DEPENDENCIA CONVOCANTE Cláusulas de Ejemplo

DEPENDENCIA CONVOCANTE. Los “SES”, en cumplimiento al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; asimismo con fundamento en los artículos 10, 15, 24, 26 Fracción I, 27 Fracción I, 28, 38, 45 Fracción II y 47 de la “Ley”, así como en los demás ordenamientos aplicables, celebra por este conducto a través de la Coordinación de obras ,conservación y mantenimiento de los SES, la Licitación Pública Nacional para la adjudicación del “Contrato” de obra pública a PRECIO ALZADO Y TIEMPO DETERMINADO; el que tendrá por objeto la ejecución de los trabajos que comprenden la realización del PROYECTO. El origen de los recursos para cubrir éstos trabajos son: RAMO XII, FAFET 2008 Y ESTIMULO FISCAL 2008. En casos excepcionales y previa aprobación de la Secretaria, las dependencias y entidades podrán convocar, adjudicar y formalizar contratos, cuya vigencia inicie en el ejercicio fiscal siguiente de aquel en que se formalizan. Los referidos contratos estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes. Cualquier pacto en contrario a lo dispuesto en este párrafo se considerara nulo (articulo 24 párrafo 2, de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas.)
DEPENDENCIA CONVOCANTE. La Secretaria de Desarrollo Social, a través de la Delegación Federal en el Estado de Nayarit, celebra el procedimiento Invitación Nacional a Cuando Menos Tres Personas, para la adjudicación del contrato de obra pública con base en precios unitarios por obra terminada. Se publicó la invitación nacional a cuando menos tres personas en CompraNet y en la página institucional de la Secretaría de Desarrollo Social el 23 xx Xxxx del 2012. La invitación nacional a cuando menos tres personas contará con una partida única, misma que se describe en el anexo “b” de la presente invitación nacional a cuando menos tres personas.
DEPENDENCIA CONVOCANTE. Unidad Ejecutora Nº 401- Hospital Huacho Huaura Oyón y SBS

Related to DEPENDENCIA CONVOCANTE

  • ENTIDAD CONVOCANTE Nombre : Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones RUC Nº : 20131370564 Domicilio legal : Xxxxx Xxx Xxxxxxxx X° 000 - Xxx Xxxxxx Teléfono: : 000-0000 Correo electrónico: : xxxx@xxx.xxx.xx

  • MANTENIMIENTO PREVENTIVO El licitante presentará adjunto a su propuesta técnica el proyecto del Programa de Mantenimiento Preventivo de los equipos para la prestación del servicio de pruebas de laboratorio clínico. El proveedor proporcionará durante la vigencia del contrato de prestación de servicios, el mantenimiento preventivo con mano de obra, refacciones, lubricantes y demás actividades que en su caso fuesen necesarios para el correcto funcionamiento de los equipos de laboratorio y de equipos de cómputo, así como de la aplicación instalada en los laboratorios incluidos. El proveedor en el momento de la instalación de los equipos, deberá entregar al Jefe de Laboratorio, el Programa de Mantenimiento Preventivo Calendarizado, mismo que deberá contar con el visto bueno del director y del jefe o Responsable del Laboratorio.  El mantenimiento preventivo se debe realizar de acuerdo a un calendario previamente establecido, considerando las recomendaciones del fabricante de los equipos. (Protocolo de mantenimiento preventivo recomendado por el fabricante de equipos).  Al finalizar el mantenimiento preventivo deberá elaborarse un reporte de servicio recabando el visto bueno del jefe o Responsable del laboratorio. Asimismo, deberá proporcionar el informe de calibración, validación (demostrar la trazabilidad a patrones Nacionales e Internacionales) o calificación del equipo o instrumentos de medición. En caso xx xxxxx de los equipos, el proveedor deberá reparar el equipo a más tardar dentro de las 48 horas posteriores a la recepción del folio asignado por el servicio de ingeniería-reporte, mismo que podrá notificarse al prestador del servicio, por cualquier medio electrónico, fax o escrito, siendo obligación del prestador del servicio asignar el folio correspondiente. Si dentro del plazo anteriormente señalado, el proveedor determina la necesidad de sustituir el equipo, lo deberá reponer dentro de los 9 (nueve) días hábiles posteriores a la notificación del reporte de los equipos, por otro equipo de la misma marca y modelo que se encuentre en perfectas condiciones y que proporcione los mismos parámetros. Una vez confirmado con número de reporte, esto vía correo electrónica, con la finalidad de no interrumpir el servicio de laboratorio, el proveedor designado deberá responsabilizarse de realizar los estudios de urgencia y rutina, durante el plazo de mantenimiento y/o reposición del equipo; siendo responsabilidad del proveedor el traslado de las muestras y la entrega de resultados y el costo deberá ser absorbido por el proveedor. El número de pruebas realizadas de esta manera, serán contabilizadas como pruebas efectivas. El tiempo de respuesta para los análisis subrogados extraordinarios, no deberá ser mayor a 24 horas para los estudios de rutina y de 30 min a un máximo de 1hr (dependiendo del análisis) para los estudios de urgencias, contando a partir de la entrega de la muestra por la unidad. La totalidad de los gastos que se generen por este concepto serán a cargo del proveedor, así mismo la recolección, traslado, proceso de muestras y entrega de resultados al laboratorio que solicitó los análisis. Las pruebas que se realicen en forma subrogada se contabilizarán como pruebas realizadas al costo establecido por el proveedor en la oferta económica Los licitantes participantes deberán incluir en su propuesta carta bajo protesta de decir verdad debidamente firmada que proporcionarán Software necesario para la emisión de resultados homogéneos, control de inventarios, control de citas, control de muestras, y el DESARROLLO DE Reporteador / Sistema Web Responsive; así como el hardware necesario, para la captura de información, impresión de resultados, interfasado con equipos de laboratorio suministrados; así como todos los suministros como papel, tóner, lector de código xx xxxxxx, impresora de etiquetas y etiquetas. Este Sistema de Informática deberá proporcionar el control de la productividad, la información de todos los datos que se obtengan en los procesos realizados, así como la obtención en línea de resultados e indicadores unificados. A la base de datos del Sistema Informático requerido por los Servicios de Salud se considera información confidencial por lo que el proveedor se obliga a no hacer uso indebido de la misma, en caso contrario será responsable de los daños y perjuicios ocasionados a los Servicios de Salud, sean de naturaleza civil, penal o administrativa.

