Complemento personal. La Empresa podrá acordar el abono de un complemento personal en función de determinadas condiciones personales o profesionales del trabajador. Este complemento es consolidable y absorbible por promoción a cargo o función gratificada y mientras desempeñe dicho cargo o función.
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Sources: Convenio Colectivo
Complemento personal. La Empresa podrá acordar el abono de un complemento personal en función de determinadas condiciones personales o profesionales del trabajador. Este complemento es consolidable y absorbible por promoción a cargo o función gratificada y mientras desempeñe dicho cargo o función. Durante la vigencia de este Convenio Colectivo los complementos personales experimentarán los mismos incrementos que el salario base.
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Sources: Convenio Colectivo