Definición de Usuarios del Servicio

Usuarios del Servicio significarán los usuarios que suscriban el Contrato del Servicio con el Concesionario. Entre los Usuarios del Servicio se cuenta a los usuarios agrícolas, hidroeléctricos y el Proyecto Especial Chavimochic en lo que respecta al contrato de suministro de agua para atender los requerimientos de la planta de tratamiento de agua potable xx Xxxxxxxx, y en su calidad de propietario de la central hidroeléctrica de Virú. También serán Usuarios del Servicio, las entidades que sean futuras suscriptoras de contratos para el suministro de agua a otras poblaciones del ámbito del Proyecto Chavimochic.

Examples of Usuarios del Servicio in a sentence

  • Dichos supuestos se irán ajustando a medida que se vayan incorporando los Usuarios del Servicio y se vaya contando con información real sobre sus requerimientos.

  • Para el caso de los Usuarios del Servicio que cuenten con licencias de uso de agua vigentes por volúmenes inferiores a la asignación anual señalada en su respectivo Contrato del Servicio, el Concesionario les otorgará certificados nominativos por un volumen igual a la diferencia volumétrica resultante.

  • Durante este periodo el Concesionario llevará a cabo las actividades de operación y mantenimiento de las Obras y prestará el Servicio a los Usuarios del Servicio y atenderá el Suministro en Bloque al Proyecto Especial Chavimochic para su distribución a las Juntas de Usuarios.

  • A partir de esta licencia en bloque el Concesionario entregará certificados nominativos a los Usuarios del Servicio que no dispongan de licencias de usos de agua vigentes.

  • El Concesionario deberá regular, conducir y distribuir los volúmenes de agua del sistema integrado conformado por el conjunto de las Obras y entregarlos con arreglo a las condiciones establecidas en el Anexo 2 del presente Contrato: a) a los Usuarios del Servicio con arreglo a los Contratos del Servicio; y b) al Proyecto Especial Chavimochic con arreglo al Contrato de Suministro de Agua en Bloque para las Juntas de Usuarios.

  • Los valores de las Tarifas Básicas que se considerarán en los Contratos del Servicio, para los diferentes tipos de Usuarios del Servicio del Proyecto Chavimochic, son aquellos considerados en el Estudio de Factibilidad de la Tercera Etapa xx xxxxx de 2013 y en el informe técnico N° 030-2013-EF/63.01 de verificación de la viabilidad SNIP de la Tercera Etapa del Proyecto Chavimochic, emitido el 17 xx xxxx de 2103 por la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas.

  • Para los efectos de la prestación del Servicio a los Usuarios del Servicio, el Concesionario suscribirá con cada uno de ellos, el Contrato del Servicio respectivo que estará regulado por: el Contrato de Concesión, la Ley N° 28029 y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2013-AG, el Código Civil y demás Leyes Aplicables.

  • La Tarifa Básica por la prestación del Servicio a los Usuarios del Servicio está representada por el tarifario consignado en el estudio de factibilidad de la tercera etapa del Proyecto Chavimochic y en el Informe Técnico N°030-2013-EF/63.01 emitido por la Dirección General de Políticas de Inversión del Ministerio de Economía y Finanzas, el cual se detalla en el Anexo 2.

  • Esta programación, que se estructurará como un Plan del Servicio dentro del Plan General de Suministro, se basará inicialmente en supuestos consistentes a partir de las demandas de los actuales potenciales Usuarios del Servicio y de una cédula de cultivo referencial para las áreas agrícolas por incorporar.

  • Para tal efecto, cada año, en el mes que señale el Concesionario, los Usuarios del Servicio presentarán al Concesionario, su respectivo plan de demanda.

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  • Servicio Es el servicio público de transmisión de energía eléctrica a ser prestado por el CONCESIONARIO a través del Proyecto bajo los términos del Contrato y las Leyes y Disposiciones Aplicables.

  • Servicios significa el trabajo que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Apéndice A adjunto.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO N° 10

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la Primera Parte de este Contrato y que contienen los elementos peculiares de la operación.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 4,500.00 (Cuatro mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Bienes significa todos los productos, materia prima, maquinaria y equipo, y otros materiales que el Proveedor deba proporcionar al Comprador en virtud del Contrato.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Impuestos significa todos y cada uno de los impuestos, ya sean federales, estatales, locales u otros impuestos relacionados con la Transacción o con el Importe de la Transacción, y los costos incurridos en relación con dichos impuestos, incluidos, sin limitación, los honorarios y gastos de abogados y contables especializados en impuestos.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • PARAGRAFO SEGUNDO En el evento de que el presunto incumplimiento se evidencie con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución, se suspenderán los plazos para su liquidación hasta tanto se agote el procedimiento previsto en la cláusula décima sexta del presente contrato.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.