Actualización Tecnológica Cláusulas de Ejemplo

Actualización Tecnológica. Se considera Actualización Tecnológica todas aquellas variaciones en la oferta de servicios de comunicaciones fijos, datos y móviles del operador adjudicatario que supongan una mejora en las condiciones técnicas de los servicios en explotación en el AYTO. de Abarán durante la vigencia del concurso. El AYTO. Abarán se reserva el derecho de introducir estas actualizaciones tecnológicas previo acuerdo con el operador adjudicatario. Para cada Actualización Tecnológica se elaborara una Memoria Técnica donde se detallaran las condiciones técnicas, administrativas y económicas del servicio. En el caso de que el AYTO. Abarán y el operador adjudicatario de este concurso no lleguen a un acuerdo para un servicio de Actualización Tecnológica, el AYTO. Abarán se reserva el derecho a contratar un servicio equivalente con otro operador siempre que esta contratación no suponga una baja en ninguno de los servicios adjudicados mediante el presente concurso.
Actualización Tecnológica. En el caso de presentarse una “Actualización Tecnológica” en los bienes y/o elementos que forman parte de la oferta para cualquier ítem y en cualquier momento anterior a la entrega de la totalidad de los bienes, el adjudicatario deberá suministrar tales equipos y/o elementos actualizados, contando con la autorización previa del GOBIERNO DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX Y/O MUNICIPIO y sin que esto implique un cargo adicional para esta. Se entenderá que ha ocurrido una actualización tecnológica cuando se presenta en el mercado una nueva versión del bien/bienes cotizados, y que reemplaza a este último, o un nuevo producto con características técnicas superiores en la línea de productos ofrecida por el adjudicatario a la generalidad de sus clientes, y que reemplaza al modelo ofrecido. En tal supuesto, la actualización tecnológica deberá ser aprobada previamente por el GOBIERNO DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX Y/O MUNICIPIO. - LUGAR DE ENTREGA PLIEG-2021-02042690-GDEMZA-DGCPYGB#M El adjudicatario deberá disponer de los bienes, objeto de la presente contratación, en aquellos lugares que disponga el GOBIERNO DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX Y/O MUNICIPIO, los cuales siempre se encontrarán dentro del ámbito de la PROVINCIA XX XXXXXXX PLIEG-2021-02042690-GDEMZA-DGCPYGB#M PLIEG-2021-02042690-GDEMZA-DGCPYGB#MHYF Jueves 8 xx Xxxxx de 2021 El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 83 pagina/s. Digitally signed by GDE GDEMZA - Gestion Documental Electronica MENDOZA DN: cn=GDE GDEMZA - Gestion Documental Electronica MENDOZA, c=AR, o=Ministerio de Gobierno Trabajo y Justicia, ou=Direccion General de Informatica y Comunicaciones, serialNumber=CUIT 30999130638 Date: 2021.04.08 13:24:09 -03'00' Xx Xxxxxxx Xxxx Director de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes Dirección General Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes Ministerio de Hacienda y Finanzas Digitally signed by GDE GDEMZA - Gestion Documental Electronica MENDOZA DN: cn=GDE GDEMZA - Gestion Documental Electronica MENDOZA, c=AR, o=Ministerio de Gobierno Trabajo y Justicia, ou=Direccion General de Informatica y Comunicaciones, serialNumber=CUIT 30999130638
Actualización Tecnológica. El comitente tendrá la opción de reconvertir las instalaciones contratadas a nuevas tecnologías que la empresa contratista ofrezca en el mercado de transmisión de datos y que representen una mejora técnica- económica frente a las existentes, durante el período de duración del contrato y especialmente al momento de analizar la posible prórroga del contrato Vigencia: Año 2021
Actualización Tecnológica. En el caso de presentarse una “actualización tecnológica” en los bienes y/o elementos que formen parte de la oferta del contratista y en cualquier momento anterior a la entrega definitiva de la totalidad de los bienes, el contratista suministrará los bienes y/o elementos actualizados, contando con autorización previa de la SUNAT y sin que esto implique un cargo adicional. Se entenderá que ocurrió una actualización tecnológica cuando se presenta una nueva versión del mismo producto en el mercado, que reemplaza a éste, o una nueva solución con características técnicas superiores - en la línea de productos ofrecida por el contratista a la generalidad de sus clientes – reemplaza la solución ofrecida a la SUNAT. El contratista podrá, según su conveniencia y sin costos adicionales para la SUNAT, entregar bienes más avanzados o con características superiores a las ofrecidas, siempre y cuando cuente con la aprobación previa de la SUNAT. En ningún caso el contratista podrá entregar bienes cuya producción esté descontinuada por el fabricante. El numeral 7.5 Actualización Tecnológica indica “En el caso de presentarse una “actualización tecnológica” en los bienes y/o elementos que formen parte de la oferta del contratista y en cualquier momento anterior a la entrega definitiva de la totalidad de los bienes…” Por lo tanto esta actualización es durante la prestación principal45.
