CARACTERÍSTICAS DEL TRABAJO Cláusulas de Ejemplo

CARACTERÍSTICAS DEL TRABAJO. El trabajo a desarrollar consiste en la comprobación y revisión de los aspectos que se mencionan a continuación: (se aporta en ANEXO I Plan de Control que servirá de mínima referencia para el desarrollo de estos trabajos; ANEXO II Ficha de características urbanísticas de la promoción y presupuesto estimado de ejecución material de 2.800.000,00 €).
CARACTERÍSTICAS DEL TRABAJO. Todas las actividades del trabajo estarán dirigidas a implementar la actividad turística en las comunidades de Emborozú y Sidras, del sector boliviano xxx Xxxxxxxx, orientadas a brindar al turista el contacto con la naturaleza, conocer los valores naturales de flora, fauna, belleza escénica, paisajes, valores culturales, etc. en un marco de seguridad, comodidad y servicios adecuados. La participación activa de los actores sociales y su involucramiento en el diseño, tal como en la identificación de los sitios turísticos, el acondicionamiento de la infraestructura familiar y comunal básica, y la selección - capacitación de las familias se constituyen en el componente determinante para la implementación del proyecto. En la puesta en funcionamiento la actividad turística en la zona, se debe involucrar necesariamente a los actores sociales, y concertar con los mismos para garantizar la adopción de la actividad, como una fuente sostenible de ingresos económicos.
CARACTERÍSTICAS DEL TRABAJO. Todas las actividades para este subproyecto estarán dirigidas a elaborar un plan de manejo forestal sustentable, así como a dar herramientas a los beneficiarios para la sustentabilidad de la actividad en el tiempo, con la finalidad además de establecer las bases para difundir y fomentar esta actividad. La actividad primordial para este Subproyecto es concretar los sitios y actores beneficiarios del proyecto que además deberán participar, aportando contraparte, especialmente en las tareas de campo. Entre las actividades determinantes se encuentran la realización del Inventario Forestal, la determinación de la posibilidad xxx xxxxxx y la realización del Censo Operativo. El desarrollo del presente Subproyecto necesita de un trabajo permanente con los actores sociales beneficiados, que además se capacitarán en los diferentes aspectos del manejo forestal. Se establece en no menos de 20 personas a ser capacitadas en esta actividad. La actividad forestal es de primordial importancia en el área xxx Xxxxxxxx, por lo que se considera que los Subproyectos tendrán una importancia relevante en los sitios donde se implementen.
CARACTERÍSTICAS DEL TRABAJO. El trabajo objeto de este Xxxxxx, deberá ajustarse como mínimo, al contenido de los documentos que se relacionan seguidamente, cuyas previsiones sobre dimensionamiento y tipología arquitectónica del Hospital tienen carácter meramente indicativo y que formarán parte del Proyecto: • Programa Funcional (Anexo I) • Anteproyecto de Construcción (Anexo II) • Estudios Geotécnicos (Anexo III) • Trabajos Urbanísticos (Anexo IV)
CARACTERÍSTICAS DEL TRABAJO. El trabajo, objeto del Contrato debe contemplar:

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  • Seguridad y salud en el trabajo Con anterioridad al inicio de la prestación del servicio, y a los efectos de poder cumplir en los términos de la legislación vigente en cada momento con el deber de coordinación preventiva en materia de seguridad y salud laboral del adjudicatario, el contratista deberá aportar la documentación exigida por tal normativa y al menos la siguiente: Relación de trabajadores que van a desarrollar las tareas en los servicios contratados, con indicación de nombre, apellidos, D.N.I. y número de afiliación a la Seguridad Social de cada trabajador, así como categoría profesional y funciones que pueden desempeñar a efectos de seguimiento de la Seguridad y salud en el trabajo. Copia del Modelo de organización de la prevención de riesgos laborales y copia del contrato con Servicio de Prevención Ajeno, si fuese el caso. Copia de los documentos de Evaluación de riesgos y de la Planificación de la actividad preventiva del servicio contratado. Documento que acredite que la empresa adjudicataria ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación específica del personal sobre los riesgos y normas de seguridad referentes a su puesto de trabajo y/o tareas a desarrollar en el servicio contratado. Este documento deberá estar firmado también por los representantes legales del personal si los hubiera, o en su defecto, por los propios trabajadores y trabajadoras. Copia de autorizaciones de organismos oficiales o carnés profesionales, si éstos se requieren para desarrollar los trabajos del servicio contratado. Copia del documento de información correspondiente a los riesgos específicos de las actividades que desarrollan sus trabajadores y trabajadoras en la prestación del servicio contratado y que puedan afectar a terceros y medidas preventivas que se adoptan. Persona designada como interlocutor para las comunicaciones en materia de prevención de riesgos laborales. En el caso de que el servicio vaya a ser prestado por trabajadores autónomos, dado que legalmente no tienen la obligación de realizar la Evaluación de riesgos, se deberá presentar un documento indicando el listado de trabajadores autónomos, la relación de tareas a realizar por parte de los trabajadores autónomos, la relación de equipos de protección individual necesarios para desarrollar los trabajos y la formación en materia de prevención de riesgos laborales de la que disponen. Toda esta documentación deberá entregarse por duplicado, en soporte informático, con un índice en papel de la documentación. Cuando los datos aportados al inicio de la actividad sufran alguna modificación, deberá remitirse al responsable del contrato a la mayor brevedad posible, la documentación actualizada, quien la remitirá a la unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato. Además, se especificará al técnico facultativo designado por la empresa adjudicataria servicio contratado como responsable de seguridad y salud durante la ejecución del contrato. En el caso de que hubiera subcontratas o se incorporaran trabajadores al servicio distintos de los especificados en la anterior relación que se acompañó en el momento de iniciar la prestación del servicio, el adjudicatario deberá remitir los mismos datos requeridos con anterioridad sobre dichos trabajadores al responsable del contrato, siempre antes de que dichos trabajadores se incorporen a la ejecución del contrato. Además de las actuaciones indicadas, el contratista deberá adoptar todas las medidas a su alcance para garantizar que los trabajadores que destine a la ejecución del contrato y a los municipales que realizan la inspección del servicio, conocen y adoptan las medidas correspondientes de seguridad y salud en atención a los riesgos específicos propios de cada actividad. Deberá a asegurar que todas las actividades relacionadas con la ejecución de este contrato se realizan con respeto escrupuloso de la normativa vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo. A tales efectos el adjudicatario deberá implantar para el personal de la empresa directamente relacionado con la ejecución del contrato, las actividades formativas necesarias para mejorar de forma gradual y constante la eficacia en la prestación del servicio y la profesionalidad de los trabajadores a su cargo, asegurándose de que todos los trabajadores realizan cursos de formación específicos necesarios. Todos los gastos derivados de estas actividades formativas serán por cuenta del contratista, que las incluirá como gasto en el estudio de costes del que se derive su oferta económica, presentándose anualmente una memoria con las actividades formativas realizadas

  • Prendas de trabajo 1. En base al Real Decreto 773/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, se entiende por Equipo de Protección Individual (EPI en adelante) cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. También se considerará como EPI la prenda de trabajo/uniforme que esté destinado específicamente a proteger la salud o integridad física del trabajador. Se seguirán; para la elección, utilización y mantenimiento de los equipos de protección las disposiciones mínimas de seguridad y de salud establecidas en el Real Decreto anteriormente mencionado.‌

  • características Del contrato El contrato se realizará: • Por escrito, en modelo oficial. • Duración entre doce meses y tres años. • Prórrogas no inferiores a doce meses. El contrato se podrá celebrar a jornada completa o parcial.

