Definición de Demanda contratada

Demanda contratada. Es la suma de las potencias en kilowatt (kW) de los equipos, aparatos y dispositivos que el usuario manifiesta tener conectados.
Demanda contratada. Es la suma de las potencias en kilowatts (kW) de los equipos, aparatos y dispositivos que el “USUARIO DE SUMINISTRO BÁSICO” manifiesta tener conectados. La Demanda contratada la fijará éste inicialmente y su valor no será menor del 60% de la Carga total conectada, ni menor de 10 kilowatts (kW) o la capacidad del mayor motor o aparato instalado.
Demanda contratada. Es la demanda fijada por el Permisionario en el contrato de suministro normal con tarifa de uso general (HS, HT, H-SL ó H- TL), que celebra con el Suministrador para abastecer sus Cargas Locales a través del Punto de Interconexión.

Examples of Demanda contratada in a sentence

  • De excederse ésta en tres meses consecutivos, el “SUMINISTRADOR” ajustará la Demanda contratada, cargándose el importe resultante de la actualización en el Depósito de Garantía, en la siguiente Facturación, actualizando la Demanda contratada con la Demanda máxima registrada.

  • Por mantenimiento programado en las instalaciones, siempre que se haya notificado con anterioridad al “USUARIO DE SUMINISTRO BÁSICO” y al “SUMINISTRADOR” mediante cualquier medio de comunicación masiva de la localidad que corresponda, y de manera personal al “USUARIO DE SUMINISTRO BÁSICO” con más de 1000 kW de Demanda contratada, así como a los hospitales y prestadores de servicios públicos que requieran la energía eléctrica como insumo indispensable para llevar a cabo sus actividades.


More Definitions of Demanda contratada

Demanda contratada. Es la demanda fijada por el Permisionario en el contrato de suministro normal, que celebra con el Suministrador para abastecer sus Cargas Locales a través del Punto de Interconexión. Para los Centros de Consumo, es la demanda que deben contratar con el Suministrador para satisfacer: 1o. La demanda medida en el Punto de Carga, por arriba de la Potencia Convenida de Porteo, y 2o. La demanda dentro de la Potencia Convenida Porteo que requieran en el Punto de Carga y que se le aplique como suministro de servicio normal cuando no pueda ser satisfecha por la Fuente de Energía Renovable.