Definición de Declaración de Comercialidad

Declaración de Comercialidad. Es la comunicación escrita de EL CONTRATISTA a la ANH, mediante la cual declara que el Descubrimiento que ha hecho en el Área Contratada es un Campo Comercial.
Declaración de Comercialidad. Comunicación escrita del Contratista a la ANH en la que declara que uno o más yacimientos Descubiertos son explotables comercialmente y manifiesta su determinación de hacerlo, de manera que conformarán Campo Comercial en Área en Producción.
Declaración de Comercialidad. Manifestación escrita, expresa, clara y precisa del Contratista (Individual o Plural) a la ANH con la determinación incondicional de Explotar Comercialmente un Descubrimiento.

Examples of Declaración de Comercialidad in a sentence

  • Su ejecución y el consiguiente sometimiento del Informe de Resultados a la ANH son requisitos para la correspondiente Declaración de Comercialidad.

  • El Período de Producción tendrá una duración de veinticuatro (24) años contados a partir de la fecha en la que LA ANH reciba de EL CONTRATISTA la Declaración de Comercialidad de que trata la cláusula 15.

  • El Contratista deberá entregar para aprobación de la ANH, dentro de los doce (12) Meses siguientes a la Declaración de Comercialidad de cada Área de Producción, la Garantía del Fondo de Abandono debidamente constituida, efectuando el registro contable correspondiente, certificado por el Revisor Fiscal.

  • Oportunidad de presentación del Programa Anual de Operaciones Dentro de los sesenta (60) Días Hábiles siguientes a la fecha en que haya tenido lugar la Declaración de Comercialidad y, a más tardar, antes del 1 xx xxxxx de cada Año Calendario posterior, el Contratista debe presentar a la ANH un Programa Anual de Operaciones para ese período anual, que ha de reunir los requisitos previstos en la siguiente Cláusula del presente Contrato.

  • La ejecución del Programa de Evaluación y la consiguiente presentación del Informe de Resultados a la ANH son requisitos para la correspondiente Declaración de Comercialidad.

  • El Período de Producción aplicable al Área Asignada en Producción englobada, corresponde al del Área Asignada en Producción respecto de la cual se haya realizado primero la correspondiente Declaración de Comercialidad.

  • Tanto si el Contratista (Individual o Plural) manifiesta a la Entidad que el Descubrimiento NO es Comercial, como si no entrega a la ANH la correspondiente Declaración de Comercialidad en el plazo estipulado, se considerará definitivamente que el Descubrimiento NO es Comercial, y aquel acepta que NO se generó en su favor derecho alguno.

  • El Período de Producción tendrá una duración de veinticuatro (24) Años contados a partir del Día en que la ANH reciba de EL CONTRATISTA la Declaración de Comercialidad de que trata la Cláusula 15 para el caso de Yacimientos Convencionales y de treinta (30) Años contados a partir del Día en la que la ANH reciba de EL CONTRATISTA la Declaración de Comercialidad de que trata la Cláusula 15, para el caso de Yacimientos no Convencionales.

  • El Período de Pro- ducción tendrá una duración de veinticuatro (24) años contados, a partir de la fecha en la que la ANH reciba de EL CONTRATISTA la Declaración de Comercialidad de que trata la cláusula 15.

  • Parágrafo 3: En caso que EL CONTRATISTA estime que puede hacer una Declaración de Comercialidad, sin necesidad de realizar un Programa de Evaluación, podrá solicitar a LA ANH su exclusión, siempre y cuando pueda probarlo suficientemente ante LA ANH, entre otras, demostrando el Tipo de Yacimiento, su tamaño y su delimitación.


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Declaración de Comercialidad. Dentro de los tres (3) meses siguientes al vencimiento del término estipulado para la ejecución del Programa de Evaluación, o al vencimiento del plazo acordado según el parágrafo 2º de la cláusula 14, si le es aplicable, EL CONTRATISTA entregará a LA ANH una declaración escrita que contenga de manera clara y precisa su decisión incondicional de explotar, o no, comercialmente ese Descubrimiento. En caso afirmativo, a partir de esa declaración el área del Descubrimiento se considerará Comercial. Descubrimiento no comercial: Si EL CONTRATISTA no entrega a LA ANH la correspondiente Declaración de Comercialidad en el plazo estipulado, se entenderá que EL CONTRATISTA ha concluido que el Descubrimiento no es Comercial. En este caso, o si la declaración es negativa, EL CONTRATISTA acepta que no se generó en su favor derecho alguno y, en consecuencia, renuncia a reclamar derechos sobre el Descubrimiento. El Área de Evaluación correspondiente deberá ser devuelta a LA ANH. ÁREA DE PRODUCCIÓN: El Área de Producción estará delimitada por un polígono o por una o varias formas geométricas regulares, según sea el caso, que comprenderá(n) el Campo o los Campos, o la porción de este o de estos que se localice(n) dentro del Área Contratada, más un margen alrededor de cada Campo no mayor de un (1) kilómetro, siempre que el Área Contratada lo permita. Como quiera que el área del Campo o de los Campos contenidos en el Área de Producción puede variar, el Área de Producción permanecerá inalterable, salvo lo señalado en la siguiente cláusula. Parágrafo: Cuando varios campos se superpongan total o parcialmente, o estén separados en superficie por una distancia inferior a dos (2) kilómetros, o compartan facilidades de producción, deberán ser englobados en una única área de producción. La ANH podrá autorizar la separación de Áreas de Producción que contengan campos separados por una distancia inferior a dos (2) kilómetros o que compartan facilidades de producción cuando a su criterio se justifique técnica y económicamente.

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  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Salud – Calidad – Humanización prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres a tres (3) meses.  El retiro de la oferta después de vencido el plazo para la presentación de las ofertas.  La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.  La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento del contrato. Cuando la propuesta la presente un Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura, la Garantía de Seriedad debe ser otorgada por todos sus integrantes y especificando el nombre del proponente plural (NO A NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL). Artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015. Esta garantía debe ser expedida o constituida a favor del HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de acuerdo con lo establecido a continuación: El proponente acepta que el HOSPITAL MILITAR CENTRAL le solicite ampliar el término de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, en caso de resultar este insuficiente. El pago de la garantía de seriedad de la oferta, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter de indemnización, excepto cuando haya renuencia para la firma del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado, evento en el cual la póliza se hará exigible como sanción de conformidad con el numeral 12 del artículo 30 la Ley 80 de 1993, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste al HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. En caso de presentarse garantía bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda: "La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente".

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Impuestos significa todos y cada uno de los impuestos, ya sean federales, estatales, locales u otros impuestos relacionados con la Transacción o con el Importe de la Transacción, y los costos incurridos en relación con dichos impuestos, incluidos, sin limitación, los honorarios y gastos de abogados y contables especializados en impuestos.

  • Contenido significa el contenido suministrado por Verizon o por quienes le otorgan licencias o por sus proveedores externos y a los cuales se puede tener acceso con el Servicio, entre ellos, sin limitaciones, imágenes, fotografías, animaciones, videos, audio, música y texto en cualquier formato.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Pedido Orden de compra puntual remitida al proveedor donde se fijan precios, plazos y condiciones para el aprovisionamiento de un bien o prestación de un servicio previamente adjudicado.

  • Proyecto significa el Programa o Proyecto para el cual se otorga el Financiamiento.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Indicador de desempeño Porcentaje de Avance Físico financiero de las obras y/o servicios. En general, al cierre del ejercicio 2016 el monto total contratado fue de 214 millones de pesos, de los cuales se facturaron, 109 millones de pesos, lo cual representa un avance del 16 por ciento de la meta modificada. El comportamiento del avance físico financiero de los contratos celebrados de obras y servicios con terceros, se incrementara sustancialmente en el primer trimestre de 2017, lo anterior, debido a que los contratos de servicios de mantenimiento se facturan a mes vencido por lo que falta facturar los trabajos realizados en el mes de diciembre. Ejercicio 2017 Indicador de Desempeño: Porcentaje de ingresos de obra y/o servicios. El monto de ingresos por concepto de obra y/o servicios al cierre del ejercicio 2017, ascendieron a 102.2 millones de pesos, cabe señalar que este monto corresponde a los trabajos facturados de los contratos que estuvieron en proceso de ejecución por obra y servicios, el ingreso con respecto a la meta anula proyectada en el PEF 2017, representa el 27.5 por ciento. Es importante señalar que esto obedece a los acuerdos del Comité Técnico de Fonatur y del Consejo de Administración de Fonatur Constructora, S.A. de C.V., en los que se estableció la terminación anticipada de todos los contratos a más tardar al 15 de septiembre de 2017.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Pérdida Es el perjuicio económico sufrido por el Asegurado en su patrimonio, provocado por un siniestro. Sinónimo de Daño.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Contrato de Concesión Significará el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic, suscrito con fecha ___de ______ de 201___, entre el Concedente y el PRESTADOR en calidad de Concesionario.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.

  • Unidad Unidad (U.).

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 4,500.00 (Cuatro mil quinientos y 00/100 Soles).