  • METODOLOGÍA DE TRABAJO La metodología para evaluación de este parámetro estará de acuerdo a lo dispuesto a continuación: Para dar cumplimiento a los objetivos específicos se sugiere la siguiente metodología, en caso de que el consultor proponga una metodología de trabajo distinta, esta deberá ser validada y aprobada por los técnicos del Ministerio de Educación: - El consultor presentará un cronograma de trabajo de la consultoría en Microsoft Project con la asignación de recursos y costos en concordancia con el presupuesto presentado y esté deberá ser aprobado por el personal del proyecto en el Servicio de Contratación de Obras previo a la firma del contrato. - Una vez suscrito el contrato y para todas las firmas en la etapa de preparación de las propuestas, el Servicio de Contratación de Obras deberá proveer los diseños arquitectónicos y de ingenierías del Modelo Estandarizado del Formato para las Obras que son financiadas por el Banco Mundial al consultor, con la finalidad de que evalúe la información proporcionada previa al trabajo de implantación. - Evaluar cada uno de los estudios de ingenierías previo al trabajo de adaptación de acuerdo a las implantaciones referenciales de los proyectos. - El consultor deberá verificar la legalidad del predio de suelo para cada Unidad Educativa. - El consultor de acuerdo al cronograma, hará una visita de campo al predio y al GAD municipal correspondiente, para revisión de la normativa vigente del cantón respectivo. En dicha visita deberán participar todos los profesionales que forman parte del equipo técnico del consultor, en caso de que el GAD lo requiera se deberá realizar el registro de los profesionales del equipo técnico del consultor para que estén autorizados a registrar los planos en la institución correspondiente. - El consultor deberá recopilar toda la documentación necesaria para cumplir con el objetivo general de esta consultoría. - Se realizará el levantamiento topográfico (planimétrico, altimétrico, estudio geotécnico y de respuesta sísmica de sitio, del predio destinado para la construcción de la unidad educativa) con el objeto de escoger el tipo de cimentación a implementarse en caso de que lo requiera. El estudio incluirá todas las actividades necesarias que comprenden el reconocimiento de campo, la investigación del subsuelo, la determinación de las características físicas y de comportamiento geo- mecánico y geofísico de los suelos con el apoyo de ensayos de campo y laboratorio; los análisis y propuestas de ingeniería necesarios para el diseño y construcción de: cimentaciones, obras complementarias, sistemas de contención, excavaciones y rellenos, además se deberá coordinar los trabajos de levantamiento de información de campo, la ejecución de ensayos (destructivos y no destructivos de los elementos), el análisis y evaluación de las estructuras existentes de acuerdo en los parámetros establecidos por la NEC vigente, la ejecución de modelos de los posibles bloques a ser repotenciados (con sus respectivas opciones de reforzamiento y demostración del cumplimiento de los niveles de desempeños especificados por la norma) y la metodología de derrocamiento de los bloques que así ameriten, con su respectivo volumen. Tanto los trabajos de reforzamiento o de derrocamiento, deben estar descritos en una metodología de trabajo, que incluya la descripción del rubro, las especificaciones técnicas de ejecución y su precio unitario. Debe incluirse también la tabla de cantidades y precios finales de los trabajos que se sugieran Previo al desarrollo del diseño de cada ingeniería, el consultor deberá obtener toda la información necesaria para realizar los respectivos sistemas. Adicionalmente, para cubrir la demanda de infraestructura educativa satisfactoria se deberá realizar un levantamiento de las instalaciones existentes en donde se determinará el estado actual y el nivel de intervención requerido. Posteriormente a la evaluación de las instalaciones existentes, el consultor determinará que bloques deberán ser repotenciados, para lo cual deberá realizar el diseño de las instalaciones internas de cada bloque en base a los requerimientos arquitectónicos. Para el diseño de los sistemas exteriores, deberá tomar en cuenta la propuesta arquitectónica, en donde según el bloque arquitectónico propuesto, el consultor dispondrá de los diseños interiores del Estándar de las Unidades Educativas diseñados por el Servicio de Contratación de Obras (SECOB), mismos que deberán ser ajustados a las necesidades de infraestructura educativa del sector y a las condiciones del terreno donde se implantará cada Proyecto. Se deberán realizar todos los estudios técnicos, mismos que permitirán obtener un diseño definitivo de las obras necesarias con el fin de otorgar un funcionamiento óptimo, garantizando un eficiente servicio educativo. Se considerará la correcta secuencia de actividades, la metodología describirá los planes y programas de operación, indicando los frentes de trabajo a organizar y su respectivo organigrama, indicará además el sistema de coordinación, desarrollo de actividades, y señalará la secuencia lógica para el desarrollo de estos estudios. La metodología presentará un plan de control de calidad y propuesta de procesos para cumplimiento de la consultoría. Los planos deberán ser identificados con la nomenclatura que se detalla en la siguiente tabla: ESPECIALIDAD ABREVIATURA GRUPO CODIGO CONTENIDOS ARQUITECTURA A IMPLANTACION 1 NN Ubicación, Implantación General, Planta Baja General, Plataformas, Tratamiento de pisos, Topografía, Paisajismo, Detalles de Implantación y Obras Exteriores EDIFICIOS 2 NN Plantas, Cortes, Fachadas TALLERES (SI APLICARA) 3 NN Plantas, Cortes, Fachadas DETALLES 4 NN Detalles Constructivos, Detalles Carpintería, Mobiliario ESTRUCTURA E GENERALES 1 NN Implantación EDIFICIOS 2 NN Diseños: Edificio Administrativo, Auditorio, Aulas, Biblioteca, Cafetería TALLERES 3 NN Diseño de Talleres DETALLES 4 NN Detalles Constructivos ELECTRICO EL GENERALES 1 NN Implantación EDIFICIOS 2 NN Diseños: Edificio Administrativo, Auditorio, Aulas, Biblioteca, Cafetería TALLERES 3 NN Diseño de Talleres DETALLES 4 NN Detalles Constructivos ELECTRONICO ELE GENERALES 1 NN Implantación EDIFICIOS 2 NN Diseños: Edificio Administrativo, Auditorio, Aulas, Biblioteca, Cafetería TALLERES 3 NN Diseño de Talleres DETALLES 4 NN Detalles Constructivos HIDROSANITARIO HS GENERALES 1 NN Implantación EDIFICIOS 2 NN Diseños: Edificio Administrativo, Auditorio, Aulas, Biblioteca, Cafetería TALLERES 3 NN Diseño de Talleres DETALLES 4 NN Detalles Constructivos MECANICO M GENERALES 1 NN Implantación EDIFICIOS 2 NN Diseños: Edificio Administrativo, Auditorio, Aulas, Biblioteca, Cafetería TALLERES 3 NN Diseño de Talleres DETALLES 4 NN Detalles Constructivos

  • OTRAS CARACTERÍSTICAS Los beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del coste salarial anual corres- pondiente al contrato que se bonifica. • En los supuestos de obtención de ayudas sin reunir los requisitos exigidos para su concesión, procederá la devolución de las cantidades dejadas de ingresar por bonificación de cuotas a la Seguridad Social con el recargo y los intereses de demora correspondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de Seguridad Social. No se consideraran los incentivos descritos cuando se trate de relaciones laborales de carácter especial. normativa • Ley 43/2006, de 29 de diciembre. • Ley 44/2007, de 13 de diciembre, en su artículo 2.1 modifica los colectivos de exclusión social (Disposición Final Tercera). • Ley 3/2012, de 6 de julio disposición final decimocuarta.

  • CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO  El Contratista será el responsable del montaje, desmontaje, vigilancia y conexión xx xxxxxxx, líneas de alimentación y elementos luminosos y de su mantenimiento durante el período de iluminación objeto de este pliego, así como de la comprobación de los dispositivos de seguridad, obtención y entrega a los Servicios Técnicos Municipales de los boletines de instalación eléctrica y de la legalización de la completa instalación.  El Contratista deberá contar con la posibilidad de disponer del mismo motivo luminoso para cada una de las calles que están definidas en las diferentes fiestas del municipio. El Ayuntamiento podrá exigir al Contratista que todos los arcos a colocar en las diferentes calles sean del mismo tipo, forma y color (todos los motivos luminosos iguales). El Contratista deberá contar con un muestrario variado de elementos luminosos con el fin de que el Ayuntamiento tenga capacidad de elección.  El Contratista se comprometerá a aceptar las modificaciones de lugar que circunstancialmente determine el Ayuntamiento de Ciempozuelos y estará obligado a prestar su servicio a estas nuevas instalaciones con arreglo a lo exigido.  Los equipos de la instalación estarán construidos de forma que garanticen su resistencia contra los agentes climatológicos y habrán de cumplir la normativa vigente para este tipo de materiales. No se permitirá la incandescencia, en general.  Tanto los motivos luminosos como las líneas de conexión y cuadros de protección deberán cumplir con el vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en vigor, y otra normativa técnica de aplicación.  El Contratista deberá legalizar todas las instalaciones objeto del presente contrato conforme a lo dispuesto en el REBT. El Contratista procederá a la desconexión inmediata de las instalaciones que incumplan lo establecido y/o supongan un peligro para las personas y/o bienes, elementos.  El Contratista deberá cumplir con el reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias.  El Ayuntamiento elegirá los elementos y motivos luminosos que se instalen en cada punto de entre los comprendidos en la Oferta presentada por el Contratista.  El Contratista será responsable de los desperfectos que se puedan ocasionar como consecuencia tanto del montaje como del desmontaje de la instalación debiendo reparar los mismos a la mayor brevedad posible y siguiendo en todo caso las indicaciones de los servicios técnicos municipales. En caso contrario, el Ayuntamiento podrá encargar dicha reparación a otra empresa x xxxxx de los pagos pendientes o de la garantía del contrato.  El sistema de encendido y apagado diario deberá ser automático.  Durante los días de duración de la instalación provisional, el Contratista será el responsable de su servicio y su mantenimiento con las obligaciones establecidas, a las que afectarán las correspondientes exigencias y disposiciones de este Pliego, quien deberá designar un teléfono directo de contacto permanente (24 horas) para cualquier aviso o anomalía por avería, accidente, etc. es decir para cualquier incidencia que pudiera producirse desde el inicio del montaje y hasta la finalización del desmontaje. El plazo máximo de reparación o reposición, durante las fiestas u actos, será inferior a 4 horas.  El montaje de las instalaciones que se indican, necesarias para satisfacer los suministros de energía eléctrica que dichos festejos demandan, se realizaran inexcusablemente con una antelación mínima de dos semanas al inicio de los festejos, o en el caso establecido en cada caso.  Los cuadros generales de protección se situarán en el origen de la instalación o lo más cerca posible de la misma. Serán estancos, con llave y fuera del alcance del público.  En todas las instalaciones conectadas por el Contratista, será responsabilidad del mismo definir los puntos de conexión y la intensidad máxima en cada punto, con el fin de repartir las cargas y adecuarlas a la infraestructura existente, evitando en todo momento sobrecargar ninguna línea o circuito.  En el caso en que las instalaciones conectadas a centros de mando sean realizadas por terceros, será también responsabilidad del Contratista definir los puntos de conexión y la intensidad máxima en cada punto, con el fin de repartir las cargas y adecuarlas a la infraestructura existente.  Una vez realizada la instalación receptora se medirán las cargas en las tomas y en las salidas de los centros de mando remitiendo un informe al AYUNTAMIENTO.  El Contratista procederá a la desconexión de las instalaciones que incumplan injustificadamente lo establecido y supongan un peligro para las personas o cosas.  Los arcos y guirnaldas se instalarán de forma perpendicular al sentido de la calle y arriostradas en las fachadas de edificios, postes y farolas.  