Definición de Edificio público

Edificio público. Edificio perteneciente a instituciones del sector público costarricense.
Edificio público cualquier estructura, edificio o instalación, incluyendo su equipo e infraestructura eléctrica, que sean propiedad de una unidad gubernamental u operada por ésta.

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  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la primera parte de este Contrato.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.