CONTENIDO DE LA LICITACION Cláusulas de Ejemplo

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  • AMBITO DE APLICACION Toda la Institución, incluyendo depósitos periféricos, Agencias y Tesoros Regionales.

  • PLAZO DE EJECUCION CONDICIONES DETALLE CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN TECNICO ADMINISTRATIVO PARA LA OFICINA EJECUTIVA DE ECONOMIA - OGA

  • CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento en dos sobres cerrados, con la documentación que se especificada en la cláusula siguiente, firmados por el licitador, en los que se hará constar de forma legible: - La denominación del sobre (Sobre «A» Documentación Administrativa y Sobre «B» Oferta Económica, según xxxxxxx) - La leyenda «Proposición para licitar la concesión de Bar- Cafetería del Parque Barrio Lejos». - El nombre y apellidos de quien firme la proposición - Un domicilio, teléfono, fax y correo electrónico a efectos de notificaciones, Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: Declaración Responsable del licitador conforme al modelo incluido en el Anexo I del presente pliego, indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, presentando cada una de ellas la correspondiente declaración responsable. Anexos relativos a la autorización al Ayuntamiento para recabar información de estar al corriente con AEAT y Seguridad Social. En todo caso, el órgano de contratación, o el órgano auxiliar de éste, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, que los licitadores aporten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, o aclaraciones sobre ellos, o requerirles para la presentación de otros complementarios cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración. En tal caso los licitadores requeridos deberán presentar la documentación solicitada en el plazo máximo de cinco días hábiles. En el caso de defectos u omisiones subsanables se concederá plazo no superior a tres días para su subsanación. SOBRE B, “PROPOSICIÓN ECONÓMICA”. Contendrá la proposición económica con el criterio valorable en letra y número, con arreglo al modelo previsto que se adjunta al presente Xxxxxx como Xxxxx XX: La proposición económica estará debidamente firmada por quien tiene poder bastante para hacerlo y fechada. No se aceptaran aquellas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente la oferta económica. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada.

  • Penalidades por incumplimiento de obligaciones contractuales Si los trabajos sufriesen un retraso en su ejecución y siempre que el mismo no fuere imputable al contratista, si éste ofreciera cumplir sus compromisos se concederá por el órgano de contratación un plazo que será por lo menos igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor, regulándose su petición por lo establecido en el artículo 100 del RGLCAP. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total o de los plazos parciales, si éstos se hubiesen previsto, para lo que se estará al apartado 14 de la cláusula 1, la Administración podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 212 del TRLCSP. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades .En este último supuesto, el órgano de contratación concederá la ampliación del plazo que estime necesaria para la terminación del contrato. Asimismo, la Administración tendrá las mismas prerrogativas cuando la demora en el cumplimiento de los plazos parciales haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. La Administración, en caso de incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato o por las penalidades que se determinan en el apartado 15 de la cláusula 1. Hasta tanto tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de los servicios contratados y de los defectos que en ellos hubiera, sin que sea eximente ni dé derecho alguno la circunstancia de que el responsable del contrato o los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. En caso de cumplimiento defectuoso de la ejecución del contrato o, en su caso, incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, la Administración podrá imponer al contratista las penalidades indicadas en el apartado 15 de la cláusula 1, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.1 del TRLCSP. La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista. La infracción de las condiciones para la subcontratación establecidas en el artículo 227.3 del TRLCSP podrá dar lugar a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 por ciento del importe del subcontrato. Asimismo, el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 228.bis del TRLCSP, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se especifican en el apartado 15 de la cláusula 1.

  • Procedimientos De Licitación Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II. Datos de la Licitación (DDL) Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación Sección IV. Formularios de la Oferta Sección V. Países Elegibles PARTE 2 –Requisitos de los Bienes y Servicios Sección VI. Lista de Requerimientos PARTE 3 – Contrato Sección VII. Condiciones Generales del Contrato (CGC) Sección VIII.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.

  • SUBCONTRATACION 23.1. Partes o porcentaje del contrato susceptibles de subcontratación: 23.2. Obligatoriedad de subcontratar: SI [ ] Partes del contrato cuya subcontratación es obligatoria: NO [ ]

  • PRESUPUESTO DE LICITACIÓN 6.1.- El presupuesto máximo de licitación de la presente contratación, excluido el IVA que debe soportar la Administración, figura en la letra A del Cuadro de características del contrato, y podrá ser modificado a la baja como consecuencia de la licitación. Se indica asimismo el importe correspondiente al IVA y el importe total del contrato IVA incluido.

  • Contenido de los Documentos de Licitación 9.1 El conjunto de los Documentos de Licitación comprende los documentos que se enumeran en la siguiente tabla y todas las enmiendas que hayan sido emitidas de conformidad con la cláusula 11 de las IAO: Sección I Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II Datos de la Licitación (DDL) Sección III Países Elegibles Sección IV Formularios de la Oferta Sección V Condiciones Generales del Contrato (CGC) Sección VI Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Sección VII Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Sección VIII Planos Sección IX Lista de Cantidades/ Calendario de Actividades Sección X Formularios de Garantías……

  • CADUCIDAD POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Y CARGAS CLÁUSULA 17 - El incumplimiento de las obligaciones y cargas impuestas al Asegurado por el Código Civil (salvo que se haya previsto otro efecto en el mismo para el incumplimiento) y por el presente contrato, produce la caducidad de los derechos del Asegurado si el incumplimiento obedece a su culpa o negligencia, de acuerdo con el régimen previsto en el Artículo 1579 del Código Civil.