Los motivos luminosos se instalarán a una altura no inferior a cinco metros. Sólo se excepcionarán de este supuesto los motivos instalados en farolas cuya altura no permita librar 5 metros en su parte inferior, en cuyo caso la altura mínima permitida se rebajará a 3,75 m previa comprobación por parte de los Servicios Técnicos Municipales, de forma que no interfieran el tráfico de vehículos ni la seguridad de vehículos y/o personas. En todo momento, se cuidará especialmente la correcta colocación de las cadenetas, debiendo el Contratista rehacer la instalación si aquella fuera inadecuada o produjera un mal efecto estético.  La estructura de las guirnaldas o alegorías de los diferentes arcos serán metálicas y auto sustentantes de las instalaciones eléctricas, portalámparas y cableado eléctrico de las mismas.  Las lámparas de las alegorías y demás elementos decorativos serán todas de leds o microleds.  Toda intervención del Contratista en la vía pública destinada a la prestación del servicio objeto de este Pliego, así como los vehículos destacados para ello, serán señalizados y balizados de acuerdo con lo establecido en las disposiciones vigentes en la materia. En todo caso, el personal que trabaje en la vía pública tendrá en cuenta el RD 485/1997, de 14 xx xxxxx, Disposiciones mínimas en materia de señalización de Seguridad y Salud en el trabajo y ley de prevención de riesgos laborales, y demás legislación vigente de Seguridad y Salud.  Dentro del ámbito técnico le será de aplicación los reglamentos técnicos y de seguridad del Ministerio de Industria y energía que correspondan, así como, cuantas disposiciones de carácter general y particular, y de aquellos otros que en la vigencia del contrato le sean de aplicación, que se relacionan a continuación: Reglamento electrotécnico para baja Tensión e instrucciones Técnicas complementarias. Acta de seguimiento para la aplicación del REBT. Normas particulares y condiciones técnicas y de seguridad de EMPRESA DISTRIBUIDORA. Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07. Estudio y Plan de seguridad en los centros y locales de trabajo.  Los vientos, tensores y aisladores que sean necesarios, los cuales se retirarán cuando se realice el desmontaje de las infraestructuras, estarán situados fuera del alcance de los viandantes. Los vientos estarán constituidos por alambres de 4 mm. de diámetro para vanos de menos de 10 mts, y con cable trenzado de 6 mm. de diámetro para vanos de más de 10 mts. de ancho. Tanto los alambres como los cables trenzados serán xx xxxxx galvanizado en caliente, según normas UNE  En la medida de lo posible, se procurará no arriostrar ningún elemento de la instalación a balcones y/o fachadas, utilizándose al efecto postes metálicos embutidos con un anclaje al suelo, al objeto de evitar desplazamientos. Posteriormente y finalizado el servicio se reparará el pavimento deteriorado. En caso de que por necesidad hubiera que arriostrar x xxxxxxxx o balcones, se solicitará el permiso del propietario afectado.

  • Organización del trabajo La organización del trabajo, conforme a la legislación vigente, es facultad y responsabilidad de la dirección de la empresa, subordinada siempre al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y tiene por objeto, alcanzar en los centros y empresas el adecuado nivel de productividad, mediante la utilización óptima de los recursos humanos y materiales. La organización de trabajos y actividades pretende avanzar en la implantación de criterios de calidad y buena práctica, rigurosos en el funcionamiento, ordenación y actuación de los centros y empresas incluidos en este convenio.

  • Jornada de trabajo La jornada de trabajo será la legalmente vigente. Jornada especial. Los/as trabajadores/as contratados/as para los puestos de director/a y educadora/r permanente (madre/padre SOS) de una aldea y al ser ésta una jornada especial, será aplicada a las horas en las que tengan que estar en constante dedicación a los/as menores que se les asignen a su cuidado dada la peculiaridad de las funciones que han de realizar como responsables de la atención y educación en los «hogares funcionales». Como las necesidades de los/as menores y las características del centro no permiten normalmente al personal de educadora/or permanente (madre/padre SOS) disfrutar de descanso semanal en sábado y domingo, se disfrutarán dos días en el resto de la semana de acuerdo con el /la director/a, con la excepción que se expone en el párrafo siguiente. Las/os trabajadoras/es que ostenten la categoría de educadora/or permanente (madre/ padre SOS) disfrutarán, de un descanso anual de veinte días en compensación de los catorce días festivos, además de las vacaciones del art. 23 del presente convenio. El disfrute