ALCANCES. Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, “LAS PARTES” están de acuerdo en llevar a cabo actividades como las enlistadas a continuación: a. Estimular el intercambio de personal académico con el propósito de actualizar conocimientos en investigación académica, científica tecnológica y cultural en general; b. Estimular la movilidad de los estudiantes vinculados a los programas académicos de la universidad, con el propósito de facilitar el intercambio en diferentes áreas del conocimiento, la investigación, las pasantías y el desarrollo de actividades culturales y deportivas en general; c. Propiciar el intercambio de personal administrativo con el fin contribuir con el fortalecimiento de los procesos administrativos de ambas instituciones; d. Contribuir en la definición de líneas de investigación conjunta y estructurar y desarrollar proyectos de investigación conjunta en áreas de interés común; e. Facilitar la participación mutua en eventos académicos organizados por cualquiera de las dos instituciones; f. Propiciar el intercambio de información entre ambas instituciones; g. Programación conjunta de cursos y seminarios en áreas de interés común; h. Publicaciones conjuntas; i. Desarrollar programas de cooperación en docencia, investigación y de servicio a la comunidad en áreas de desempeño actual de “LAS PARTES”. j. Toda otra acción que las partes decidan emprender de común acuerdo y con mutuo beneficio. k. Toda otra forma de cooperación pedagógica, científica y técnica. l. Facilitar las negociaciones y acuerdos para el cumplimiento de las actividades mencionadas con anterioridad.
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ALCANCES. Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, “LAS PARTES” están de acuerdo en llevar a cabo actividades como las enlistadas a continuación:
a. Estimular el intercambio 1. La movilidad de docentes, investigadores y estudiantes de pregrado y posgrado para participar en conferencias, simposios, talleres, seminarios de investigación y de propuestas de investigación y enseñanza que consoliden la relación académica.
2. Intercambio de personal académico con el propósito a corto y mediano plazo para apoyar en la consolidación de actualizar conocimientos en investigación académica, científica tecnológica y cultural en general;programas de formación ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ humano de alta calidad.
b. Estimular la movilidad de los estudiantes vinculados a los programas académicos de la universidad, con el propósito de facilitar el intercambio en diferentes áreas del conocimiento, la investigación, las pasantías y el desarrollo de actividades culturales y deportivas en general;
c. Propiciar el intercambio 3. Intercambio de personal administrativo con el fin contribuir con el fortalecimiento de académico y técnico que apoye los procesos administrativos de ambas instituciones;
d. Contribuir en la definición de líneas trabajos y programas de investigación conjunta y estructurar y desarrollar proyectos de investigación conjunta en áreas de interés común;vinculación con la sociedad.
e. Facilitar la participación mutua en eventos académicos organizados por cualquiera de las dos instituciones;
f. Propiciar el 4. intercambio de información entre ambas instituciones;científica, tecnológica y material y recursos bibliográficos que se produzca.
g. Programación conjunta 5. Intercambio de cursos y seminarios asesoría en aspectos relacionados con las áreas de interés común;
h. Publicaciones conjuntas;
i. Desarrollar programas especialización académica, técnica o de cooperación servicios de las instituciones, en docencia, investigación y de servicio a la comunidad beneficio que se realizan en áreas de desempeño actual de “LAS PARTES”ellas.
j. Toda otra acción 6. Establecer canales de comunicación que las partes decidan emprender de común acuerdo y con mutuo beneficio.
k. Toda otra forma de cooperación pedagógica, científica y técnica.
l. Facilitar las negociaciones y acuerdos para el cumplimiento permitan la difusión de las actividades mencionadas con anterioridadacadémicas, científicas, culturales, ambientales y sociales.
7. Intercambio de estudiantes de pregrado y posgrado, de acuerdo a la oferta de programas de cada una de las instituciones parte del Convenio.
8. El intercambio de acervo cultural para su exhibición y difusión, así como de artistas para realizar estancias de creación.
9. Las Partes se obligan a presentar por escrito programas específicos de trabajo para colaborar en tareas de mutuo interés.
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