Concurso Desierto Cláusulas de Ejemplo

Concurso Desierto. Cuando no se reciban propuestas, cuando ninguno de los postores que presentaron sus propuestas cumple con los requisitos mínimos indicados en las presentes Bases o cuando luego de ejecutado el procedimiento establecido en el artículo 26 del Reglamento ninguno de los postores suscribe el contrato. Los postores tendrán ocho (8) días hábiles a partir del día hábil siguiente de la fecha de adjudicación de la Buena Pro del Concurso, para presentar el respectivo recurso de apelación impugnando dicho acto. La impugnación se planteará por escrito y deberá estar firmada por el representante legal indicado por el postor. Culminado el Acto de Adjudicación de la Buena Pro, los postores que no estuvieran conformes con el resultado obtenido, podrán solicitar copia de las propuestas presentadas y deberán dejar constancia de su intención de impugnar en el Acta de Adjudicación de la Buena Pro. Los requisitos para la impugnación se encuentran comprendidos en el artículo 28 del Reglamento y los modelos de la Garantía de Impugnación en el Anexo Nº 14 o Anexo Nº 14A). La impugnación deberá estar referida únicamente a la evaluación de las Propuestas Técnicas de los postores. El recurso de apelación será presentado ante El Comité, el mismo que lo elevará a la Dirección Ejecutiva la cual contará con un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles para resolver, contados desde el día siguiente de la presentación del recurso. En un plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde la presentación del recurso o desde la subsanación de las omisiones o defectos advertidos en la presentación del recurso según corresponda, se correrá traslado del recurso al postor o postores que pudiera(n) ser afectado(s) con la decisión de PROINVERSIÓN, otorgándole el plazo de dos (2) días hábiles para que se pronuncie sobre el recurso interpuesto. Si el recurso de apelación fuese declarado fundado por la Dirección Ejecutiva, se comunicará a todos los postores la modificación del resultado de la evaluación de las Propuestas Técnicas, y el nuevo resultado de la Adjudicación de la Buena Pro, de ser el caso, con lo que queda finalizado el Concurso. La garantía de impugnación será ejecutada por PROINVERSIÓN en caso se declare infundado, inadmisible o improcedente el recurso de apelación presentado por el postor o si el Postor se desistiere del recurso de apelación.
Concurso Desierto. Cuando no se reciban propuestas o cuando ninguno de los postores que presentaron sus propuestas técnicas alcancen la calificación mínima indicada en el Xxxxxxxx X° 0 xxx Xxxxx X° 0 xx xxx Xxxxx.
Concurso Desierto. EL COMITÉ podrá declarar desierto el presente concurso en los siguientes casos:
Concurso Desierto. 1. Si no hubiese postores o si ninguno de ellos, luego de las evaluaciones correspondientes, calificara como tal, conforme a lo requerido por las Bases, se declarará desierto el Concurso Público.
Concurso Desierto. Si efectuada la invitación a presentar propuestas del presente Concurso para el acto de apertura de sobres no se presentara cuando menos un (1) Postor, o no se hubiere recibido ninguna propuesta válida que cumpla con las indicaciones previstas en este Pliego de Condiciones, el Concurso Público Internacional será declarado desierto por la Convocante, conforme a lo indicado en el informe emitido por Comité de Evaluación. De igual forma, la Convocante se reserva el derecho de declarar desierto en cualquier momento el presente Concurso en caso de que el Proyecto sea cancelado por cualquier causa por parte del Estado de Honduras. Esta decisión no es impugnable.
Concurso Desierto. El poder ejecutivo declarara desierto aquel cupo cuando la junta Examinadora establezca.
Concurso Desierto. El CPIA podrá declarar desierto el Concurso por falta de Oferentes. y/o en los casos en que, según su exclusivo criterio, no cuente con oferta que resulte conveniente para el CPIA, en virtud a que no se ajusta a las condiciones xxx Xxxxxx o no conviniera a los intereses del CPIA. En caso de ejercicio de esta facultad la única obligación que generará al CPIA es la restitución del precio xxx xxxxxx abonado por el oferente quedando liberado a toda otra carga o responsabilidad u obligación.
Concurso Desierto. Si efectuada la convocatoria para el acto de presentación de Propuestas no se presentaren Postores, o no se hubiere recibido ninguna Propuesta válida que cumpla con las indicaciones previstas en este Pliego de Condiciones, el Concurso será declarado desierto por el Comité Técnico. Esta decisión no es impugnable.
Concurso Desierto. Cuando no se reciban propuestas o cuando ninguno de los postores que presentaron sus propuestas cumple con los requisitos mínimos indicados en las presentes Bases.
Concurso Desierto. La Convocante procederá a declarar desierto el Concurso cuando: