Common use of Construcción de las Obras Nuevas de la Primera Fase Clause in Contracts

Construcción de las Obras Nuevas de la Primera Fase. Se ha previsto que las Obras Nuevas de la Primera Fase diferencien una parte denominada Obras Iniciales de la Primera Fase, las cuales se iniciarán en un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir de la Fecha de Cierre del Contrato de Concesión, es decir al iniciarse el tercer trimestre del Periodo Inicial. Las Obras Iniciales de la Primera Fase estarán comprendidas en el Expediente Técnico 1A y tendrán la composición siguiente con cargo a su precisión en el Plan de Trabajo del Concesionario: Inicio de la movilización y obras preliminares de la Presa Palo Redondo. Movilización y construcción de los tres (3) km iniciales del Canal Madre Moche-Chicama-Urricape. Para que sea posible iniciar la construcción de estas obras, el Concesionario debe confeccionar el Expediente 1A y entregarlo para la aprobación del Supervisor dentro de los primeros cinco (5) meses contados a partir de la Fecha de Cierre del Contrato. Asimismo, el Concedente asegurará la disponibilidad de los terrenos y las certificaciones ambientales y de inexistencia de restos arqueológicos (CIRA) referida a las citadas obras iniciales y a sus respectivos emplazamientos. Del mismo modo, el Concedente asegurará la disponibilidad de los fondos necesarios para construcción en la cuenta cofinanciamiento del Fideicomiso. El incumplimiento del Concedente de las obligaciones citadas en el párrafo precedente relevará al Concesionario de iniciar las Obras Iniciales de la Primera Fase en el plazo indicado. Cabe precisar, que las Obras Iniciales de la Primera Fase, si bien se iniciarán en el Periodo Inicial podrán ser terminadas durante el primer año del Periodo de Construcción. La construcción de la parte restante o principal de las Obras Nuevas de la Primera Fase, serán iniciadas por el Concesionario al concluir el Período Inicial, previa conclusión y aprobación del Expediente Técnico N° 1, además de haber obtenido las certificaciones ambientales y de inexistencia de restos arqueológicos. Por su parte, el Concedente deberá haber asegurado la disponibilidad en la cuenta cofinanciamiento del Fideicomiso, de fondos suficientes en correspondencia con el Plan de desembolsos del Cofinanciamiento del Concesionario. De cumplirse las condiciones para la construcción de las Obras Nuevas de la Primera Fase, el Concesionario deberá concluirlas en un plazo máximo de cincuenta y cuatro (54) meses, contando seis (6) meses del Periodo Inicial y hasta 48 meses del Período de Construcción. Cabe destacar que la Propuesta Técnica y el Expediente Técnico N° 1 del Concesionario, deberán considerar obligatoriamente que la presa Palo Redondo y sus respectivas obras auxiliares, se deben construir en dos etapas; de modo que sea posible la puesta en operación de la primera etapa de la presa, mientras se construyen las obras de la segunda etapa. En los Estudios Existentes se sustenta referencialmente esta posibilidad desde el punto de vista de la organización de la construcción y de la operación parcial de la presa; asumiéndose que esta medida permitirá iniciar la entrega de agua regulada a los actuales usuarios en un plazo referencial de 30 meses desde la fecha de inicio de la construcción de las Obras Nuevas de la Primera Fase. Construcción de las Obras Nuevas de la Segunda Fase Todo el conjunto de Obras Nuevas de la Segunda Fase se construirá durante el Periodo de Construcción. El Expediente Técnico para estas obras se denominará Expediente Técnico N° 2, el cual debe estar debidamente aprobado por la supervisión antes de que concluya el Periodo Inicial de la Concesión. Para que sea posible el inicio de la construcción de las Obras Nuevas de la Segunda Fase, el Concesionario deberá haber concluido el Cierre Financiero y deberá haber gestionado y obtenido las respectivas certificaciones ambientales y de inexistencia de restos arqueológicos (CIRA). Por su parte el Concedente deberá haber cumplido con la segunda etapa de la Entrega de Control del Proyecto previsto en el numeral 1.46 del Contrato, asegurando la disponibilidad de los terrenos para la construcción de las obras.

