APLICABILIDAD, ÓRDENES Y ENTREGA Cláusulas de Ejemplo

APLICABILIDAD, ÓRDENES Y ENTREGA. El Cliente acepta los términos en los Anexos y los Documentos de la Operación mediante: (i) la firma de los Anexos o los Documentos de la Operación (en forma manual o electrónica); (ii) el uso del Producto o Servicio, o permitir a otros su utilización; o (iii) todo pago de un Producto o Servicio. Un Producto o Servicio se encuentra sujeto al presente Contrato cuando Xxxxxx acepta la orden del Cliente al enviarle al Cliente la aceptación por escrito de la orden; cuando envía el Producto; o cuando pone el Programa o Servicio a disposición del Cliente de otro modo. La confirmación de la recepción por parte de Lenovo de una orden del Cliente no constituye la aceptación de la orden por parte de Lenovo. Las fechas de entrega y las fechas de envío son estimaciones excepto acuerdo específico en contrario en un Documento de la Operación. Los costos de transporte, si corresponde, se especificarán en un Documento de la Operación. Para los Programas que Lenovo le proporciona al Cliente de forma tangible, Lenovo cumple con sus obligaciones de envío y entrega al momento de la entrega de dichos Programas al proveedor designado por Xxxxxx, excepto acuerdo en contrario por escrito entre el Cliente y Lenovo. Un Anexo o Documento de la Operación será firmado por ambas partes si lo solicita cualquiera de las partes.

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  • APLICACIÓN PRESUPUESTARIA El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local creado por el Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre.

  • CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS 25.1.- El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato en los términos previstos en la cláusula 9 del presente pliego.

  • AMBITO DE APLICACION Toda la Institución, incluyendo depósitos periféricos, Agencias y Tesoros Regionales.

  • APLICACIÓN Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Seguro Vehicular, en cuanto no se opongan y/o contradigan a lo establecido en la presente Cláusula. Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula.

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS Elementos a evaluar del cumplimiento de contratos Puntos a otorgar por elemento evaluado Método de la evaluación Documento necesario para acreditar los aspectos a evaluar Numeral 3.29 Cumplimiento de contratos Documentos que acrediten el cumplimiento de contratos formalizados por el licitante en el ramo de la prestación de servicios de expedición de bonos en papel y monederos electrónicos 10 Analítico.- Se revisará que los contratos y garantías de cumplimiento presentadas para garantizar el cumplimiento del contrato hayan sido liberados o bien que se indique que fueron cumplidas en su totalidad las obligaciones contraídas. La asignación de puntos se dará a los licitantes que habiendo cumplido lo anterior, se otorgara la mayor puntuación al licitante que presente la cantidad máxima de contratos estipulada con sus correspondientes cancelaciones de garantías o constancias de liberación, para el resto de los licitantes se repartirá en forma proporcional por regla de tres simple • Los documentos no serán considerados si no permiten identificar el objeto del contrato o bien, si no se presenta la constancia de liberación o documento que acredite el cumplimiento del mismo • A los licitantes que presenten el mismo número de contratos se les otorgara la misma cantidad de puntos. • Si algún licitante presenta una cantidad mayor a la cantidad máxima establecida de contratos, los contratos excedentes no serán considerados para la evaluación • Se verificara que se presente la cantidad mínima requerida de contratos • Se verificara que los documentos presentados hayan expirado su vigencia previa al acto de presentación y apertura de propuestas. • Se verificara que los contratos se hayan presentado completos y que aquellos que correspondan a dependencias o entidades públicas se encuentren debidamente firmados, los contratos que no cumplan con este requisito no serán considerados en la evaluación. Un Mínimo de 2 Un Máximo de 5 Copia integral de los contratos o, pedidos, convenios de compra-venta, órdenes de compra así como de sus anexos, cuyo objeto sea Prestación de servicios similares a aquellos objeto de la presente licitación. Asi como respecto de cada uno de ellos el documento en el que conste la cancelación de la garantía de cumplimiento de cada uno de estos, de acuerdo a los documentos que se indican en el numeral 3.29 Si el licitante no presenta por lo menos la cantidad mínima de contratos no se le asignaran puntos en este rubro Se ocupa de medir el desempeño o cumplimiento que ha tenido el licitante en la entrega oportuna y adecuada de los bienes y servicios de la misma naturaleza objeto de este procedimiento. Los cuales están integrados de la siguiente forma: • Se verificara que por cada contrato se haya presentado el documento, en los términos del numeral 3.23, que acredite el total cumplimiento de sus obligaciones, los casos en que no se presente tanto el contrato como el documento en el que conste el cumplimiento del mismo, no serán considerados dentro de la evaluación. Posteriormente a la evaluación de puntos y porcentajes se determinará como propuesta solvente técnicamente aquélla que como resultado de la calificación obtenida en la evaluación técnica cumpla con un mínimo de aceptación de 45 puntos del total de los rubros y que cumpla con el total de los requisitos solicitados en la presente convocatoria. La propuesta que no acumule un mínimo de 45 puntos en la evaluación técnica será considerada como no solvente y por tanto, de conformidad con el Articulo Segundo, Numeral Décimo del Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas publicados en el DOF del 9 de septiembre de 2010, será DESECHADA por la CONVOCANTE Los licitantes que cumplan técnicamente con este mínimo de puntaje serán susceptibles de ser evaluados económicamente. La evaluación de los precios ofertados se realizará conforme al artículo 36 Bis Fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

