por decreto de Alcaldía de 21 xx xxxxx de 2007, resuelvo:
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. El Tribunal de Honor contará con una Secretaría Técnica que estará a cargo de la Secretaría General de la Universidad, la cual se constituirá en su oficina administrativa. La Secretaría Técnica brindará también asesoría a las unidades académicas y administrativas de la Universidad en los procesos disciplinarios en los que se le requiera.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Entrada en vigor. El Reglamento que se aprueba entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Dado en Madrid a 12 de octubre de 2001. - Xxxx Xxxxxx X. - El Ministro de Hacienda, Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx. Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas LIBRO I De los contratos de las Administraciones Públicas
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Las modificaciones del TRLCSP realizadas por una disposición legal nacional o comunitaria que afecten a estas IIC, quedarán incorporadas a las mismas.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. El presente convenio colectivo se firma por duplicado ejemplar, en la ciudad xx Xxxxxxx, el 00 xx xxxxx xx 2009, a los efectos oportunos. Por la Universidad de La Rioja D. Xxxx Xx Xxxxxxxx de Xxxxx Xxxxxx Rector Xxxxxx. de la UR Por el Comité de Empresa del PDI laboral de la UR
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. 1. Se faculta al alcalde-presidente para dictar cuantas disposi- ciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de las tarifas.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Las partes firmantes del presente Convenio colectivo asumen el contenido integro del Acuerdo sobre Solución Ex- trajudicial de Conflictos de Castilla-La Mancha así como su Reglamento de Aplicación. Definición de funciones de las categorías profesionales
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. La presente Ordenanza entrará en vigor a los quince días de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de conformidad con los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. El presente Reglamento, cuya aprobación por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día de 29 de octubre de 2015, entrará en vigor una al día siguiente de su publicación en el bo- letín oficial de la provincia y otros lugares utilizados para información dentro del municipio de Na- vafría como se refiere el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo vigente mientras no se acuerde su modificación o derogación expresa. - TEXTO ÍNTEGRO DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL CEMENTERIO MUNICIPAL.