Consulta. En caso de desacuerdo sobre la interpretación o aplicación del presente Acuerdo entre la autoridad competente de Liechtens- tein y una o varias de las demás autoridades competentes a que se refiere el artículo 11, las autoridades se esforzarán en resol- verlo por convenio mutuo e informarán inmediatamente a la Comisión de las Comunidades Europeas y a las autoridades competentes de los otros Estados miembros de los resultados de sus consultas. Por lo que respecta a las cuestiones de inter- pretación, la Comisión podrá tomar parte en las consultas a petición de cualquiera de las autoridades competentes.
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Sources: Acuerdo Entre La Comunidad Europea Y El Principado De Liechtenstein Sobre Fiscalidad De Los Rendimientos Del Ahorro, Acuerdo Entre La Comunidad Europea Y El Principado De Liechtenstein