CONSULTAS Y OBSERVACIONES Cláusulas de Ejemplo

CONSULTAS Y OBSERVACIONES. Artículo 6°.- El postor deberá tener en cuenta lo siguiente: Las consultas, observaciones y aclaraciones serán formuladas y absueltas en los plazos y condiciones establecidos en el Aviso de Convocatoria. El documento en el que conste la Absolución de Consultas y Aclaración de las Bases formará parte integrante de las mismas. Las consultas y aclaraciones que los postores deseen formular, deberán ser presentadas en forma escrita y mediante medios magnéticos (en procesador de textos Microsoft Word versión 2000). El postor podrá formular observaciones a las Bases, en el plazo y lugar establecido en el Aviso de Convocatoria, las que necesariamente deberán referirse al incumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en el articulo 25° del Texto Único Ordenado de la Ley 26850 y el artículo 52° de su Reglamento, y de acuerdo a la Directiva N° 013-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolución N° 114-2001/CONSUCODE/PRE. El Comité Especial absolverá las consultas y observaciones, aclarará las Bases o se pronunciará sobre las solicitudes, según corresponda, dentro del plazo establecido en el Cronograma, mediante un pliego absolutorio que, se notificará a todos los Adquirientes de Bases. En caso que el Comité Especial no acoja la(s) observación(es) presentada(s), y esté obligado a remitirlas al CONSUCODE, el postor observante deberá presentar el comprobante de pago, voucher o papeleta de depósito correspondiente al pago efectuado al CONSUCODE que por dicho concepto establece el respectivo TUPA. dentro de las 48 horas siguientes a la recepción del oficio de requerimiento. La decisión que tome el Comité Especial o el Consejo de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, con relación a las observaciones presentadas, se notificará a todos los Adquirientes de Bases.
CONSULTAS Y OBSERVACIONES. Las consultas y observaciones a las bases serán presentadas por escrito de acuerdo al cronograma establecido en las presentes Bases, en el horario de atención de 09:00 a 17:00 horas. Estas serán presentadas en Mesa de Partes (Módulo de atención al público), sito en la Xxxxx Xxx xx Xxxxx 000 - Xxx Xxxxx (Sede Central del Ministerio de Educación). El pliego de consultas y observaciones deberá estar acompañado de un diskette que contenga su texto en Microsoft Word.
CONSULTAS Y OBSERVACIONES. El Comité Especial recibirá las consultas y observaciones a las Bases en forma simultanea, por un período mínimo de tres (3) días contados desde el día siguiente de la convocatoria. Las Consultas se formularán por escrito y en idioma castellano, presentadas en original; debiendo ser dirigidas al Presidente del Comité Especial y entregadas únicamente en la Oficina de Logística de la XXXX.X.XX. A través de las consultas, los participantes podrán solicitar la aclaración de cualquiera de sus extremos de las Bases o plantear solicitudes respecto a ellas.
CONSULTAS Y OBSERVACIONES. Artículo 67°.- El postor deberá tener en cuenta lo siguiente: Las consultas y aclaraciones serán formuladas y absueltas en los plazos y condiciones establecidos en el aviso de convocatoria. Las consultas se presentarán en la División de Compras. El documento en el que conste la absolución de consultas y aclaración de las bases formará parte integrante de las mismas. Las consultas deberán presentarse necesariamente por escrito y mediante archivo en medio magnético (disquete en procesador de textos Word). El postor podrá presentar observaciones a las Bases, en el plazo y lugar establecido en el Aviso de Convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 28° del Texto Único Ordenado de la Ley 26850 y 52° del Reglamento y de acuerdo a la Directiva N° 013-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolución N° 114-001/CONSUCODE/PRE. En caso que el Comité Especial no acoja la(s) observación(es) presentada(s), y esté obligado a remitirlas al CONSUCODE, solicitará al postor observante el comprobante de pago, voucher o papeleta de depósito correspondiente al pago efectuado al CONSUCODE que por dicho concepto establece el respectivo TUPA, dentro de las 48 horas siguientes a la recepción del oficio de requerimiento.
CONSULTAS Y OBSERVACIONES. Integración de Bases Recepción de ofertas Acto público de apertura Evaluación de ofertas Resultados de licitación Firma de contrato Acceso público a base de datos Proceso de Licitación Pública (manual) Adjudicación - Resultados
CONSULTAS Y OBSERVACIONES. 51.1. Todo participante puede formular consultas y observaciones respecto de las Bases. Las consultas son solicitudes de aclaración u otros pedidos de cualquier extremo de las Bases. Se presentan en un plazo no menor a diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria» (cursivas agregadas). OSC AR ALE XXX
CONSULTAS Y OBSERVACIONES. 51.2. En el mismo plazo, el participante puede formular observaciones a las bases, de manera fundamentada, por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación» (cursivas agregadas).
CONSULTAS Y OBSERVACIONES. Formul. Mínimo 10 días h Absolu. Máximo 7 días h CONVOCATORIA OTORGAMIENTO DE BUENA PRO CONSULTAS Y OBSERVACIONES Formul. Mínimo 10 días h Absolu. Máximo 7 días h CALIFICACION DE OFERTAS REGISTRO DE PARTICIPANTES
CONSULTAS Y OBSERVACIONES. Formul. Mínimo 10 días h Absolu. Máximo 7 días h OTORGAMIENTO DE BUENA PRO PRESENTACION DE OFERTAS Min. 7 días hab de publicada relación de precalificados EVALUACION DE OFERTAS CALIFICACION DE OFERTAS OTORGAMIENTO DE BUENA PRO CONSULTAS Y OBSERVACIONES Formul. Mínimo 2 días h Absolu. Máximo 2 días h REGISTRO DE PARTICIPANTES EVALUACION Y CALIFICACION DE OFERTAS
CONSULTAS Y OBSERVACIONES. Segunda Sesión ¿Qué es una Consulta? ¿Qué es una Observación?