  • Empresas vinculadas Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.

  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.

  • SEGURIDAD E HIGIENE 1.- La Empresa asumirá los derechos y las responsabilidades recíprocas que, en materia de Seguridad y Salud Laboral, vengan determinados por las disposiciones específicas de este convenio, y supletoria o complementariamente, por la legislación general vigente en cada momento. Siempre dentro del cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades establecidas en la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, de aplicación preceptiva, la Dirección de la empresa y los representantes de los trabajadores se comprometen, dentro de las posibilidades de las mismas, y en plazos previamente convenidos, a establecer planes de acción preventiva cuyos objetivos comunes y concretos se cifren en la eliminación o reducción progresiva de los accidentes y de los riesgos comprobados de peligrosidad, toxicidad o penosidad, así como en la mejora de las condiciones ambientales y de los puestos de trabajo. Para ello se aplicarán las medidas técnicas de corrección que sean posibles y necesarias y, entre tanto, se facilitarán y utilizarán las prendas y medios de protección personal que asimismo se consideren necesarios o más adecuados. Por su parte, los trabajadores, individualmente considerados, están obligados previa información y formación suficiente y adecuada, teórica y práctica, a cumplir las instrucciones recibidas en materia de seguridad y salud laboral. Especialmente serán asesorados por servicios de prevención, en las que se refieran al uso de dichos medios y prendas de protección personal. En tanto se adoptan las medidas técnicas para eliminar los riesgos de peligrosidad, toxicidad y penosidad a los que se refiere el párrafo anterior; así como aquellos casos en los que, a pesar de adoptarse las medidas correctoras adecuadas, no resulte posible eliminar dichos riesgos, serán considerados trabajos penosos o peligrosos todos los que así sean declarados por la Comisión Paritaria para Prevención de Riesgos Laborales, a quién se faculta expresamente para que, en el plazo de tres meses desde la publicación oficial del presente Convenio, determine los puestos o actividades que tengan tal consideración.

  • MEDIO AMBIENTE 29.1. EL CONTRATISTA dará especial atención a la protección del medio ambiente y al cumplimiento de la normatividad aplicable en estas materias. Igualmente, adoptará y ejecutará planes de contingencia específicos para atender las emergencias y reparar los daños, de la manera más eficiente y oportuna.

  • VIGENCIA El contrato, entrará en vigencia desde el día siguiente hábil de su suscripción, por ambas partes, hasta que las mismas hayan dado cumplimiento a todas las cláusulas contenidas en el presente Contrato.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b).

  • DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO El ASEGURADO participará proporcionalmente en el valor de la venta del salvamento neto, teniendo en cuenta el deducible y el infraseguro, cuando hubiere lugar a éste último. Se entiende por salvamento neto el valor resultante de descontar del valor de venta del mismo los gastos realizados por la COMPAÑÍA, tales como los necesarios para la recuperación y comercialización de dicho salvamento.

  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Sub Gerencia de Personal