AMPLIACIONES DE PLAZO Cláusulas de Ejemplo

AMPLIACIONES DE PLAZO. A los efectos del otorgamiento de ampliaciones de plazo sólo se tomarán en consideración los inconvenientes generados por casos fortuitos o de fuerza mayor y por lluvias. En tales casos, la ampliación de plazo será otorgada teniendo en cuenta lo informado en los partes diarios confeccionados por la Inspección de Obra y los elementos de prueba acompañados por la contratista y será otorgada conforme a la evaluación realizada por la Inspección, la que requerirá la conformidad expresa del Representante Técnico.
AMPLIACIONES DE PLAZO. En los casos fortuitos o de fuerza mayor, o cuando por cualquier otra causa no imputable a “EL PROVEEDOR” le fuere imposible a éste cumplir con la entrega de los SERVICIOS, solicitará oportunamente y por escrito, la prórroga que considere necesaria, expresando los motivos en que apoye su solicitud. API resolverá en un plazo no mayor de 05 (cinco) días naturales sobre la justificación y procedencia de la prórroga y en su caso, concederá a “EL PROVEEDOR” la prórroga que haya solicitado o la que estime conveniente y se harán conjuntamente las modificaciones correspondientes al programa de entrega. Estas ampliaciones estarán condicionadas a lo que disponen los artículos 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 91 de su Reglamento.
AMPLIACIONES DE PLAZO. El Contratista podrá solicitar la ampliación de plazo pactado por las siguientes causales, siempre que modifiquen el calendario de avance de obra vigente: Xxxxxxx y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista. Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad. Caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados. Para que proceda una ampliación de plazo, deberá observarse el procedimiento y plazos regulados en el Reglamento. La ejecución de obras adicionales será causal de ampliación de plazo sólo si éstas conllevan la modificación del Calendario de Avance de Obra.
AMPLIACIONES DE PLAZO. Nº Fecha: No. de días: Desde: Hasta: Causal:
AMPLIACIONES DE PLAZO. Para efectos de ampliaciones de plazo, EL CONTRATISTA deberá solicitarlo única y exclusivamente y en forma directa a la Dirección Regional de Administración dentro de los siete (7) días de finalizado el hecho generador del atraso o paralización, el cual deberá encontrarse debidamente sustentado en atención a las causales establecidas en el articulo 175º de EL REGLAMENTO. LA ENTIDAD resolverá sobre dicha solicitud en un plazo xx xxxx (10) días hábiles, computado desde su presentación. Sobre este aspecto cabe precisar, que la solicitud presentada en dependencia distinta a la establecida en el párrafo precedente no será considerada para ningún efecto del presente contrato.
AMPLIACIONES DE PLAZO. Solo se podrá reconocer ampliaciones de plazo con arreglo a lo dispuesto en las Bases, Ley y Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Modificatorias.
AMPLIACIONES DE PLAZO. Los plazos de ejecución parciales o totales de las obras, podrán ser ampliados por escrito por la CONCESIONARIA, cuando ocurran algunos de los siguientes hechos:
AMPLIACIONES DE PLAZO. La Gerencia General o la Gerencia de Administración y Finanzas, según corresponda, se pronunciará sobre las solicitudes de ampliación de plazo a que hace referencia los artículos 41° de la Ley y el175° de su Reglamento. Para tal efecto, se deberá contar con lo siguiente:
AMPLIACIONES DE PLAZO. En concordancia con el artículo 169° del RLCE, el contratista podrá solicitar la ampliación de plazo pactado por cualquiera de las siguientes causales ajenas a la voluntad del contratista, siempre que modifiquen la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente al momento de la solicitud de la ampliación:
AMPLIACIONES DE PLAZO. El Contratista podrá solicitar la ampliación de plazo pactado por las siguientes causales, siempre que modifiquen el calendario de avance de obra vigente: