Common use of Determinación del procedimiento de adjudicación Clause in Contracts

Determinación del procedimiento de adjudicación. A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en CIENTO OCHENTA MIL (180.000 €). En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizada, todo ello en consonancia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 y 191 del TRLCSP y 8.b.1.e de las Ins- trucciones Internas de Contratación, y, además, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, trami- tación ordinaria.

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Samples: Bases De La Convocatoria, Bases De La Convocatoria

Determinación del procedimiento de adjudicación. A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en CIENTO OCHENTA NOVENTA Y CINCO MIL EUROS (180.000 195.000 €). En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizada, todo ello en consonancia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 y 191 del TRLCSP y 8.b.1.e 8.b.2.i de las Ins- trucciones Instrucciones Internas de Contratación, y, además, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, trami- tación tramitación ordinaria.

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Samples: Bases De La Convocatoria Para La Adjudicación Del Contrato Relativo a La Explotación Del Servicio De Carga, Descarga Y Maquinaria De La Fundación Canaria De Artes Escénicas Y De La Música De Gran Canaria, Bases De La Convocatoria Para La Adjudicación Del Contrato Relativo a La Explotación Del Servicio De Audiovisuales E Iluminacion Para Eventos Y Actos en La Fundación Canaria De Ar Tes Escénicas Y De La Música De Gran Canaria

Determinación del procedimiento de adjudicación. A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en CIENTO OCHENTA UN MILLÓN CUATROCIENTOS NO- VENTA Y SEIS MIL EUROS (180.000 1.496.000 €). En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizadaarmonizada por encua- xxxxxx los servicios en las categorías 23 y 27 del Anexo II del TRLCSP, todo ello en consonancia consonan- cia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 16 y 191 del TRLCSP y 8.b.1.e de las Ins- trucciones Internas de Contratación, y, además, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, trami- tación tramitación ordinaria.

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Determinación del procedimiento de adjudicación. A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en CIENTO OCHENTA OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL EUROS (180.000 845.000 €). En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizadaarmonizada por encua- xxxxxx los servicios en la categoría 27 del Anexo II del TRLCSP, todo ello en consonancia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 16 y 191 del TRLCSP y 8.b.1.e de las Ins- trucciones Internas de Contratación, y, además, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato se adjudicará por el procedimiento proce- dimiento abierto, trami- tación tramitación ordinaria.

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Determinación del procedimiento de adjudicación. A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en CIENTO OCHENTA SESENTA MIL EUROS (180.000 160.000 €). En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizada, todo ello en consonancia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 y 191 del TRLCSP y 8.b.1.e de las Ins- trucciones Internas de Contratación, y, además, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, trami- tación ordinaria.

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Determinación del procedimiento de adjudicación. A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en CIENTO OCHENTA CINCUENTA Y TRES MIL CIEN- TO VEINTICINCO EUROS CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (180.000 153.125,78 €). En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizada, todo ello en consonancia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 y 191 del TRLCSP y 8.b.1.e 8.b.2.i de las Ins- trucciones Instrucciones Internas de Contratación, y, además, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, trami- tación tramitación ordinaria.

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Samples: Bases De La Convocatoria Para La Adjudicación Del Contrato

Determinación del procedimiento de adjudicación. A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en CIENTO OCHENTA CUARENTA Y CINCO MIL EUROS (180.000 145.000 €). En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizada, todo ello en consonancia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 y 191 del TRLCSP y 8.b.1.e de las Ins- trucciones Internas de Contratación, y, además, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, trami- tación ordinaria.

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Samples: Bases De La Convocatoria

Determinación del procedimiento de adjudicación. A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en CIENTO OCHENTA DOSCIENTOS CINCO MIL EUROS (180.000 205.000 €). En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizadaarmonizada por encua- xxxxxx los servicios en las categorías 23 y 27 del Anexo II del TRLCSP y, además, por situarse por debajo del umbral del art. 16.1.b del TRLCSP, todo ello en consonancia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 13.1 y 191 del TRLCSP y 8.b.1.e de las Ins- trucciones Internas de Contratación, y, además, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, trami- tación tra- mitación ordinaria.