Actualización Tecnológica. 5.8 Asesoría en Estrategia Tecnológica
Actualización Tecnológica. Si durante el período de ejecución de la concesión y antes de la entrega de los bienes, estos son actualizados tecnológicamente, el Concesionario entregará la versión mejorada de los mismos, una vez se cumpla la vida útil de los bienes existentes, previo concepto favorable del Interventor. El concesionario entregará las certificaciones del fabricante o desarrollador del bien donde consten las actualizaciones y la concordancia con los equipos instalados. En caso de que el Interventor acepte el cambio, los costos adicionales que se puedan causar quedan a cargo del Concesionario. Los equipos suministrados deben ser fabricados de acuerdo con las últimas tecnologías desarrolladas en el mercado. Los equipos aprobados cuando son descontinuados por el fabricante, serán reemplazados por uno de características técnicas superiores, previa aprobación del Interventor del contrato. Estos bienes que reemplazarán los originales ofrecidos, no acarrearán ningún costo adicional al contrato. En caso de requerirse el reemplazo de los equipos originalmente contratados, por motivos de actualización tecnológica de los mismos, el Concesionario hará la solicitud al Interventor, manifestando las conveniencias del cambio propuesto y en caso de ser aceptada, se suscribirá el acta de modificación correspondiente. Cada uno de los equipos incluirán al momento de la puesta en funcionamiento, el conjunto completo de partes que, a juicio del fabricante, se consideren necesarias para garantizar la operación y su óptimo funcionamiento. Por lo tanto no se aceptará ningún reclamo por parte del Concesionario, referente al requerimiento de algún elemento, accesorio o módulo adicional que se requiera para que los equipos cumplan con las características y condiciones de operacion requeridas.
Actualización Tecnológica a. En el caso de presentarse una “actualización tecnológica” en los bienes y/o elementos que formen parte de la oferta y en cualquier momento anterior al acta de conformidad de recepción de las licencias, el proveedor debe suministrar tales licencias y/o elementos actualizados, contando con autorización previa de la Entidad y sin que esto implique un costo adicional.
Actualización Tecnológica. Corresponde a una actualización de la versión de software (por ejemplo, relase 3GPP) de la RED DE ACCESO MÓVIL dentro de la misma generación tecnológica (por ejemplo, 4G), incluyendo aquellas que impliquen actualizaciones a nivel de hardware. No se considera actualización tecnológica a las ampliaciones de capacidad realizadas a nivel de software y/o hardware o en el enlace de backhaul, a la división (Split) de sectores de una misma estación base o al despliegue de nuevas funcionalidades o servicios (por ejemplo, VoLTE, MCPTT, etc.).
Actualización Tecnológica. En el caso de presentarse una “actualización tecnológica” en los bienes y/o elementos que formen parte de la oferta del Contratista y en cualquier momento anterior a la entrega definitiva de la totalidad de los bienes, el Contratista podrá suministrar tales equipos y/o elementos actualizados, contando con autorización previa de la SUNAT y sin que esto implique un cargo adicional. Se entenderá que ha ocurrido una actualización tecnológica cuando se presenta una nueva versión del mismo producto en el mercado, que reemplaza a éste, o un nuevo producto con características técnicas superiores - en la línea de productos ofrecida por el Contratista a la generalidad de sus clientes – reemplaza al modelo ofrecido a la SUNAT. El Contratista podrá, según su conveniencia y sin costos adicionales para la SUNAT, entregar software con características superiores a las ofrecidas, siempre y cuando cuente con la aprobación previa de la SUNAT. En ningún caso el Contratista podrá entregar software cuya producción esté descontinuada por el fabricante.
Actualización Tecnológica. Los servicios objeto de contratación deberán prestarse utilizando las condiciones técnicas mas avanzadas que permita el mercado A lo largo de la vigencia del contrato los adjudicatarios deberán incorporar en la ejecución de las prestaciones contratadas todas las actualizaciones tecnológicas que supongan una mejora en las condiciones técnicas de los servicios , ya sea a instancias propias o a petición del DIGV, previo acuerdo entre ambas partes. El adjudicatario deberá mantener informado puntualmente al DIGV de las nuevas tecnologías y servicios disponibles, y se incluirá la posibilidad de plantear servicios pilotos que puedan ser de interés para el DIGV. Los nuevos servicios que no estén incluidos en la oferta técnico – económica inicialmente presentada por el licitador, y que sean demandados por la Administración deberán serán contratados mediante ampliaciones contractuales con arreglo a los procedimientos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En el caso de que el DIGV o el adjudicatario no lleguen a un acuerdo para la incorporación de un nuevo servicio o actualización tecnológica, el DIGV se reserva el derecho de contratar dicho servicios con otro operador.