de estos días se llevará a efecto de la siguiente forma: Se disfrutarán unidos a las libranzas de los fines de semanas que se establezcan en el calendario laboral, que serán cada cinco semanas. Este descanso anual tendrá siempre la citada duración con independencia de que coincidan festivos con días libres del trabajador. cve: BOE-A-2009-2864 Las funciones a desarrollar por la educadora/or permanente configuran fundamentalmente el ser cabeza de familia en la educación de niños, como si de «un hogar familiar» se tratara. La jornada laboral pactada de dichos/as trabajadores/as vocacionalmente conscientes de la labor tutelar y humana que se les encomienda, será aplicada a las horas en las que realmente tengan que estar en constante dedicación a los/ as menores que se les asignen a su cuidado, siendo el resto de la jornada dedicada a sus propias ocupaciones. Por tanto las horas de mera presencia voluntaria de los/as trabajadores/as en el hogar familiar o centro de trabajo no se consideraran trabajo efectivo dentro de la jornada. Así también se establece que para circunstancias que concurran en una educadora/or permanente (madre/padre SOS) que precise un fin de semana, éste podrá ser disfrutado previa autorización del director/a de la aldea, siempre y cuando se solicite con al menos una semana de antelación y sea justificada la causa que lo determine con el fin de prever su sustitución en el hogar que tenga asignado. En este supuesto no se contemplan los permisos retribuidos que contiene el art. 25 del presente convenio. Asimismo, el director/a de la escuela de formación y los/as de los C.P.S., tendrán las funciones y responsabilidades desarrolladas en las normas anteriores. Para los puestos de trabajo no contemplados en esta jornada especial, si en algún momento la dirección de la Asociación o el trabajador estimara que concurren circunstancias que puedan motivar la flexibilidad del horario implantado en un trabajo específico, éste podrá llevarse a efecto de mutuo acuerdo entre la empresa y el trabajador siempre que no se perjudique la normal marcha del servicio y que la citada flexibilidad no venga impuesta por medidas de carácter urgente y transitorio. Así también se procurará una flexibilidad de horario para el personal administrativo, especialmente en periodo estival. Con el fin de dar la cobertura precisa para las necesidades de la aldea, entre las que se encuentra la sustitución de las/os educadoras/es permanentes (madres/padres SOS), se establece para la categoría de educadores/as xx xxxxx la distribución irregular de la jornada. En términos generales se establece esta distribución irregular de la jornada en cinco horas diarias, en horario de tarde, para apoyo de las educadoras/es permanentes (madres/ padres SOS), la sustitución de los dos días de descanso semanal de las/os mismas/os y ocho horas flexibles durante fines de semana alternativo, preferentemente acumulables en un solo día. Así mismo cada cinco semanas, alternativamente, realizarán la cobertura del fin de semana que descansan las educadoras/es permanentes (madres/padres SOS). En todo caso se garantizará un descanso mínimo semanal de 48 horas continuadas, acumulables por periodos de hasta catorce días.

  • Características Técnicas Varillas de armar: serán de aleación de aluminio de forma helicoidal y del tipo preformado, para ser montadas fácilmente sobre los conductores. Las dimensiones de las varillas de armar serán apropiadas para las secciones de los conductores seleccionados. Una vez montadas, las varillas deberán proveer una capa protectora uniforme, sin intersticios y con una presión adecuada para evitar aflojamiento debido a envejecimiento. Manguitos de empalme: serán del tipo compresión, del material y diámetro apropiados para el conductor seleccionado. La carga de rotura mínima será de 95% de la del conductor correspondiente. Manguitos de reparación: serán del tipo compresión u otro sistema de reparación. Su utilización será solamente en casos de daños leves en la capa externa del conductor. Las características mecánicas serán similares a las de los manguitos de empalme. Amortiguadores: deberán ser del tipo stock bridge o espaciador-amortiguador dependiendo de la configuración del haz de conductor, para controlar los niveles de vibración eólica dentro de los límites de seguridad permitidos; conservando sus propiedades mecánicas y de amortiguamiento a lo largo de la vida útil de la línea.

  • LUGAR DE TRABAJO El TRABAJADOR desempeñará las funciones para las cuales ha sido contratado en las instalaciones ubicadas en __________________ (Escriba la dirección de la compañía), en la ciudad de _______ (Ingresar la ciudad), provincia de _________ (Ingresar Provincia y barrio) para el cumplimiento cabal de las funciones a él encomendadas.