Common use of Agua de construcción Clause in Contracts

Agua de construcción. El agua deberá ser apta para la ejecución de la obra. Su obtención y su consumo, será costeado por el Contratista, a cuyo cargo estará el pago de todos los derechos que pudieran corresponder por ese concepto, los que no le serán específicamente reembolsados, considerándose todo ello incluido en la Oferta. Los trabajos incluyen las desconexiones, conexiones y rehabilitaciones de cualquier instalación provisoria o definitiva, las que deberán ser gestionadas por el Contratista con la debida anticipación, corriendo por cuenta del mismo, los gastos, trámites, derechos, etc., que éstos eventos demanden. No se procederá a extender la recepción provisoria de las obras, hasta tanto el Contratista no presente la aprobación final de las instalaciones por parte de las respectivas empresas. El artículo 1.6.22 del P.C.G. se complementa con lo siguiente: En ausencia del Representante Técnico en obra, quedará siempre en ella, un técnico capacitado para reemplazarlo en las funciones que le competen, denominado Representante en Obra, cuya categoría deberá ser aprobada por la Inspección de Obra, de forma tal que no se resienta la marcha de la obra. En caso de producirse la caducidad de la designación del Representante, ya sea por decisión del Contratista o del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, se deberá proponer reemplazante dentro de los dos (2) días corridos de producida la vacante. La Inspección de Obra podrá aceptar o rechazar al Profesional propuesto. En tal caso se deberá proponer otro. Las citaciones al Representante se harán con un (1) día hábil de anticipación de los trabajos, mediante Orden de Servicio. La negligencia demostrada en la ejecución de los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones pertinentes, o la incomparecencia reiterada a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a la remoción del Representante en Obra. Toda justificación de inasistencia del Contratista o de su Representante en Obra, se hará por escrito ante la Inspección de Obra, la cual podrá aceptar o rechazar las causales mediante su asentamiento en el libro de “Ordenes de Servicio”. PLIEG-2019-06522079-GCABA-UPEMS En su ausencia quedará siempre en Obra un Técnico capacitado para reemplazarlo en las funciones que le competen, de su mismo nivel, de forma tal que no resienta la marcha de la Obra. En ningún caso dicho sustituto podrá observar órdenes impartidas por la Inspección de Obra, todo lo cual será exclusiva responsabilidad del Contratista o de su Representante Técnico. Toda ausencia del Contratista o su Representante en Obra que no obedezca a razones justificadas, a juicio de la Inspección, dará motivo a la aplicación de una multa igual al incumplimiento de un Orden de Servicio.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares

Agua de construcción. El agua deberá ser apta para la ejecución de la obra. Su obtención y su consumo, será costeado por el Contratista, a cuyo cargo estará el pago de todos los derechos que pudieran corresponder por ese concepto, los que no le serán específicamente reembolsados, considerándose todo ello incluido en la Oferta. Los El Adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio, excepto para el supuesto de la cobertura de daño ambiental, la cual se acreditará mediante presentación del original en la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Seguros (DGCyC). PLIEG-2019-28120151-GCABA-DGOINFU Asimismo es de señalar que, deberán acreditarse las coberturas, como mínimo una vez por año o cada vez que modifique y/o cambie de compañía aseguradora, siempre con previa autorización del GCBA, o cada vez que el GCABA lo solicite, se presentarán copias de las pólizas y de sus comprobantes de pago del premio. La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al Adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad. El Adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos incluyen encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las desconexionesposibles prórrogas. Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, conexiones el Adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación contractual, con una antelación no menos de cuarenta y rehabilitaciones ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. La no actualización de las pólizas dará lugar a las sanciones que por ello correspondan, de acuerdo a las convenciones contractuales. El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier instalación provisoria o definitivasiniestro que se produjera en este caso. Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Contratista asume el importe de las que franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras. Quedará a criterio del GCBA conforme los trabajos a efectuar objeto de la presente contratación la inclusión/incorporación/exclusión de cláusulas de cobertura, medida de la prestación y modificación de sumas aseguradas, durante la vigencia de las pólizas contratadas por el adjudicatario. Las coberturas de seguros deberán ser gestionadas por el Contratista con la debida anticipación, corriendo por cuenta del mismo, los gastos, trámites, derechos, etc., que éstos eventos demanden. No se procederá a extender la recepción provisoria de las obras, hasta tanto el Contratista no presente la aprobación final de las instalaciones por parte de las respectivas empresas. El artículo 1.6.22 del P.C.G. se complementa con lo siguiente: En ausencia del Representante Técnico contratadas en obra, quedará siempre en ella, un técnico capacitado para reemplazarlo en las funciones que le competen, denominado Representante en Obra, cuya categoría deberá ser aprobada una empresa aseguradora habilitada por la Inspección Superintendencia de Obra, de forma tal que no se resienta la marcha Seguros de la obra. En caso de producirse la caducidad de la designación del RepresentanteNación, ya sea por decisión del Contratista o del Gobierno de con domicilio en la Ciudad de Buenos AiresAires y que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $ 500.000.000 (pesos quinientos millones), se deberá proponer reemplazante dentro de acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma. Deberán también acreditar una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina. Lo antedicho y enumerado en materia de patrimonio no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento). Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las contingencias derivadas de los dos (2) días corridos accidentes de producida la vacante. La Inspección trabajo, de Obra podrá aceptar muerte, invalidez total o rechazar al Profesional propuesto. En tal caso se deberá proponer otro. Las citaciones al Representante se harán con un (1) día hábil de anticipación de los trabajos, mediante Orden de Servicio. La negligencia demostrada en la ejecución de los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones pertinentes, o la incomparecencia reiterada a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a la remoción del Representante en Obra. Toda justificación de inasistencia del Contratista o de su Representante en Obra, se hará por escrito ante la Inspección de Obra, la cual podrá aceptar o rechazar las causales mediante su asentamiento en el libro de “Ordenes de Servicio”parcial. PLIEG-2019-0652207928120151-GCABA-UPEMS DGOINFU En su ausencia quedará siempre en Obra un Técnico capacitado para reemplazarlo en las funciones que le competen, de su mismo nivel, de forma tal que no resienta la marcha el supuesto de la Obra. cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de dependencia: - Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto: En ningún caso dicho sustituto podrá observar órdenes impartidas por la Inspección de Obra, todo lo cual será exclusiva responsabilidad del Contratista o de su Representante Técnico. Toda ausencia del Contratista o su Representante en Obra que no obedezca a razones justificadas, a juicio el supuesto de la Inspeccióncobertura de Seguro de Accidentes Personales, dará motivo para quienes prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de dependencia: -Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto: Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes: Seguro de Accidentes Personales: La aseguradora se obligará a la aplicación indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de una multa igual al incumplimiento accidentes acaecidos, como así también en concepto de un Orden de Serviciolas erogaciones en que se incurran por asistencia médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza.

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Samples: www.buenosaires.gob.ar

Agua de construcción. El agua deberá ser apta para Será por cuenta del Contratista la ejecución de la obra. Su obtención gestión y su consumo, será costeado por el Contratista, a cuyo cargo estará el pago de todos los derechos que pudieran corresponder por ese concepto, los que no le serán específicamente reembolsados, considerándose todo ello incluido en correspondiere según el trabajo y las normas de Agua y Saneamientos Argentino Sociedad Anónima (AYSA). El GCBA podrá exigir la Ofertaexhibición de comprobantes del cumplimiento de esta obligación. Los trabajos incluyen las desconexiones, conexiones y rehabilitaciones rehabilitación de cualquier instalación provisoria o definitiva, las que deberán ser gestionadas por el Contratista Contratista, con la debida anticipación, anticipación y corriendo por cuenta del mismo, los gastos, trámites, derechos, etc., que éstos eventos demanden. En caso de que los trabajos a realizar implicaran tareas de apertura y cierre de calzadas en la vía pública, el Contratista deberá cumplir con la Ley Nº 2.634 (texto consolidado por Ley N° 5454) y su Decreto Reglamentario N° 238/GCBA/08. No se procederá a extender efectuar la recepción provisoria Recepción Provisoria de las obras, hasta tanto el Contratista no presente la aprobación final de las instalaciones correspondientes de acuerdo al tipo de obra por parte de las respectivas empresas, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder de acuerdo al contrato. El artículo 1.6.22 numeral 5.2 del P.C.G. PCG se complementa con lo siguiente: En ausencia del Representante Técnico en obra, quedará siempre en ella, un técnico capacitado para reemplazarlo en las funciones que le PLIEG-2017-04174831- -DGRU competen, denominado Representante en Obra, cuya categoría identificación deberá ser aprobada por la Inspección de Obra, de forma tal que no se resienta disminuya la marcha ejecución de la obra. En caso de producirse la caducidad de la designación del Representante, ya sea por decisión del Contratista o del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, se deberá proponer reemplazante dentro de los dos (2) días corridos de producida la vacante. La Inspección de Obra podrá aceptar o rechazar al Profesional propuesto. En tal caso se deberá proponer otro. Las citaciones al Representante se harán con un (1) día hábil de anticipación de los trabajos, mediante Orden de Servicio. La negligencia demostrada en la ejecución de los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones pertinentes, o la incomparecencia reiterada a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a la remoción del Representante en Obra. Toda justificación de inasistencia del Contratista o de su Representante en Obra, se hará Obra deberá hacerse por escrito ante la Inspección de Obra, la cual que podrá aceptar o rechazar las causales causales, mediante su asentamiento en el libro Libro de “Ordenes Órdenes de Servicio. PLIEG-2019-06522079-GCABA-UPEMS En su ausencia ausencia, quedará siempre en Obra obra un Técnico técnico capacitado para reemplazarlo en las funciones que le competen, de su mismo nivel, nivel de forma tal que no resienta la marcha de en la Obraobra. En ningún caso dicho sustituto podrá observar órdenes impartidas por la Inspección de ObraInspección, todo lo cual será exclusiva responsabilidad exclusivo del Contratista o de su Representante Técnicoen Obra. Toda ausencia del Contratista o su Representante en Obra que no obedezca a razones justificadas, a juicio de la Inspección, dará motivo a la aplicación de una multa igual al incumplimiento de un una Orden de Servicio.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

