CASOS DE RECHAZO Cláusulas de Ejemplo

CASOS DE RECHAZO. Si durante el proceso de inspección física por atributos de los bienes, éstos presentan algún motivo de rechazo, como serían: falta de identificación del producto, sin identificación, No. de serie, entre otros, los Servicios de Salud Michoacán no aceptará la recepción de las partidas correspondientes del o los productos. Cuando a consecuencia de la inspección dé como resultado un rechazo analítico, el proveedor está obligado a efectuar el canje inmediato del 100% de las existencias, en el sitio de entrega respectivo, con la reposición de un producto que cumpla con las características y especificaciones conforme a las normas de calidad vigentes. Desde el primer rechazo para una misma partida, el proveedor se hará acreedor a las sanciones estipuladas en el punto 10.4 de estas bases. Si los defectos identificados afectan la duración y calidad de los insumos, Los Servicios de Salud de Michoacán procederán al rechazo del bien, para estos casos, el proveedor deberá presentarse a entregar dentro de los 3 (tres) días naturales contados a partir de su notificación por escrito, el 100% de los bienes rechazados con las características y especificaciones requeridas, sujetándose a la inspección y autorización por parte de personal de control de calidad de Los Servicios de Salud de Michoacán, mismo que no le exime de la sanción por cada día de retraso en la entrega, de conformidad con lo establecido en el punto 10.4 de estas bases.
CASOS DE RECHAZO. EN CASO DE DETECTARSE DEFECTOS O INCUMPLIMIENTO EN LAS ESPECIFICACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO, "LA CEA" PROCEDERÁ AL RECHAZO DE LOS SERVICIOS, SE ENTIENDE COMO NO IMPARTIDOS EN TÉRMINOS DEL SUPUESTO SEÑALADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, APLICANDO LAS SANCIONES ESTABLECIDAS EN LA cLÁUSULA OCTAVA DEL CONTRATO, HASTA EN TANTO SEAN ACEPTADOS POR "LA CEA".
CASOS DE RECHAZO. El comprador tiene el derecho de rechazar todo un lote o parte de un lote, con cierre y refacturación, en los casos siguientes:
CASOS DE RECHAZO. SI EN LA ENTREGA DE LOS BIENES AL INSTITUTO SE IDENTIFICAN DEFECTOS QUE AFECTAN LA DURACIÓN Y FUNCIONALIDAD DE LOS BIENES, EL INSTITUTO PROCEDERÁ AL RECHAZO DEL BIEN. • PARA ESTOS CASOS, EL PROVEEDOR DEBERÁ PRESENTARSE A ENTREGAR NUEVAMENTE LOS BIENES CON LAS CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES REQUERIDAS, SUJETÁNDOSE A LA INSPECCIÓN Y AUTORIZACIÓN POR PARTE DEL INSTITUTO, A TRAVÉS DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y OBRAS, EL 100% DE LOS BIENES EN UN PLAZO MÁXIMO QUE NO EXCEDERÁ DE 24 HORAS PARA CIRUGÍAS DE URGENCIAS Y 72 HORAS PARA CIRUGÍAS PROGRAMADAS, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE DEVOLUCIÓN. LO ANTERIOR NO EXIME AL PROVEEDOR DE LA APLICACIÓN DE LA SANCIÓN POR RETRASO EN LA ENTREGA.
CASOS DE RECHAZO. Si en el momento de la recepción de los trabajos se observan daños o defectos que afecten la duración y funcionalidad parcial o total de uno o más aspectos del inmueble; el Tribunal se abstendrá de recibirlos. En estos casos, el contratista deberá realizar las correcciones necesarias, en un término que no excederá de 15 días naturales, y deberá efectuar las correcciones con las características y especificaciones requeridas por el contratante; sujetándose a la inspección y aceptación del personal encargado de su recepción. La reposición del bien dentro del término señalado, no exime al contratista de la sanción que por cada día xx xxxx en la entrega del inmueble.
CASOS DE RECHAZO. 2.1.9 defectos y vicios ocultos
CASOS DE RECHAZO. Si el servicio solicitado en el anexo 1 de esta convocatoria, materiales o insumos; se identifican defectos que afecten la funcionalidad del servicio, el Instituto, procederá al rechazo, para estos casos, el proveedor deberá presentarse a entregar nuevamente el servicio solicitado, con las especificaciones requeridas, en convocatoria de esta licitación y el contrato, sujetándose a la inspección y autorización por parte del personal del Instituto, mismo que no lo exime de la sanción por retraso en la prestación del servicio. Lo anterior no exime al proveedor de la aplicación de la sancion por retraso en la entrega, pactadas en el punto 20.2 de estas bases.
CASOS DE RECHAZO. 4.10 Visita a las instalaciones
CASOS DE RECHAZO. El área solicitante devolver á los alimentos que suministre el proveedor, en los siguientes supuestos: • No reúnan las características organolé pticas de calidad, y presentación requeridas por el área solicitante conforme a lo establecido en el anexo técnico (Anexo 1) , de esta convocator ia. • No sean las marcas que el licitante ganador ofertó en su propuesta. • Sea mayor la cantidad entregada que la solicitada. (el excedente no se recibirá). • Tratándose de frutas y vegetales, no se recibirán aquellos que por el transporte o manejo hayan sufrido alteración física que afecte el estado de las mismas. El área solicitante r echazar á los alimentos que suministre el proveedor cuando se encuentre en los siguientes supuestos: • No se encuentren incluidos en los calendarios de entrega. • Cuando se cuente con aviso de cancelación por escrito por parte del área solicitante, con anticipación de 24 horas. • Cuando los bienes solicitados no arriben en el horario convenido. • El área solicitante cuando esta resulte afectada, podrá devolver los productos al proveedor por defectos de calidad hasta (24) veinticuatro horas después de la recepción, a excepción de los alimentos no perecederos en el cual el periodo será de 10 días naturales, cuando se compruebe mediante dictamen que por la naturaleza propia del alimento, y no obstante haber sido mantenido conforme a las normas, éste suf ra alteraciones físico -químicas. El proveedor se obliga a recibir la devolución y retirarlos de las instalaciones del área solicitante en un tiempo máximo de 48 horas siguientes a la entrega. El área solicitante podrá solicitar al proveedor, el canje o devolución de los productos que presenten defectos a simple vista, especificaciones distintas a las establecidas en el contrato, sus anexos, y/ o vicios ocultos, debiendo notificar al proveedor d entro del periodo de 24 horas siguientes al momento en que se haya percatado del vicio o defecto . En estos casos el proveedor se obliga a reponer al Instituto y sin condición, el 100% del volu men devuelto originalmente, en un pla zo que no excederá de 3 hor as para cambio físico del mismo, contadas a partir de la devolución, pudiendo el centro de trabajo realizar la cancelación parcial o total del producto devuelto.
CASOS DE RECHAZO. En caso de que se detecten defectos o discrepancias, entre el archivo electrónico y el expediente físico, o incumplimiento en las especificaciones solicitadas y establecidas en el contrato respectivo, se procederá a la devolución de los archivos, comprometiéndose EL PRESTADOR DEL SERVICIO a reponerlo en un lapso no mayor a 24 horas, contadas a partir de la notificación correspondiente; de no atenderse esta situación, la Secretaría tendrá la facultad de regresar los archivos del rechazo respectivo y aplicar el 5% por cada día de atraso de la fianza de cumplimiento del contrato, así como iniciar el procedimiento para la imposición de sanciones a que se refiere el Artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.