  • CUMPLIMIENTO DE LA LEY El Contratista cumplirá con todas las leyes, ordenanzas, reglas y reglamentaciones que se relacionen con sus obligaciones conforme al presente Contrato.

  • Cumplimiento de las Ofertas 30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta.

  • Limitaciones de responsabilidad El Comprador asume todos los riesgos y la responsabilidad derivada del empleo de los Productos, ya sea individualmente o en combinación con otros materiales. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1476 (exención de responsabilidad) del Código Civil español, el Comprador asume la responsabilidad de analizar los Productos, y la Sociedad no tendrá ningún tipo de responsabilidad si el Comprador emplea los Productos de modo que no se ajusten a las especificaciones estandarizadas en forma escrita por parte de la Sociedad y vigentes en la fecha de entrega. El Comprador deberá entregar a la Sociedad notificación por escrito, en la que haga constar cualquier incumplimiento en los Productos de las especificaciones facilitadas por la Sociedad con cinco (5) días de antelación a partir de que el Comprador identifique dicho incumplimiento. La Sociedad ostentará un derecho a inspeccionar los Productos en cuestión. Por lo que respecta a los Productos que la Sociedad determine que no cumplen las especificaciones, los únicos y exclusivos derechos y acciones que mantendrá el Comprador consistirá en la sustitución de los Productos no conformes a las devoluciones o el reembolso de los importes propios por los mismos, a entera discreción de la Sociedad. En ningún caso la responsabilidad de la Sociedad, excederá de dicho importe o por cualquier otra reclamación. Las reclamaciones relacionadas con Productos no conformes se presentarán en el plazo de treinta (30) días siguientes a la fecha en que el Comprador hubiera conocido o pudiera razonablemente conocer la existencia de la falta de conformidad. El resto de reclamaciones deberán presentarse durante los treinta (30) días siguientes a la recepción de los Productos a los que hagan referencia las reclamaciones, o en aquellas por falta de entrega, en los treinta días siguientes a la fecha de entrega prevista. El hecho de que el Comprador no entregue a la Sociedad notificación por escrito de cualquier reclamación en los plazos mencionados aplicables constituirá una renuncia absoluta e incondicional a dicha reclamación (decadenza). El Comprador no podrá en ningún caso emprender acciones contra la Sociedad transcurridos más de noventa (90) días desde la fecha en que surgiera la causa de la acción.

  • Objeto y finalidad La presente Xxx tiene por objeto regular la contratación del sector público, a fin de garantizar que la misma se ajusta a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos, y de asegurar, en conexión con el objetivo de estabilidad presupuestaria y control del gasto, una eficiente utilización de los fondos destinados a la realización de obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios mediante la exigencia de la definición previa de las necesidades a satisfacer, la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa. Es igualmente objeto de esta Ley la regulación del régimen jurídico aplicable a los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos, en atención a los fines institucionales de carácter público que a través de los mismos se tratan de realizar.