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Construcción de las Obras Nuevas de la Primera Fase. Se ha previsto que las Obras Nuevas de la Primera Fase diferencien una parte denominada Obras Iniciales de la Primera Fase, las cuales se iniciarán en un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir de la Fecha de Cierre del Contrato de Concesión, es decir al iniciarse el tercer trimestre del Periodo Inicial. Las Obras Iniciales de la Primera Fase estarán comprendidas en el Expediente Técnico 1A y tendrán la composición siguiente con cargo a su precisión en el Plan de Trabajo del Concesionario: Inicio de la movilización y obras preliminares de la Presa Palo Redondo. Movilización y construcción de los tres uno y medio (31.5) km iniciales del Canal Madre Moche-Chicama-Urricape. Para que sea posible iniciar la construcción de estas obras, el Concesionario debe confeccionar el Expediente 1A y entregarlo para la aprobación del Supervisor Especializado dentro de los primeros cinco (5) meses contados a partir de la Fecha de Cierre del Contrato. Asimismo, el Concedente asegurará la disponibilidad de los terrenos y las certificaciones ambientales y de inexistencia de restos arqueológicos (CIRA) referida a las citadas obras iniciales y a sus respectivos emplazamientos. Del mismo modo, el Concedente asegurará la disponibilidad de los fondos necesarios para construcción en la cuenta cofinanciamiento del Fideicomiso. El incumplimiento del Concedente de las obligaciones citadas en el párrafo precedente relevará al Concesionario de iniciar las Obras Iniciales de la Primera Fase en el plazo indicado. Cabe precisar, que las Obras Iniciales de la Primera Fase, si bien se iniciarán en el Periodo Inicial podrán ser terminadas durante el primer año del Periodo de Construcción. La construcción de la parte restante o principal de las Obras Nuevas de la Primera Fase, serán iniciadas por el Concesionario al concluir el Período Inicial, previa conclusión y aprobación del Expediente Técnico N° 1, además de haber obtenido las certificaciones ambientales y de inexistencia de restos arqueológicos. Por su parte, el Concedente deberá haber asegurado la disponibilidad en la cuenta cofinanciamiento del Fideicomiso, de fondos suficientes en correspondencia con el Plan de desembolsos del Cofinanciamiento del Concesionario. De cumplirse las condiciones para la construcción de las Obras Nuevas de la Primera Fase, el Concesionario deberá concluirlas en un plazo máximo de cincuenta y cuatro (54) meses, contando seis (6) meses del Periodo Inicial y hasta 48 meses del Período de Construcción. Cabe destacar que la Propuesta Técnica y el Expediente Técnico N° 1 del Concesionario, deberán considerar obligatoriamente que la presa Palo Redondo y sus respectivas obras auxiliares, se deben construir en dos etapas; de modo que sea posible la puesta en operación de la primera etapa de la presa, mientras se construyen las obras de la segunda etapa. En los Estudios Existentes se sustenta referencialmente esta posibilidad desde el punto de vista de la organización de la construcción y de la operación parcial de la presa; asumiéndose que esta medida permitirá iniciar la entrega de agua regulada a los actuales usuarios en un plazo referencial de 30 meses desde la fecha de inicio de la construcción de las Obras Nuevas de la Primera Fase. Construcción de las Obras Nuevas de la Segunda Fase Todo el conjunto de Obras Nuevas de la Segunda Fase se construirá durante el Periodo de Construcción. El Expediente Técnico para estas obras se denominará Expediente Técnico N° 2, el cual debe estar debidamente aprobado por la supervisión antes de que concluya el Periodo Inicial de la Concesión. Para que sea posible el inicio de la construcción de las Obras Nuevas de la Segunda Fase, el Concesionario deberá haber concluido el Cierre Financiero y deberá haber gestionado y obtenido las respectivas certificaciones ambientales y de inexistencia de restos arqueológicos (CIRA). Por su parte el Concedente deberá haber cumplido con la segunda etapa de la Entrega de Control del Proyecto previsto en el numeral 1.46 del Contrato, asegurando la disponibilidad de los terrenos para la construcción de las obras.

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