Cargos Recurrentes. “EL CLIENTE” podrá realizar cargos recurrentes con cargo a “LAS TARJETAS” bancarias de crédito de los “TARJETAHABIENTES”, por los bienes o servicios proporcionados por “EL CLIENTE”, este último tiene que identificar plenamente a los “TARJETAHABIENTES” y solicitar la autorización a través del FORMATO PARA CONTRATAR CARGOS RECURRENTES autorizado por el Banco de México, mismo que “EL BANCO” pone a disposición de “EL CLIENTE” a través de su portal electrónico ▇▇▇.▇▇▇▇.▇▇ “EL CLIENTE” debe implementar las medidas necesarias para la seguridad de la información que obtiene de los “TARJETAHABIENTES”, para la autorización del servicio de cargos recurrentes y garantizar la seguridad de “EL EQUIPO” o sistemas propios de “EL CLIENTE”, con sus empleados y dentro de sus instalaciones. En caso de que el “TARJETAHABIENTE” haya contratado el servicio de cargos recurrentes, “EL CLIENTE” tiene que tomar las medidas preventivas para asegurar el control y confidencialidad de la información y documentos a que tenga acceso en virtud de la celebración de este contrato y prestación del servicio. “EL CLIENTE” se obliga a que todas las transacciones por concepto de cargos recurrentes, se efectuarán en estricto apego a los procedimientos establecidos y contratados con “EL BANCO”. “EL CLIENTE” tiene prohibido:
Appears in 3 contracts
Sources: Contrato De Prestación De Servicios De Afiliación De Comercios, Contrato De Prestación De Servicios De Afiliación De Comercios, Contrato De Prestación De Servicios De Afiliación De Comercios