Agua de construcción. Antes del cobro del primer certificado deberá justificarse por medio del recibo correspon- diente, el trámite y el pago de los derechos por agua de construcción que correspondie- ra, los que estarán a cargo de la Empresa Constructora, o en su defecto la certificación de la provisión de la misma. La conducción del agua desde la conexión a los lugares donde se implanten los sanita- xxxx xxx xxxxxxx y cancha de trabajo, se efectuarán en xxxx de diámetro adecuado al consumo que se estime en cada caso, no pudiendo ser inferior a 0.19 m (3/4”). Las cañerías de desagüe se harán en xxxx de PVC en diámetro de 110 mm hasta la colectora o en su defecto x xxxx negro convenientemente ubicado y protegido a juicio del Comitente. Todos los gastos que origine la conexión de la energía eléctrica para uso de obra, y el valor de su consumo o uso, serán por cuenta de la Empresa Constructora. El agua suministro será provisto por la Compañía proveedora de energía eléctrica correspondiente y la Em- presa Constructora deberá ser apta realizar todos los tendidos necesarios para la ejecución el uso de la obra, sometiéndolos a la aprobación del Comitente. Su obtención Estas instalaciones deberán dar estricto cumplimiento a las Normas de Seguridad operantes en Leyes y Reglamentos. Si fuera necesario la provisión de un generador eléctrico la Empresa Constructora pedirá aproba- ción de esta circunstancia y las características que deberá tener el mismo a fin de cum- plir las normas de seguridad. El Comitente se reserva el derecho de solicitar la provisión de un generador cuando lo considere conveniente y se hará cargo de los gastos que este pedido demande. La Empresa Constructora deberá afectar en forma permanente un Representante Técni- co con la capacidad y experiencia establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares, quien deberá permanecer en obra durante el horario en el que se realicen los trabajos y deberá mantener una comunicación permanente con el Comitente. La Empresa Cons- tructora deberá disponer los medios de comunicación necesarios a tal efecto cuyos gas- tos hasta la Recepción definitiva de la obra estarán a su consumoexclusivo cargo. La Empresa Constructora preparará una documentación fotográfica y/o fílmica según las indicaciones del Comitente que enviará quincenalmente al Comitente, será costeado por donde se registre el Contratistaprogreso de obra, a cuyo cargo estará así como cualquier etapa de obra importante, especialmente las partes que quedarán ocultas. Las fotografías y las filmaciones en formato digital, debe- rán incluir en el pago de todos los derechos que pudieran corresponder por ese concepto, los que no le serán específicamente reembolsados, considerándose todo ello incluido nombre del archivo la fecha en la Oferta. Los trabajos incluyen las desconexiones, conexiones y rehabilitaciones de cualquier instalación provisoria o definitiva, las que deberán ser gestionadas por el Contratista con la debida anticipación, corriendo por cuenta del mismo, los gastos, trámites, derechos, etcfueron tomadas., que éstos eventos demanden. No se procederá a extender la recepción provisoria de las obras, hasta tanto el Contratista no presente la aprobación final de las instalaciones por parte de las respectivas empresas. El artículo 1.6.22 del P.C.G. se complementa con lo siguiente: En ausencia del Representante Técnico en obra, quedará siempre en ella, un técnico capacitado para reemplazarlo en las funciones que le competen, denominado Representante en Obra, cuya categoría deberá ser aprobada por la Inspección de Obra, de forma tal que no se resienta la marcha de la obra. En caso de producirse la caducidad de la designación del Representante, ya sea por decisión del Contratista o del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, se deberá proponer reemplazante dentro de los dos (2) días corridos de producida la vacante. La Inspección de Obra podrá aceptar o rechazar al Profesional propuesto. En tal caso se deberá proponer otro. Las citaciones al Representante se harán con un (1) día hábil de anticipación de los trabajos, mediante Orden de Servicio. La negligencia demostrada en la ejecución de los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones pertinentes, o la incomparecencia reiterada a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a la remoción del Representante en Obra. Toda justificación de inasistencia del Contratista o de su Representante en Obra, se hará por escrito ante la Inspección de Obra, la cual podrá aceptar o rechazar las causales mediante su asentamiento en el libro de “Ordenes de Servicio”. PLIEG-2019-06522079-GCABA-UPEMS En su ausencia quedará siempre en Obra un Técnico capacitado para reemplazarlo en las funciones que le competen, de su mismo nivel, de forma tal que no resienta la marcha de la Obra. En ningún caso dicho sustituto podrá observar órdenes impartidas por la Inspección de Obra, todo lo cual será exclusiva responsabilidad del Contratista o de su Representante Técnico. Toda ausencia del Contratista o su Representante en Obra que no obedezca a razones justificadas, a juicio de la Inspección, dará motivo a la aplicación de una multa igual al incumplimiento de un Orden de Servicio.

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Samples: hacienda.corrientes.gob.ar