Common use of ACUERDOS ESPECIALES Clause in Contracts

ACUERDOS ESPECIALES. Aparte de los acuerdos expresamente previstos en los artículos 11, 14, 15, 17, 36, 108, 109, 132, 133 y 149, las Altas Partes contratantes podrán concertar otros acuerdos especiales sobre cualquier cuestión que les parezca oportuna reglamentar particularmente. Ningún acuerdo especial podrá alterar la situación de las personas protegidas, tal como queda reglamentada. por el presente Xxxxxxxx, ni restringir los derechos que éste les otorga. Las personas protegidas continuarán beneficiándose de estos acuerdos todo el tiempo que les sea aplicable el Convenio, salvo estipulaciones en contra contenidas en los dichos acuerdos o en acuerdos ulteriores, o lo mismo salvo medidas más favorables que, respecto a ellas, haya tomado cualquiera de las Partes en conflicto.

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Samples: Convenio De Ginebra Relativo a La Proteccion De Personas Civiles en Tiempo De Guerra Del 12 De Agosto De 1949

ACUERDOS ESPECIALES. Aparte de los acuerdos expresamente previstos en los artículos 11, 14, 15, 17, 36, 108, 109, 132, 133 y 149, las Altas Partes contratantes Contratantes podrán concertar otros acuerdos especiales sobre cualquier cuestión que les parezca oportuna reglamentar oportuno zanjar particularmente. Ningún acuerdo especial podrá alterar perjudicar a la situación de las personas protegidas, tal como queda reglamentada. por se reglamenta en el presente XxxxxxxxConvenio, ni restringir los derechos que en éste se les otorga. Las personas protegidas continuarán seguirán beneficiándose de estos acuerdos todo mientras el tiempo que Convenio les sea aplicable el Convenioaplicable, salvo estipulaciones en contra contenidas contrario expresamente consignadas en los dichos acuerdos o en acuerdos ulteriores, o lo mismo también salvo medidas más favorables que, tomadas a su respecto a ellas, haya tomado cualquiera por una u otra de las Partes en conflicto.

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Samples: www.oas.org

ACUERDOS ESPECIALES. Aparte de los acuerdos expresamente previstos en los artículos 11, 14, 15, 17, 36, 108, 109, 132, 133 y 149, las Altas Partes contratantes podrán concertar otros acuerdos especiales sobre cualquier cuestión que les parezca oportuna oportuno reglamentar particularmente. Ningún acuerdo especial podrá alterar perjudicar a la situación de las personas protegidas, tal como queda reglamentada. reglamentada por el presente XxxxxxxxConvenio, ni restringir los derechos que éste les otorga. Las personas protegidas continuarán beneficiándose de estos acuerdos todo el tiempo que mientras les sea aplicable el Convenio, salvo estipulaciones en contra contrario expresamente contenidas en los dichos acuerdos o en acuerdos ulteriores, o lo mismo también salvo medidas más favorables que, respecto a ellas, ellas haya tomado cualquiera de las Partes en conflictocontendientes.

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Samples: Convenio De Ginebra Sobre La Protección De Las Personas Civiles en Tiempos De

ACUERDOS ESPECIALES. Aparte de los acuerdos expresamente previstos en los artículos Arts 11, 14, 15, 17, 36, 108, 109, 132, 133 y 149, las Altas Partes contratantes Contratantes podrán concertar otros acuerdos especiales especia- les sobre cualquier cuestión que les parezca oportuna reglamentar oportuno zanjar particularmente. Ningún acuerdo especial podrá alterar perjudicar a la situación de las personas protegidas, tal como queda reglamentada. por se reglamenta en el presente XxxxxxxxConvenio, ni restringir los derechos que en éste se les otorga. Las personas protegidas continuarán seguirán beneficiándose de estos acuerdos todo mientras el tiempo que Conve- nio les sea aplicable el Convenioaplicable, salvo estipulaciones en contra contenidas contrario expresamente consignadas en los dichos acuerdos o en acuerdos ulteriores, o lo mismo también salvo medidas más favorables que, to- madas a su respecto a ellas, haya tomado cualquiera por una u otra de las Partes en conflicto.

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Samples: www.mindef.gob.pe