De Bienes en Servicio Cláusulas de Ejemplo

De Bienes en Servicio. Es la verificación física del conjunto de elementos o bienes en uso y a cargo de las diferentes unidades operativas, áreas o dependencias de la entidad y funcionarios que se desempeñen en ellas. El inventario de bienes en servicio se puede efectuar de dos formas, bienes a cargo de las dependencias y/o a partir de los inventarios a cargo de los responsables, cuyo desarrollo puede ser conjunto o por separado.

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  • CONDICIONES DEL SERVICIO Dependiendo el caso y la disponibilidad de prestadores en zona, se puede brindar el servicio vía reembolso ‒ Servicio que se brindará por hora El EXCEDENTE del SERVICIO, en caso de haberlo, quedará a cargo del CLIENTE. Para el presente SERVICIO el PROVEEDOR se reserva el derecho de prestarlos a través del formato de POLÍTICA DE GARANTÍA cuando lo considere más conveniente para el BENEFICIARIO, por considerarlos especiales por la situación que les dio origen o por otra razón, por la zona de prestación de los SERVICIOS o por cualquier otro motivo que el PROVEEDOR considere. Ante siniestro entre las primeras 72 HS de ocurrido o de haber tomado conocimiento del mismo. - Enviar mail a HDI. Cuando la residencia asegurada, como consecuencia de un siniestro previsto por la Póliza Combinado Familiar se tornara inhabitable, se podrá solicitar a EL PROVEEDOR los servicios de una empresa de limpieza, para recuperar superficialmente los daños y posibilitar la reentrada de los moradores, minimizando los efectos del siniestro, y preparando la residencia para su posterior reparación definitiva, es decir, todo lo relativo a una limpieza gruesa EL PROVEEDOR no será responsable por ninguna reparación definitiva. Cabe señalar que en caso de existir indemnización por la cobertura "Remoción de Escombros" de la Póliza Combinado Familiar, este servicio operará como complemento y en exceso del monto indemnizable por dicho concepto. El EXCEDENTE del SERVICIO, en caso de haberlo, quedará a cargo del CLIENTE. Para el presente SERVICIO el PROVEEDOR se reserva el derecho de prestarlos a través del formato de POLÍTICA DE GARANTÍA cuando lo considere más conveniente para el BENEFICIARIO, por considerarlos especiales por la situación que les dio origen o por otra razón, por la zona de prestación de los SERVICIOS o por cualquier otro motivo que el PROVEEDOR considere. Ante siniestro entre las primeras 72 HS de ocurrido o de haber tomado conocimiento del mismo, el beneficiario podrá solicitar este servicio dentro de un período máximo de 30 días a partir de la fecha del siniestro. - Enviar mail a HDI. Traslado de Muebles. Quedando la vivienda garantizada inhabitable, y siendo necesario retirar los muebles por razones de seguridad o para efectuar la reparación para tornarla habitable, EL PROVEEDOR organizará el retiro y el traslado de los muebles por una empresa especializada, al lugar especificado por el beneficiario, dentro de un radio de 50 Km. contados a partir del lugar del siniestro. El EXCEDENTE del SERVICIO, en caso de haberlo, quedará a cargo del CLIENTE. Para el presente SERVICIO el PROVEEDOR se reserva el derecho de prestarlos a través del formato de POLÍTICA DE GARANTÍA cuando lo considere más conveniente para el BENEFICIARIO, por considerarlos especiales por la situación que les dio origen o por otra razón, por la zona de prestación de los SERVICIOS o por cualquier otro motivo que el PROVEEDOR considere. Ante siniestro entre las primeras 72 HS de ocurrido o de haber tomado conocimiento del mismo. - Enviar mail a HDI El beneficiario podrá solicitar este servicio, si no tuviere donde guardar los muebles de la residencia que ha sufrido un siniestro. Complementando al servicio anterior, EL PROVEEDOR se encargará de la guarda de los muebles por un período de hasta 7 días, así como de su retorno especificado por el beneficiario, dentro de un radio de 50 Km. desde la residencia del siniestro. El EXCEDENTE del SERVICIO, en caso de haberlo, quedará a cargo del CLIENTE. Para el presente SERVICIO el PROVEEDOR se reserva el derecho de prestarlos a través del formato de POLÍTICA DE GARANTÍA cuando lo considere más conveniente para el BENEFICIARIO, por considerarlos especiales por la situación que les dio origen o por otra razón, por la zona de prestación de los SERVICIOS o por cualquier otro motivo que el PROVEEDOR considere.

  • CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO El contrato implica que el adjudicatario se responsabilizará, por sí mismo y ante EOI, del cumplimiento íntegro y satisfactorio de la totalidad de las prestaciones objeto del mismo. El adjudicatario asume plena responsabilidad sobre la idoneidad técnica, legal y económica de la oferta presentada y se compromete a tomar todas las medidas necesarias, y a disponer de los medios y recursos técnicos, materiales y humanos necesarios para la óptima ejecución del contrato, quedando a su cargo todos los costes que origina este compromiso. Corresponde exclusivamente al adjudicatario la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en estos pliegos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de EOI del cumplimiento de dichos requisitos. El adjudicatario procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia), informando en todo momento a EOI. El adjudicatario asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. El adjudicatario velará especialmente por los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad son extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto a la actividad delimitada en los pliegos objeto del contrato. El adjudicatario estará obligado a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente, sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de EOI. Corresponde también al adjudicatario velar por el cumplimiento de esta obligación. El adjudicatario responde de la obtención en su caso de las autorizaciones, permisos y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficiales como particulares, que se requieran en la ejecución de las prestaciones que integran el servicio contratado de acuerdo con la legislación aplicable. El incumplimiento de los compromisos conceptuados como obligación esencial en el Cuadro Resumen se considerará causa justificada de resolución del contrato a instancia de EOI, siendo de aplicación lo dispuesto por el artículo 1124 del Código Civil. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no derivará en responsabilidad alguna para EOI, aun en el supuesto de que se produjesen despidos basados en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato. EOI se reserva el derecho de comprobar y exigir al adjudicatario copia de los documentos acreditativos del pago de las cuotas de Seguridad Social e Impuesto de Actividades Económicas. EOI en modo alguno ni bajo ningún título ostentará la condición de empleador respecto de los trabajadores contratados por cuenta propia o ajena por el adjudicatario, que presten directa o indirectamente servicios para dicha empresa. El incumplimiento de los compromisos conceptuados como obligación esencial en el Cuadro Resumen se considerará causa justificada de resolución del contrato a instancia de EOI, siendo de aplicación lo dispuesto por el artículo 1124 del Código Civil.

  • DURACIÓN DEL SERVICIO El Contrato no tiene expectativa de prórroga o renovación. Sin embargo, si se acordara una prórroga, ésta será aprobada por período(s) adicional(es) de hasta un año.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO La duración del servicio será de seis (06) meses, contabilizados a partir del día siguiente de suscrito el contrato, el cual podrá ser prorrogado de acuerdo a la necesidad del servicio y evaluación de desempeño del consultor.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b).

  • ESTÁNDARES DE SERVICIO La persona prestadora se compromete a prestar el de aseo con los siguientes estándares de servicio:

  • CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.

  • CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO  El Contratista será el responsable del montaje, desmontaje, vigilancia y conexión xx xxxxxxx, líneas de alimentación y elementos luminosos y de su mantenimiento durante el período de iluminación objeto de este pliego, así como de la comprobación de los dispositivos de seguridad, obtención y entrega a los Servicios Técnicos Municipales de los boletines de instalación eléctrica y de la legalización de la completa instalación.  El Contratista deberá contar con la posibilidad de disponer del mismo motivo luminoso para cada una de las calles que están definidas en las diferentes fiestas del municipio. El Ayuntamiento podrá exigir al Contratista que todos los arcos a colocar en las diferentes calles sean del mismo tipo, forma y color (todos los motivos luminosos iguales). El Contratista deberá contar con un muestrario variado de elementos luminosos con el fin de que el Ayuntamiento tenga capacidad de elección.  El Contratista se comprometerá a aceptar las modificaciones de lugar que circunstancialmente determine el Ayuntamiento de Ciempozuelos y estará obligado a prestar su servicio a estas nuevas instalaciones con arreglo a lo exigido.  Los equipos de la instalación estarán construidos de forma que garanticen su resistencia contra los agentes climatológicos y habrán de cumplir la normativa vigente para este tipo de materiales. No se permitirá la incandescencia, en general.  Tanto los motivos luminosos como las líneas de conexión y cuadros de protección deberán cumplir con el vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en vigor, y otra normativa técnica de aplicación.  El Contratista deberá legalizar todas las instalaciones objeto del presente contrato conforme a lo dispuesto en el REBT. El Contratista procederá a la desconexión inmediata de las instalaciones que incumplan lo establecido y/o supongan un peligro para las personas y/o bienes, elementos.  El Contratista deberá cumplir con el reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias.  El Ayuntamiento elegirá los elementos y motivos luminosos que se instalen en cada punto de entre los comprendidos en la Oferta presentada por el Contratista.  El Contratista será responsable de los desperfectos que se puedan ocasionar como consecuencia tanto del montaje como del desmontaje de la instalación debiendo reparar los mismos a la mayor brevedad posible y siguiendo en todo caso las indicaciones de los servicios técnicos municipales. En caso contrario, el Ayuntamiento podrá encargar dicha reparación a otra empresa x xxxxx de los pagos pendientes o de la garantía del contrato.  El sistema de encendido y apagado diario deberá ser automático.  Durante los días de duración de la instalación provisional, el Contratista será el responsable de su servicio y su mantenimiento con las obligaciones establecidas, a las que afectarán las correspondientes exigencias y disposiciones de este Pliego, quien deberá designar un teléfono directo de contacto permanente (24 horas) para cualquier aviso o anomalía por avería, accidente, etc. es decir para cualquier incidencia que pudiera producirse desde el inicio del montaje y hasta la finalización del desmontaje. El plazo máximo de reparación o reposición, durante las fiestas u actos, será inferior a 4 horas.  El montaje de las instalaciones que se indican, necesarias para satisfacer los suministros de energía eléctrica que dichos festejos demandan, se realizaran inexcusablemente con una antelación mínima de dos semanas al inicio de los festejos, o en el caso establecido en cada caso.  Los cuadros generales de protección se situarán en el origen de la instalación o lo más cerca posible de la misma. Serán estancos, con llave y fuera del alcance del público.  En todas las instalaciones conectadas por el Contratista, será responsabilidad del mismo definir los puntos de conexión y la intensidad máxima en cada punto, con el fin de repartir las cargas y adecuarlas a la infraestructura existente, evitando en todo momento sobrecargar ninguna línea o circuito.  En el caso en que las instalaciones conectadas a centros de mando sean realizadas por terceros, será también responsabilidad del Contratista definir los puntos de conexión y la intensidad máxima en cada punto, con el fin de repartir las cargas y adecuarlas a la infraestructura existente.  Una vez realizada la instalación receptora se medirán las cargas en las tomas y en las salidas de los centros de mando remitiendo un informe al AYUNTAMIENTO.  El Contratista procederá a la desconexión de las instalaciones que incumplan injustificadamente lo establecido y supongan un peligro para las personas o cosas.  Los arcos y guirnaldas se instalarán de forma perpendicular al sentido de la calle y arriostradas en las fachadas de edificios, postes y farolas.  Los motivos luminosos se instalarán a una altura no inferior a cinco metros. Sólo se excepcionarán de este supuesto los motivos instalados en farolas cuya altura no permita librar 5 metros en su parte inferior, en cuyo caso la altura mínima permitida se rebajará a 3,75 m previa comprobación por parte de los Servicios Técnicos Municipales, de forma que no interfieran el tráfico de vehículos ni la seguridad de vehículos y/o personas. En todo momento, se cuidará especialmente la correcta colocación de las cadenetas, debiendo el Contratista rehacer la instalación si aquella fuera inadecuada o produjera un mal efecto estético.  La estructura de las guirnaldas o alegorías de los diferentes arcos serán metálicas y auto sustentantes de las instalaciones eléctricas, portalámparas y cableado eléctrico de las mismas.  Las lámparas de las alegorías y demás elementos decorativos serán todas de leds o microleds.  Toda intervención del Contratista en la vía pública destinada a la prestación del servicio objeto de este Pliego, así como los vehículos destacados para ello, serán señalizados y balizados de acuerdo con lo establecido en las disposiciones vigentes en la materia. En todo caso, el personal que trabaje en la vía pública tendrá en cuenta el RD 485/1997, de 14 xx xxxxx, Disposiciones mínimas en materia de señalización de Seguridad y Salud en el trabajo y ley de prevención de riesgos laborales, y demás legislación vigente de Seguridad y Salud.  Dentro del ámbito técnico le será de aplicación los reglamentos técnicos y de seguridad del Ministerio de Industria y energía que correspondan, así como, cuantas disposiciones de carácter general y particular, y de aquellos otros que en la vigencia del contrato le sean de aplicación, que se relacionan a continuación: Reglamento electrotécnico para baja Tensión e instrucciones Técnicas complementarias. Acta de seguimiento para la aplicación del REBT. Normas particulares y condiciones técnicas y de seguridad de EMPRESA DISTRIBUIDORA. Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07. Estudio y Plan de seguridad en los centros y locales de trabajo.  Los vientos, tensores y aisladores que sean necesarios, los cuales se retirarán cuando se realice el desmontaje de las infraestructuras, estarán situados fuera del alcance de los viandantes. Los vientos estarán constituidos por alambres de 4 mm. de diámetro para vanos de menos de 10 mts, y con cable trenzado de 6 mm. de diámetro para vanos de más de 10 mts. de ancho. Tanto los alambres como los cables trenzados serán xx xxxxx galvanizado en caliente, según normas UNE  En la medida de lo posible, se procurará no arriostrar ningún elemento de la instalación a balcones y/o fachadas, utilizándose al efecto postes metálicos embutidos con un anclaje al suelo, al objeto de evitar desplazamientos. Posteriormente y finalizado el servicio se reparará el pavimento deteriorado. En caso de que por necesidad hubiera que arriostrar x xxxxxxxx o balcones, se solicitará el permiso del propietario afectado.

  • Contratos de servicios Además de en los casos previstos en el artículo 170, los contratos de servicios podrán adjudicarse por procedimiento negociado en los siguientes supuestos: