Auditoría Clause Samples
The 'Auditoría' clause establishes the right of one party to review and examine the records, operations, or compliance of the other party, typically to ensure adherence to contractual obligations. In practice, this clause may allow for scheduled or surprise inspections, access to financial documents, or verification of processes relevant to the agreement. Its core function is to provide transparency and accountability, helping to detect and prevent breaches or mismanagement by enabling oversight.
Auditoría. Durante la vigencia del Contrato y durante el periodo de un (1) año desde la Resolución, a petición del Licenciante, aunque con una frecuencia no superior a dos (2) veces al año y previa notificación con antelación suficiente, el Cliente permitirá al Licenciante realizar una auditoría de los registros y sistemas informáticos del Cliente que estén relacionados con el uso por parte del Cliente del Software con el fin de confirmar el cumplimiento del Contrato por parte del Cliente. El Licenciante llevará a cabo la auditoría dentro del horario laboral normal del Cliente. El Cliente deberá pagar inmediatamente al Licenciante cualquier diferencia resultante a favor del Licenciante, de acuerdo con lo establecido en el Contrato, que se ponga de manifiesto en la auditoría. Si una auditoría revela que el Cliente ha pagado una cantidad inferior en más de un cinco por ciento (5%) a la cantidad realmente adeudada, el Cliente reembolsará al Licenciante todos los gastos ocasionados al Licenciante por la realización de la auditoría.
Auditoría. Anualmente, a nuestro cargo, realizaremos una auditoría, de conformidad con las normas SOC 2 Tipo 2 e ISO/IEC 27001. Todas las certificaciones que resulten de dichas auditorías estarán disponibles en el Centro de confianza de ▇▇▇▇▇▇▇. Ud. puede realizar pruebas de seguridad únicamente conforme a las pautas establecidas en el Centro de confianza de ▇▇▇▇▇▇▇. Podemos verificar periódicamente su cumplimiento de los límites de este Acuerdo o del Pedido correspondiente.
Auditoría. De conformidad con la sección 6.2, en aquellos casos particulares en los que las auditorías y las inspecciones in situ que lleve adelante el Cliente ▇▇▇▇ exigidas obligatoriamente por las Leyes de Protección de Datos, tales auditorías e inspecciones in situ se llevarán a cabo en el horario hábil normal y sin interferir con las operaciones de Sugar, mediante el envío de un aviso escrito con una antelación de no menos de 30 ▇▇▇▇. Sugar también podrá determinar que tales auditorías e inspecciones estén supeditadas a un aviso previo con más antelación, y requerir la firma de un acuerdo de confidencialidad y no divulgación que proteja los datos de otros clientes de Sugar y la confidencialidad de las medidas técnicas y de organización, y los resguardos implementados. Sugar tendrá derecho a rechazar a los auditores que compitan con Sugar. El Cliente, al llevar a cabo una auditoría in situ, tomará todas las medidas razonables para limitar cualquier impacto en Sugar y sus Subencargados del tratamiento de datos, al unificar cualquier solicitud de auditoría que las Filiales autorizadas puedan tener en una sola auditoría. El tiempo y el esfuerzo de Sugar para tales inspecciones se limitarán a un día por año calendario en total para todas las auditorías que solicite el Cliente y cualquier Filial autorizada. ▇▇▇▇▇ tendrá derecho a solicitar una remuneración por su asistencia en la realización de las inspecciones, y el Cliente reembolsará cualquier costo (incluidos los esfuerzos internos) y los gastos asociados con cualquier auditoría.
Auditoría. Llevaremos a cabo, anualmente y a nuestro coste, una auditoría de acuerdo con los estándares SOC 2 Tipo 2 y ISO/IEC 27001. Pondremos a disposición las certificaciones que resulten de estas auditorías en el Celonis Trust Center. Usted podrá realizar pruebas de seguridad únicamente de acuerdo con las directrices establecidas en el Celonis Trust Center. Podremos verificar periódicamente su cumplimiento con las limitaciones en este Contrato y/o el Pedido correspondiente. 15. Exportación. Los Servicios (y derivados de los mismos) podrán estar sujetos a las leyes y normativas de exportación de los Estados Unidos de América y otras jurisdicciones (“Leyes de Exportación”). Usted ▇▇▇▇▇▇ abstenerse de, y hará que terceras partes se abstengan de: (i) exportar, re-exportar o transferir cualquier parte de los Servicios a países, personas o entidades prohibidas por las Leyes de Exportación o (ii) permitir a cualquier Usuario el acceso o el uso de los Servicios en o de un país o región sujeto a embargo por los EE.UU. Podremos bloquear, restringir, limitar o suspender el acceso a los Servicios a cualquier Usuario sujeto a una sanción o embargo aplicable. Cada una de las partes declara que a la Fecha Efectiva, su nombre no consta en ninguna lista de partes ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇ ▇▇.▇▇.
