Definición de Expedidor

Expedidor la persona que, por si mismo o a través de su representante, concierta el contrato de expedición.
Expedidor. Es el 3º, ajeno al contrato de transporte, que, por cuenta del cargador, hace entrega de las mercancías al transportista, en el lugar de expedición de las mismas.
Expedidor toda persona que celebre, o en cuyo nombre o por cuya cuenta se celebre, un contrato de transporte con un transportista;

Examples of Expedidor in a sentence

  • La responsabilidad de obtener, documentar y transmitir la masa bruta verificada (VGM) de un contenedor lleno a la naviera, corresponde al Expedidor y/o Cliente.

  • En el supuesto de envíos a USA, son responsabilidad del Expedidor los requisitos de información previa y de documentación necesaria para la importación en aquel país que en cada momento se requieran por las autoridades, respondiendo éste de su exactitud y puntualidad.

  • Si se incumpliera esta obligación, responderá el Expedidor frente al operador y frente a terceros de todos los perjuicios que resulten en la expedición de las mercancías, las cuales podrán ser descargadas, destruidas o transformadas en inofensivas, según requieran las circunstancias, sin que el expedidor pueda reclamar por este motivo indemnización alguna, y sin perjuicio de contribuir por el valor de las mercancías a la avería gruesa, si llegare el caso.

  • Asimismo, el Expedidor deberá hacerse cargo de cuantos gastos, daños y perjuicios puedan derivarse de cualquier incumplimiento, sin que ICONTAINERS sea responsable de las consecuencias derivadas de no haberse podido informar a la Aduana de los USA de la naturaleza del envío con la antelación prescrita o de fallos en la documentación de importación.

  • URL Código Expedidor Insolvencia Descríbalas Indíquense los motivos por los que, no obstante, es capaz de ejecutar el contrato No será necesario facilitar esta información si la exclusión de los operadores económicos en este caso tiene carácter obligatorio en virtud del Derecho nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato.

  • URL Código Expedidor Situación análoga a la quiebra con arreglo al Derecho nacional Descríbalas Indíquense los motivos por los que, no obstante, es capaz de ejecutar el contrato No será necesario facilitar esta información si la exclusión de los operadores económicos en este caso tiene carácter obligatorio en virtud del Derecho nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato.

  • Es considerado como la persona identificada como Expedidor, la cual, se menciona con esa calidad en el conocimiento de embarque o en la carta de porte marítimo, la guía de transporte marítimo o documento de transporte multimodal equivalente y/o persona que haya concertado un contrato de transporte de mercancías con alguna naviera.

  • Expedidor es el tercero que por cuenta del cargador haga entrega de las mercancías al transportista en el lugar de recepción de la mercancía.

  • RESPONSABLES SIGFITO nunca asumirá las responsabilidades, funciones ni aparecerá en la documentación correspondiente como Expedidor, Cargador, Descargador o Destinatario.

  • La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: Código: Expedidor: - Por fraude en el sentido del art 1 del Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO C 316 de 27.11.1995, p.48).


More Definitions of Expedidor

Expedidor. Es equivalente al término "Cargador", significa la persona física o jurídica cuyo nombre se indica en la Guía Aérea o Registro de Embarque, que contrata con el Transportador el transporte de carga.
Expedidor. Es el tercero que, por cuenta del cargador, hace la entrega de las mercancías al transportista en el lugar de recepción de la mercancía. Además, la carta de porte es muy flexible ya que las condiciones del contrato se pueden pactar libremente, excepto claro está, aquellas responsabilidades que se marcan para evitar posiciones de fuerza de alguna de las partes. La Ley establece un contenido mínimo de la carta de porte con 14 menciones, que podrá ampliarse con cualquiera otras. Sin embargo la ausencia de alguna de las menciones no producirá la inexistencia o la nulidad del contrato y serán eficaces las menciones incluidas. (La Ley incluso da facilidades para que esa carta de porte, si las partes están de acuerdo, pueda consistir en un registro electrónico de datos que puedan ser transformados en signos escritos legibles). El segundo día este importe se incrementa un 25% y el tercero y siguientes un 50 %. El IPREM se actualiza cada año en los Presupuestos Generales del Estado. Teniendo en cuenta el IPREM para el 2018, las indemnizaciones por paralización serían:
Expedidor. La persona que celebra el Contrato de Transporte Multimodal con el Operador de Transporte Multimodal.
Expedidor. Es el tercero que, por cuenta del cargador, hace la entrega de las mercancías al transportista en el lugar de recepción de la mercancía. La Ley establece un contenido mínimo de la carta de porte con 14 menciones, que podrá ampliarse con cualquiera otras. Sin embargo la ausencia de alguna de las menciones no producirá la inexistencia o la nulidad del contrato y serán eficaces las menciones incluidas. El IPREM se actualiza cada año en los Presupuestos Generales del Estado. Teniendo en cuenta el IPREM para el 2010, las indemnizaciones por paraliza- ción serían: • Indemnización por hora: 35,5 euros. • Indemnización diaria: 355 euros. • Segundo día de paralización: 443,75 euros. • Tercer día y siguientes: 532,5 euros.
Expedidor la parte mencionada en el conocimiento de embarque o en la carta de porte como expedidor y/o la persona que haya concertado (o en cuyo nombre o por cuenta de la cual se haya concertado) un contrato de transporte de mercancías con un transportista. También conocido como remitente. Hora de llegada: hora a la que un buque fondea o atraca en un muelle, en puerto. Hora estimada de llegada: hora a la que un buque tiene previsto llegar a la estación de práctico del puerto, u hora en la que tiene previsto entrar en una zona portuaria específica en la que se aplique el reglamento del puerto. Levante: acto por el cual las autoridades aduaneras permiten a los interesados disponer de las mercancías objeto de despacho. Manifiesto: documento en el que se recapitulan los distintos datos procedentes de los conocimientos de embarque y otros documentos de transporte expedidos para llevar las mercancías a bordo del buque.