DEFINICIONES Y CRITERIOS Cláusulas de Ejemplo

DEFINICIONES Y CRITERIOS. A los efectos de la presente Convención: 1. Por "armas químicas" se entiende, conjunta o separadamente: a) Las sustancias químicas tóxicas o sus precursores, salvo cuando se destinen a fines no prohibidos por la presente Convención, siempre que los tipos y cantidades de que se trate sean compatibles con esos fines; b) Las municiones o dispositivos destinados de modo expreso a causar la muerte o lesiones mediante las propiedades tóxicas de las sustancias especificadas en el apartado a) que libere el empleo de esas municiones o dispositivos; o c) Cualquier equipo destinado de modo expreso a ser utilizado directamente en relación con el empleo de las municiones o dispositivos especificados en el apartado b). 2. Por "sustancia química tóxica" se entiende: Toda sustancia química que, por su acción química sobre los procesos vitales, pueda causar la muerte, la incapacidad temporal o lesiones permanentes a seres humanos o animales. Quedan incluidas todas las sustancias químicas de esa clase, cualquiera que sea su origen o método de producción y ya sea que se produzcan en instalaciones, como municiones o de otro modo. (A los efectos de la aplicación de la presente Convención, las sustancias químicas tóxicas respecto de las que se ha previsto la aplicación de medidas de verificación están enumeradas en Listas incluidas en el Anexo sobre sustancias químicas.) 3. Por "precursor" se entiende: Cualquier reactivo químico que intervenga en cualquier fase de la producción por cualquier método de una sustancia química tóxica. Queda incluido cualquier componente clave de un sistema químico binario o de multicomponentes. (A los efectos de la aplicación de la presente Convención, los precursores respecto de los que se ha previsto la aplicación de medidas de verificación están enumerados en Listas incluidas en el Anexo sobre sustancias químicas.) 4. Por "componente clave de sistemas químicos binarios o de multicomponentes" (denominado en lo sucesivo "componente clave") se entiende: El precursor que desempeña la función más importante en la determinación de las propiedades tóxicas del producto final y que reacciona rápidamente con otras sustancias químicas en el sistema binario o de multicomponentes. 5. Por "antiguas armas químicas" se entiende: a) Las armas químicas producidas antes de 1925; o b) Las armas químicas producidas entre 1925 y 1946 que se han deteriorado en tal medida que no pueden ya emplearse como armas químicas. 6. Por "armas químicas abandonadas" se entiende: L...
DEFINICIONES Y CRITERIOS. 7 CAPÍTULO I. DEFINICIONES 7 CAPÍTULO II. CRITERIOS GENERALES SOBRE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LOS USUARIOS 16 TÍTULO II. CONDICIONES UNIFORMES 17 CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES 17 1. PARTES DEL CONTRATO 17 2. DEBERES DE LAS PARTES 17