DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES Cláusulas de Ejemplo

DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. En caso de un eventual siniestro cubierto por esta Póliza, el Asegurado tendrá derecho de nombrar de común acuerdo con la Compañía a la persona natural o jurídica especializada, que proceda a efectuar el ajuste del siniestro.
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. En caso de reclamación bajo el presente contrato de seguro, y si a criterio de LA COMPAÑÍA se requiere la designación de un perito ajustador, esta efectuará su contratación designando a uno que se encuentre dentro de su listado de ajustadores vigente a la fecha del siniestro.
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. La Compañía acepta que en caso de designación de ajustador, la misma deberá efectuarse de común acuerdo entre la aseguradora y el asegurado, de conformidad con las siguientes condiciones: La Aseguradora presentará para cada reclamo una terna de ajustadores y el asegurado elegirá de la misma, el ajustador que considere conveniente.
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. EN CASO DE RECLAMACIÓN BAJO EL PRESENTE CONTRATO DE SEGURO, Y SI A CRITERIO DE LA COMPAÑÍA SE REQUIERE LA DESIGNACIÓN DE UN PERITO AJUSTADOR, ESTA EFECTUARÁ SU CONTRATACIÓN DESIGNANDO A UNO QUE SE ENCUENTRE DENTRO DE SU LISTADO DE AJUSTADORES VIGENTE A LA FECHA DEL SINIESTRO.
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. Queda entendido, convenido y aceptado que en el evento de un siniestro que afecte la póliza y si la Compañía decide hacer nombramiento de ajustadores, el asegurado se reservará el derecho de aceptar o solicitar el cambio de los mismos en caso de que no fueren de su entera satisfacción, sin que para ello se requiera motivación alguna.
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. Los ajustadores y asesores legales que se requieran en caso de pérdida, serán nombrados de común acuerdo entre la Aseguradora y los Aseguradores.
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. “EL PROVEEDOR” y “EL CONTRATANTE” convienen y aceptan, que “EL PROVEEDOR” nombrará y designará el o los despachos de ajustadores que atenderán los siniestros que forman parte integrante de esta póliza, a continuación, la compañía deberá señalar los nombres de los despachos de Ajustadores profesionales, que cumplan con la normatividad oficial mexicana: 1.-
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. LA ASEGURADORA” entregará por escrito a “EL ASEGURADO”, la relación de ajustadores propuestos, señalando nombre del despacho, dirección, correo electrónico, teléfonos de oficina y móviles y manifestar la aceptación de que “EL ASEGURADO” se reserva el derecho de poder elegir a los ajustadores de la relación antes mencionada o a cualquiera que “EL ASEGURADO” determine en cualquier momento. Los ajustadores podrán ser sustituidos únicamente por “EL ASEGURADO” durante la vigencia de la Póliza.
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. En caso de siniestro en el cual sea necesario el nombramiento de ajustadores o peritos para establecer la cobertura y los montos de dicha pérdida, éstos serán nombrados por PREVISORA
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES. Queda entendido, convenido y aceptado que, en caso de siniestros amparados por la presente póliza que requieran la asignación de un perito ajustador, los Aseguradores efectuarán su contratación previo acuerdo y aprobación del Asegurado.