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Samples: Bases De La Convocatoria

Determinación del procedimiento de adjudicación. A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en CIENTO OCHENTA MIL EUROS (180.000 €). En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizada, todo ello en consonancia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 y 191 del TRLCSP y 8.b.1.e de las Ins- trucciones Internas de Contratación, y, además, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, trami- tación ordinaria.

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Samples: Bases De La Convocatoria

Determinación del procedimiento de adjudicación. A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en CIENTO OCHENTA CINCUENTA Y CINCO MIL EUROS (180.000 155.000 €). En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizada, todo ello en consonancia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 y 191 del TRLCSP y 8.b.1.e de las Ins- trucciones Internas de Contratación, y, además, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, trami- tación ordinaria.

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Samples: Bases De La Convocatoria

Determinación del procedimiento de adjudicación. A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en CIENTO OCHENTA DOSCIENTOS CINCO MIL EUROS (180.000 205.000 €). En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizada, todo ello en consonancia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 y 191 del TRLCSP y 8.b.1.e de las Ins- trucciones Internas de Contratación, y, además, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, trami- tación ordinaria.

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Determinación del procedimiento de adjudicación. A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en CIENTO OCHENTA NOVENTA Y CINCO MIL EUROS (180.000 195.000 €). En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizada, todo ello en consonancia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 y 191 del TRLCSP y 8.b.1.e 8.b.2.i de las Ins- trucciones Internas de Contratación, y, además, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, trami- tación ordinaria.

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Samples: Bases De La Convocatoria

Determinación del procedimiento de adjudicación. A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en CIENTO OCHENTA VEINTISÉIS MIL EUROS (180.000 126.000 €). En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizada, todo ello en consonancia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 y 191 del TRLCSP y 8.b.1.e 8.b.2.i de las Ins- trucciones Instrucciones Internas de Contratación, y, además, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, trami- tación tramitación ordinaria.

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Samples: Bases De La Convocatoria Para La Adjudicación Del Contrato Relativo a La Explotación Del Servicio De Audiovisuales E Iluminacion Para Eventos Y Actos en La Fundación Canaria De Ar Tes Escénicas Y De La Música De Gran Canaria

Determinación del procedimiento de adjudicación. A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en CIENTO OCHENTA TREINTA Y OCHO MIL QUI- NIENTOS SESENTA EUROS (180.000 138.560 €). En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizada, todo ello en consonancia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 y 191 del TRLCSP y 8.b.1.e 8.b.2.i de las Ins- trucciones Instrucciones Internas de Contratación, y, ademásade- más, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato con- trato se adjudicará por el procedimiento abierto, trami- tación tramitación ordinaria.

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Samples: Bases De La Convocatoria Para La Adjudicación Del Contrato Relativo a La Explotación Del Servicio De Impresión De La Fundación Canaria De Artes Escénicas Y De La Música De Gran Ca Naria

Determinación del procedimiento de adjudicación. A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en CIENTO OCHENTA SESENTA MIL EUROS (180.000 160.000 €). En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizada, todo ello en consonancia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 y 191 del TRLCSP y 8.b.1.e 8.b.2.i de las Ins- trucciones Instrucciones Internas de Contratación, y, además, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, trami- tación tramitación ordinaria.

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Samples: Bases De La Convocatoria Para La Adjudicación Del Contrato Relativo a La Explotación Del Servicio De Cobertura Publicitaria en Medios De Comunicación (Prensa Escrita Y Digital) De Las Actividades De La Fundación Canaria De Artes Escénicas Y De La Música De Gran Canaria

Determinación del procedimiento de adjudicación. A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en CIENTO OCHENTA MIL doscientos cuatro mil euros (180.000 €204.000 eu- ros). En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizada, todo ello en consonancia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 y 191 del TRLCSP y 8.b.1.e de las Ins- trucciones Internas de ContrataciónTRLCSP, y, además, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato se adjudicará adjudi- cará por el procedimiento abierto, trami- tación tramitación ordinaria.

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Samples: Bases De La Convocatoria Para La Adjudicación Del Contrato Relativo a La Explotación Del Servicio De Gestión Integral