Definición de Crédito Garantizado

Crédito Garantizado. Significa el crédito simple que Banco [●], en su carácter de acreditante, autorizó y otorgó al Estado, en su calidad de acreditado, por un importe original de hasta por un monto de [●], formalizado con la celebración del Contrato de Crédito [●].
Crédito Garantizado significa el contrato de apertura de crédito simple de fecha [_], por un importe de hasta [_], sin incluir intereses, celebrado entre [_], en su carácter de acreditante y el Estado, en su calidad de acreditado, con la clave de inscripción en el Registro Público Único de [_].
Crédito Garantizado significa un Contrato de Crédito que cuente con el respaldo de una Garantía de Pago Oportuno, derivado de una Oferta de Crédito con GPO declarada Oferta de Crédito Ganadora en términos de las Bases del Financiamiento.

Examples of Crédito Garantizado in a sentence

  • El Monto Expuesto de la Garantía se fijará respecto del Saldo Insoluto Programado del Crédito Garantizado, en el momento que se realice la primera disposición de la Garantía.

  • En relación con un Contrato de GPO, durante el Periodo de Amortización de la GPO, el Fideicomisario en Primer Lugar C podrá ejercer este procedimiento, entendiendo para tales efectos que las referencias al Fideicomisario en Primer Lugar A corresponderán al Garante, siempre y cuando el Contrato de GPO establezca el derecho de Garante de considerar las Causas de Aceleración del Crédito Garantizado (según dicho término se define en el Contrato de GPO) como Causas de Aceleración de la GPO.

  • El Monto Expuesto de la GPO se fijará respecto del Saldo Insoluto Programado del Crédito Garantizado, en el momento que se realice la primera disposición de la GPO.

  • El plazo máximo de vigencia de la GPO será de hasta 300 (trescientos) meses, equivalente a 9,132 (nueve mil ciento treinta y dos) días naturales, contados a partir de la primera disposición del Crédito Garantizado (incluyendo el día de la disposición), sin exceder de la Fecha de Vencimiento de la GPO, es decir, el [●] de [●] de [●] (incluyéndolo).

  • El plazo máximo de vigencia de la Garantía será de hasta 300 (trescientos) meses, equivalente a 9,125 (nueve mil ciento veinticinco) días naturales, contados a partir de la primera disposición del Crédito Garantizado (incluyendo el día de la disposición), sin exceder de la Fecha de Vencimiento de la Garantía, es decir, el [●] de [●] de [●] (incluyéndolo).

  • Como fuente primaria de pago para cumplir con las obligaciones que el Estado contrae en virtud de la suscripción del presente Contrato, afectará irrevocablemente al patrimonio del Fideicomiso el Porcentaje de Participaciones, para que sirva como fuente de pago del Crédito Garantizado, de la Garantía y, en su caso, del Instrumento de Intercambio de Tasas que celebre el Estado asociado al Crédito Garantizado, con la prelación prevista en el Fideicomiso.

  • Como fuente primaria de pago para cumplir con las obligaciones que el Estado contrae en virtud de la suscripción del presente Contrato, afectará irrevocablemente al patrimonio del Fideicomiso el Porcentaje de Participaciones, para que sirva como fuente de pago del Crédito Garantizado, de la GPO y, en su caso, del Instrumento de Intercambio de Flujos que celebre el Estado asociado al Crédito Garantizado, con la prelación prevista en el Fideicomiso.

  • La fuente de pago señalada cubrirá durante el Periodo de Disposición de la Garantía, de manera primaria al Crédito Garantizado y, en su caso, el Instrumento de Intercambio de Tasas y de manera subordinada la Garantía; y durante el Periodo de Amortización de la Garantía la fuente de pago señalada cubrirá a la Garantía y, en su caso, el Crédito Garantizado en el mismo paso y medida, sin subordinación alguna.

  • Las Partes acuerdan que para poder iniciar el procedimiento de ejecución, el Agente de Garantías deberá determinar en dicha notificación la cantidad debida bajo las Obligaciones Garantizadas, indicando que dicha cantidad es exigible bajo el Contrato de Créditos Puente y/o el Crédito Garantizado a la fecha correspondiente, que está vencida y que permanece impagada.

  • Su oferta de Garantía resultó ganadora, lo que permite al Estado asociarla al Crédito Garantizado, en beneficio de, [entre otros acreedores], Banco [●] (el “Acreedor Garantizado”), hasta por el [●]% ([●] por ciento) del monto total del Financiamiento, equivalente a la cantidad de $[●] ([●]) en la fecha de pago del mes calendario inmediato anterior a la primera disposición de la Garantía.


More Definitions of Crédito Garantizado

Crédito Garantizado significa cualquier crédito otorgado con garantía real y preferente, incluyendo Fideicomiso de Garantía, destinado a la adquisición de vivienda nueva terminada o usada, localizada en territorio nacional, que a su vez esté garantizado en los términos de este Contrato.
Crédito Garantizado el o los Contratos de Crédito a plazo de 20 (veinte) años, que deriven de Ofertas de Crédito con Garantía que, en su caso, resulten Ofertas Ganadoras y sean adjudicadas en relación con el Financiamiento.
Crédito Garantizado. Significa el crédito que cuente con garantía real, a través de: hipoteca,

Related to Crédito Garantizado

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Autoridad Gubernamental significa cualquier gobierno, funcionario, departamento, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal o estatal, con jurisdicción sobre el presente Contrato o cualquier Documento del Financiamiento.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.

  • Impuestos significa todos y cada uno de los impuestos, ya sean federales, estatales, locales u otros impuestos relacionados con la Transacción o con el Importe de la Transacción, y los costos incurridos en relación con dichos impuestos, incluidos, sin limitación, los honorarios y gastos de abogados y contables especializados en impuestos.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Fideicomiso Fideicomiso de Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL- BNCR, número de identificación 0-000-000000.

  • Estado Estado Dominicano.

  • Pedido Orden de compra puntual remitida al proveedor donde se fijan precios, plazos y condiciones para el aprovisionamiento de un bien o prestación de un servicio previamente adjudicado.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Contenido significa el contenido suministrado por Verizon o por quienes le otorgan licencias o por sus proveedores externos y a los cuales se puede tener acceso con el Servicio, entre ellos, sin limitaciones, imágenes, fotografías, animaciones, videos, audio, música y texto en cualquier formato.