Auditoría. CI se reserva el derecho a exigir la realización de una auditoría del proyecto u organizativa de los gastos realizados con esta Subvención. El Beneficiario acepta reembolsar a CI, a expensas exclusivas del Beneficiario, el monto de cualquier gasto que no esté permitido según los auditores, que se disponga por una excepción de auditoría u otro medio que corresponda, si se concluye que dichos gastos no cumplieron con alguna disposición de esta Subvención. [BORRAR SI SE REQUIERE UNA AUDITORÍA EN VIRTUD DE LA CLÁUSULA 6 C]
Auditoría. En el caso de una auditoría, si se aplican las Cláusulas contractuales tipo, la sección 6 de esta DPA es adicional a la Cláusula 8.9 de las Cláusulas contractuales tipo. Nada en la sección 8.1 de esta DPA varía o modifica las Cláusulas contractuales tipo ni altera los derechos de cualquier autoridad supervisora o de los titulares de datos en virtud de las Cláusulas contractuales tipo. Sugar es un ▇▇▇▇▇▇▇ beneficiario previsto de esta sección.
Auditoría. El Cliente conservará registros comerciales precisos relacionados con la utilización e implementación del Software. ▇▇▇▇▇▇ tendrá derecho, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ una vez cada doce (12) meses y tras notificación por escrito con veinte (20) ▇▇▇▇ hábiles de antelación, a verificar el cumplimiento del Cliente con sus obligaciones en virtud de este Contrato mediante la auditoría de los registros comerciales del Cliente y la utilización e implementación del Software dentro de los sistemas de tecnología de la información del Cliente. ▇▇▇▇▇▇ o una empresa auditora seleccionada por ▇▇▇▇▇▇ llevará a cabo la auditoría durante el horario de trabajo del Cliente y cumplirá las normas y procedimientos de seguridad y protección del Cliente. Ningún contrato cuya firma pudiera requerir el Cliente a la empresa auditora prohibirá directa o indirectamente la revelación de los resultados de la auditoría a ▇▇▇▇▇▇. El Cliente cooperará y ayudará de forma razonable en dicha auditoría. El Cliente pagará a ▇▇▇▇▇▇, a su requerimiento, todas las cantidades correspondientes a Licencias y Mantenimiento por todo el periodo de utilización no autorizada o exceso en el uso de los productos del Software que se revelen en la auditoría. El precio de Licencia para dicha utilización no autorizada o exceso en el uso será facturado a y pagado por el Cliente ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ de precios de ▇▇▇▇▇▇ aplicable en ese momento, y el precio aplicable de Mantenimiento se aplicará retroactivamente a todo el periodo de uso no autorizado o excesivo. ▇▇▇▇▇▇ será responsable de los costes y gastos propios que se deriven de la auditoría, a menos que la auditoría indique que el Cliente ha excedido su Capacidad de Licencia o que ha excedido de otra forma sus restricciones de licencia de forma que el precio del uso no autorizado del Software, de acuerdo con la lista de precios en vigor en ese momento, supere en un cinco por ciento (5%) el precio del uso autorizado del Software, de acuerdo con la lista de precios en vigor en ese momento, en cuyo caso el Cliente reembolsará a ▇▇▇▇▇▇, a su requerimiento, todos los costos y gastos de la auditoría, dentro de una base razonable. 4.0 TERMINATION 4.0 VIGENCIA Y TERMINACION 4.1
Auditoría. Previa notificación por escrito con cuarenta y cinco (45) días de antelación y una vez cada doce (12) meses como máximo, Oracle podrá auditar el uso de los Servicios Cloud por parte del Cliente para asegurarse de que se ajuste a las condiciones del Presupuesto/Formulario de Pedido aplicable y de este Acuerdo. Dichas auditorías no interferirán injustificadamente en las
Auditoría. Previa notificación por escrito con cuarenta y cinco (45) días de antelación y una vez cada doce (12) meses como máximo, Oracle podrá auditar el uso de los Servicios Cloud por parte del Cliente para asegurarse de que se ajuste a las condiciones del Presupuesto/Impreso de Pedido aplicable y de este Acuerdo. Dichas auditorías no interferirán injustificadamente en las operaciones de negocio habituales del Cliente. El Cliente acepta cooperar con Oracle en dichas auditorías y prestar una asistencia y un acceso razonables a la información razonablemente solicitada por Oracle. La realización de la auditoría y los datos no públicos obtenidos a lo largo de ella (incluidas las conclusiones o los informes derivados de la auditoría) estarán sujetos a las cláusulas de la Sección 8 (Confidencialidad) de este Acuerdo. Si en la auditoría se identifica una no conformidad, el Cliente se compromete a ponerle solución (lo que puede incluir, entre otros, el abono de cualquier tarifa por Servicios Cloud agrees that Oracle shall not be responsible for any of Customer’s costs incurred in cooperating with the audit. adicionales) en un plazo de treinta (30) días a partir de la notificación por escrito de dicha no conformidad. El Cliente acepta que Oracle no será responsable de ninguno de los costes en los que incurra el Cliente por su cooperación en la auditoría.
